2 resultados para Ubiquitination en N-terminal

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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El presente trabajo está destinado a desarrollar una propuesta de Plan de Negocios para la creación de un supermercado ubicado en el barrio Mariana de Jesús de la parroquia de Calderón en el sector norte de la ciudad de Quito. Se estima un ingreso por ventas de US$ 1.913.842 en el primer año, considerado atender al 35% del número potencial de familias en el área de influencia. En el Plan de Marketing se considera objetivos de segmentación del mercado, producto y precio, provisión, almacenamiento y distribución, y merchandising. El Plan de Operaciones, considera requerimientos de recursos materiales y humanos, plazos, capacidad y stock. El Plan Financiero incluye aspectos de Inversión, financiamiento, costo de venta de los productos, margen de utilidad bruta (7% normal para este tipo de actividad). Los flujos de caja para la determinación del Valor Terminal del negocio, Valor Actual Neto (VAN), Tasa Interna de Retorno (TIR) y Periodo de Recupero. El VAN del negocio es positivo (US$ 411.800) y la TIR de 35% superando el 24% a la tasa promedio ponderada del capital, lo que determina que el negocio es factible o viable. El VAN del inversionista es positivo (US$ 653.943) y la TIR del mismo es de 46% superando en 38% a la tasa promedio ponderada del capital propio, por lo cual el negocio es conveniente y factible también para los socios. El periodo de recupero de la inversión es de 4,25 años o equivalente a 4 años y 100 días considerada razonable y que también viabiliza el negocio. Las conclusiones que se presentan permiten recomendar la viabilidad del negocio.

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La vinculación entre los derechos humanos y la tributación ha evidenciando una nueva perspectiva respecto de este principio constitucional. De modo que, hoy en día, la igualdad fiscal no puede ser apreciada materialmente desde la sola perspectiva de la generalidad, sino que supone un juicio integrado visto desde la interdependencia de los principios de generalidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad. La capacidad contributiva es el eje sobre el cual se construyen tratos tributarios diferenciados legítimos, que garantizan un tratamiento igual para los iguales y uno desigual para los desiguales, en mérito a su desigualdad – precisamente – en su capacidad para contribuir. De esto trata el primer capítulo del presente trabajo de investigación; y, en uno de los títulos del segundo capítulo se propone, en definitiva, como consecuencia de lo dicho, como un principio tributario propiamente, el de no discriminación fiscal como la manifestación de la igualdad jurídica en esta materia. Ahora bien, la apreciación que antecede está relacionada directamente con el fin esencial de los tributos: recaudar dinero suficiente para el sostenimiento del gasto público; sin embargo, existen también tributos en los que prevalecen los fines extra-fiscales, es decir, aquellos ligados a la promoción o a la inhibición de determinados actos o hechos económicos, en cuyo caso, los principios que matizan la igualdad jurídica en el régimen tributario no son ya los mismos, pues, bajo la perspectiva de la política tributaria, son legítimos los tratos tributarios diferenciados fundados en una razón suficiente, sin que ésta trate ya de la capacidad contributiva. En el segundo capítulo se hace una reseña de este particular y se propone que en dichas condiciones, deben considerase nuevos límites materiales que garanticen la igualdad jurídica en los tributos finalistas (no recaudatorios). A dicho efecto realizó un breve análisis de los posibles supuestos de desigualdad que promueven ciertas normas dictadas recientemente: (1) la potestad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales en Ecuador para reducir el valor de los tributos impuestos por ley por motivo del cumplimiento de ciertos fines de orden económico, (2) los incentivos tributarios de las Zonas Especiales de Desarrollo Económico, y (3) la exclusión del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano a quienes se dedican a la actividad del libre ejercicio profesional que requiera título terminal universitario. En tal virtud, finalmente, propongo como límites materiales que garantizan la igualdad en las figuras tributarias utilizadas como herramientas de política fiscal los principios de razonabilidad, el de equidad en la redistribución de la riqueza y el de neutralidad o de incidencia económica menor.