5 resultados para Technetium Tc 99m Medronate
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
En esta tesis titulada: “El fenómeno televisivo en el Ecuador Caso: Ecuavisa - TC Televisión”, se trata de explicar, en cierto modo, el impacto social que ha producido a inicios del nuevo siglo este medio de comunicación que ha transformado el tiempo y el espacio de los televidentes. En las últimas tres décadas hemos asistido a una explosión de la comunicación, encabezada por la televisión no solo en el Ecuador sino en el mundo entero, es por ello que, dentro de cada país los medios masivos ganan mayor presencia, de ahí que ya no sean considerados el cuarto poder del Estado, sino que forman parte del primero, del Poder. Para el desarrollo de esta investigación se ha analizado la estructura de propiedad de dos empresas informativas: Ecuavisa y TC Televisión, medios con considerable capacidad de persuasión en el ámbito nacional. Además, estas cadenas permanecen relacionadas a reconocidos grupos de poder económico, el primero de ellos a la familia Alvarado Roca, propietarios de Editores Nacionales y por ende, han influenciado ideológicamente por más de cuatro décadas en nuestra población a través de sus medios escritos y audiovisuales; en lo que respecta a TC Televisión, esta estación es propiedad del Grupo Isaías, exitosos empresarios de origen libanés, que están vinculados con diversos sectores productivos y por tanto, manejan una de las más grandes fortunas del Ecuador. En las líneas que se presentan a continuación se reflexionará sobre la organización de estas televisoras, a partir de lo cual, se aspira a crear un espacio de debate sobre la articulación existente a nivel político-económico y los mass media, lo que nos facilitará una mejor comprensión de como el poder mediático, en gran medida es controlado por dichos grupos, así estaremos en capacidad de cuestionarnos: ¿por qué cada medio dice de una manera o silencia por conveniencia determinada noticia? De esta forma podremos enfrentar a los “sutiles mantos informativos” a los que estamos expuestos, al desconocer que no todas las empresas periodísticas trabajan independientemente de los intereses de sus propietarios.
Resumo:
Hasta 1997 el Art. 516 inciso primero del Código Penal del Ecuador tipificaba como delito la homosexualidad en los siguientes términos: “En los casos de homosexualismo, que no constituyan violación, los dos correos serán reprimidos con reclusión mayor de cuatro a ocho años.” La detención masiva de cien homosexuales en la ciudad de Cuenca en 1997 desata denuncias y solidaridades que crean el ambiente propicio para denunciar la inconstitucionalidad del Art. 516 del Código Penal. En efecto, en septiembre de ese año, varias organizaciones de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero (GLBT) y de derechos humanos, presentaron ante el Tribunal Constitucional (en adelante TC) una acción de inconstitucionalidad contra el mencionado artículo. En noviembre de 1997 el TC resuelve aceptar parcialmente la demanda formulada y declarar la inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 516 del Código Penal, y suspender totalmente sus efectos. Este artículo realiza un análisis del proceso de interpretación constitucional en este caso concreto, los métodos aplicados, los principios resaltados y la relación entre ideología e interpretación desde la representación de la homosexualidad que el proceso evidencia. Se parte de la premisa central de que la interpretación, dada la pluralidad de sentidos posibles atribuibles a la norma, implica una opción o valoración del intérprete. La concretización de la norma constitucional no puede aislarse de la “precomprensión” del intérprete, condicionado por sus experiencias, conocimientos y prejuicios fruto de su circunstancia histórica.
Resumo:
La Constitución de 1993, en forma implícita ha determinado que el Poder Judicial (PJ), Ministerio Público (MP), Tribunal Constitucional (TC), Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Academia de la Magistratura (AMAG) y Jurado Nacional de Elecciones (JNE) formen parte de un Sistema de impartición de Justicia. Sistema que en las actuales circunstancias, producto a actos de corrupción generalizado que encontraron una salida de escape con la captura del Vocal Supremo Provisional Eduardo Palacios Villar, ha generado un debate en el Congreso de la República , Corte Suprema de la República y el Ejecutivo para establecer los mecanismos necesarios para una nueva reforma judicial. Sin embargo cuando se aborda la problemática de la reforma judicial, sólo se considera al PJ y en menor medida al MP, sin considerar que parte de la problemática del sector responde a las acciones de otras instituciones. Por ejemplo, la provisionalidad de los magistrados se debe en gran medida a la acción directa del CNM, la cual no ha nombrado magistrados en plazas de tanta importancia como es la Corte Suprema de la República y la Fiscalía Suprema. Adicional a la provisionalidad, es posible considerar otros factores como la lentitud procesal, la excesiva carga procesal, elevados niveles de corrupción en todos los ámbitos y una magistratura que no genera confiabilidad por emitir fallos contradictorios (que llegan a cuestionar inclusive la misma capacidad intelectual de los mismos magistrados) o ajenos a una predictibilidad mediana; lo cual en conjunto genera un nivel de aprobación que no supera el 15% de aceptación. Sin embargo uno de los grandes problemas que enfrenta una eventual reforma del SIJ es la estructura de la carrera de la magistratura, la cual según nuestra propia constitución y leyes orgánicas del PJ y MP es de régimen abierto, lo cual genera inconvenientes en una estructura de desarrollo socio económico nacional. Por ello es necesario que la reforma judicial que se pretenda iniciar aborde la reforma de las leyes orgánicas del PJ, MP, y CNM para efectos de definir los marcos generales de una carrera pública en la magistratura, que permita la operatividad de funciones en las instituciones y no genere los vacíos y provisionalidad existentes en la actualidad.
Resumo:
El propósito de esta tesis es evidenciar la posibilidad del control difuso en la Administración Pública, principalmente en los Tribunales Administrativos y Órganos Colegiados que imparten justicia administrativa a nivel nacional. El control difuso de la Constitución siempre se entendió como la facultad del poder judicial, que a través de los jueces de las diferentes instancias, quienes al momento de resolver un caso concreto, si evidencian manifiestamente la inconstitucionalidad de la norma aplicable al caso, pueden inaplicarla sólo para ese caso, cuyos efectos son inter partes, es decir la norma inaplicable por el juez sigue vigente dentro del ordenamiento jurídico, habiendo sido considerada nula sólo para el caso concreto. Sin embargo, esta postura de que el control difuso es sólo potestad del poder judicial, se fue relativizando, al menos en el caso peruano, toda vez que mediante la sentencia recaída en el Exp. Nº 3741-2004-AA/TC, el Tribunal Constitucional, crea la figura jurídica del control difuso administrativo, en la que los Tribunales Administrativos y Órganos Colegiados que imparten justicia administrativa con carácter nacional, también están en la potestad y el deber de aplicar el control difuso para garantizar la plena vigencia de la Constitución y el respeto de los derechos fundamentales de los administrados, inaplicando normas manifiestamente inconstitucionales. En consecuencia, para mejor ilustrar al respecto, la tesis lo dividimos en tres capítulos: en el primer capítulo, abordamos el desarrollo del control constitucional con énfasis en el control difuso, evidenciando el Principio de Supremacía Constitucional, así como la creación y recepción del control difuso y concentrado de la Constitución por los diferentes países del mundo. En el segundo capítulo desarrollamos el control difuso en los países andinos, resaltando el control difuso en la Administración Tributaria; y, finalmente en el tercer capítulo, desarrollamos el control difuso como atribución del Tribunal Fiscal del Perú, que se caracteriza por ser un Tribunal Administrativo que imparte justicia administrativa a nivel nacional, resolviendo conflictos en materia tributaria y aduanera.
Resumo:
Las noticias sensacionalistas han sido cada vez más generalizadas dentro de los medios de comunicación especialmente dentro de la televisión en el Ecuador, sin embargo y pese a los estudios de análisis de contenido, existen muy pocas investigaciones sobre las audiencias, lo que consumen, por qué lo hacen y lo que produce en las mismas. Esta investigación hace un acercamiento al consumo de un espacio noticioso de TC televisión, el de la tercera emisión. El trabajo hace énfasis en las audiencias y en las sensibilidades o insensibilidades que las noticias sensacionalistas producen en quienes ven este tipo de noticieros. El acercamiento a las audiencias está basado en variantes como los ingresos económicos, el lugar de procedencia, la edad, el tipo de profesión, de tal manera que podamos tener una amplitud de enfoques que permita sacar conclusiones dentro de un grupo, sin que eso signifique que se pueda generalizar, sobre qué hacen, cómo usan y cómo se resemantizan los mensajes en las audiencias. Los usos y las prácticas que se les da a estos mensajes. Las audiencias tienen una serie de mediaciones, es decir de filtros que se manifiestan en el proceso de decodificación de los mensajes, pudiendo inferir que las audiencias no siempre responden a una causa y efecto determinado, sino que los efectos están filtrados por agentes como la escuela, el trabajo, los estudios, el medio en el que se trabaja, el contexto en general. Esta investigación pone de manifiesto la importancia de conocer las audiencias no sólo en número y ubicación sino en sentires, en emociones, percepciones en como construyen y reconstruyen su realidad, sus espacios, sus vidas, partiendo de lo que ven y oyen en los noticieros, específicamente de TC televisión.