10 resultados para Reproducción sexual
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
Se desarrolla el estudio de un caso de carácter paradigmático, por ser el primero en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos trata sobre la orientación sexual con relación al ejercicio de derechos humanos. Me pregunto ¿en qué medida el discurso jurídico en el caso Karen Atala refuerza y/o cuestiona la heteronormatividad de la concepción tradicional de familia? Para responder esta pregunta analizo la sentencia de la Corte Suprema de Chile, la demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ante la Corte Interamericana, la sentencia de la Corte Interamericana y algunos Amicus Curiae presentados ante la CIDH y la Corte Interamericana por diversas personas integrantes de organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas.
Resumo:
Señalan las voces expertas que una de las principales consecuencias de la violación sexual es dejarte muda, silenciarte, vivir con la certeza de que gritaste pero nadie escucho, es transformar la culpa en vergüenza. En el Perú el silencio ha cubierto lo que mujeres campesinas y asháninkas susurran: sus cuerpos fueron botín de guerra de las Fuerzas Armadas y los grupos subversivos. La violación sexual fue sistemática y masiva. Pero entre las masacres, desapariciones y torturas de uno y otro bando, lo que las mujeres vivían en sus cuerpos no tenía y tiene suficiente importancia. Hasta hoy no existe un solo caso judicializado y ningún culpable tras las rejas. El informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en el Perú, CVR, concluyó que las mujeres, por el hecho de serlo, fueron víctimas singulares de un conjunto de delitos y atentados contra su dignidad y sus derechos humanos que vulneraron fundamentalmente el territorio más privado e intimo: su cuerpo y su libertad sexual. Estas violaciones a sus derechos humanos son expresión de situaciones previas de desigualdad de género, étnicas y sociales. El conflicto armado se instala en un contexto de autoritarismo, violencia contra la mujer, discriminación y exclusión social.
Resumo:
La violencia sexual contra las mujeres tiene diferentes manifestaciones, todas ellas constituyen una violación de sus derechos humanos, conforme lo determina el Estatuto de Roma y la jurisprudencia internacional. En América Latina, la violencia sexual contra las mujeres ha sido una de las formas de represión desde el Estado, en las situaciones de conflicto armado, pero también es parte de la cotidianidad de las mujeres, el riesgo de ser violadas es una realidad con la que deben convivir.
Resumo:
El delito de trata de personas es considerado como un tema de interés actual para la sociedad, en vista de que se encuentra catalogado como la nueva forma de esclavitud moderna, el entender que el término “trata” el término oficial utilizado por Naciones Unidas para hacer referencia al comercio de seres humanos y a la explotación por parte de terceros a estos, especialmente en los ámbitos: sexual, laboral, militar, religioso e incluso familiar, ha permitido que nuestro país, debido a los compromisos adquiridos con la comunidad internacional, adopte el principio de la debida diligencia para implementar políticas destinadas a la prevención, persecución y protección en esta clase de delito, y que cada vez su estudio y conocimiento general se debe incrementar para evitar que existan más víctimas de un delito de lesa humanidad, como está considerado la trata de personas.
Resumo:
El objetivo de este trabajo consiste en analizar las formas en que los asuntos de sexualidad y matrimonio de algunas mujeres indígenas son de pertinencia colectiva, trascendiendo incluso las fronteras de la comunidad local. La pregunta que guía esta reflexión es sobre las maneras en que los patrones sexuales y matrimoniales vigentes comprometen a las mujeres indígenas en la construcción de su comunidad ubicada en este caso, dentro de un espacio fronterizo marcado por la violencia. Veremos que, modelos de ordenamiento sexual-matrimonial aplicados diferentemente a hombres y mujeres, son esenciales en la reproducción comunitaria, y éstos, en combinación con factores demográficos, territoriales y patriarcales han creado cierta geografía para la sexualidad femenina cuyos límites de desplazamiento se circunscriben al espacio comunitario. A diferencia de ellas, los hombres se insertan en los amplios circuitos de circulación característicos de la frontera, obviamente, dentro de los límites impuestos por el orden nacional jerarquizado de clase, raza y género donde la población indígena ha sido históricamente excluida. Este trabajo trata en sí de hacer una lectura de la geografía sexualizada de desplazamientos que experimentan las mujeres indígenas de la zona fronteriza. El estudio tiene una entrada por los teóricos de frontera en un sentido geopolítico y cultural. Ser fronterizo implica actualmente convivir en un espacio donde la circulación de personas, cosas, códigos, transcurren de manera constante conformando una sola comunidad en sitios que han sido forzados a quedar divididos por una línea geopolítica. En estas circunstancias, el hecho de construir una comunidad es una tarea cotidiana de cada uno de sus componentes forjada en los fluidos constantes de personas y cosas. La construcción de una pequeña comunidad indígena desde una perspectiva feminista, es un proceso cotidiano que marca rutas distintas para hombres y mujeres. Las diferencias sexuadas de tales desplazamientos marcan una nueva forma de entender la vida de las mujeres indígenas tanto dentro como fuera de su comunidad. Ellas crecen en una forzada exclusión de género al interior de sus comunidades, y en un proceso de discriminaciones cuando se enfrentan a la sociedad no indígena. Cabe advertir, que este trabajo no va encaminado a buscar las posibles causas de tal exclusión, sino que es más bien una lectura sincrónica de este hecho.
Resumo:
El presente trabajo hace un recorrido teórico por el territorio del abuso sexual infantil en niñas y las repercusiones que se producen en la construcción del lesbianismo, tomando como eje central el incesto. La violencia sexual de por sí es conflictiva, porque descoloca los sentidos propios del cuerpo, la identidad, deconstruye la sexualidad eminentemente infantil, ahora perdida. El acto incestuoso complica el escenario, porque echa por la borda las significaciones de las relaciones parentales que sostienen y organizan la cultura y que permite relacionarse a papá-mama-hijos/as desde las ternuras. Analiza el abuso sexual infantil incestuoso como acto perverso que cosifica al otro abyectándolo a lo in-mundo (objeto-cosa)1 de lo cual se puede gozar. El cuerpo ilegitimado desde las prácticas perversas, no tendrá otra alternativa sino buscar formas codificar el acto, y asumir el cuerpo vejado. Aborda al lesbianismo, no como única alternativa del abuso sexual incestuoso, sino como alternativa inconsciente que rechaza al agresor. Además indaga sobre los sentidos del lesbianismo y la homofobia.
Resumo:
Esta investigación pretende analizar porqué los “piropos”, o en general cualquier acto o expresión de naturaleza sexual dirigida a la mujer mientras ésta hace uso del espacio público, no constituyen “galantería”. Por el contrario, en virtud de su contenido sexual y de las circunstancias de poder que las recubren, se tratan de comportamientos que pueden ser entendidos como acoso sexual callejero. Con ese propósito, en el primer capítulo se realiza un estudio sobre cuestiones que constituyen la causa de la existencia de este fenómeno social: la dicotomía público/privado y el deber ser de los sexos. El análisis de estas dimensiones permite entender cómo el acoso sexual callejero se trata de una manifestación misógina basada en la desigualdad social histórica de la mujer. En el segundo capítulo de esta tesis se analizan las consecuencias del acoso sexual callejero en la vida de las mujeres y los medios jurídicos para enfrentarlos. Se identifica cómo el acoso sexual callejero vulnera los derechos a la autonomía, a la libertad y a la seguridad de las mujeres y se estudian los posibles remedios legales para sancionar y disuadir estos comportamientos.
Resumo:
La presente investigación, enfocará primordialmente, la problemática jurídica actual frente a los derechos y obligaciones de quienes se encuentran en este grupo de trabajo. Así como sobre cómo cuáles serían las posibles soluciones jurídicas para el real ejercicio de sus derechos constitucionales. El lector podrá encontrar, los articulados que rigen la relación laboral del trabajador en general y la problemática jurídica actual, frente al reconocimiento del trabajo sexual como una modalidad de trabajo. Resultado de encuestas realizadas a trabajadoras de sexo de la ciudad de Azogues en el mes de marzo del 2015, así como entrevistas efectuadas directamente a las lideresas de las diferentes Asociaciones de trabajadoras del sexo que estuvieron presente en la ciudad de Quito, durante el III Encuentro de Trabajadoras del Sexo “Emputadas por Nuestros Derechos” y que acudieron con propuestas de ser reconocidas como trabajadoras en la Asamblea Nacional. Por otro lado, se planteó posibles soluciones jurídicas que permitirán hacer efectivo el goce del derecho al trabajo, tal como manda la Constitución, “un derecho y un deber social”. Frente a la propuesta del grupo de trabajadoras del sexo de ser reconocidas como autónomas, se consideró como solución jurídica, la necesidad de presentar un proyecto de ley especial que regule la actividad, el mismo que deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional. Como trabajo sexual subordinado, se consideró necesario incluir un capítulo especial dentro del Código del Trabajo para regular la relación laboral.
Resumo:
En Colombia el reconocimiento de los derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgenero e Intergenero (LGBTI) encuentra su punto de partida en la Constitución Política de 1991. Durante los primeros años de su vigencia hasta el 2007, la Corte Constitucional como órgano encargado de su interpretación, definió los derechos individuales de las personas LGBTI a partir de principios como la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la prohibición de discriminar y el pluralismo. Con la expedición de la sentencia C-075 de 2007 inicia una nueva fase en la movilización de esta comunidad; por primera vez se le reconocen efectos jurídicos a las uniones conformadas por personas del mismo sexo, declarando sus derechos en la esfera de pareja, pero limitándolos al negar su estatus de familia. En el año 2011 el estudio de las parejas de personas de igual sexo dentro del ordenamiento jurídico colombiano cambia radicalmente. Mediante la sentencia C-577 de 2011, el alto tribunal declaró que estas uniones constituyen una forma de familia y por lo tanto tienen derecho a formalizar su vínculo mediante una figura jurídica de orden contractual que les brinde un margen de protección más amplio que el de la unión marital de hecho. El acceso al matrimonio civil igualitario por parte de las parejas integradas por personas del mismo sexo constituye actualmente uno de los temas más debatidos en Colombia. La discusión es significativa porque confronta el modelo tradicional de familia, pareja y matrimonio asociado con la heterosexualidad y la reproducción; adicionalmente evidencia los límites que configuran la noción de lo humano, del sujeto de derechos y de la igualdad como principio condicionado a cualidades de orden mayoritario.