204 resultados para Economía del bienestar


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En la Declaración de Brasilia, aprobada en la segunda Conferencia regional intergubernamental sobre envejecimiento en América Latina y el Caribe: hacia una sociedad para todas las edades y de protección social basada en derechos en 2007, y ratificada por la CEPAL mediante la resolución 644(XXXII); de 2008, se insta a los gobiernos participantes a realizar esfuerzos encaminados a impulsar la elaboración de una convención internacional sobre los derechos de las personas de edad (artículo 24);. Se solicitaba asimismo la designación de un relator especial en el Consejo de Derechos Humanos encargado de velar por la promoción y protección de los derechos humanos de las personas de edad (artículo 25);.En el pasado bienio se celebraron tres reuniones de conformidad con ese compromiso. Las dos primeras tuvieron lugar, respectivamente, en Río de Janeiro (Brasil); (2008); y en Buenos Aires (Argentina); (2009);. En la tercera reunión, celebrada en Santiago (Chile); los días 5 y 6 de octubre de 2009, los países participantes solicitaron a la Secretaría de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL); que elaborara "una propuesta de estrategia sobre cómo avanzar en el seguimiento de los artículos 24 y 25 de la Declaración de Brasilia". La propuesta debería incluir "los contenidos mínimos que deberían estar presentes, desde la perspectiva de América Latina y el Caribe, en una convención internacional sobre los derechos de las personas de edad".En respuesta a esa solicitud, en este documento se presenta, en primer lugar, un panorama general sobre las normas existentes en materia de derechos humanos que están relacionadas con la promoción y protección de los derechos de las personas de edad, tanto a nivel internacional como regional. A continuación se señalan los argumentos que, desde la perspectiva de América Latina y el Caribe, justifican la aprobación de una convención internacional sobre los derechos de las personas de edad, así como los contenidos mínimos que esa convención debería incluir. Por último, se presenta una propuesta de estrategia para promover la aprobación.

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El trabajo compara dos programas de transferencias no contributivas a personas mayores (PTNCPM) en México: uno local (el Programa de la Pensión Alimentaria del Distrito Federal, creado en 2001) y otro nacional (el Programa 70 y Más, impulsado en 2007). Se documenta el proceso de envejecimiento de la población en los países de la Región Norte de América Latina y el Caribe; se revisan los principales instrumentos internacionales sobre los derechos de las personas mayores, así como los marcos jurídicos de ambos programas; se propone una guía para el análisis de los PTNCPM desde un enfoque de derechos, y se lleva a cabo una comparación sobre la base de diversas variables. Entre los hallazgos principales del trabajo se encontraron modificaciones de los criterios de elegibilidad: el programa nacional dejó de lado la universalidad para iniciar un proceso de focalización en 2012; la cobertura alcanzó el 100% en ambos casos y se redujo a casi 60% en el programa nacional y a 82% en el local; las prestaciones monetarias directas e indirectas en el caso local duplican las del nacional; en éste hay un sesgo de género favorable a los varones, mientras que en aquél es favorable a las mujeres; la sostenibilidad financiera está asegurada por ley sólo en el programa local; el presupuesto asignado como porcentaje del PIB es del doble en el caso local con respecto al nacional; y la capacitación de tomadores de decisiones, cuadros medios y personal operativo es fundamental para el mejoramiento y ampliación de los programas. Se concluye que el enfoque de derechos garantiza la institucionalidad y sostenibilidad de los programas, además de un ingreso mínimo universal que promueve la cohesión social.