9 resultados para régimen disciplinario
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Resumo:
El objetivo general del presente estudio es conocer las condiciones y características del sistema de control interno de la Policía de Mendoza y su evolución histórica. Por ello, se realiza un desarrollo de los conceptos de control y de seguridad y una descripción de las reformas policiales de las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe, a fin de conocer las características del denominado Modelo Integracionalista que surge a raíz de la reforma de los sistemas de seguridad practicados en las mencionadas provincias. Se han analizado las variaciones en los casos de faltas al régimen disciplinario policial por parte del personal policial durante los años 2008, 2009 y 2010, en los cuales el accionar de este personal se ha encontrado bajo la órbita de control de la Inspección General de Seguridad como organismo civil de control interno de la institución policial. Asimismo, se realizó una comparación de las sanciones sugeridas por la Inspección General de Seguridad y las sanciones sugeridas y aplicadas por el Ministro de Seguridad durante los años 2008, 2009 y 2010, a los fines de determinar la eficacia de las tareas de investigación desarrollada por la I.G.S. y su capacidad sancionatoria real.
Resumo:
En la provincia de Catamarca existe una gran superficie cultivada con alfalfa bajo riego. La falta de conocimiento de los requerimientos hídricos del cultivo en esta zona es un grave inconveniente. Con el objeto de subsanar este problema, se realizó en el Valle Central un ensayo de riego con un diseño en bloques completamente al azar, con cuatro tratamientos y cuatro repeticiones. Los tratamientos consistieron en la reposición de humedad al suelo a distintos umbrales: 75, 50, 25 y 0% de la capacidad de almacenamiento total de agua del suelo. Se evaluó la producción de materia seca en cada tratamiento durante siete cortes. Los resultados mostraron que al regar con un umbral del 75 o del 50% se obtienen rendimientos promedio similares de materia seca: 25.674,4 kg.ha-1.año-1 y 24.215,4 kg.ha-1.año-1 respectivamente. El trabajo muestra que hay diferencias significativas (p < 0,0001) entre las medias de estos tratamientos con respecto a los otros dos, que tienen rendimientos inferiores: 16.366,7 kg.ha-1.año-1 para el umbral de riego del 25% y de 9.970,9 kg.ha-1.año-1 para un umbral del 0%. Se concluyó que la producción del cultivo disminuye considerablemente con intervalos de riego muy prolongados.
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Las cooperativas son entidades que se fundan en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios. El rol del cooperativismo en Argentina es muy importante, ya que es uno de los factores que contribuye al crecimiento económico y social del país. Según los números del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía social (INAES), en la Argentina funcionan al menos 12.760 cooperativas de diferentes tipos: agropecuarias, de vivienda, de consumo, de crédito, de provisión, de servicios públicos, de trabajo, etc. Se reconoce al cooperativismo como un factor indispensable para mejorar la calidad de vida de los pueblos y dotar de mayor eficiencia a la economía de las naciones. Tal es así que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señaló en un comunicado que “las cooperativas tienen un papel fundamental en la promoción del desarrollo socioeconómico de cientos de millones de personas en todo el mundo, especialmente en tiempos de crisis"; y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha declarado el 2012 como el Año Internacional de las Cooperativas, instando a sus miembros para que “aprovechen el año para promover las entidades cooperativas y aumentar la conciencia sobre su contribución a la evolución del ser humano sustentada en principios solidarios". Debido a que provocan un efecto positivo en la sociedad y permiten que miles de personas puedan satisfacer sus necesidades a un precio y calidad justos, es que la legislación impositiva de nuestro país les reconoce, en algunos casos, beneficios. Estos están dispersos en todas las leyes, decretos, dictámenes y regulaciones que rigen la materia, siendo muchas veces, pasados por alto a la hora de querer cumplir con todos los deberes que les compete. Nos hemos propuesto investigar en profundidad a las cooperativas en su rol de contribuyentes y a través de este proyecto servir de guía para todos aquellos estudiantes, profesionales e interesados en el tema que deseen encontrar en un solo texto un compilado sobre la amplia cantidad de leyes que existen en nuestro país, su aplicación práctica y diversos aspectos que consideramos importantes destacar para simplificar el proceso de aprendizaje del tema y poder cumplir con las innumerables obligaciones que el Fisco nos impone y de las que las cooperativas no resultan exentas.
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El presente trabajo tiene como objetivo principal explicar el costo que tiene que afrontar una cooperativa al someterse al sistema impositivo que actualmente existe en la Argentina. Está orientado principalmente a profesionales contadores, para otorgarles una herramienta útil para poder encuadrar impositivamente a este tipo de entidades y poder prever el costo impositivo que implicaría la constitución y el desarrollo de las actividades de la misma. Por otro lado, también sería de interés para el personal del área empresarial, como también a alumnos y al público en general que tengan algún tipo de relación con cooperativas para poder informarse sobre los aspectos impositivos de las mismas.
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Se presentan los resultados de una investigación de carácter descriptivo, cuyo objetivo ha sido comparar las coincidencias y diferencias de las normas constitucionales de ambos países referidas a los gobiernos locales, para establecer correspondencias con los regimenes políticos (democracia-dictadura) que los originaron. Utilizamos en este caso el método del estudio comparativo entre naciones (cross-national), propuesto por Jördi Cais, según el cual «El análisis entre países es un tipo de análisis comparativo que posee un margen amplio de comparaciones posibles." Se utilizó además el método de análisis de contenido y la exégesis de los textos constitucionales para establecer los términos objeto de comparación. Las conclusiones señalan que las diferencias mas importantes se centran en la amplia potestad reglamentaria que eI texto de la constitución chilena otorga al poder central. Palabras clave: Constitución. Gobierno local. Régimen político. Forma de Estado. Autonomía. Descentralización. Participación.
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El artículo analiza el rol protagónico que vienen desempeñando las organizaciones sociales en materia de provisión de cuidado y otras actividades de reproducción social en contextos de pobreza. Estas organizaciones comunitarias y sociales (OSyC) revisten de un carácter heterogéneo y diverso, tanto en lo que refiere a su génesis como a su desarrollo. Más particularmente, el artículo analiza la modalidad bajo la cual estas OSyC proveen de servicios de cuidado a amplios sectores de la población. Finalmente, se explora cómo las mujeres cuidadoras experimentan diferentes aspectos relativos al cuidado infantil que efectúan.
Resumo:
Fil: Marre, Mirta Elena.
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Fil: Repetto, Julio C..
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El régimen municipal, con las connotaciones que actualmente conocemos, surgió en nuestro país en el período de la organización nacional. La Constitución consolida la integración de los territorios provinciales que existían como tales en la época, y consagra una fórmula destinada a estructurar una nación unida e independiente, respetando a su vez la individualidad de sus partes integrantes. De allí en más, las provincias comienzan su autoorganización ajustándose a las pautas constitucionales destinadas a unificar, en todo el territorio un sistema de gobierno (republicano representativo) y asegurar el bienestar y progreso de la comunidad a través de funciones y servicios generales y esenciales (seguridad, justicia) y otros igualmente esenciales pero más estrechamente vinculados con la vida de las ciudades y pueblos del territorio, tradicionalmente asumidas por entes de carácter local; de allí que el régimen municipal se encontrara entre las pautas constitucionales para organizar los gobiernos provinciales. Pero para aquella época, los únicos entes de tal carácter que existieron en el país (los cabildos) y que tuvieron origen en la fundación de ciudades y pueblos hechas por los españoles, hacía más de treinta años que habían desaparecido de nuestra vida política. Más aún, los cabildos de la época de la independencia tenían una magnitud y una esfera de acción que superaba ampliamente el ámbito local, constituyendo verdaderos gobiernos regionales. Esto hace que, en cierta forma, se pueda tomar al cabildo como base de la actual organización provincial, antes que municipal. Sobre el particular, Iturrez considera como uno de los antecedentes de nuestro sistema federal a la antigua organización política del Virreinato del Río de la Plata, con su administración descentralizada, debido a la distancia, y el aislamiento de sus ciudades. "Cada una con Órganos de gobierno locales: los cabildos, que dieron al federalismo base municipal" (Iturrez, A.H., 1985, p. 15).