7 resultados para AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD (DERECHO)
em RepoCLACAI - Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro
Resumo:
Los documentos presentados en esta publicación ofrecen los elementos a tomar en cuenta para apoyar el desarrollo de las capacidades de los adolescentes, concretamente, su capacidad para tomar decisiones autónomas, en un ambiente de confidencialidad, en relación a su salud sexual y reproductiva...
Resumo:
El tema que provoca esta investigación se inserta en el ámbito de los derechos reproductivos, reconocidos estos como derechos humanos y garantizados en diversos instrumentos internacionales, pero que se hace necesario darles vigencia en el nivel nacional para garantizar su garantía y cumplimiento. Los derechos reproductivos contienen dos principios fundamentales: el derecho a la autonomía reproductiva y el derecho a la atención en salud reproductiva. Este último está contenido en los instrumentos internacionales de derechos humanos que protegen la vida y la salud; y además en informes de órganos del sistema regional de protección de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El misoprostol es un medicamento ampliamente usado en ginecología y obstetricia en otros países de la región latinoamericana, pues técnicamente es menos invasivo que otras procedimientos usados, ya sea para inducción de parto de término o para el tratamiento del aborto incompleto, es más barato que otras prostglandinas, es termoestable (ideal para climas tropicales); su inclusión en listados oficiales de medicamentos contribuye a asegurar el cumplimiento del derecho a la atención en salud reproductiva y el derecho al goce del avance científico de las mujeres. El cumplimiento de este, a través de medidas no legislativas estaría en concordancia con el derecho internacional de derechos humanos al que está adscrito Costa Rica.
Resumo:
Los derechos y obligaciones constitucionales frente a la prestación del servicio de aborto, reconocidos a partir de la sentencia C-355/06 y la jurisprudencia posterior de la Corte Constitucional, tienen plena vigencia. Sin embargo, la suspensión del Decreto Reglamentario 4444 del Ministerio de Protección Social por parte del Consejo de Estado, ha creado una confusión generalizada que puede poner en peligro los derechos a la vida, a la salud, a la integridad personal y a la dignidad humana de las mujeres colombianas. Por esta razón Women´s Link Worldwide decide elaborar esta publicación, que compila de manera sistemática los diferentes lineamientos constitucionales que deben seguirse para la práctica de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE)
Resumo:
Planned Parenthood
Resumo:
http://www.ms.gba.gov.ar/ssps/Residencias/biblio_12/pdf%20Comun/ley_26529_salud_publica.pdf
Resumo:
Antecedentes: Global Doctors for Choice, una red transnacional de médicos defensores de la salud y los derechos reproductivos, comenzó a investigar el fenómeno de la negativa a prestar atención sanitaria por razones de conciencia debido a la cantidad creciente de informes de daños en todo el mundo. Este informe examina la prevalencia y el impacto de dicha negativa y revisa los esfuerzos normativos realizados para equilibrar la conciencia individual, la autonomía en la toma de decisiones sobre asuntos reproductivos, la salvaguardia de la salud y la integridad profesional médica. Objetivos y estrategia de búsqueda: Este informe tiene como base diversos materiales científicos médicos, legales, éticos, sociales y de salud pública publicados entre 1998 y 2013 en inglés, francés, alemán, italiano, portugués y español. Es difícil obtener estimaciones de prevalencia, dado que no existe consenso sobre los criterios para describir el estatus de objetor ni una definición normalizada de la objeción de conciencia como práctica, y también porque los estudios utilizados tienen limitaciones de muestreo y otros problemas metodológicos. El informe analiza esa información y ofrece marcos de referencia lógicos para representar las consecuencias que supone para la salud y el sistema de salud la práctica de la objeción de conciencia a proporcionar servicios de aborto, tecnologías de reproducción asistida, tratamiento de anticoncepción en casos de riesgo de la salud materna y pérdida inevitable del embarazo, y diagnóstico prenatal. Y en último lugar se presenta la categorización de las respuestas legales y regulatorias, así como otras respuestas normativas a la práctica. Conclusiones: La evidencia empírica es esencial, dado que los diversos actores políticos responden con políticas o reglamentaciones para equilibrar las posiciones en conflicto. Es necesario realizar más investigación y capacitación en diversos contextos geopolíticos. Partiendo del doble compromiso con la propia conciencia y con la obligación de velar por la salud y los derechos de las pacientes, exhortamos a proveedores, profesionales sanitarios y asociaciones de salud pública a promover acciones que respondan a la práctica de la objeción de conciencia a prestar atención sanitaria y permitan salvaguardar la salud reproductiva, la integridad médica y las vidas de las mujeres.