26 resultados para LEY DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN
Resumo:
Esta investigación no es la primera en lo que hace al modo de construcción de consenso en la gestión del ex presidente Néstor Kirchner y en la de la presidente Cristina Fernández, ya que es un tema muy controvertido que actualmente reúne posturas tanto a favor, como en contra. El objetivo propuesto es detectar y analizar los principales mecanismos de construcción de consenso utilizados en el proceso de sanción de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales, y en el de la ley de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, sancionadas en 2009.
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Este trabajo trata sobre la situación de los trabajadores frente a las crisis empresariales a lo largo de los años a través de las modificaciones a las leyes concursales y laborales. Posibilidad de la constitución de una cooperativa de trabajo para hacer frente a este problema.
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El trabajo plantea, teniendo como eje central de su desarrollo la Mediación, explorarlas relaciones posibles entre los procesos de Mediación y Trabajo Social de Grupo. Con esta exploración se intenta pensar y construir un campo de encuentro e interjuego entre ambos términos. Trabajo Social de Grupo y Mediación. A lo largo del texto se irá desarrollando esta idea de articulación e interacción entre ambos procesos. Así, y tomando la palabra de autores idóneos de cada área, se irán develando objetivos, características, fundamentos, dinámicas, etc. En la comparación, a su vez, surgirán coincidencias, semejanzas, paralelismos y complementaciones posibles. La intención, en esta primera aproximación, es abrir una instancia de encuentro entre disciplinas, así como brindar un aporte para un enriquecimiento mutuo.
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En el escenario de la Generación del Ochenta, surgen temáticas y polémicas que muestran la movilidad ideológica de la época. En el entrecruzamiento que se produce entre esquemas antiguos y nuevas propuestas, aparecen intentos rupturales que abren rumbos no siempre conocidos. El pensamiento y la obra del Dr. Serafín Álvarez sobre reforma social y jurídica y mediación fiscal constituyen un universo de ideas innovadoras y visionarias que merecen su inclusión en el ámbito de la Historia de las Ideas en la Argentina.
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La ley 24.522 trajo en los Capítulos VI y VII dos novedades significativas: el concurso en caso de agrupamiento y el acuerdo preventivo extrajudicial. Para introducirnos en el tema de concurso de agrupamientos, un buen punto de partida es determinar la finalidad de los procesos concursales. En este sentido, Libonatti señala que la crisis de la empresa no es ya afrontada con la intención de satisfacer al máximo a los acreedores. Es el saneamiento y la reorganización de los complejos empresariales, fuente de actividad económica y empleos, lo que interesa, o m ás adecuadamente la reorganización de la empresa a fin de llegar a su saneamiento económico. La ley de Concursos se inscribe en la corriente moderna, al otorgar al deudor todas las variables posibles para sortear la crisis, entre ellas la que estamos tratando. El concurso de agrupamientos trata de aprehender el fenómeno de los “grupos" o “conjuntos" económicos, gestando una serie de soluciones prácticas para facilitar y abaratar la tramitación de los procesos concursales de los grupos en crisis, así como para dar solución a algunas cuestiones de fondo, tales como el tratamiento a dar al patrimonio de cada sujeto agrupado en la oferta de acuerdo, y la suerte del grupo o de las sociedades o personas individualmente consideradas en caso de fracaso de la solución preventiva de alguno de los sujetos comprometidos.
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El presente trabajo de investigación está referido a los concursos y la necesidad de su reglamentación. Surge de la observación de la situación actual y de la norma vigente entendiendo como tales a los procesos concursales de personas con inferiores capacidades económicas; personas físicas con pequeños ingresos y un modesto capital. En la actualidad se encuentran bajo el amparo de la ley de concursos y quiebras todo tipo de procedimientos, incluidos los antes mencionados, sin otorgarles un tratamiento distintivo a los casos de menor envergadura. Autores especializados en el tema y profesionales de la materia, han cuestionado la necesidad de su reglamentación, cuestión que se analiza de manera detallada.
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El presente trabajo tiene el propósito de brindar nuevos elementos a los profesionales contadores para mejorar su desempeño en el ejercicio de su actividad. En este sentido se aborda el ámbito relacionado al procedimiento administrativo tributario nacional enmarcado en la Ley 11.683, y más puntualmente los artículos contenidos en el capítulo sexto: “Intereses, ilícitos y sanciones".
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La ley 26.684 es la última reforma a la Ley de Concursos y Quiebras 24.522, sancionada y promulgada en el año 2011. En su mayor parte, como lo indica su nombre, se pretende la “Participación de los trabajadores en la recuperación de los medios de producción y la fuente laboral en caso de proceso concursal o quiebra". Sin embargo, esta reforma, ha modificado distintos preceptos de la ley 24.522 y no sólo en lo referente a la continuación de las actividades de la fallida por las cooperativas de trabajadores". Esta reforma ha incrementado las posibilidades de que los trabajadores participen en el destino de la empresa concursada, y le ha otorgado un rol activo en la conservación de la misma, siendo estos protagonistas de la preservación de sus puestos de trabajo. Para poder ejercer estos derechos, la ley propicia el modelo "cooperativista". Ante esto, el fin axial de este trabajo es traer a colación ese rol activo que tiene la cooperativa, reafirmado por la ley 26.684, tanto en el concurso preventivo como en las quiebras. Sin embargo, este escrito sólo se centrará en la participación de las mismas, exclusivamente, en las quiebras, presentando los tópicos más importantes reformados con sus ventajas y desventajas. Primeramente, se hará una reseña del contexto y la realidad socioeconómica del país en el que va surgiendo el fundamento de la legitimación otorgada a las cooperativas de trabajo, y cómo fue progresivamente, el tratamiento legal, hasta llegar a la última reforma.
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La Revista de Historia Americana y Argentina es una publicación del Instituto de igual nombre de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo. Comenzó a editarse en 1957. Publica trabajos originales, sujetos a arbitraje, y dirigidos a un público especializado. Posee un comité asesor con especialistas nacionales e internacionales. Su temática es amplia, abarcando problemáticas de historia política, social, económica y cultural. La redacción funciona en el Instituto de Historia Americana y Argentina, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad Nacional de Cuyo, Mendoza, Argentina.
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Fil: Buttini, Laura del Carmen
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A lo largo del presente trabajo de investigación se abordará el fideicomiso como herramienta para las instituciones financieras como medio por el cual pueden obtener fondos actuales de ingresos que van a ser devengados en el futuro y visualizaremos sus características como alternativa de financiamiento, destacando las ventajas y desventajas que trae aparejada su aplicación. Cabe destacar que hay muchos libros de texto que abordan los fideicomisos, y su regulación, pero muy pocos que hablen particularmente de los fideicomisos financieros y de la manera en que los mismos se aplican en la práctica actualmente en la Argentina, queda para unos pocos actores solamente, en dicho trabajo se mostrará la operatoria de los mismos. Los fideicomisos se encuentran normados por la Ley 24.441, y particularmente el fideicomiso financiero se encuentra regulado por la Comisión Nacional de Valores (CNV), ningún organismo puede realizar un contrato de este tipo si la Comisión no lo ha aprobado previamente. El primer fideicomiso financiero aprobado por dicho Organismo en Argentina fue el 7 de diciembre de 1995. Actualmente muchas entidades financieras se encuentran trabajando con dichos mecanismos para poder generar ingresos y aumentar sus ganancias de manera exponencial. Para ingresar al tema se pueden plantear las siguientes preguntas que se irán respondiendo a medida que se avanza en el desarrollo del trabajo: ¿El fideicomiso financiero brinda altos rendimientos a los inversionistas? ¿Es beneficioso para las entidades financieras utilizar dicho contrato como medio para obtener ganancias por medio de la creación del mismo? ¿Cómo hacen para obtener ganancias? ¿Cuáles son los tipos de valores de deuda y certificados de participación que los inversionistas pueden obtener? ¿Cómo se determina el riesgo de cada posibilidad de inversión y cuál es la rentabilidad de cada uno?
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En los últimos años se han realizado en nuestro país una serie de reformas a la Ley de Concursos y Quiebras N° 24522, a fin de darle una mayor solución a la problemática de la falencia patrimonial producida en diversas personas, físicas o jurídicas, causada por muchas y variadas situaciones. El jueves 30 de junio del año 2011 se promulgó la ley 26684, modificación a la Ley de Concursos y Quiebras aprobada por el Congreso de la Nación. Estas modificaciones tienen por finalidad, según la intención del legislador, priorizar la permanencia de las empresas para mantener la actividad comercial y productiva y resguardar la fuente laboral. Sin embargo, este nuevo ordenamiento ha fijado, de una u otra forma, que esta continuación de la explotación de la empresa fallida sea confiada a los trabajadores en relación de dependencia que se organicen bajo la figura de “Cooperativas de Trabajo". Las cooperativas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios. Mantienen actualmente un rol preponderante en las economías llamadas emergentes, ya que promocionan el desarrollo socioeconómico de cientos de millones de personas en todo el mundo especialmente en tiempos de crisis. La Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró el 2012 como el Año Internacional de las Cooperativas con el fin de promover este tipo de entidades, ya que contribuyen a aumentar los principios y prácticas solidarias en las actividades económicas de las personas1. Por ello, investigaremos de manera profunda el rol del cooperativismo en la recuperación de empresas en crisis o en la continuación de la explotación de las mismas, siendo éste un aspecto sumamente destacado en las nuevas incorporaciones a la Ley de Concursos, las cuales poseen una notable incidencia en el campo laboral.
Resumo:
El presente trabajo trata sobre la labor del síndico en los concursos preventivos, precisamente en el proceso de verificación de créditos. La inquietud se planteó tras haber estudiado en profundidad los concursos preventivos y las quiebras, como también las diferentes situaciones que pueden encontrarse en ellos. Pero no desde el punto de vista del proceso, ni de la letra de la ley, sino que se planteó desde el punto de vista de nuestro campo laboral, investigando acerca de funciones y tareas propias del Contador Público Nacional, al momento de tener que abordar una sindicatura concursal. La propuesta de este trabajo consiste en investigar sobre las distintas formas de verificación de un crédito en el pasivo concursal, la tarea del síndico durante ese proceso y la conclusión sobre ellos en el informe individual. Es por esto que el proceso de verificación de créditos es fundamental para la determinación del pasivo concursal y la emisión del informe individual, que debe ser confeccionado con absoluta objetividad y criterio profesional.
Resumo:
La investigación tuvo como objeto analizar la posibilidad de que las entidades financieras accedan al concurso preventivo. Para esto se analizó la ley de entidades financieras y la ley de concursos y quiebras, así como sus sucesivas reformas teniendo en cuenta la jurisprudencia reciente, donde se advirtieron discrepancias, lo que motivó la presente investigación.
Resumo:
Este trabajo de investigación tiene como propósito dar respuesta a ciertos interrogantes planteados en torno al tema del Cramdown, dentro del Derecho Concursal, relacionados con la conveniencia o no de su aplicación a determinados sujetos concursables para lograr continuar con la viabilidad del ente económico. En el Cramdown o Período de Salvataje, en algunos supuestos de fracaso del acuerdo preventivo, antes de declarar la quiebra es posible aún intentar una solución no liquidativa. Así cuando determinados sujetos concursables enunciados en la ley no logren las conformidades de los acreedores durante el periodo de exclusividad, el régimen vigente impone la apertura de una doble vuelta para que terceros interesados en adquirir la empresa, sean acreedores o no de la sociedad concursada, e incluso los socios de esta última o trabajadores de la empresa, intenten un acuerdo con los acreedores y así, obtengan el derecho a comprar las participaciones societarias. A ello apunta este período de negociación de acuerdo preventivo que se abre después de agotado el Período de Exclusividad, o luego de admitida judicialmente una impugnación al acuerdo aprobado por los acreedores durante dicho período, por lo que el objetivo de este trabajo es conocer si este proceso realmente evita llegar a la quiebra, continuando con la vida económica de la empresa.