4 resultados para ordenamiento agroecológico y agroindustrias
em AMS Tesi di Dottorato - Alm@DL - Università di Bologna
Resumo:
En la sociedad europea crece la preocupación por el retorno de tendencias fascistas y neonazis y por la extensión de ideologías xenófobas y antisemitas, algunas de ellas alimentadas a partir de tesis de negacionistas de aquellos trágicos eventos de nuestra historia reciente. La lucha frente a los discursos negacionistas se ha llevado más allá del ámbito social y académico, y se ha propuesto la incorporación en los ordenamientos jurídicos europeos de tipos penales específicos que incriminan este tipo de discurso: negar, banalizar, o justificar el Holocausto u otros genocidios o graves crímenes contra la humanidad. Esta legislación, que encuentra su mayor expresión en la Decisión marco 2008/913/JAI, aunque castiga un discurso socialmente repugnante, sin embargo presenta dudas en cuanto a su legitimidad con un sistema de libertades erigido sobre el pilar del pluralismo propio de los Estados democráticos. Surge así la cuestión de si pueden estar surgiendo «nuevos» delitos de opinión y a ello se dedica entonces la presente tesis. El objetivo concreto de este trabajo será analizar esta política-criminal para proponer una configuración del delito de negacionismo compatible con la libertad de expresión, aunque se cuestionará la conveniencia de castigar penalmente a través de un específico delito este tipo de conductas. En particular se pretende responder a tres preguntas: en primer lugar, ¿el discurso negacionista debe ampararse prima facie por la libertad de expresión en un ordenamiento abierto y personalista y cuáles podrían ser las «reglas» que podrían servir como criterio para limitar este género de manifestaciones? La segunda pregunta sería entonces: ¿Cómo podría construirse un tipo penal respetuoso con los principios constitucionales y penales que específicamente incriminara este género de conductas? Y, como última pregunta: ¿Es conveniente o adecuada una política criminal que lleve a crear un específico delito de negacionismo?
Resumo:
El estudio del reaseguro puede abordarse desde múltiples puntos de vista (actuarial, financiero, jurídico...) para hacer frente a las cuestiones y a los problemas de diversa índole derivados del mismo. En el presente trabajo de investigación se examina la configuración jurídica del contrato de reaseguro como técnica de transferencia de riesgos y, en particular, el examen se centra en los riesgos de la navegación marítima. La relevancia del reaseguro marítimo se explica por su utilidad especialmente en el comercio internacional ya que sin este contrato ninguna actividad de transporte ni aseguradora podría llevarse a cabo. La especialidad y la gravedad de los riesgos asociados a la navegación junto con la entidad de los siniestros acaecidos en el mar impide que los cuantiosos gastos sean asumidos por la empresa de la navegación o que las elevadas indemnizaciones sean abonadas exclusivamente por una sola empresa aseguradora. La tesis aborda, con especial atención, aspectos esenciales de la estructura de esta institución mercantil como la relación con el seguro marítimo del que trae causa, los riesgos e intereses, las funciones y los principios, entre otros muchos. A lo largo del texto se ofrece un análisis de Derecho comparado recurriendo a la legislación, la doctrina y la jurisprudencia de España e Italia pero, atendiendo al carácter eminentemente internacional del contrato y con el objetivo de ofrecer un tratamiento sistemáticamente completo de la materia, también se han incluido referencias a otros sistemas jurídicos. El tratamiento del reaseguro, desde una perspectiva jurídica, obliga además a tener en cuenta las cláusulas de los contratos como expresión de la práctica profesional y de la realidad del Derecho del seguro privado.
Resumo:
En los últimos tiempos hemos asistido a diversas situaciones en las que la contratación de productos y servicios por los consumidores se encuentra fuertemente influenciada por distintas actuaciones empresariales que pueden calificarse como prácticas desleales por engañosas o agresivas. Esta realidad pone de manifiesto la intensa interrelación que existe entre contrato y mercado, y consecuentemente la necesidad de articular puentes de conexión entre el Derecho contratos y de la competencia desleal. Este trabajo aborda las conexiones entre estos sectores normativos con el fin de analizar las posibles soluciones a los problemas derivados de la contratación de consumo afectada por prácticas desleales. Tras una breve introducción donde se da debida cuenta del propósito y justificación de la investigación, el trabajo inicia con la exposición de la tradicional situación de desconexión entre las disciplinas contractual y concurrencial. Posteriormente, se analizan las conexiones intersectoriales en los planos axiológico y funcional, así como los distintos materiales normativos de los que se infieren esas aun incipientes conexiones. Sobre la base de lo anterior, se examinan las medidas correctoras individuales que el Derecho de la competencia desleal pone a disposición de los consumidores para hacer frente a las prácticas desleales, las propuestas de lege ferenda proporcionadas por la doctrina patria para remover los efectos contractuales de estas prácticas, así como las diversas soluciones ofrecidas por distintos Estados miembros de la UE. A continuación, se analizan los nuevos materiales normativos provenientes de la UE que ahondan en el proceso de permeabilización entre el Derecho de contratos y de la competencia desleal, así como las iniciativas legislativas tendentes a su incorporación a nuestro ordenamiento. El trabajo concluye con un conjunto de conclusiones reasuntivas entresacadas del estudio realizado, que se clausuran con la propuesta de algunas directrices para lo que entendemos sería una correcta incorporación de la normativa comunitaria.
Estudio político-criminal y dogmático sobre los delitos de financiación ilegal de partidos políticos
Resumo:
En el año 2012, el legislador español modificó el artículo 31 bis CP de modo que los partidos políticos quedaban sometidos al régimen de responsabilidad penal previsto para las personas jurídicas, tras haber sido excluidos del mismo en el año 2010. Tres años más tarde, en 2015, fruto del Plan de Regeneración Democrática del Partido Popular, se aprobó la última reforma al sistema de financiación de los partidos políticos, en la que se prohibieron las donaciones procedentes de personas jurídicas o se limitó la cantidad máxima donada por una persona física a 50.000 euros anuales. Ese mismo año 2015, se introdujeron en nuestro ordenamiento jurídico los delitos de financiación ilegal de los partidos políticos. Este conjunto de reformas dibujó un panorama completamente renovado en el ámbito de la financiación ilícita de las formaciones políticas. Así pues, el presente trabajo constituye un estudio omnicomprensivo en el que se busca analizar el fenómeno de la financiación ilegal de los partidos políticos en su conjunto, desde la regulación administrativa de la financiación de las formaciones políticas, hasta los nuevos tipos penales de financiación ilegal y la compleja aplicación del régimen de responsabilidad criminal de las personas jurídicas a las organizaciones partidistas. En este sentido, nuestro fin último ha sido aportar las claves interpretativas necesarias para que los operadores jurídicos puedan hacer frente a los distintos supuestos de financiación ilegal de los partidos políticos.