2 resultados para War, Declaration of.

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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A nivel internacional existe consenso respecto a la importancia que tiene el marco institucional para el funcionamiento eficiente del sistema financiero y para la generación de incentivos correctos para mantener la disciplina de mercado. Por eso mismo, durante los últimos diez años, se ha estado discutiendo, especialmente a nivel técnico, respecto de las condiciones de una nueva arquitectura financiera internacional que se ajuste a la realidad de un sistema financiero globalizado, y se han generado políticas, lineamientos y mínimos estándares para los sistemas financieros que han sido recogidos fundamentalmente por normas informales conocidas como softlaw y por órganos igualmente informales. La Declaración de la Cumbre del G20 en Washington de noviembre de 2008 estableció cinco principios comunes para reforma del sistema financiero que deben ser considerados en esta nueva arquitectura, a la que se puede definir como ""el establecimiento e implementación, a nivel nacional e internacional, de reglas, principios y arreglos institucionales que aseguren la estabilidad del sistema financiero internacional, previniendo las crisis y estableciendo los mecanismos institucionales para enfrentarlas o mitigarlas"". Sin embargo de esto, no existe una conciencia clara de que el problema de la nueva arquitectura financiera internacional es un problema ante todo jurídico: los órganos informales creados y el softlaw son insuficientes para crear las condiciones necesarias para asegurar el obligatorio cumplimiento y la aplicación general de este marco de regulación financiera global. Además, el principio de la soberanía de los Estados, base de los ordenamientos y sistemas jurídicos actuales, de naturaleza fundamentalmente nacional, y norma fundamental para las relaciones entre Estados, en el Derecho público internacional, vuelve complejay demorada la creación de un nuevo sistema de gobernanza global que viabilice esta nueva arquitectura financiera internacional y permita devolver rápidamente la confianza perdida y la estabilidad de este nuevo sistema financiero global.

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El presente trabajo se centra en el análisis de los conflictos que giraron en torno a las operaciones de compra de esclavos en el nororiente neogranadino durante el siglo XVIII. Legalizaciones aplazadas, ventas desautorizadas, pagos pendientes, esclavos hipotecados y confusiones sobre el estado real del esclavo comercializado fueron situaciones que desataron enconadas disputas y pleitos judiciales que terminaron algunas veces con la declaratoria de redhibitoria, es decir, la anulación del contrato de venta y la devolución del esclavo. En vista de estos antecedentes, y con un ánimo preventivo, los negociantes se aseguraron de fijar en las escrituras de compraventa ciertas garantías o aclaraciones para no verse involucrados en tales litigios.