48 resultados para DENOMINACION DE ORIGEN
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Este artículo complementa los contenidos del recientemente publicado Boletín FAL No. 201, que se refirió a las normas de origen en Acuerdos de Integración Económica (AIEs) suscritos por países Miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). En esta oportunidad se examina la relación existente entre las normas de origen y la facilitación del comercio internacional de los bienes. Tanto los contenidos de esta edición como los del Boletín FAL No. 201 han sido extractados de un documento más amplio realizado por el mismo autor, cuya publicación corresponde al No. 28 de la Serie Comercio Internacional de la CEPAL, Normas de origen y procedimientos para su administración en América Latina de mayo de 2003.
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Los procedimientos de origen tienen que ver tanto con la emisión como con la verificación de los certificados de origen. La certificación de origen consiste en acreditar que un producto cumple con la norma de origen para que pueda acceder a las preferencias arancelarias correspondientes en el mercado de destino sin que se produzca triangulación. La verificación de origen radica en comprobar no sólo de manera formal la validez del certificado de origen, sino también que la mercancía que es amparada por éste califica, de fondo, como originario. Todo acuerdo comercial posee una normativa sobre procedimientos de origen, la cual continúa vigente después de finalizados los correspondientes programas de liberalización arancelaria. Esta edición examina el caso de Chile, por el gran número de acuerdos comerciales que este país ha suscrito. Para mayores antecedentes sobre este tema, sírvase contactar a Miguel Izam: Miguel.Izam@cepal.org