4 resultados para UNIFICACIÓN PROCESAL

em AMS Tesi di Dottorato - Alm@DL - Università di Bologna


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La corrupción pública se ha incrementado con la globalización, generando una crisis de investigación que reduce la eficiencia del proceso penal para perseguir y sancionarla. En ese contexto, se plantea que la delación ha estado presente desde época romana, pasando por la Inquisición y época contemporánea, y constituye una herramienta procesal moderna con la cual se busca fortalecer la prevención y persecución de dicho delito. Así pues, se examina los antecedentes, mecanismos y efectos de la delación, el uso del whistleblower y la posición jurídica del delator, así como los aspectos procesales relacionados con la delación en la investigación, la práctica probatoria y los recursos de apelación y casación. Finalmente, se concluye que la colaboración del arrepentido requiere de corroboración y ser sometida a contradicción para que su valor incriminatorio sea empleado en la condena de los delitos.

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Desde tiempos inmemoriales, la presencia de sujetos encargados de la administración del patrimonio del concursado ha sido consustancial a la existencia de procesos en los que se declaraba la insolvencia del deudor. Tradicionalmente, estos sujetos ostentaban un papel de singular alcance para el correcto desarrollo del concurso. En la actualidad se erigen en el motor del concurso. El vasto cometido atribuido a la administración concursal nos obliga a restringir nuestra investigación. En particular, centraremos nuestra atención en la posición jurídico procesal de la administración concursal en aquellas actuaciones que desarrolla ésta a la hora de determinar el patrimonio concursal. Para ello, partiendo de las líneas generales que a través de la historia han definido a los órganos de administración concursal, analizaremos el régimen jurídico de la actual administración concursal en España. A continuación, estudiaremos la naturaleza jurídica de la limitación a las facultades patrimoniales que sufre el deudor con la declaración de concurso y el reconocimiento que, como parte procesal, le atribuye la Ley de Enjuiciamiento Civil al patrimonio concursal. Todo ello, nos permitirá pronunciarnos sobre la referida posición de la administración concursal, como parte o como representante. Tras lo descrito, nos ocuparemos de determinar la posición que ocupa la administración concursal en aquellos procesos que ya estuvieran pendientes en el momento de la declaración de concurso y aquellos otros procesos nuevos que inicia aquella por su propia iniciativa. Por último, analizaremos la descrita posición procesal en el ejercicio de acciones de reintegración y demás de impugnación así como en aquellos supuestos en los que se impugna el inventario o la lista de acreedores.

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En el presente estudio se aborda un tema, el del régimen jurídico de la renuncia a la acción social de responsabilidad, que ha sido objeto de un escaso tratamiento por parte de la doctrina española. Estamos ante una institución controvertida, que regula la posibilidad de que una sociedad de capital abandone voluntariamente las pretensiones indemnizatorias que pudiera ostentar frente a alguno de sus administradores por los daños que éstos hubieran ocasionado en el patrimonio social como consecuencia del incumplimiento sus deberes de diligencia y lealtad. El hecho de que una sociedad de capital pueda acordar esta renuncia es un claro indicio del carácter dispositivo de las normas que regulan la responsabilidad de los administradores frente a la sociedad. Después de abordar de los antecedentes y evolución histórica de la renuncia a la acción social, la primera parte del estudio se centra en el análisis del ámbito material y temporal de su régimen jurídico, concluyendo que éste regula no sólo la renuncia o la transacción procesal, sino que se aplica cualquier acuerdo de la junta general que tenga como efecto una exoneración total o parcial de los administradores. La segunda parte del estudio profundiza en el régimen jurídico de la renuncia, haciendo hincapié en el derecho de veto que la Ley española y el Codice civile reconocen a la minoría y que se configura como una auténtica excepción al principio mayoritario que rige, con carácter general, la formación de la voluntad social. En el último capítulo se analizan los efectos de la renuncia acordada por la junta sobre la legitimación extraordinaria que ostentan los socios minoritarios y los acreedores sociales para el ejercicio de la acción social.

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La identidad nacional es una categoría jurídica central del Derecho de la Unión que puede ser particularmente apta a los fines de articular un mejor encaje entre los ordenamientos jurídicos nacionales y el sistema jurídico europeo. Se enmarca en un debate clásico de la construcción europea relativo a cómo conciliar una integración cada vez más acentuada con el debido respeto a la diversidad estatal. Se caracteriza por tratarse de una figura jurídica sumamente controvertida, existiendo una rica y abierta discusión en relación a su sentido y a su alcance. Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en el año 2009, la nueva redacción de la cláusula de identidad nacional ha suscitado un interés renovado tanto por parte de la doctrina como de la jurisprudencia nacional y europea gracias a su mayor elaboración y a la ampliación de las potestades de la jurisdicción supranacional. La presente tesis doctoral ofrece un análisis integral de esta norma desde una aproximación dialéctica, que comprende tanto la visión acuñada por el Tribunal de Justicia como la percepción que de la misma mantienen los Tribunales Constitucionales nacionales, en tanto que guardianes supremos del ordenamiento constitucionales interno. Cada uno de los cuales sostiene una visión no exactamente coincidente sobre la norma suprema y la autoridad judicial última en el complejo sistema constitucional común europeo. Se lleva a cabo un estudio desde una perspectiva histórica y actual, sustantiva y procesal, descriptiva y valorativa, así como una parte propositiva por medio de la cual se propone un modelo para la resolución de este tipo de conflictos en sede judicial.