33 resultados para Responsabilidad patrimonial

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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La base de contenido de este trabajo constituye la supremacía de los derechos fundamentales del hombre, su conceptualización marca el norte de la investigación - violentados los derechos, éstos merecen tutela a través de su reparación - el primer capítulo precisa e identifica el objetivo y la razón de ser del derecho en general - constituir el medio idóneo de alcanzar la justicia - la postura destaca las posiciones de vanguardia garantistas actuales que reflejan la preferencia irrestricta de respeto de los derechos humanos, dentro del ámbito proteccionista constitucional sus implicaciones prácticas, distintivas entre derechos patrimoniales e inmateriales. Una segunda parte, desarrolla la descripción conceptual, iniciación y evolución doctrinaria de las funciones de la responsabilidad civil, características y aplicaciones del derecho resarcitorio y sus variantes que incluyen la responsabilidad patrimonial Estatal. Cerramos esta panorámica revisando el sistema probatorio civil común, pero a la vez se refuerza la construcción de nuevas aplicaciones, mecanismos y formas de la prueba judicial, novel concepción que radica en alcanzar creativas y específicas formas de ejercicio de la prueba procesal dentro del sistema integral de resarcimiento del daño derivado de responsabilidad civil extracontractual, analizada bajo una óptica diferente, el renovado prisma del daño y no desde el agotado ángulo del dolo y la culpa. El trabajo destaca permanentemente los principios sobre los que se asienta la concepción de un nuevo sistema de resarcimiento integral, llamado a materializarse en el país - un naciente Derecho de Daños - materia de especialización impulsada por este medio.

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La persona jurídica es un centro de imputación diferenciado, en el cual se limita la responsabilidad patrimonial de quienes se asocian. sin embargo, a veces esta figura puede ser mal utilizada para alcanzar metas prohibidas por la ley o para perjudicar a terceros. La legislación ha previsto mecanismos para evitar esta utilización indebida de la persona jurídica, pero, excepcionalmente, se dan casos en que la solución legislativa no es suficiente, por lo que, partiendo de los principios generales del derecho de la buena fe, la lealtad y la equidad, la jurisprudencia ha desestimado la personalidad jurídica y ha llegado hasta quienes, amparándose en la figura societaria, han pretendido burlar la ley o abusar del derecho. Se ha desarrollado la teoría del regard of legal entity, que recibe muchos nombres en español (se ha preferido el de levantamiento del velo) que permite al juez, excepcionalmente, levantar el velo que separa al espectador de la realidad, a fin de imponer a los responsables del fraude o el abuso, la responsabilidad que les corresponda. en primer lugar se hace una breve exposición de la teoría, reseñando lo que han dicho los autores, para continuar examinando la situación ecuatoriana, las disposiciones legales aplicables y las sentencias en las cuales los jueces se han referido a esta teoría, y concluir señalando la naturaleza procesal de la figura, la inconveniencia de dictar una ley que la incorpore al ordenamiento jurídico y el riesgo de una utilización masiva e indiscriminada.

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La orientación de las nuevas sociedades vistas como espacio articulados alrededor de los grandes desarrollos tecnológicos y la primacía de las comunicaciones en devenir de los actores, ha llevado a que las distintas disciplinas se aclimaten a dicho panorama universal. A ello no puede ser extraño el derecho, pues su funcionalidad le obliga a reconstituirse dentro de las lógicas y dinámicas que orientan al desarrollo de la historia. Sin embargo, dicho proceso se enfrenta en ocasiones a aquellos paradigmas que, por sus connotación, causan tensiones frente a las nociones de progreso y orden social. En el plano del derecho penal económico, dicho escenario conflictivo se visibiliza mejor cuando la posibilidad de incriminar a las personas jurídicas se presenta. Así, la recurrencia a principios por los que la comisión de un hecho delictivo solo puede ser verificada por la persona natural trastoca la necesidad de orientar las conductas delictivas hacia la imputación de la empresa y los diversos entes colectivos que articulan las relaciones entre Estado, mercado y sociedad. De allí que el presente estudio ofrezca una posición teórica a partir de la cual se podría sustentar la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas, a al vez que cuestiona la vigencia de algunos de los paradigmas hallados en la teoría del sujeto penal y del delito. De esta forma, la recurrencia a la teoría de los sistemas de Niklas Luhmann y el afianzamiento de las comunicaciones como el centro de atención de las sociedades, desde una perspectiva jurídica y sociológica, marcarán el hilo conductor de una discusión inacabada y que se presta para el debate desde diferentes ópticas.

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Las instituciones clásicas de la responsabilidad civil en los sistemas jurídicos que mantienen el régimen subjetivo, y el ecuatoriano en particular, procuran la defensa de los derechos ambientales a partir de una concepción patrimonialista; razón por la cual los instrumentos normativos han sido diseñados para proteger por separado cada uno de los elementos de la naturaleza, asumidos como bienes específicos de tutela jurídica y en consecuencia ignorando su función integral; hecho que dificulta la reparación eficiente de los derechos vulnerados por daños ambientales y aún más compleja la reparación cuando se trata de un daño ecológico puro. La incidencia del derecho comparado y de las recomendaciones doctrinarias en la evolución de las normas legales, coadyuvan a que los Estados asuman la responsabilidad extracontractual objetiva para el tratamiento de las afectaciones generadas a partir de un daño ambiental, cuyos efectos recaigan sobre bienes patrimoniales particulares, o bienes de titularidad indiferenciada. Desde esta perspectiva, la presente investigación pretende re-conceptualizar ciertos términos del derecho positivo objetivo sobre la materia, evidenciar las dificultades prácticas que genera el régimen de responsabilidad civil extracontractual subjetiva contenido en las instituciones del Código Civil ecuatoriano, y destacar su insuficiencia en los procesos de reparación integral de los daños ambientales. Las conclusiones que plantean son provisionales y más que respuesta a los problemas concretos, podrían ser asumidos como nuevos elementos del contenido esencial para futuros debates teórico-metodológicos que coadyuven a la implementación de instrumentos jurídico-institucionales para la reparación de daños ambientales.

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El transporte ha sido merecedor de particular atención por parte de las instituciones de la Comunidad Andina (CAN), así lo reflejan diversas decisiones adoptadas específicamente para este sector, además de las referidas a los servicios generales. El transporte internacional de mercaderías por carretera ha sido vital para el crecimiento del comercio y la integración física de la Comunidad. Su liberalización y funcionamiento están normados básicamente por la Decisión 399, del 17 de enero de 1997, referida al Transporte Internacional de Mercancías por Carretera, en cuyo Art. 3 se establece que “la oferta y la prestación del servicio de transporte internacional se sustentan en los siguientes principios fundamentales: libertad de operación, acceso al mercado, trato nacional, transparencia, no discriminación, igualdad de tratamiento legal, libre competencia y nación más favorecida”. Existe un amplio y bien estructurado tejido legal que permite, junto con las normas de Derecho Comunitario primario y otras medidas conexas y relacionadas existentes en múltiples instrumentos jurídicos de la CAN, la prestación del servicio de transporte de mercancías por carreteras de una manera eficaz, amplia y en condiciones de competencia leal, lo que da seguridad jurídica a los prestadores del servicio dentro de todo el ámbito territorial comunitario. El tema a ser investigado pretende analizar la responsabilidad que el transportista tiene una vez que éste se compromete a entregar mercaderías por carretera, enmarcado en la Comunidad Andina. Se cree conveniente contribuir con el análisis de aspectos que aportan, o deberían, en la valoración del grado de responsabilidad del porteador dentro de la contratación internacional. Se exponen análisis resumidos de determinados instrumentos jurídicos internacionales que fijan en qué forma es regulada la responsabilidad del porteador; así como doctrina precisa de destacar en este estudio.

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El Programa de Alimentación Escolar (PAE) es el programa social de alimentación más grande e importante que realiza el Estado ecuatoriano, atendiendo con desayuno y almuerzo escolar a niños, niñas y adolescentes que asisten a escuelas de todo el país. Los objetivos del programa son lograr el mejoramiento de la educación básica, brindar un apoyo alimentario con enfoque nutricional para menguar el hambre a corto plazo, otorgar un subsidio directo y focalizado a las familias pobres. El PAE para cumplir cabalmente con sus propósitos de abastecer a todos los niños, niñas y adolescentes, requiere de aproximadamente 40 millones de dólares. Apenas está financiado la mitad. Sin embargo el Estado, que apenas tiene financiado el 50% de lo que requiere para cumplir sus objetivos, restó un 20% adicional. De ahí que de los beneficiarios del PAE, dejaron de comer 12'608.695 raciones de desayuno y almuerzo escolar. Es decir, durante 11 días los niños, niñas y adolescentes dejaron de alimentarse en las escuelas. Para evitar la impunidad, ha esta violación de derechos se realizó varias acciones judiciales incluida una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

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La Investigación de Tesis a continuación ahonda alrededor de la temática de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC), buscando su profundización y cuestionamiento conceptual, a través del análisis crítico sobre la construcción discursiva desarrollada en el mundo organizacional (específicamente, entidades empresariales y del tercer sector -ONG’s y fundaciones empresariales- funcionando en el Ecuador). Es así que, siguiendo un enfoque crítico, la propuesta consiste en la deconstrucción discursiva de la RSC de las organizaciones investigadas, siendo expuestas a análisis con argumentación teórica sobre las categorías de explotación y dominación social; dicho de otro modo, se esboza una comprensión diferente de la RSC, poniendo a prueba su aparente funcionalidad para los intereses corporativos, dado una realidad instrumental capitalista (de explotación y dominación) en las organizaciones. Por otra parte, asumiendo un rol más propositivo, se replanteo de la responsabilidad social desde un sentido noble de reconocimiento del ser humano, sus necesidades y problemática; mediante el planteamiento de un enfoque distinto de ser socialmente responsable, al que se lo ha denominado como Ciudadanía Global para las organizaciones. Para lo anteriormente expuesto, la investigación asume como punto de partida a la noción elemental de Responsabilidad Social, entendido como el enlace de pro-actividad para alcanzar la trascendencia como “sentido de vida”, que necesita ineludiblemente la trascendencia/trasgresión del propio interés individual, hacia un interés social-colectivo. Esa responsabilidad social, el ser humano es capaz de asumirla desde dos planos: el individual y el colectivo-social, siendo en este último donde recae la comprensión de la responsabilidad social corporativa. A partir de esta internación sobre la responsabilidad social corporativa, se trabaja al concepto a través de un enfoque dialéctico, donde de una lado la RSC responde a una expectativa netamente organizacional por gestionarse impulsando sus relaciones sociales, y un segundo lado de corte crítico en el que se coloca la responsabilidad social en expectativa social compuesta por el tridente individuo-organización-sociedad. De allí que, la distancia entre las posturas dialécticas se sostiene principalmente en la mirada y consecución de la organización como instrumento de explotación y dominación social. Desde ese contexto, de corte capitalista, en que se desenvuelve la RSC,, se recurre por una lado a la categoría de explotación social, propuesta por Marx y comprendida a través de la figura de plusvalía (proporción de trabajo o producto social de una clase social proletaria que es apropiada por otra clase social capitalista), y por otro lado, a la categoría de dominación social, entendida por Weber desde la relación política entre clases sustentada en el dominio de una sobre otra; para ser los referentes interpretativos de índole crítica que permitan darle un diagnóstico distinto a las posturas organizacionales respecto de la RSC, logrando simultáneamente la desmitificación de lo dado por aquella y la reconstrucción de una perspectiva más coherente de ser socialmente responsable (Ciudadanía Global). Es de esta manera que, se logra componer una ruta evaluadora de algunas experiencias organizacionales en el país, que se constituya en el respaldo de aquella sospecha de roce en términos discursivos, y posteriormente en acciones (dado que el discurso condiciona la práctica), de la responsabilidad social corporativa con la reproducción de la explotación y dominación social. Y finalmente también, exponer un enfoque diferente de responsabilidad social para las organizaciones –e indirectamente para individuo y sociedad-, bajo el ejercicio pleno de la Ciudadanía Global, que les confiere membresía y compromiso social con su comunidad global y local; y en esa línea, buscar el identificar iniciativas compatibles, tanto como el trazar una propuesta aplicativa.

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Aunque ha existido un notable crecimiento del comercio en la Comunidad Andina, la integración se encuentra en una fase imperfecta de unión aduanera. No existe una verdadera solidaridad subregional, ya que cada Estado mantiene su posición en cuanto a la política exterior. Esta visión estatalista se contrapone a la integracionista. La falta de voluntad política es también la causa de una ausencia de efectividad de la Comunidad, cuya consecuencia es la responsabilidad de los países sobre la base de la protección de los derechos de los particulares que se encuentren vulnerados, por cuanto ellos son los principales destinatarios del proyecto integracionista. Por ello, cabe derivar un derecho de reparación por los daños que provoque el incumplimiento de las disposiciones comunitarias.

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Este artículo examina las políticas y debates acerca de la prostitución en la capital del Ecuador, Quito, entre el final del auge exportador del cacao del Ecuador después de la Primera Guerra Mundial y el comienzo del auge del banano a finales de la década de 1940. Un examen de la prostitución nos permite explorar no solamente la experiencia de las mujeres urbanas con la crisis económica durante esos años, sino también algunas de las especificidades de la formación del Estado ecuatoriano. El título del artículo juega con el título del libro de Donna Guy, Sex and Danger in Buenos Aires (Sexo y Peligro en Buenos Aires), y alude al hecho de que, en Ecuador, la prostitución promovió un cuestionamiento acerca de cómo se definía el comportamiento responsable para mujeres, hombres y el Estado.

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La presente tesis, es un estudio descriptivo ex post facto, en torno a la responsabilidad social del Estado Ecuatoriano, frente a las familias víctimas del conflicto internacional. Confronta dos paradigmas: el que maneja el gobierno colombiano, se basa en la lógica del mercado, promueve la duda razonable, el impacto aceptable, y el desconocimiento del rol humano o ecológico; el otro paradigma, asumido por el gobierno ecuatoriano, se fundamenta en la lógica humanista, defiende la ecología, valida el testimonio humano, protege la salud de las personas y la calidad del medio ambiente a mas de relacionar esta problemática con las determinantes sociales y los derechos humanos. Estos paradigmas los confrontaremos a partir del estudio de los impactos de las fumigaciones en la parroquia General Farfán del Cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, situación que se agravó por la ausencia de la institucionalidad del Estado, la misma que se volvió crítica a partir del inicio de las aspersiones con glifosato, y el consiguiente deterioro del medio ambiente que contribuyó al aumento de la pobreza y la exclusión. Además, del incremento de las FFAA y policiales en la frontera norte agudizó la tensión en estas comunidades; el Estado ecuatoriano, se limitó a desplazar y abastecer a las fuerzas armadas, como responsables de la seguridad de sus fronteras, pero desatendió a la población civil para la cual no existen propuestas de inversión social. Se violentó con ello, normas del Derecho Internacional, principios del Derecho Internacional Ambiental y de los Derechos Humanos. El abandono a esta población, da lugar a calificarlos como personas ambientalmente desplazadas (PAD), en situación de riesgo lo que nos lleva hacer una reflexión sobre esta condición, en torno a los desplazados ambientales jurídicamente no reconocidos.

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El propósito fundamental del presente trabajo investigativo constituye entregar una visión holística e innovadora respecto a un tema de álgida discusión dentro del derecho penal contemporáneo : la atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas. En tal ámbito de análisis, la orientación sistèmica asumida por el autor a lo largo de la argumentación altera en buena medida los elementos dogmáticos de la teoría del delito - la acción y la culpabilidad - que son los ejes de articulación de un derecho penal antropocéntrico, limitado a la incriminación punible del ser humano. Bajo una entrada teórica que sigue la fundamentación de Niklas Luhmann - y la teoría de la sociedad sin hombres - se pretende demostrar còmo el progreso y dinámica de las sociedades contemporáneas ha establecido un nuevo centro de interacción y eje del análisis social, el que traslada al ser humano hacia posiciones menos estelares. Para Luhmann, comunicaciones y solo comunicaciones conforman el entorno alrededor del que se reproducen y describen los diferentes subsistemas sociales (v.g. económico, político administrativo, jurídico, cultural, etc.) siendo por tanto aquéllas - las comunicaciones - los centros de imputación, en este caso en materia criminal, cuando de la comisión de hechos delictivos se trata. Declarar la responsabilidad penal por el cometimiento de conductas ilícitas prescindiendo de la noción del acto humano consciente y voluntario y trasladar dicho ejercicio de respuesta estatal a las comunicaciones dañosas que alteran el proceso de autoreproducciòn y autoobservaciòn de los diferentes subsistemas sociales, y del jurídico en especial, permite elaborar una construcción teórica en la que las personas jurídicas, o las comunicaciones que de estas emanan, pueden ser factibles del juicio de atribuibilidad y por tanto sujetas a penas que, a la vez que afianzan el orden social destruyen paradigmas clásicos del derecho penal como el societas delinquere non potest, siempre invocado por los defensores del inmovilismo.

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La Constitución ecuatoriana promulgada el 20 de octubre de 2008 prescribe en el art. 11.9 que la responsabilidad estatal consiste en la reparación de las violaciones a los derechos por la falta o deficiente prestación de servicios públicos o por acciones u omisiones en el ejercicio de potestades públicas, reparación que es integral conforme el principio garantista de protección los derechos previsto en el art. 86.3. El presente estudio aborda aspectos generales de la naturaleza jurídica de la responsabilidad estatal –de la irresponsabilidad a la responsabilidad estatal–, su evolución –de la concepción civil indemnizatoria a la concepción reparadora integral–, y los denominados títulos jurídicos de imputación objetiva –falla del servicio, desequilibrio de las cargas públicas–, que serán de trascendental importancia para la comprensión de nuevo régimen, y cuyos aspectos específicos ameritarían un examen más amplio.

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En este trabajo de investigación personal hemos analizado el documento notarial, instrumento público o auténtico, otorgado ante un notario, con arreglo a las leyes, y que hace fe, aun en contra de terceros, en cuanto al hecho de haber sido otorgado, a su fecha. Hemos destacado el aspecto de la responsabilidad tributaria que tienen estos funcionarios con respecto a los actos y contratos hechos y autorizados por ellos habiendo señalado que los notarios, tienen la doble obligación de exigir el cumplimiento de las leyes ecuatorianas generales, y de las leyes tributarias. Cumplimiento exigido tanto a quienes solicitan los servicios de los notarios, como estos; quienes además de contribuyentes, son terceros responsables y agentes de percepción. Si un notario no exigiera el cumplimiento de obligaciones tributarias previas no podría cerrar u otorgar un contrato, y de hacerlo incurriría en la contravención establecida en el Código Tributario; siendo además responsable de la custodia del dinero que recaude por tal concepto. Dentro de los agentes de percepción el notario está en la categoría tercera señalada en el Art. 61 de la Ley de Régimen Tributario Interno, pues es una persona natural que habitualmente presta un servicio gravado con una tarifa, siendo, en consecuencia, sujeto pasivo del IVA como agente de percepción. Finalmente se ha topado un aspecto moderno, relacionado con la era digital y que está teniendo importancia cada vez más creciente en el intercambio de bienes y servicios: el llamado comercio electrónico, abordando un aspecto polémico relacionado con los instrumentos públicos dados y celebrados a través del Internet. La necesidad de estudiar este tema se da ya que a través de los medios electrónicos el notario podría evadir sus obligaciones tributarias en su calidad de contribuyente. Además por la Ley de Comercio Electrónico cabría que se realicen actos y contratos sin la actuación y presencia física de un notario. Surgiendo la inquietud de si esta ausencia física de un notario, reemplazada por firmas y medios electrónicos, daría o no lugar a una escritura, teniendo en cuenta que la vigente Ley Notarial exige que sea un notario el funcionario que REALICE Y PROTOCOLICE este tipo de actos. Creemos que debería, concretarse el alcance de estas disposiciones, con reglamentaciones claras y precisas que no permitan dudas y confusiones en una materia tan importante.

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La presente disertación tiene como objetivo la realización de un análisis que permita determinar la existencia o no de un alineamiento entre estrategia empresarial y prácticas de Responsabilidad Social que llevan a cabo empresas enroladas en dicha área. Adicional se plasma la propuesta en un modelo de gestión que sirva de orientación para lograr este alineamiento. El primer capítulo describe las generalidades de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), diferencias entre criterios y conceptos comunes como marketing social, marketing con causa y filantropía; además de un análisis de la guía de la norma ISO 26000 y comparación con normas similares. El segundo capítulo del trabajo presenta una exploración hacia el Consorcio Ecuatoriano para la Responsabilidad Social (CERES) y sus miembros. Adicional se procede con el análisis entre la alineación de estrategia y prácticas de Responsabilidad Social para lo cual se utilizó la aplicación de encuestas que permiten llegar a conclusiones de dicho estudio. Se realiza también un estudio de los modelos de gestión actuales con el fin de determinar si suplen o no la necesidad de la alineación. En el tercer capítulo se realiza la presentación del modelo de gestión de Responsabilidad Social Empresarial desde la estrategia empresarial, con su respectivo enfoque y detalle de sus componentes, actores, supuestos y riesgos para su ejecución y puesta en marcha. Por último, se presentan las conclusiones y recomendaciones a las cuales se llegaron luego del desarrollo de este estudio.

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El tema materia de esta tesis comprende cuatro partes: (i) La realización de un análisis conceptual, doctrinario y jurídico del servicio público, las condiciones para su prestación y sus características principales. (ii) La responsabilidad del Estado frente a los particulares en la dotación de servicios públicos: regulación, control y vigilancia; y, la obligación indemnizatoria del Estado por la prestación deficiente de servicios públicos. (iii) La acción de repetición, dificultad legal para ejercerla y el análisis del proyecto de Ley presentado al Congreso Nacional. (iiii) El análisis comparativo con legislaciones extranjeras y, finalmente, el resultado de la investigación de los fallos que sobre la materia han expedido los tribunales de justicia de la República. Si bien la pregunta central de este estudio se remite a la dificultad de ejercer el derecho de repetición previsto en la Constitución por la ausencia de un marco legal procedimental, considero necesario señalar que el enfoque general del estudio del derecho de repetición en el Ecuador, así como el análisis del proyecto de Ley presentado por iniciativa del Procurador General del Estado al Congreso Nacional, y el ensayo sobre legislación comparada; constituyen un trabajo inédito sobre esta materia; por tanto, reviste singular importancia desde el punto de vista académico, debiendo resaltar que complementariamente a la investigación positivista, el trabajo se respalda doctrinariamente, recurriendo al aporte teórico sustentado por varios connotados tratadistas como Bielsa, García de Enterría, Diez, Marienhoff y otros que se señalan en la bibliografía.