31 resultados para Usos y costumbres - Medellín (Colombia)

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Ante la creciente visibilidad, importancia y problematización del discurso de los derechos humanos, la persistencia de conflictos y violaciones masivas de los mismos alrededor del mundo, el impacto profundo que tiene el arte sobre los individuos y las sociedades así como el protagonismo del arte y los artistas en busca de transformaciones, surge la pregunta por el rol del arte en la defensa y promoción de los derechos humanos. Para abordar y responder a esta pregunta, se busca en la presente investigación determinar el papel del arte en el proyecto “Destierro y Reparación”, organizado por el Museo de Antioquia y la Corporación Región en la ciudad de Medellín en 2008. Para este fin, se establecen en primera instancia los antecedentes sociopolíticos del evento caso de estudio sobre la base de una caracterización general de la violencia resultante del conflicto colombiano, de la situación de desplazamiento y de la respuesta estatal en esta materia a nivel nacional y de la ciudad de Medellín. En segundo lugar, se hace una caracterización del proyecto, incluyendo sus antecedentes más específicos, participantes y sus motivaciones, organización general y balance. Tercero, se analizan las potencialidades del arte en relación con la defensa y promoción de los derechos, asumiendo el arte sobre todo como una herramienta y espacio de comunicación para tal efecto. Dichas potencialidades se abordan en tres planos: a) arte como vía para transmitir el mensaje de DD.HH.; b) arte como ejercicio de derechos en sí; y c) arte como potencia transformadora de la sociedad y del discurso de los derechos. Finalmente, se proveen recomendaciones respecto a la defensa y promoción de los DD.HH. a través del arte a partir de los hallazgos y se plantean algunas reflexiones adicionales.

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El estudio del territorio y los diversos, complejos y conflictivos procesos que lo configuran, debe tener en cuenta que dichos procesos se operan desde distintas lógicas. Justamente éstas lógicas y procesos de poder, dominación y conflicto son los que se describen de manera general en este texto. En este sentido, consideramos que lo primordial es entender que la noción de territorio entraña un alto grado de conflictividad, en la medida en que una visión hegemónica de éste, no guarda muchas veces relación con las dinámicas internas locales de los pobladores de ese territorio que, como en el caso de Guapi (Cauca-Colombia) son claramente diferentes; por el contrario, la normativa reguladora de estos territorios a través de los Planes de Ordenamiento Territorial y los proyectos de inversión como el cultivo de palma africana, trae aparejado un nuevo orden territorial excluyente, basado en un patrón de poder que nada tiene que ver con las lógicas ancestrales de muchos de los actores locales. De esta forma es posible encontrar sobre un territorio, lógicas dominantes excluyendo o en pugna con otras visiones, fundadas en amplios y complejos marcos de relaciones sociales. En este trabajo, tratamos de mostrar las relaciones de poder en cuanto al acceso y uso del territorio se refiere, en este sentido, nos parece importante entender que dichas relaciones de poder crea actores particulares que se enfrentan de manera directa o no, a una serie de conflictos que descansan en esas construcciones (significados, usos) territoriales, muchas veces como en el caso del Estado colombiano, fundamentadas en una racionalidad económica capitalista que excluye y violenta los proceso locales de creación de identidad y en esta medida, de construcción de otras formas de ordenamiento del territorio. Por otro lado, nos parece que Guapi se constituye en un ejemplo valioso para entender en un estudio de caso, las dimensiones reales de las distintas relaciones sociales entre actores diversos y los conflictos que la interacción sobre un mismo territorio genera.

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Nuevas contextos exigen nuevas estrategias. Pero no puede hablarse de una estrategia de exigibilidad si ésta carece de una sostenibilidad de actores, de organizaciones, de sujetos sociales que se reconozcan como sujetos, como titulares de derechos y, por lo tanto, se organicen, movilicen y exijan la plena realización de esos derechos.

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El ejercicio de la administración de justicia de los pueblos indígenas es uno de los derechos colectivos más visibilizados en la sociedad ecuatoriana; sus prácticas, vistas desde una concepción occidental, han sido cuestionadas al argumentar que los usos y costumbres propios contravienen los principios de los derechos humanos. El presente estudio pretende aclarar el contexto y la definición de la justicia indígena como derecho propio, diferenciándola de otros hechos, tales como el linchamiento y ajusticiamiento. Reflexiona sobre cómo los derechos individuales (a la vida, la libertad, integridad, propiedad) están garantizados en la aplicación de la justicia indígena y analiza los mecanismos de conciliación que pueden interactuar y fortalecer los dos sistemas de justicia, a partir del reconocimiento y respeto del derecho propio, el diálogo intercultural, el desarrollo de las leyes y la constitución de un sistema jurídico de los pueblos indígenas. Para lograr el pleno ejercicio del derecho propio, el estudio analiza la Constitución del Ecuador, los instrumentos internacionales sobre pueblos indígenas, normas que de una u otra manera garantizan los principios, procedimientos y autonomía de la justicia indígena. Finalmente, a partir del análisis de expedientes, el trabajo reflexiona sobre las fiscalías indígenas, independientemente de cada uno de los actores: indígenas, instituciones, jueces, fiscales. En relación a la incidencia en la justicia indígena, se plantea la preocupación de si las fiscalías indígenas pueden llegar a constituirse en un espacio que atente contra la autonomía y la facultad jurisdiccional que tienen las autoridades indígenas, principio consagrado en el Art. 171 de la Constitución de la República del Ecuador.

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La historia de Colombia ha sido una sucesión de pequeñas y grandes manifestaciones de violencia. Desde las guerras de independencia, pasando por las guerras del siglo XIX, y por una innumerable cantidad de alzamientos, revoluciones y montoneras menores, hasta llegar al punto álgido de la violencia como institucionalidad paralela: la muerte de Gaitán, el Bogotazo y los años de la Violencia. Pensar que los orígenes de tales manifestaciones de «la política por otros medios» fuesen el resultado de las mismas causas, consecuencias de los mismos procesos o, al menos, gritos comunes ante privaciones similares, sería bastante simplista. Pues, mientras el país se mueve, y cambia su realidad, la violencia permanece perenne. Sobrevive la violencia en sus odios y en sus fantasmas, en los vencidos y en los vencedores. La guerra, y toda apelación a la violencia, quedaban como una ocupación contingente pero común.

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El artículo estudia el impacto que la aplicación del Plan Colombia tendrá sobre el Ecuador. Se lo define como el riesgo a la seguridad más importante que tiene el país en el presente y se llama la atención respecto a la necesidad de forjar una posición nacional común que involucre a todos los sectores del país. Esta posición debería colaborar para contener un derrame del conflicto militar al resto de la subregión, garantizar los derechos fundamentales y el bienestar de las poblaciones de frontera, controlar el impacto ecológico del Plan Colombia, y lograr una revisión del Acuerdo de Manta con EE. UU. de modo que se evite la utilización de territorio ecuatoriano para operaciones militares directas en la guerra que se libra en Colombia.

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El presente trabajo identifica, dentro del contexto definido del ámbito doméstico, algunas de las prácticas y operaciones que elaboran los consumidores de la radio en Quito frente a los programas que eligen a diario. Procura sentar bases teóricas, registrar historias de producción desde los emisores, e integrarlas en el análisis de los usos y sentidos reconocidos en la aplicación de instrumentos cuanti-cualitativos.

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En la búsqueda por desarrollar una reflexión propia y una conciencia crítica latinoamericana, enraizada en nuestra realidad y en nuestra historia cultural, Silencio, memoria y espacio: coordenadas poéticas para explorar la obra de Juan L. Ortiz (Argentina) y Aurelio Arturo (Colombia), propone efectuar un estudio comparativo y una lectura interpretativa de la obra poética de Juan L. Ortiz y Aurelio Arturo, dos poetas paradigmáticos del siglo XX en Latinoamérica, cuya escritura, a pesar de ser fundamental en el horizonte literario de sus respectivos países, ha permanecido al margen, resistiendo a cualquier categorización. La propuesta parte de una pregunta central, que indaga sobre cuáles son los proyectos poéticos registrados en la escritura de Juan L. Ortiz y Aurelio Arturo. Partiendo de esta pregunta, se pretende establecer diálogos con sus tradiciones respectivas, ya sea nacional, hispanoamericana o mundial, para dilucidar sus continuidades y sus rupturas. En primera instancia, se explora la relación que Ortiz y Arturo establecen con el lenguaje, tomando tres ‘coordenadas poéticas’, el silencio, la memoria y el espacio, instancias que consideramos ejes articuladores de la obra de ambos autores. La lectura, al trasluz de estos conceptos nucleares, busca descifrar los sentidos y las peculiaridades de sus búsquedas estéticas, al establecer una discusión entre sus respectivos discursos poéticos –que implican una intersección de voces, coordenadas, geografías y realidades– para determinar en qué medida hay continuidades y/o rupturas. A partir de estos aspectos, la tesis dialoga con la tradición crítica y con los movimientos y grupos literarios de su época y su contexto, para destacar los aportes del ‘quehacer’ y el ‘decir’ poético que estas figuras aisladas han hecho a la poesía hispanoamericana.

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La presente Tesis, analiza como objetivo fundamental, la determinación de existencia de un derecho transnacional que supere las fronteras nacionales e internacionales, para ello pretende efectuar una distinción entre la antigua lex mercatoria medieval y la moderna lex mercatoria, utilizando la puntualización de sus características transnacionales, que forman parte del desarrollo en la historia del andamiaje jurídico, del variado y disperso Derecho Mercantil Internacional. El presente trabajo establece los principios en juego de las negociaciones comerciales internacionales, éstos contienen normas de derecho generales y de origen consuetudinario, se estudia el conjunto de usos y costumbres que se implementaron en la Edad Media, mismos que regían los actos de comercio, configurando la institución jurídica denominada “Lex Mercatoria”. Se investiga si la lex mercatoria, constituye una categoría jurídica a la par de las normas promulgadas por un órgano competente, si es un ordenamiento jurídico autónomo o la subordinación de ordenamientos jurídicos preexistentes, se efectúa un enfoque desde varias perspectivas, utilizando argumentos a favor y en contra, respecto al ámbito de válidez de la lex mercatoria. Un grupo de autores consideran a la “lex mercatoria” como nuevo derecho creado por particulares, para regir relaciones de Derecho Privado, otros la razonan, como una herramienta jurídica de apoyo a las legislaciones nacionales, para lo que se analizan las relaciones comerciales y convenios internacionales, basándonos en instrumentos definitivos por organizaciones internacionales. En conclusión la lex mercatoria, es una herramienta jurídica, que permite, por medio de las negociaciones transnacionales, el desarrollo de un derecho uniforme del comercio internacional, soporte de las legislaciones nacionales, sin descartar, que es un tercer derecho en estado de formación, que se vislumbra terminará de constituirse gracias al progreso de las relaciones económicos transnacionales.

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1. La posesión de las tierras. 2. Las sucesiones cacicales. 3. Las prácticas rituales. Las contribuciones prescritas.

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El presente estudio toma como ejemplo la casa popular de Quito para desarrollar un conocimiento que combina tres áreas del conocimiento: la cultura, la arquitectura y la comunicación. A partir de un sistema de referentes visuales y de tradición familiar, el estudio encuentra que la casa popular “comunica”, tanto por fuera como por dentro, que la forma no está separada de las prácticas culturales cotidianas –mediación, reciclaje; significación de espacios y objetos- que se operan en la casa, que ha sido construida mediante autoconstrucción, ubicada generalmente en los bordes de la ciudad. Desde el conjunto arquitectónico hasta el objeto doméstico, y tanto en el exterior como en el interior, el estudio identifica que hay una vocación natural y creativa de realizar lo que Lévi-Strauss denomina el “bricolage”, en este caso un bricolage cultural, aplicando un proceso de ensayo e invención, a partir de la utilización de diferentes materiales, formas y significados de los objetos de reciclaje que al final lo comparten, lo exhiben, lo copian y lo vuelven a reciclar entre quienes practican este “modo de vida”. Mediante varios ejemplos se pone en evidencia la versatilidad con la que la cultura popular decodifica los cánones culturales de otros grupos sociales, a fin de incorporarlos en su vida diaria, como una manera de superar su condición de subalternidad.

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Si definimos al comercio electrónico como: ¨Cualquier forma de transacción de negocios en la cual las partes interactúan electrónicamente, en vez de hacerse mediante intercambios o contacto físico directo¨, está claro que el mismo no es nada nuevo, pues en su evolución ha utilizado diversos instrumentos como soporte, desde el teléfono hasta el internet, pasando por el télex y el fax. Con el advenimiento del internet y su extraordinaria difusión vino a reducir de manera considerable los costos de las comunicaciones. Esto sin duda, ha creado nuevas condiciones para el comercio internacional. Así por ejemplo, a principios de 1998 estaban conectadas a internet el 68% de las empresas del mundo; y según un estudio de la International Data Corporation (IDC) el comercio electrónico generará unos 8 mil millones de dólares en América Latina en el 2003. De ahí, que viene a constituirse en uno de los actores decisivos en el comercio mundial. Por ello, uno de los temas que es objeto de debate en las agendas de organizaciones internacionales como de máxima atención por muchos gobiernos, fundamentalmente de países desarrollados, es el Comercio Electrónico, al producir acelerados y vertiginosos cambios. Estos cambios se verifican especialmente en los sistemas jurídicos, pues la utilización de las tecnologías de la información, ha conllevado a la aparición de nuevos usos y costumbres en el comercio internacional. Por ejemplo, el concepto de domicilio o residencia se ve alterado por el concepto de domicilio virtual, o la aplicación de conceptos de propiedad intelectual al tema de nombres de dominio, cuando los nombres de dominio no son signos distintivos ( marcas), sino una forma de identificación en el espacio. En el caso ecuatoriano, aún no se registra cambios sustanciales en la legislación adjetiva pese a las variantes jurídicas que en el comercio internacional se están dando. Sin 4 embargo, la legislatura hace un esfuerzo para elaborar el proyecto de ¨Ley de Comercio Electrónico y Firmas Digitales¨, el cual se encuentra para segundo debate, tema que será parte de ésta investigación.

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En la Constitución de 1998 se produjo el reconocimiento constitucional de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y del pluralismo jurídico existente en el país, ello permitió la legitimación de las resoluciones tomadas por sus autoridades competentes de sus conflictos internos en base a sus propios procedimientos, usos y costumbres ancestrales, garantizando el derecho a su identidad, autodeterminación y autonomía de los pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas a fin de restablecer el equilibrio y armonía dentro de la misma. Estas resoluciones por norma constitucional tienen el mismo carácter jurídico y fuerza vinculante que las sentencias expedidas por autoridades jurisdiccionales estatales. Por tanto, sin que se necesite ratificación del sistema judicial estatal, las decisiones jurisdiccionales indígenas surten el efecto de cosa juzgada, debiendo ser obedecidas por las partes involucradas, consideradas por la comunidad y respetadas por las autoridades y las instituciones del Estado respetando y garantizando la aplicación del principio non bis in ídem constitucionalmente reconocido. Sin embargo, se hace necesaria su limitación explícita a fin de evitar que sus procedimientos y sanciones vulneren derechos humanos, razón por la cual la Corte Constitucional debe ser la encargada de controlar la conformidad de estas resoluciones con los preceptos constitucionales, respetando el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales que les son reconocidas, esto es, sobre la base de sus tradiciones ancestrales y derecho propio, conforme lo reconoce la vigente Constitución.

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Este documento compara dos experiencias de comisiones creadas para enfrentar la reparación a víctimas de conflictos armados internos: la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú, creada en junio del año 2001 por el presidente Valentín Paniagua y la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación de Colombia, creada en el año 2005 por el presidente Álvaro Uribe Vélez. El análisis comparado de estas experiencias tiene como propósito responder a un interrogante: ¿Cuáles son los estándares de reparación adoptados por dichas comisiones? O dicho de otra forma ¿cuáles son los referentes a partir de lo cual se materializa la reparación a las víctimas y cuales son los contenidos del concepto de reparación priorizados? El argumento que se desarrolla a lo largo de estas páginas, sostiene que los estándares de reparación están determinados en buena medida por dos aspectos del marco normativo interno: a) la legislación que regula la función de las Comisiones así como la desmovilización, desarme y reincorporación a la vida civil de los miembros de organizaciones armadas al margen de la ley; b) el marco jurídico interno sobre medidas de restablecimiento o políticas de reparación integral a víctimas del conflicto armado interno.