54 resultados para Hombre-Origen


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Este artículo complementa los contenidos del recientemente publicado Boletín FAL No. 201, que se refirió a las normas de origen en Acuerdos de Integración Económica (AIEs) suscritos por países Miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). En esta oportunidad se examina la relación existente entre las normas de origen y la facilitación del comercio internacional de los bienes. Tanto los contenidos de esta edición como los del Boletín FAL No. 201 han sido extractados de un documento más amplio realizado por el mismo autor, cuya publicación corresponde al No. 28 de la Serie Comercio Internacional de la CEPAL, Normas de origen y procedimientos para su administración en América Latina de mayo de 2003.

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Los procedimientos de origen tienen que ver tanto con la emisión como con la verificación de los certificados de origen. La certificación de origen consiste en acreditar que un producto cumple con la norma de origen para que pueda acceder a las preferencias arancelarias correspondientes en el mercado de destino sin que se produzca triangulación. La verificación de origen radica en comprobar no sólo de manera formal la validez del certificado de origen, sino también que la mercancía que es amparada por éste califica, de fondo, como originario. Todo acuerdo comercial posee una normativa sobre procedimientos de origen, la cual continúa vigente después de finalizados los correspondientes programas de liberalización arancelaria. Esta edición examina el caso de Chile, por el gran número de acuerdos comerciales que este país ha suscrito. Para mayores antecedentes sobre este tema, sírvase contactar a Miguel Izam: Miguel.Izam@cepal.org

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Como se explicó en la edición No 236 del Boletín FAL, de abril de 2006, los procedimientos de origen en los acuerdos de integración económica (AIE) suscritos entre países de América Latina tienen que ver, por un lado, con la emisión de los certificados de origen y, por el otro, con la verificación de origen, proceso que ocurre en el momento de la importación de una mercancía.Mientras que dicha edición se abocó exclusivamente a la emisión de los certificados de origen, la actual, para cerrar el ciclo, se refiere a la verificación de origen de un producto. Cabe anotar que ambos temas se basan en el documento titulado "Emisión y verificación de origen en los acuerdos de integración económica suscritos entre países de América Latina: Debilidades y fortalezas".

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En un acuerdo de integración económica (AIE), la emisión y la verificación de las normas de origen se refieren a los procedimientos que corresponde realizar para indicar el cumplimiento de la norma de origen propiamente tal. Cada AIE posee un sistema propio de normas de origen con sus correspondientes procedimientos. Las reglas de origen determinan con precisión cuál es la procedencia geográfica de la mercancía que accedería a la preferencia arancelaria en vigor en el país importador.El sentido fundamental de la norma de origen es evitar la triangulación del comercio, a fin de que sólo se beneficien del no pago de los derechos arancelarios los productos negociados entre las partes. En tal sentido, en un AIE las normas de origen son más importantes que el propio proceso de desgravación arancelaria, puesto que este último termina en algún momento del tiempo, mientras que las normas de origen siguen siendo aplicables de manera indefinida.

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Este artículo se refiere a las normas de origen de los principales Acuerdos de Integración Económica que han suscrito Miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), poniendo también atención a los aspectos relacionados con la facilitación del comercio y con la reducción de los costos de transacción de las operaciones internacionales de bienes.