23 resultados para prevención de la trata de personas.

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Pone en discusión, desde una perspectiva crítica, el modo en que el discurso sobre la trata de personas se incorpora en la agenda política sobre migraciones en la región sudamericana y las implicancias políticas e ideológicas de esa incorporación. La trata de personas es abordada como “problema migratorio”, como una forma de “migración irregular, con la finalidad de securitizar el debate migratorio fomentando a los migrantes como “problema”.

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El delito de trata de personas es considerado como un tema de interés actual para la sociedad, en vista de que se encuentra catalogado como la nueva forma de esclavitud moderna, el entender que el término “trata” el término oficial utilizado por Naciones Unidas para hacer referencia al comercio de seres humanos y a la explotación por parte de terceros a estos, especialmente en los ámbitos: sexual, laboral, militar, religioso e incluso familiar, ha permitido que nuestro país, debido a los compromisos adquiridos con la comunidad internacional, adopte el principio de la debida diligencia para implementar políticas destinadas a la prevención, persecución y protección en esta clase de delito, y que cada vez su estudio y conocimiento general se debe incrementar para evitar que existan más víctimas de un delito de lesa humanidad, como está considerado la trata de personas.

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La presente tesis tiene como propósito realizar una breve investigación sobre la trata de personas con fines de explotación laboral en el Ecuador, tomando en cuenta la política migratoria establecida en el 2008. Para esto se expone la situación de los derechos humanos en la trata de personas; se aborda las dimensiones de este delito y el modus operandi de las organizaciones delictivas transnacionales. Así también se pone en discusión la relación entre los derechos humanos y la movilidad humana. Por otro lado, se expone la propuesta de fronteras abiertas que fue adoptada por el país y cómo ella encaja en la política migratoria. La investigación abarca los años 2008-2012 y recoge los datos de los registros de entradas salidas de personas proporcionadas por el INEC. Así también se expone el número de denuncias proporcionado por la fiscalía y los datos obtenidos de investigaciones realizadas por la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB) y la Facultad de Ciencias Sociales (FLACSO) Con todo esto, la presente tesis responde a cómo la política migratoria del Ecuador de eliminar el requisito de visa consular para fines turísticos implementada en el 2008 incidió en el reporte de casos de trata de personas con fines de explotación laboral entre el 2008 al 2012; y si bien la evidencia empírica no permite llegar a una conclusión clara, conceptualmente se evidencia que las fronteras abiertas y la trata de personas no poseen una relación directa de causalidad.

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A través de este trabajo de investigación se pretende diseñar un proceso de devolución automática de los saldos a favor de Impuesto a la Renta de personas naturales en relación de dependencia, sin la necesidad de que el contribuyente presente una petición o reclamo de los valores pagados en exceso o indebidamente; esta propuesta pretende que la Administración Tributaria pueda brindar nuevas alternativas para la devolución de saldos a favor de Impuesto a la Renta, realizando controles previos y que la devolución de los valores no constituyan un riesgo para la Administración. Se hace necesario en primera instancia una evaluación de la normativa legal y los procedimientos actuales que regulan la devolución de Impuesto a la Renta y en función de llevar a cabo esta propuesta es necesaria la utilización y aplicación de conceptos de reingeniería de procesos que permitirán mejoras sustanciales en la atención de este tipo de devoluciones. Con el desarrollo de esta propuesta se pretende mejorar, ampliar, integrar y validar la información que se obtiene de los contribuyentes y de sus agentes de retención; disminuir los costos directos e indirectos en los que la Administración Tributaria incurre para poder responder la atención de las solicitudes de pago indebido y en exceso de Impuesto a la Renta; y a su vez permitirá brindar a los contribuyentes un servicio más eficiente.

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Hay un capítulo que no termina de cerrarse en nuestro sistema tributario, mismo que me he permitido catalogarlo como obscuro por cuanto aún con las 33 reformas que se han dado en estos últimos 22 años, que incluyen las 11 reformas realizadas en los últimos 5 años, no vemos un cuerpo legal totalmente pulido, más bien se ha creado un ambiente de inseguridad jurídica del cual, estoy seguro, nos va a costar mucho tiempo y esfuerzo salir. Es por lo expuesto que la presente tesis tiene por objeto exponer al lector la evolución normativa del impuesto a la renta a que han estado obligados los contribuyentes –personas naturales– a lo largo de los años; a través de una exposición cronológica y relacional de las distintas reformas que ha sufrido este impuesto a partir de 1989, con la Ley 56, hasta las más recientes reformas. El desarrollo de los institutos del Derecho Tributario: renta, ingresos gravados, ingresos exentos, gastos deducibles, declaración, anticipo, retenciones, etcétera; son analizados con un criterio histórico, evidenciándose de esta forma, los distintos cambios que han experimentado. Lo antedicho nos permite identificar, opinar y comprender cabalmente los aciertos y desaciertos del legislador al momento de crear, modificar o suprimir las distintitas regulaciones del impuesto a la renta de las personas naturales.

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Analiza la política migratoria distante de la Constitución evidenciada en: medidas restrictivas de personas inmigrantes; ausencia de datos certeros sobre la población de otras nacionalidades; nuevos requisitos para el otorgamiento de visados; incremento de deportaciones; medidas que afectan el ejercicio del derecho al refugio incluyendo cancelaciones del estatuto de refugiados; limitaciones para el ejercicio de derechos e insuficiente respuesta institucional para combatir el tráfico y la trata de personas. Plantea adecuar la legislación a la constitución e instrumentos internacionales de derechos humanos y procesos de regularización.

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En este artículo me enfoco en analizar el tratamiento que el Subcomité de Prevención de la Tortura de la Organización de Naciones Unidas ha dado en sus informes de visitas públicos a los riesgos específicos de sufrir malos tratos y tortura en el caso de mujeres privadas de la libertad utilizando aportes de metodologías feministas para el análisis de género del derecho. Para el efecto he estudiado las normas internacionales más pertinentes para el mandato de visitas que cumple el Subcomité en contraste con los hallazgos y recomendaciones realizados por este órgano de tratado en la visita a 11 Estados parte de los cinco continentes. Finalmente he ubicado los límites y aportes encontrados con relación a la prevención de la tortura y los malos tratos en mujeres privadas de la libertad y he propuesto algunos elementos a tener en cuenta para la inclusión de un enfoque de género en la labor de visitas del Subcomité.

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En este artículo me enfoco en analizar el tratamiento que el Subcomité de Prevención de la Tortura de la Organización de Naciones Unidas ha dado en sus informes de visitas públicos a los riesgos específicos de sufrir malos tratos y tortura en el caso de mujeres privadas de la libertad. Este análisis se aborda desde aportes de metodologías feministas para el análisis de género del derecho. Para el efecto he estudiado las normas internacionales más pertinentes en relación con el mandato de visitas que cumple el Subcomité en contraste con los hallazgos y recomendaciones realizados por este órgano de tratado en la visita a once Estados parte de los cinco continentes. Finalmente he ubicado los límites y aportes encontrados con relación a la prevención de la tortura y los malos tratos en mujeres privadas de la libertad y he propuesto algunos elementos a tener en cuenta para la inclusión de un enfoque de género en la labor de visitas del Subcomité.

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Desde 1492 América Latina ha heredado distintas formas de dominio hegemónicas promovidas por las grandes metrópolis; gracias a la expoliación de sus recursos posibilitó los recursos materiales para lo que la civilización occidental llama la modernidad y que algunos autores señalan que sus promesas concluyeron con el horror de la II Guerra Mundial. En la década del 70 se desarrollaron las teorías de la dependencia que pretendían explicar la situación de nuestro continente a partir de la matriz productiva y el permanente deterioro de los términos de intercambio. A pesar de los vertiginosos cambios de las últimas décadas, esta situación no ha cambiado, así lo refleja el Panorama Económico y Social del 2014 publicado por la CEPAL, que demuestra que tanto los recursos naturales como los agrícolas han tenido retrocesos en sus términos de intercambio. Además en estas décadas América Latina ha enfrentado dictaduras, el retorno a la democracia, procesos de ajuste neoliberal y una mayor subordinación a otras potencias mundiales como Estados Unidos, que ha mantenido su hegemonía en los países de la región, por medio de formas de dominación económica, por ejemplo, la deuda externa que varios países mantienen con los países más ricos y organismos multilaterales; lo que les permitió en la década del 90 la orientar las políticas económicas y sociales, así como, establecer nuevos fenómenos que “atentaban” la seguridad de la potencia más poderosa de América, uno de estas “amenazas” era el narcotráfico, perpetuado en algunos países como Colombia y México. En las dos últimas décadas, en algunos países, se han desarrollado procesos identificados con la construcción de lo que se ha llamado políticas post neoliberales en lo económico y post liberales en lo político; así también hace frente a una serie de problemas de naturaleza transnacional que se presentan en la región, como la trata de personas, delincuencia organizada, el narcotráfico, etc. Omar Rincón señala que para millares de campesinos la única posibilidad de acceder a las promesas de la modernidad como son el progreso, superación de la pobreza y movilidad social ha significado la vinculación con el narcotráfico. Estos problemas han marcado los imaginarios colectivos de los habitantes de América Latina. Este nuevo fenómeno social, sumado a la política oficial antidrogas y el rol de los medios de comunicación para contrarrestar el tráfico y consumo de drogas, han configurado nuevos imaginarios colectivos, y distintos modos de mostrar las prácticas del narcotráfico. Es así que se ha desarrollado formas culturales-populares, que dejan entre ver los estereotipos, modismos, vida y contexto social reflejado a partir de un formato llamado “narco novela”. La cultura popular es una representación de las formas de vida sociales, y el objetivo de esta investigación es analizar la “narco novela” como un producto de consumo televisivo, que da paso a una nueva industria de entretenimiento. A través de este trabajo se pretende analizar el discurso que se genera en torno al narcotráfico, sus forma jerárquicas y patriarcales de poder, las formas culturales de producción, y el discurso de género presente en la sociedad narco; así como el rol representativo de las mujeres en la “narco novela”, que refuerzan la construcción de estereotipos femeninos a partir de la sociedad del dinero.

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El propósito fundamental del presente trabajo investigativo constituye entregar una visión holística e innovadora respecto a un tema de álgida discusión dentro del derecho penal contemporáneo : la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas. En tal ámbito de análisis, la orientación sistèmica asumida por el autor a lo largo de la argumentación altera en buena medida los elementos dogmáticos de la teoría del delito - la acción y la culpabilidad - que son los ejes de articulación de un derecho penal antropocéntrico, limitado a la incriminación punible del ser humano. Bajo una entrada teórica que sigue la fundamentación de Niklas Luhmann - y la teoría de la sociedad sin hombres - se pretende demostrar còmo el progreso y dinámica de las sociedades contemporáneas ha establecido un nuevo centro de interacción y eje del análisis social, el que traslada al ser humano hacia posiciones menos estelares. Para Luhmann, comunicaciones y solo comunicaciones conforman el entorno alrededor del que se reproducen y describen los diferentes subsistemas sociales (v.g. económico, político administrativo, jurídico, cultural, etc.) siendo por tanto aquéllas - las comunicaciones - los centros de imputación, en este caso en materia criminal, cuando de la comisión de hechos delictivos se trata. Declarar la responsabilidad penal por el cometimiento de conductas ilícitas prescindiendo de la noción del acto humano consciente y voluntario y trasladar dicho ejercicio de respuesta estatal a las comunicaciones dañosas que alteran el proceso de autoreproducciòn y autoobservaciòn de los diferentes subsistemas sociales, y del jurídico en especial, permite elaborar una construcción teórica en la que las personas jurídicas, o las comunicaciones que de estas emanan, pueden ser factibles del juicio de atribuibilidad y por tanto sujetas a penas que, a la vez que afianzan el orden social destruyen paradigmas clásicos del derecho penal como el societas delinquere non potest, siempre invocado por los defensores del inmovilismo.

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Se introduce una breve reflexión sobre los campos científicos que conforman el área y, se procura mostrar algunos de los "problemas cardinales -según el léxico de los cienciólogos que a criterio del autor atraviesan actualmente el asunto de la incorporación de las ciencias naturales y sociales, mirado desde el moderno paradigma latinoamericano y sobre todo, desde la urgencia de formulación de propuestas integrales para la salud poblacional. Se discute el concepto de "incorporación" de las ciencias para distinguir la extensión y profundidad de la influencia de disciplinas como las naturales y sociales en la práctica y el saber de la salud pública. Hacia el final se esboza un análisis sobre el tema de la politicidad del saber, que es un aspecto insoslayable en cualquier discusión epistemológica seria. Un análisis que se enmarca en el desafío de lo que el autor ha denominado la necesidad de una "prevención profunda". Se trata de impulsar un proceso globalizante que supere el reduccionismo de las orientaciones preventivas clásicas (prevención individual y etiológica) y de los programas sanitarios que podría calificárselos como faltos de objetividad, insuficientes, aislados y de baja intensidad. Un quehacer técnico que se apoye en una ciencia robusta ("hard science") rebasando el estrecho y resignado marco de una ciencia blanda, "tercermundista".

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El tráfico de personas y particularmente de mujeres es unA actividad presente en la historia de la humanidad. Miles de seres humanos han sido objeto de esta inhumana actividad, y siendo esclavizados han enriquecido a otros seres humanos, en el caso de las mujeres además su tráfico y comercio ha estado ligado a su objetivación sexual. En América Latina, durante la conquista de los españoles, a las mujeres se les tomaba o se transfería como botín de guerra, dando lugar al comercio sexual, luego en la época colonial, se sancionó el proxenetismo, inclusive con la pena de muerte

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El movimiento de derechos humanos internacional, reconoció tardíamente dos formas de violencia, posiblemente las más comunes en el mundo, como violaciones a los derechos humanos, estas son la violencia intrafamiliar y la violencia basada en el género. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena el año 1993 en el numeral 18, señala textualmente “Los derechos humanos de la mujer y de la niña, son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales (...)La violencia, y todas las formas de acoso y explotación sexuales, en particular las derivadas de prejuicios culturales y de la trata internacional de personas, son incompatibles con la dignidad y la valía de la persona humana y deben ser eliminadas (…) La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, insta a los gobiernos, las instituciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales a que intensifiquen sus esfuerzos a favor de la protección y la promoción de los derechos humanos de la mujer y de la niña”. En este numeral se enfatizan tres aspectos: se reconoce sin ningún lugar a duda que los derechos de las mujeres y las niñas son universales; que la violencia, en todas sus formas es una violación a los derechos humanos y que los estados, las agencias de cooperación y las organizaciones de la sociedad civil deben preocuparse e intensificar sus esfuerzos por erradicar este gran problema social.

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El artículo revisa las medidas adoptadas por el gobierno en materia de movilidad humana durante el año 2009. El proceso de adecuación normativa al nuevo marco constitucional, no progresó y se entrapó. La institucionalidad y políticas públicas es dispersa y reproduce viejas concepciones de seguridad. Se han adoptado medidas de carácter restrictivo e inconstitucionales como: restablecimiento del pasado judicial, la reforma al proceso de reconocimiento de refugio, la intensificación de los controles militares y policiales, incremento de procesos de deportación. No existe una sólida política de regularización. Los programas de atención a emigrantes y sobre trata de personas evidencian debilidades y limitaciones. No existen políticas frente al tráfico de migrantes y el desplazamiento forzado.

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Esta investigación analiza con detalle la evolución conceptual y la heterogeneidad de definiciones entre dos tipos principales de tráfico de personas, esto es, la trata para la explotación de seres humanos y el tráfico de migrantes. Conjuntamente se estudia el desarrollo de la cooperación internacional de la acción supranacional y nacional en materia de lucha contra el tráfico de personas, se describen los aspectos más significativos y se analizan los obstáculos que la limitan o frenan, con el fin de vislumbrar instrumentos analíticos útiles para superarlos, como, por ejemplo, en el caso de la trata, los incluidos en el Convenio del Consejo de Europa, abierto a la firma el 16 de mayo de 2005.