14 resultados para Temperatura efectiva
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
Contiene un acercamiento inicial al concepto de tutela judicial efectiva, sus característica y contenidos fundamentales.Trata de cómo se ha conceptualizado la tutela judicial efectiva en la Constitución de Montecristi y en la jurisprudencia constitucional y de casación ecuatorianas. Expone los avances enla materia a nivel legislativo, el Código Orgánico de la Función Judicial y la Ley Orgánica de Garantías Juridiccionales y Control Constitucional.
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En la actualidad las empresas, organizaciones e instituciones en general, basan su accionar en la integración de diversas herramientas de gestión, las cuáles fomenten ventajas competitivas encaminadas a incrementar la productividad y rentabilidad de cada una de ellas. Bajo este argumento, es necesario denotar que la rentabilidad de la empresa precede de la suma individual de rentabilidad que generan cada uno de los clientes que ésta posee. Particularmente FARMA S.A. se ha preocupado constantemente de evaluar la rentabilidad de cada uno de sus productos y líneas. Sin embargo no se ha establecido políticas de medición de rentabilidad efectiva focalizados a medir a sus principales clientes, si bien la actual metodología pese a cumplir con todos los requisitos que la casa matriz lo exige, no permite un análisis real y valedero, para el establecimiento de políticas estratégicas de ventas. En este contexto pretendo dar un nuevo enfoque, partiendo de la valoración del cliente sobre el monto de sus ventas, recuperación de su cartera y añadiendo los costos asociados a cada cliente, éstos son los parámetros sobre los cuales se desarrolla el presente estudio que contribuye a proporcionar una información real y discutible que permita la toma de decisiones apropiadas, identifique y elimine actividades sin valor, establezca una mejor segmentación de los clientes que conlleven a direccionar los mejores recursos a los mejores clientes optimizando su rentabilidad y promoviendo la misma en aquellos clientes que aún no la generan.
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Con este trabajo, se pretende proporcionar a los pequeños empresarios de una guía metodológica, que los oriente en la toma de decisiones, gestionando de mejor manera los patrones de consumo de sus clientes, utilizando la información que pueden obtener por medio de las facturas, siendo esta el vinculo entre el cliente y la empresa en la transacción comercial; y así brindar un mejor servicio al cliente e incrementar las ventas o rentabilidad. Se sondeará por medio de encuestas a los empresarios, su situación actual frente al manejo de información, se recopilará los conceptos básicos expuestos por estudiosos en el área administrativa y del marketing y finalmente se especificará desde que punto se plantea esta guía cotejando la información para su aplicación.
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Este artículo analiza la concepción del derecho a la tutela judicial efectiva como derecho fundamental, para lo cual parte de sus notas configuradoras básicas. Al efecto, se estudian sus implicaciones desde el ámbito constitucional y del Código Orgánico de la Función Judicial, como sus líneas directrices en la doctrina y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español (órgano que ha estudiado ampliamente el tema), para luego determinar cómo se ha considerado el ámbito del derecho por los tribunales ecuatorianos.
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Este trabajo analiza el proceso monitorio como mecanismo para revestir al derecho de crédito de tutela efectiva, así como la necesidad de su introducción a nuestra legislación, considerando que el mismo ha fluido con gran éxito en la legislación moderna, en especial en la europea; por lo tanto se ha partido de un análisis constitucional de la tutela efectiva con relación al derecho de crédito en especial en nuestro país, pasando por un estudio de nuestro vigente sistema procesal civil para el cobro de deudas dinerarias. Se estudia al proceso monitorio en su concepto, naturaleza jurídica, clases, características, objetivos y finalidades, así como los elementos formales para su procedencia; se concluye que esta figura jurídica constituye una respuesta eficaz para garantizar el derecho de crédito, tanto más que desde hace algunos años se ha visto la posibilidad de su introducción, como es al caso, a través del proyecto del Código de Procedimiento Civil del Instituto Ecuatoriano de Derecho Procesal, y actualmente a través del proyecto propuesto por el Consejo de la Judicatura a través del Centro de Estudios de Justicia para las Américas (CEJA); de todo lo cual se establece la gran vitalidad de esta nueva institución y por lo tanto como verdadera tutela judicial para el derecho de crédito, siempre que se aplique en debida forma los principios de debido proceso, lealtad y buena fe procesal.
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Este trabajo investiga sobre la ejecución de las sentencias dictadas en contra del Ecuador por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, configurado como un mecanismo supletorio al que se recurre si los órganos, instituciones y poderes de un Estado no cumplen su función de garantizar la vigencia de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), cuya jurisdicción es reconocida por el Ecuador. Se estudia los contenidos de la tutela judicial efectiva entre los cuales se encuentra la ejecución de la sentencia y los obstáculos que se presentan en el momento de ejecutar la sentencia, buscando de esta manera responder la siguiente pregunta ¿Qué mecanismos procesales existen para obligar al Estado a cumplir las sentencias? De esta manera se busca conocer si la falta de ejecución de la sentencia total o parcial constituye vulneración al derecho de tutela judicial efectiva por parte del Estado ecuatoriano, afectando nuevamente a las víctimas o sus familiares, ya que al no ejecutarse la sentencia tampoco se procede a la reparación integral.
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Con la aprobación de la nueva Constitución de la República en el año 2008, la competencia para el trámite del hábeas corpus se trasladó del ámbito de las alcaldías municipales a los jueces y juezas de la Función Judicial; su histórica presencia en la legislación ecuatoriana denota la importancia en la protección de los derechos ciudadanos en especial el de la libertad. Con la presente investigación pretendemos demostrar si continúa siendo efectiva desde el campo del derecho procesal, esta acción constitucional en la protección de la libertad así como sus derechos conexos, en especial desde los cambios introducidos en la Constitución del 2008. El estudio delimita como campo de acción a dos ciudades específicas del Ecuador: Tulcán e Ibarra, cuyas jurisdicciones permiten comparar los procesos de hábeas corpus realizados por parte de las Alcaldías y los jueces y juezas, del año 2006 al 2011, tomando como referencia el mes y año en el cual se aprobó la Constitución.
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El presente trabajo investigativo se enmarca en el análisis del artículo 1 de la Ley orgánica de la defensa de los derechos laborales, mediante el cual se conmina al Estado a asumir obligaciones de un empleador que está en mora de los beneficios en favor de sus trabajadores. Razón por la cual el legislador crea un mecanismo para garantizar el pleno ejercicio de estos derechos, y además perseguir el cumplimiento de las obligaciones a favor de los trabajadores a fin de evitar que estos se vean afectados, para ello encarga a las instituciones públicas el asumir las obligaciones que se generan por la falta de pago del empleador para posteriormente reclamarlo mediante un procedimiento coactivo. La norma objeto de análisis tiene como fundamento jurídico a los “indicios de público conocimiento” y en la forma como los concibió el legislador, concede a la administración pública, a través de una resolución motivada, el instaurar medidas cautelares contra los bienes no sólo del obligado principal y sus subsidiarios, sino en contra de los bienes de una tercera persona, que no es la obligada de responder por aquellas acreencias que se reclaman. Esta determinación de la norma, restringe el contenido esencial de los derechos constitucionales de una tercera persona, toda vez que en base a indicios se le puede privar de su derecho de propiedad sobre su bien, sin que se haya determinado previamente alguna responsabilidad en un proceso con las garantía mínimas donde pueda ejercer su defensa, lo que además afecta su derecho a la tutela judicial efectiva, y presunción de inocencia. Más aún cuando en un Estado de derechos y justicia se busca precautelar de manera efectiva a los derechos consagrados constitucionalmente, ya que estos son el límite para la actuación del poder estatal, razón por la cual, cualquier restricción a los derechos constitucionales debe estar plenamente justificada.
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La invisibilidad de las colectividades diferenciadas, hizo de los indígenas víctimas de discriminación. El Estado ecuatoriano los consideró meros ciudadanos, y a sus territorios zonas de expansión poblacional y explotación de yacimientos petroleros, que por más de cuatro décadas gravita en el desarrollo nacional. La organización y movilización de los pueblos indígenas, así como la protección en la normativa internacional, confluye en el reconocimiento de sus derechos colectivos, entre ellos la consulta previa sobre explotación de recursos no renovables, y medidas legislativas o administrativas que puedan afectarlos. Más como las actividades extractivas y desarrollistas excluyentes, en nombre del interés mayoritario, no tienen límites y se ejecutan sin el consentimiento; la consulta previa, de gran legitimación social y que debe cumplirse sin restricciones bajo estándares internacionales, no pasa de la retórica; su omisión vulnera otros derechos fundamentales de los sujetos, y así la confrontación persiste. En este escenario, al que se suman los proyectos de minería en gran escala, se legitima la tutela judicial efectiva de la consulta previa en el régimen de la plurinacionalidad y del sumak kawsay. Pero para ello requerimos regularla sin restricciones, desde la perspectiva procesal, sin violar la reserva de ley, con la participación de sus sujetos, y además defenderla con acciones procesales concretas. Así la justicia que ha definido líneas para su implementación ante falta de configuración legal, está en el centro de la controversia, y llamada a protegerla con fallos ponderados en función de los demás derechos amenazados por su omisión.
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El control de convencionalidad entendido como un mecanismo que debe ser ejercitado por jueces y tribunales nacionales, a través de la confrontación entre las normas de derecho nacional y de derecho internacional, con el objetivo de garantizar los derechos garantizados en instrumentos internacionales de derechos humanos, ha sido aplicado vagamente por los diferentes administradores de justicia nacionales. Existe una vaga difusión de esta garantía que tiene su origen primigenio en el desarrollo jurisprudencia que ha venido desarrollando la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En ese sentido, en el desarrollo del presente trabajo de investigación se va estudiar la aplicación del citado control en el marco jurídico ecuatoriano, con el objetivo de contribuir con el desarrollo y sobre todo, comprensión, de dicha garantía y realizar un análisis crítico de cómo se ha venido entendiendo y aplicando el control de convencionalidad por parte de los administradores de justicia nacional. Y posteriormente, proponer diferentes mecanismos que permitan, a jueces y tribunales nacionales, ejercitar dicho control de una manera efectiva.
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Desde el 20 de Octubre del 2008, fecha que entró en vigencia la Constitución de la República del Ecuador, la concepción filosófica del Estado cambió. El auto determinante de “Estado constitucional de derechos y justicia social”, implicó algo más que enunciar un objetivo, impuso los valores como materia y contenido de los preceptos normativos, que marcan la validez del ordenamiento jurídico interno, y además, reconoce la fuerza irradiante de la Constitución sobre el infraderecho. La vinculación de la moral y la justicia en el Derecho objetivo, convierte a un Estado de Derecho positivo, en un Estado constitucional de derechos y justicia social, cuya misión es proteger los valores y principios consagrados en la Constitución, creando para ello mecanismos jurídicos que, teóricamente, permiten el cumplimiento de sus declaraciones. El control de constitucionalidad, y para el caso en estudio, el control de constitucionalidad concreto, es uno de aquellos mecanismos que defienden la hegemonía y la supremacía constitucional. El control de constitucionalidad concreto, es una herramienta apropiada para detectar normas inferiores en contradicción con las normas superiores; se activa ante la duda razonable de constitucionalidad de una norma jurídica, que esté siendo aplicada por la autoridad judicial ordinaria dentro de un caso concreto. Empero, la sustanciación de la consulta judicial de constitucionalidad de norma, exige que la causa concreta se suspenda por cuarenta y cinco días, sin resolver nada sobre lo principal (CR, Art. 428). En asuntos que litigan intereses particulares, suspender el trámite de la causa, sin resolver nada en el fondo, no representaría mayor problema, pero en las causas que ventilan derechos de personas y grupos de atención prioritaria (CR, Art. 35), cuyos bienes, por su trascendencia social, interesan a la causa pública, suspender el trámite del caso sin resolver nada de fondo, lesiona el principio de tutela judicial efectiva y del debido proceso en la garantía de defensa (CR, Arts: 75 y 75.7).
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El presente trabajo académico abarca un análisis en el que se define la vulneración de principios y derechos constitucionales y tributarios; así como también se constatan los vicios de forma y/o de fondo en la aprobación de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado (en adelante LFAIOE). Para llegar a comprobar dicha hipótesis fue utilizado el método analítico, como la misma palabra lo indica, se analizó cada paso del procedimiento adoptado para la aprobación de la mencionada ley, que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales el señor Presidente de la República, presentó ante la Asamblea Nacional el proyecto de LFAOIE, calificado como de urgencia en materia económica. La presente investigación pretende demostrar las violaciones al procedimiento legislativo establecido en la Constitución de la República (en adelante Constitución) para la aprobación de las leyes que crean, modifican o suprimen tributos; es decir, los cuestionamientos constitucionales de forma que, desde el personal punto de vista de quien presenta esta investigación, han ocurrido en el trámite y promulgación de la LFAOIE. Comprende también el presente trabajo, un análisis de las disposiciones cuarta y décima para el cobro eficiente de las acreencias del Estado, constantes en la aludida Ley, que tiene como propósito evidenciar la vulneración del principio de irretroactividad de la ley tributaria en perjuicio de los contribuyentes; y la violación a la garantía constitucional de la tutela judicial efectiva, y a la seguridad jurídica; es decir, cuestionamientos constitucionales de fondo a la LFAOIE. La parte final del trabajo contiene algunas reflexiones sobre los efectos jurídicos que la aplicación de las disposiciones cuarta y décima ocasionó en los procesos contenciosos tributarios que se encontraban en conocimiento de los jueces competentes al momento de la entrada en vigencia de la manifestada LFAOIE.
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El formalismo establecido por el legislador en la Ley de casación en materia civil ha determinado una serie de requisitos que hacen efectiva la admisibilidad el recurso, su inobservancia puede constituir una consecuencia fatal, que impida su prosecución, frente a lo cual se encuentra la protección constitucional de la tutela efectiva de los derechos humanos. En este contexto este trabajo de investigación pretende demostrar que el recurso de casación en el Ecuador aspira cumplir con sus fines principales de unificación, defensa del derecho objetivo, control de legalidad, reparar los agravios proferidos en contra de las partes e igualmente cumplir con los principios constitucionales de realización de justicia y garantía de derechos. La tesis está dividida en tres capítulos. En el capítulo primero se analiza el rol de la jurisdicción en el Estado constitucional de derechos y justicia: el rol de los jueces en el nuevo Estado, cuya finalidad en esta nueva configuración es la protección real de los derechos fundamentales; la evolución del papel del juez de mero aplicador de la norma a creador de derecho; y en este sentido, identificar las herramientas que le sirven a la jurisdicción para cubrir esa finalidad. El capítulo segundo se refiere al recurso de casación como mecanismo de control de la legalidad, la determinación de la naturaleza jurídica; sus características, especialmente formales, requisitos, objetivos y el principio dispositivo como sustento de la fundamentación. El capítulo tercero comprende el estudio de la casación y sus alcances en el marco constitucional vigente: El principio de la administración de justicia como sistema medio; y, el formalismo del recurso de casación vs. tutela de los derechos fundamentales. Con la construcción de este trabajo se ha intentado presentar propuestas que respondan a los cuestionamientos que, a veces el formalismo del recurso de casación podría mermar el reconocimiento de un derecho fundamental; o que a pretexto de tutelar uno de estos derechos, vulnere el principio de formalismo que rige al recurso, siempre orientando a que la justicia constituye un valor esencial del Estado.
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La tesis estudia los procesos de construcción de la ciudadanía de las mujeres en el constitucionalismo ecuatoriano, a partir de la aprobación de la Constitución Política del Ecuador de 1998 y la adopción de la nueva Constitución del Ecuador de 2008. A través del análisis de género de las resoluciones judiciales, el trabajo explora los principios y garantías que las juezas y los jueces ponen en práctica a la hora de aplicar la Constitución y la ley. Examina el papel que desempeña la ideología de género en el proceso de aplicación/interpretación de la Constitución y las leyes por parte de jueces y juezas, identificando en sus discursos los mecanismos que garantizan los derechos de las mujeres y promueven la equidad de género y aquellos que, por el contrario, mantienen o reproducen la discriminación, subordinación y exclusión por razón del género. Discute, asimismo, de qué manera el contexto social, político e institucional contribuye a la materialización de los derechos de las mujeres reconocidos en el texto constitucional, y cómo el análisis de las decisiones judiciales plantea nuevos aspectos de carácter relevante tanto para la práctica de incidencia del movimiento de mujeres, así como para el desarrollo normativo e institucional.