11 resultados para Federalismo

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Uno de los grandes temas pendientes a tratar en Argentina, y que acumula una deuda de 17 años, es el de redefinir el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, a través de la sanción de una nueva Ley. Esto se fundamenta, básicamente, en que se trata de un mandato constitucional incumplido, ya que en la reforma de 1994 se estableció como plazo para el dictado de una nueva ley el año 1996; pero además, en el hecho de que el dictado de una nueva Ley de Coparticipación permitiría avanzar sobre un verdadero federalismo que posibilitaría la igualdad de oportunidades a todos los habitantes de nuestro país.

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Con el fin de conocer las últimas interpretaciones acerca de nuestro pasado regional, los videos de la serie "Mendoza, crónica de nuestra identidad", pretenden llevar adelante la tarea constante de construir y reconstruir una identidad que se mantenga abierta a los valores del pasado, pero también a la inevitable reformulación crítica de los mismos principios. La propuesta es generar un proceso de actualización y perfeccionamiento en el campo de la historia regional. En el video MENDOZA ENTRE 1820 Y 1880: POLÍTICA, RELIGIÓN Y CATÁSTROFE, se describen los aspectos políticos a partir de la división de Cuyo en 1820, período en que comienza en nuestra provincia una etapa de reordenamiento institucional y un proceso de autonomía política que se verá interrumpido por el predominio rosista en la región. Una vez dictada la Constitución Provincial de 1854 se conoció en la provincia una etapa de estabilidad política que se vio removida por las rebeliones federales opuestas al liberalismo comandado por Mitre desde Buenos Aires. El patrimonio religioso de Mendoza muestra una provincia devota y comprometida con la fe católica. El terremoto de 1861 transformó radicalmente Mendoza en una ciudad moderna y diferenciada de la “vieja ciudad" colonial que se encontraba bajo los escombros. Los temas tratados en el documental son: - La organización institucional de la provincia. - La subordinación de Mendoza al orden político de Rosas. - La instauración del Liberalismo y las rebeliones federales. - Los enfrentamientos políticos dentro de la elite gobernante. - El patrimonio religioso de Mendoza. - El terremoto de 1861 y la reconstrucción de la ciudad.

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Con el fin de conocer las últimas interpretaciones acerca de nuestro pasado regional, los videos de la serie "Mendoza, crónica de nuestra identidad", pretenden llevar adelante la tarea constante de construir y reconstruir una identidad que se mantenga abierta a los valores del pasado, pero también a la inevitable reformulación crítica de los mismos principios. La propuesta es generar un proceso de actualización y perfeccionamiento en el campo de la historia regional. En el video DEMOCRACIA Y GLOBALIZACIÓN se describe el periodo 1983-2003, caracterizado por un camino hacia el liberalismo, tanto político como económico, con avances y retrocesos permanentes. Los contenidos que analiza el documental son: - El retorno de la democracia. - Los problemas económicos del período. - Las privatizaciones de las empresas públicas. - El vaciamiento y caída de los bancos provinciales. - Las consecuencias sociales de las reformas económicas.

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Fil: Gandía, Enrique de.

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La propuesta de este trabajo consiste en investigar los efectos nocivos que provocó la promoción industrial en Mendoza y los que podría ocasionar en caso de extensión de la misma a partir del Decreto 699/10, éste pretende extender los beneficios de la promoción. La ley 22.021 reconocía dos hechos que justificaban la promoción: el desempleo y emigración, por una parte, y la brecha de desarrollo, por otra. A lo largo del desarrollo se muestra que estos hechos ya han desaparecido. La generación de empleo fue una de las razones que motivó el régimen de promoción, a lo largo del mismo se observa un aumento sustancial en la cantidad de puestos ocupados en las provincias promocionadas: Catamarca, La Rioja, San Juan y San Luis, por lo que se habría cumplido con uno de los objetivos que dio origen al régimen pero a costa de un crecimiento muy dispar en comparación con las otras provincias de Argentina, por lo que no se justifica la implementación de un nuevo régimen de promoción que las incluya, dada las características actuales, debido a que a nivel desocupación hay otras provincias que se encuentran con tasas más elevadas. Otro de los efectos que produce el régimen de promoción es una ineficiencia en la localización de las industrias provocando la migración de empresas a provincias beneficiadas por el régimen. A la provincia de Mendoza le ha costado 1.000 millones de pesos durante el período 1992-2011 las pérdidas económicas que surgen como consecuencia de los puestos de trabajos no creados y las rentas del capital no generadas por la inexistencia de inversiones en la Provincia.

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El régimen municipal, con las connotaciones que actualmente conocemos, surgió en nuestro país en el período de la organización nacional. La Constitución consolida la integración de los territorios provinciales que existían como tales en la época, y consagra una fórmula destinada a estructurar una nación unida e independiente, respetando a su vez la individualidad de sus partes integrantes. De allí en más, las provincias comienzan su autoorganización ajustándose a las pautas constitucionales destinadas a unificar, en todo el territorio un sistema de gobierno (republicano representativo) y asegurar el bienestar y progreso de la comunidad a través de funciones y servicios generales y esenciales (seguridad, justicia) y otros igualmente esenciales pero más estrechamente vinculados con la vida de las ciudades y pueblos del territorio, tradicionalmente asumidas por entes de carácter local; de allí que el régimen municipal se encontrara entre las pautas constitucionales para organizar los gobiernos provinciales. Pero para aquella época, los únicos entes de tal carácter que existieron en el país (los cabildos) y que tuvieron origen en la fundación de ciudades y pueblos hechas por los españoles, hacía más de treinta años que habían desaparecido de nuestra vida política. Más aún, los cabildos de la época de la independencia tenían una magnitud y una esfera de acción que superaba ampliamente el ámbito local, constituyendo verdaderos gobiernos regionales. Esto hace que, en cierta forma, se pueda tomar al cabildo como base de la actual organización provincial, antes que municipal. Sobre el particular, Iturrez considera como uno de los antecedentes de nuestro sistema federal a la antigua organización política del Virreinato del Río de la Plata, con su administración descentralizada, debido a la distancia, y el aislamiento de sus ciudades. "Cada una con Órganos de gobierno locales: los cabildos, que dieron al federalismo base municipal" (Iturrez, A.H., 1985, p. 15).

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En todas las constituciones provinciales desde la de 1854 hasta la actual de 1916, con sus reformas y enmiendas, los municipios mendocinos, sin excepción, se han regido por una única ley orgánica de municipalidades dictada por la provincia en el año 1934, la ley N° 1079. A partir de las reformas neoliberales que se llevaron a cabo en los años 90, el municipio cobró un protagonismo especial en la resolución diaria de varios conflictos locales. El vecino, comenzó a observar al municipio como la institución más cercana con la que contaba para poder plantear sus necesidades y obtener respuestas satisfactorias. Sin embargo, esa demanda de la sociedad para con sus autoridades locales no se ha visto acompañada por una normativa actualizada y moderna que le permita a los municipios hacer frente a ese flujo de demandas y problemas con los que se encuentran diariamente. Varios son los estudios que se han llevado a cabo sobre la temática planteada, todos desde una óptica histórico-jurídica. Sin embargo, es opinión del autor del presente proyecto que las razones que no han hecho posible la concreción de un aspecto tan importante para la vida institucional y social de nuestra provincia –ya sea por medio de una reforma total o parcial o bien a través de la reforma de un solo artículo- no responden a cuestiones jurídicas o históricas, sino que resultan ser exclusivamente políticas. En otras palabras, sin una decisión política que involucre a todos los protagonistas políticos de nuestro sistema republicano y federal –gobernadores, legisladores, intendentes, concejales, expertos en la materia, etc.- y que conlleve un convencimiento de la ciudadanía mendocina, va a ser imposible introducir una reforma a nuestra constitución que instaure definitivamente la autonomía municipal. Al referir al término “políticas" se toma como referencia una perspectiva weberiana, en la cual al mencionar que un “factor es político", o que una decisión tiene “condicionamientos políticos", se quiere decir que “lo que define a ese factor, o las condiciones de esa decisión, dependen inmediatamente de los intereses que giran alrededor del reparto, de la conservación o del traspaso del poder". Determinar esos factores o esos condicionamientos será el objetivo de esta tesis.

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En el presente proyecto de tesis pretendemos explicar de forma clara y precisa las políticas de protección social en salud dentro de los niveles subnacionales de la Argentina, poniendo especial énfasis en la provincia de Mendoza. Es por ello, que se analiza la implementación del Programa Sumar –Programa Nacional de Desarrollo de Seguros Públicos de Salud. El trabajo pretende describir cuáles son los componentes, actores, responsabilidades, ejecutores y controladores que conforman el Programa Nacional de Desarrollo de Seguros Públicos de Salud- Programa Sumar y a su vez, analizar cómo contribuye su implementación a la mejora en la calidad de la cobertura de la salud de la ciudadanía mendocina.

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La República Argentina, a casi 20 años de la reforma de la Constitución Nacional, se encuentra sin ley de coparticipación federal que permita distribuir los recursos provenientes de la tributación entre los estados provinciales. Es un tema que los legisladores, gobernadores y presidentes de los últimos 17 años no han debatido y acordado seriamente, lo que implica no solo un perjuicio económico y financiero para las jurisdicciones provinciales, sino una debilitación del sistema federal que la Constitución consagra como forma de gobierno.