2 resultados para TRÁNSITO LOCAL – BOGOTÁ (COLOMBIA)

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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El presente trabajo se basa en el análisis de las prácticas sonoras y, a partir de ahí, de una apuesta por un nuevo campo de estudios, el de los Estudios Sonoros; cuyo fin último es establecer una perspectiva epistemológica y política de las prácticas experimentales con sonido, en diálogo con proyectos provenientes de los Estudios Culturales, como son el proyecto modernidad/ colonialidad, las teorías poscoloniales y los estudios subalternos. Desde estas posiciones teóricas y políticas, estoy conciente de que el sonido, y sus posibilidades experimentales, articulan un régimen influyente en el mundo contemporáneo. Razón por la cual, sobre todo, esta es una reflexión desde las prácticas sonoras que surgen en dos ciudades andinas: Quito y Bogotá, como una expresión emergente para establecer encuentros Sur-Sur, que puedan generar diálogos epistemológicos sobre el sonido. En otras palabras, en este libro estoy proponiéndo a mis lectoras y lectores, una especie de “juego epistémico”: comprender el sonido como un lugar de conocimiento.Y el sonido es conocimiento precisamente porque el sonido nos permite vernos (y permite verme) como un sujeto históricamente ubicado. En el capítulo primero abordaré la pregunta de cómo se fue articulando el régimen discursivo del sonido como arte, dentro de diálogos y conflictos que se generaron en el contexto de la Guerra Fría que, para el caso de Latinoamérica, constituyó la transferencia de conocimientos articulados desde promesas como el desarrollismo y la modernización. También analizaré el cómo se configuraron, tanto en Quito como en Bogotá, las nuevas subjetividades “artísticas” frente al discurso de las vanguardias europeas del siglo XX y el experimentalismo estadounidense. Como verán mis lectoras y lectores, estos modelos, aparentemente originales e innovadores, fueron influidos por formas de saber y poder moduladas alrededor de la idea de la renovación de las artes a través del sonido, formulación que instaló el sonido como dispositivo/materia desde el cual, en detrimento de lo local, se articuló la fantasía de un universal deseado: las máquinas de sonido y de reproducibilidad técnica. En el segundo capítulo me centraré en algunas prácticas de experimentación sonora para indagar cuestiones como el estilo, procedimiento posmodernista ampliamente diseminado dentro de las instituciones artísticas y de éstas hacia la vida cotidiana. A partir de lo cual intentamos esclarecer el porqué de la confiscación y sometimiento de lo sonoro bajo el cuidadoso encierro del régimen discursivo del arte, que de manera eficiente lo absorbe como un “nuevo” medio para disciplinarlo y nombrarlo como proyecto sonoro, pieza sonora, instalación sonora, performance sonoro, acción sonora, objeto sonoro, paisaje sonoro, composición, loop. En otras palabras, cómo todo lo que genera el posmodernismo es apropiado por las universidades para crear la noción de “pastiche”, en donde todo cabe, bajo la indulgencia del “estilo”, procedimiento desde el cual se va instalando el régimen de verdad de un nuevo universal deseado: El Arte Sonoro. En este mismo capítulo, indagamos sobre las lógicas de producción de estas prácticas, para avanzar hacia las lógicas culturales donde lo sonoro se define y redefine por el posicionamiento y el lugar desde el que actúan los sujetos. Bajo estas consideraciones, queda planteada la propuesta, acuñada por esta investigación, la de un nuevo campo de estudio: Los Estudios Sonoros, propuesta que debe ser entendida como lo que algunos intelectuales latinoamericanos llaman epistemes emergentes11, precisamente porque esta investigación hace un esfuerzo por esclarecer las interdependencias existentes entre prácticas artísticas con sonido, el campo discursivo del arte y otras construcciones discursivas de la modernidad-colonialidad que establecen y regulan la formación del régimen sonoro. En el capítulo tercero analizaré cómo un “medio de creación” se vuelve hegemónico y cómo ciertos artistas que usan el sonido, bajo la pretensión de representar la marginalidad, marginalizan aún más a las personas que han sido históricamente subalternizadas. Seguido de este análisis, en el capítulo cuarto, indagamos sobre las tácticas que marcan nuevas formas de adhesión, de representación y de resistencia cultural, las mismas que son estrategias suplementarias frente, y en contra, de los discursos dominantes de las prácticas artísticas con sonido y las geopolíticas de conocimiento.

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La reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 407 de 31 de diciembre de 2014, introdujo al Sistema Público para el Pago de Accidentes de Tránsito como una cobertura de protección por el riesgo que la circulación de automotores representa para las potenciales víctimas de accidentes de tránsito; garantía asumida por el Estado ecuatoriano y financiada por los propietarios de los vehículos que se trasladan por el territorio ecuatoriano. Los perjuicios que no fueran cubiertos por este amparo, seguirán constituyendo responsabilidad civil del causante, cuando éste sea determinado por autoridad competente y no sustituye la responsabilidad civil originada por el accidente. Este sistema sustituyó al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) implementado a inicios del 2008. Sobre la base del estudio de los regímenes de protección de víctimas de accidentes de tránsito en Bolivia, Colombia, Chile, Perú y de la propia experiencia ecuatoriana, se persigue determinar los principales lineamientos que deberían considerase para la elaboración del reglamento que regirá el funcionamiento del Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito, de manera que cumpla con su objetivo básico de satisfacer a los afectados por un accidente. La investigación se inscribe en el campo del derecho comparado, utilizando como métodos de investigación jurídica al exegético y sistemático; y, como técnica, la documental. Las sugerencias para la normativa que rija al Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito en cuanto a coberturas, exclusiones, acciones de repetición, Fondo de Accidentes de Tránsito, entre otros, permitirán el resarcimiento oportuno de los daños causados a las víctimas o sus beneficiarios en caso de muerte; además se incluyen recomendaciones relativas al tratamiento del seguro de responsabilidad civil ecuatoriano como producto del desarrollo de esa institución.