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em AMS Tesi di Dottorato - Alm@DL - Università di Bologna
Resumo:
En este estudio se han investigado algunas líneas poéticas de la poesía chilena desde la vanguardia hasta los Ochenta. La perspectiva asumida ha dado relevancia a algunas de las obras que más claramente han instaurado una relación profunda con su propio tiempo y que han incorporado en su enunciación y retórica fenómenos vinculados con los eventos socio-culturales y con los procesos histórico-políticos. Se han analizado algunas obras poéticas y de carácter crítico de Vicente Huidobro, Nicanor Parra, Enrique Lihn, Juan Luis Martínez y Raúl Zurita. En su corpus textual se ha podido verificar la formulación de actos lingüísticos que connotan el sentido de la poesía como vehículo privilegiado para la producción de significantes y contenidos. La concepción de la poesía como testimonio y memoria escritural de una comunidad hablante, así como de desafío a la memoria del lector, son las premisas que articulan el trabajo: la relación entre escritura y realidad, entre escritura e ideología y entre las distintas declinaciones de la cuestión en torno al binomio arte-vida. La componente ética que caracteriza en particular las obras de Lihn y Zurita, surge de la urgencia de elaborar el trauma del golpe de Estado, de la violencia, de la pérdida y la marginación social.
Resumo:
En la sociedad europea crece la preocupación por el retorno de tendencias fascistas y neonazis y por la extensión de ideologías xenófobas y antisemitas, algunas de ellas alimentadas a partir de tesis de negacionistas de aquellos trágicos eventos de nuestra historia reciente. La lucha frente a los discursos negacionistas se ha llevado más allá del ámbito social y académico, y se ha propuesto la incorporación en los ordenamientos jurídicos europeos de tipos penales específicos que incriminan este tipo de discurso: negar, banalizar, o justificar el Holocausto u otros genocidios o graves crímenes contra la humanidad. Esta legislación, que encuentra su mayor expresión en la Decisión marco 2008/913/JAI, aunque castiga un discurso socialmente repugnante, sin embargo presenta dudas en cuanto a su legitimidad con un sistema de libertades erigido sobre el pilar del pluralismo propio de los Estados democráticos. Surge así la cuestión de si pueden estar surgiendo «nuevos» delitos de opinión y a ello se dedica entonces la presente tesis. El objetivo concreto de este trabajo será analizar esta política-criminal para proponer una configuración del delito de negacionismo compatible con la libertad de expresión, aunque se cuestionará la conveniencia de castigar penalmente a través de un específico delito este tipo de conductas. En particular se pretende responder a tres preguntas: en primer lugar, ¿el discurso negacionista debe ampararse prima facie por la libertad de expresión en un ordenamiento abierto y personalista y cuáles podrían ser las «reglas» que podrían servir como criterio para limitar este género de manifestaciones? La segunda pregunta sería entonces: ¿Cómo podría construirse un tipo penal respetuoso con los principios constitucionales y penales que específicamente incriminara este género de conductas? Y, como última pregunta: ¿Es conveniente o adecuada una política criminal que lleve a crear un específico delito de negacionismo?