45 resultados para capacidad económica

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Toda reforma tributaria responde a la necesidad del Estado de obtener recursos para solventar el gasto público; y, aunque los ciudadanos están moral y jurídicamente obligados a coadyuvar en dicha satisfacción, ha existido en la sociedad ecuatoriana una tendencia al rechazo de las mismas, pues se considera afectada la capacidad económica de los contribuyentes u obligados. Como consecuencia, toda reforma implementada en un sistema o régimen tributario, bien sea que trate la creación, modificación o extinción de tributos; o, relativa a la transformación de la parte operativa en cuanto a la determinación del tributo y la solución o pago del mismo; es decir su metodología, genera dificultades tanto para contribuyentes como para la administración tributaria. Para los contribuyentes el impacto no deviene en forma exclusiva de la capacidad económica para solventar nuevas tarifas, se trata además de asumir nuevas responsabilidades durante los procesos de determinación y fiscalización. Para la administración tributaria, las dificultades no están ausentes, por cuanto las facultades de determinación y recaudación entre las más importantes sufren gran impacto al momento de afrontar del mismo modo las reformas tributarias; toda vez que debe asumir el cambio con eficiencia y eficacia administrativa. El punto de quiebre entre los sujetos activo y pasivo se produce mayormente debido a una percepción de desigualdad de condiciones entre contribuyentes y administración tributaria; generalmente el poder tributario e impositivo genera una apariencia de arbitrariedad por parte del organismo de administración al aplicar las reformas fiscales; con todo lo dicho, se destaca la necesidad de identificar hasta qué punto dichas transformaciones han tomado o deberían tomar en cuenta la situación del contribuyente en relación al principio de justicia tributaria. Con todo lo expuesto se avista una interrogante de vital importancia a ser satisfecha durante del desarrollo de la presente investigación: ¿Cómo han incidido las reformas tributarias efectuadas durante la última década en la suficiencia recaudatoria y capacidad contributiva de los principales tributos de recaudación nacional? Para efectos de contestarla, a lo largo de este trabajo de investigación, se analiza tanto la situación actual como la evolución histórica de del Régimen Tributario Ecuatoriano, haciendo énfasis en los cambios efectuados a partir de 1999 en los impuestos de recaudación nacional más importantes, como son el Impuesto a la Renta, el Impuesto al Valor Agregado IVA y el Impuesto a los Consumos Especiales ICE.

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La normativa relativa a las patentes de invención ha rebasado las fronteras de los Estados nacionales. Lo que se entiende como invención (regulado de manera implícita al menos), la materia patentable, las excepciones a la patentabilidad, la duración del período de explotación exclusiva que se le concede al inventor sobre su obra producto del intelecto (estándar mínimo, no puede ser inferior), lo que se entiende como explotación, los conceptos de novedad, nivel inventivo, aplicación industrial (regulados de manera implícita al menos), constituyen preceptos uniformes vigentes para la humanidad toda. La afirmación contenida en el párrafo anterior se la debe entender con ciertos límites. Por ejemplo, los distintos Estados pueden excluir como materia patentable al material biológico (con excepción de los micro organismos), ciertos aspectos de la institución de la licencia obligatoria quedan a la libre elección de los Estados, incluso el optar por establecerla, los distintos Estados pueden regular por sobre los acuerdos “mínimos” logrados, etc. Aspectos de importancia, pero no los definitivos a la hora de configurar la protección concedida a las patentes de invención, su objeto y alcance. Por ejemplo, el principio que manda a que se concedan patentes sin importar el ámbito de la tecnología en que sea aplicable la invención, es inequívocamente universal (existe margen para excepciones, reguladas claro). Lo anterior se logró por la aprobación del Acuerdo ADPIC, las siglas en español del acuerdo global que rige la materia, vigente en el mundo entero (aquello es inminente e irrefutable). Este convenio en su segunda década de vigencia ha conseguido efectivamente homologar las más dispares legislaciones a nivel mundial y dar pie al actual régimen global, que este estudio critica. Bajo este escenario queda corto cualquier trabajo que al abordar el tema se refiera únicamente a lo interno, ya que las regulaciones al respecto trascendieron este ámbito. Es así que en un intento por construir un sistema justo, objetivo que constituye el fin último de la Ciencia Jurídica, este trabajo propone modificar las regulaciones globales sobre la materia. Se reconoce para el efecto, por supuesto, la necesidad de evitar distorsiones en el mercado internacional de bienes intangibles, por lo cual se debe ratificar la homologación y universalidad de la normativa sobre las patentes de invención. Es así que contemplando una normativa universal, utilizando como punto de partida el Acuerdo ADPIC, se plantea que la duración de la protección otorgada por una patente de invención, al nacional de cualquier país, dentro de un determinado Estado dependa de la capacidad económica de los habitantes del mismo (correctivo principal). Básicamente cambiará el hecho de que todos los Estados miembros estén obligados a otorgar 20 años de protección, con la introducción de un sistema en que el plazo de protección que otorgue un determinado Estado, tenga relación a la capacidad económica de sus habitantes. Es decir, cada quien según su capacidad. Le corresponderá al organismo multilateral que rige la materia determinar los distintos plazos que otorgarán los diversos Estados, tomando en cuenta la capacidad de sus habitantes, en aplicación de parámetros constantes. Se debe tener en cuenta que, dado el estado actual de las comunicaciones, los productos del intelecto en general y las invenciones de manera particular, benefician a la humanidad toda sin distingo del país o región. Por lo tanto, es deber de toda la humanidad el alentar su creación y difusión, eso si, dentro de la capacidad de cada Estado parar hacerlo.

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Esta tesis pretende describir e interpretar el protestantismo para conocer las manifestaciones comunitarias en ritualidades evangélicas de quichua migrantes provenientes de Chimborazo en la ciudad de Quito, a partir de la comunicación intercultural articulado con la heterogeneidad, el campo religioso, el habitus, la “visión cosmológica del mundo”, entre otros, develan el mundo simbólico del quichua. Se situa una aproximación sobre el proceso comunicativo entre quichuas de diversas comunidades de origen, creencia y capacidad económica, al participar con su fondo cultural, cuestionan lo homogéneo circulado por el discurso religioso y de-construyen la idea todo es armónico en los Andes revelan lo conflictivo por estar construido en la paridad complementaria de opuestos y prueba la reproducción del ayllu en la urbe cotidiana. La ritualidad evangélica es dinámica, denotativo (se expresa en danzas, vestuarios, prácticas culturales)y connotativo. Es locus de la comunicación en las dimensiones oral ypara-lingüístico.El quichua se comunica con otro “pone en común” saberes, prácticas culturales: el maquipura (mano a mano), debichi (hacer endeudar) formas de reciprocidad, el huarmi rimay (pedido de mano de la novia), desde su memoria, el relato de los ancianos, ancestros de la comunidad, y surge la “incomunicación” (diferencia).No termina en guerra maussiana por prestaciones totales asimétricas realizados entre ayllus, es disputa simbólica, “lucha de sentidos”, causay mashcay-búsqueda de vida“ para sí y para otros” en el chaupi, tercer espacio, dónde las “mezclas” o “hibridaciones” no es posible sino la coexistencia de opuestos sin mezclarse. Símbolos, signos significan otros significados devienen en sentidos, es el mundo del sentido, nada esta dicho, ya que cada acto, palabra, regalo, consejo, minga, entre otros, remite a otro hasta el infinito, es lo circular en la temporalidad del rito. El relato, la narración y actos de reciprocidad recopilados evidencian que el ayllu inicia en las relaciones de parentesco cohesiona, organiza, estructura al quichua, incluso se superpone a la religión para re-actualizarse en Quito, como en matrimonios entre católicos y evangélicos están ligados al mito andino del cóndor y la mujer. Y el ayllu es lo político por ser soporte para revitalizar la práctica del compadrazgo entre evangélicos en el pasado fue estigmatizado por el misionero. Finalmente, en la danza mujeres y jóvenes buscan sentido de valor negado por lo andino y dinamizan la religión.

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La crisis financiera, que tuvo origen en los mercados hipotecarios estadounidenses, muestra algunas repercusiones en la economía ecuatoriana, la misma que se ha vista afectada por las políticas económicas del gobierno de turno que ha priorizado el gasto público como herramienta de dinamización, pero a su vez evidenció la vulnerabilidad del sistema capitalista norteamericano que había tomado otra dinámica: no tener regulación de los productos financieros que se tranzan en el mercado. La crisis se genera como consecuencia de un efecto dominó que se produjo a partir del estallido de la burbuja financiera creada en el mercado bursátil norteamericano, creando un impacto en los principales sectores de la economía: el Externo, Fiscal, Monetario y Real, de todos los países del mundo, con énfasis en quienes realizaban comercio con Estados Unidos Según expertos, las crisis son ciclos económicos que se generan continuamente, y por lo tanto representan etapas de cambios que si se las aprovecha de una manera adecuada pueden representar una oportunidad. Las oportunidades están en función de la capacidad de los emprendedores en identificar las tendencias de los mercados en las secuelas de las crisis e identificar que tipo de valor agregado o beneficio se puede ofrecer para poder seguir las mismas y lograr satisfacer dichos mercados. El reto de identificar las tendencias no sólo está en conocer los mercados sino también en evaluar otro tipo de modelos económicos que permitan satisfacerlos. La incertidumbre que se presenta en los momentos de cambio exige desarrollar modelos creativos e innovadores para salvar las economías luego de un proceso de rescate financiero; es por tal razón que se evaluará cual es el aporte que puede hacer Pichincha para la economía ecuatoriana, siendo una de sus principales provincias y motores de desarrollo.

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El modelo económico y de mercado de las Constituciones de 1978 y 1998, la adopción de una moneda fuerte como el dólar, los procesos aperturistas y de globalización de los mercados y de la propia economía, pero sobre todo la instauración de una “nueva” Asamblea Constituyente, han provocado una revolución frente al sistema económico y de mercado que debe ser incorporado en la nueva “Constitución Económica Ecuatoriana”, nos obliga a definir de manera clara y precisa cual debe ser el papel del Estado frente al mercado, los agentes económicos y sobre todo los consumidores, a través de la respectiva política económica. La situación micro y macroeconómica en relación con el modelo económico y de mercado que ha sido escogido y establecido a nivel constitucional no han sido desarrolladas, reguladas, ni controladas adecuadamente –a través de la ley secundaria respectiva- para hacer frente a las múltiples fallas del mercado. Todo esto con la finalidad de poder dotar de un verdadero instrumento que permita diseñar una auténtica y efectiva política económica estructural –en especial de una política de competencia-, dirigida a lograr que la economía del Ecuador se situé en la senda de un verdadero crecimiento, duradero –sustentable-, competitivo, no inflacionario, generador de empleo, distributivo y no discriminatorio a favor del interés económico general. La realidad de nuestro mercado y economía, hace que resaltemos aún más que, la eficacia de la política de competencia, no depende sólo de su capacidad para encuadrar determinadas conductas como infracciones y resolver determinados problemas de eficiencia a través de correctivos estructurales o de conducta. Sino también tiene que ver con la posibilidad de generar un ordenamiento jurídico que sea aceptado y respetado por todos los agentes económicos, y de contar con Instituciones de control fuertes –autónomas e independientes- capaces de aplicar dicho ordenamiento y que todo esto se sustente en el marco de nuestra constitución económica. Para esto debemos establecer normas de competencia modernas, eficientes, legítimas y eficaces para el Ecuador. Ese es el propósito de este trabajo, el cual pretende recoger información sobre la experiencia internacional para ser tomados en cuenta al momento de su elaboración. Para finalizar, debemos manifestar que asumimos que la Asamblea Constituyente dejará claramente establecido como parte de los derechos fundamentales, el derecho de la competencia, como parte de la política económica y social de nuestro país.

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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.

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Patentes de inversión y derecho de la competencia económica es un trabajo novedoso. Trata una temática que combina dos disciplinas jurídicas de notable actualidad y vigencia: el derecho de la propiedad intelectual y el de la competencia económica. Busca concatenar dos de sus principales institutos: la patente de invención y el abuso de posición dominante. El libro consta de tres capítulos. El primero de ellos analiza la patente de invención como fuente de una posición de dominio en un mercado relevante. En él se pone de relieve las características de aquel derecho que inciden en la determinación de esa posición. En el segundo capítulo el estudio avanza hacia la calificación de la negativa a conceder licencias voluntarias por parte del titular de la patente como ejercicio abusivo de una posición de dominio. Para tal efecto se estudia dicha negativa como especie del instituto de la legislación de competencia que le es más próximo: la negativa a contratar. Por último, el tercer capítulo contiene sendas conclusiones y recomendaciones. La pretensión de este estudio no es agotar la temática propuesta. Por el contrario, dentro de las limitaciones propias de todo trabajo pionero e innovador, busca únicamente señalar los cauces por los que su posterior debate podría ser conducido.

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Ecuador vive una expansión de su deuda externa más rápida que el incremento de la producción y capacidad real de pago del país. Las deudas privadas se transforman en públicas, la quiebra de las finanzas públicas se expresa en la venta de empresas estatales con precios amenazados con riesgos de valoración. Es urgente reestructurar la institucionalidad económica del país, su organización financiera, para hacer de las relaciones crediticias un factor real de desarrollo.

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El mismo gobierno que no pudo privatizar las empresas de electricidad de Arequipa en el 2002, por la enérgica resistencia de la población, y que registra los niveles de aprobación ciudadana más bajos de la historia, viene preparando ahora la privatización del agua potable. Alentado por instituciones internacionales como el Banco Mundial y el BID, que son quienes ponen los fondos para realizar interminables estudios que invariablemente demuestran la necesidad de hacer inversiones formidables que, por supuesto los Estados no pueden desarrollar, y de brindar el dinero para preparar la empresas para sus futuros propietarios privados. Nadie parece estar consciente del inmenso capital social que implican los sistemas de agua y saneamiento existentes; la cantidad de conexiones con que cuentan las ciudades grandes que se convierten en potenciales mercados cautivos de los inversionistas privados y en fuente segura de financiamiento de sus gastos; la capacidad técnica del país; y el valor de la fuentes de extracción del recurso. Como si todo esto fuera nada, los gobiernos, congresos y municipios, se proponen hacer concesiones a cargo de promesas de inversión y modernización.

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Las exigencias de la globalización han expuesto la severa vulnerabilidad de los países caribeños, y por lo tanto, el fenómeno se ha convertido en el catalizador principal de un acelerado proceso hacia la integración regional para evitar la marginación de los estados pequeños caribeños en la escena internacional. Con el fin de fortalecer su presencia en el contexto global, los países miembros de la Caricom, han echado la vista atrás al decidir proceder con un proyecto que inicialmente surgió en 1989, pero por varias razones, lo más notable, las diferencias y pleitos entre las diferentes islas, había quedado estancado. El proyecto se radica en la creación de un Mercado y Economía Únicos, y pretende tener un papel casi estrictamente geopolítico, porque muchos optimistas se aferran al sueño de que unida, la región incrementará su capacidad de lidiar con los países poderosos e impresionarles sobre su naturaleza vulnerable para que por lo menos intenten suavizar sus leyes que son diseñadas de sofocar la economía caribeña. De particular importancia es la protección de las dos industrias principales que sostienen los estados pequeños de la región-el turismo y el sector offshore. La región ha percibido su carácter vulnerable y existe el consenso que la integración representa un paso decisivo para combatirlo, sin embargo, muchos aún creen que el establecimiento del Mercado y Economía Únicos de Caricom es una estrategia prematura debido al hecho que las islas de la región no han superado sus diferencias que a lo largo del siglo pasado han destrozado cualquier camino hacia la integración. El éxito del MEUC dependerá de la voluntad de los estados pequeños para cooperar plenamente al desechar sus antiguas diferencias por un bien común; y este representa el desafío más grande para la integración caribeña.

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1. Los puntos de partida: el aporte del enfoque marxista. 2. Los años ochenta y el protagonismo de los historiadores. 3. Crisis obrajera y reorientación de la economía. 4. Hacienda y población tributaria. 5. Comercio y región. 5. La historia andina. 6. Administración colonial, poderes locales y élites. 7. Rebelión y sociedad urbana. 8. Perspectivas actuales.

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Cuando estalla la crisis financiera 2007-2009, no tardan en aparecer rápidamente las explicaciones y las respuestas de todos los estados afectados por sus secuelas, incluyendo entre ellos a los países periféricos. Esta realidad demostró que la capacidad de respuesta de los estados del primer mundo es diametralmente distinta a las realidades y particularidades de los estados periféricos. En la presente tesis se abordarán los principales debates a partir de las explicaciones sobre la formación de la crisis, los impactos del liberalismo financiero en la expansión- profundización de esta, las estrategias de defensa de Colombia como estudio de caso y se realizará una evaluación del impacto en el sector financiero doméstico y las particularidades de los esquemas de captación masiva de dineros o “boom de las pirámides”. Por último, se desglosarán las políticas económicas que pretenden responder a los efectos en la economía real.

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La Constitución colombiana le ofrece a los constituyentes la posibilidad de la cooperación voluntaria en el mercado, el cual se traduce en un sistema competitivo y de libre empresa que presupone la libertad de realizar todo tipo de transacciones de bienes y servicios sin otras restricciones que el derecho de los demás a hacer lo mismo. Pero en muchas ocasiones dichas libertades se exceden de tal forma que los instrumentos que nos da la Constitución afectan a los ciudadanos, especialmente a los consumidores. Por lo tanto, el propósito de este trabajo es dar respuesta al siguiente interrogante: ¿La Corte Constitucional Colombiana, en sus sentencias fundamentadas en los principios constitucionales de libre empresa, libre competencia y libertad económica garantiza el bienestar del consumidor colombiano? Este interrogante nace para confirmar si en Colombia el consumidor es “la parte débil del acuerdo”, teniendo presente que en el tráfico de masa es donde se puede visualizar al consumidor como la parte débil de las relaciones de consumo, es donde se verifica que en los hechos no existe una presunta igualdad entre los agentes económicos –empresario y consumidor-. Para el desarrollo de esta investigación se utilizó como fuente primaria la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana entre los años 1992 y 2007, ya que a partir de la Constitución de 1991 aparece el juez constitucional a través de la jurisprudencia como un creador consistente de sub-reglas constitucionales y no simplemente como un aplicador pasivo de los textos superiores, observando el derecho mucho más allá de la norma, es así como esta investigación logra una cercanía con la realidad: “las circunstancias que se denuncian a través de demandas de inconstitucionalidad y acciones de tutela”. Es así como esta tesis presenta: 1. Para cada principio constitucional económico (libertad económica, libertad de empresa y libertad de competencia) un conjunto de sub-reglas constitucionales según los escenarios constitucionales en los que se desarrolla. 2. Escenarios constitucionales, como el patrón fáctico en el que la Corte ha especificado, mediante sub-reglas, el significado concreto de los principios constitucionales económicos antes mencionados. 3. La relación que se puede deducir con dichas sub-reglas entre cada principio y el bienestar al consumidor. Palabras claves: principios constitucionales económicos, libertad económica, libertad de empresa, libertad de competencia económica, consumidor, jurisprudencia, Corte Constitucional.