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em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
El tema del presente trabajo sobre las interacciones jurídicas entre la Seguridad Social y la seguridad complementaria, en concreto sobre los planes y fondos de pensiones desde una perspectiva comparada, esto es, teniendo en cuenta lo dispuesto en el nuevo ordenamiento jurídico respecto de la Seguridad Social obligatoria se plantea problemas importantes relacionados con las prestaciones de la Seguridad Social y los planes y fondos de pensiones; los problemas y desafíos de la seguridad social frente al desarrollo de la seguridad complementaria; y, el control que debe implementarse en los dos casos. El término complementario aplicado a la Seguridad Social sirve para designar un conjunto de técnicas de protección de riesgos sociales o incluso de mera generación de prestaciones económicas situado al margen del sistema público de Seguridad Social. Mientras el sistema público tendría por fin garantizar la dignidad de las personas incluidas en su ámbito que estuvieran en situación de necesidad; las técnicas de Seguridad Social complementaria tendría por fin generar prestaciones a favor de esas mismas personas para asegurarles en las situaciones de necesidad un estándar de vida cercano al que tenían antes de haberse colocado en tales situaciones. En lo que se refiere a la protección social se puede destacar que la Seguridad Social persigue la solidaridad social mediante la redistribución de la renta nacional, la universalización de la cobertura de carácter público. En la actualidad, aún se mantiene la pregunta sobre el futuro de la Seguridad Social, cuyo gran reto para el presente siglo será hallar un nuevo equilibrio entre el logro de la prosperidad económica y la perseverancia de la justicia social. El tema pretende reivindicar el quehacer de la supervisión y control independiente en los regímenes previsionales. Por lo tanto, la propuesta es organizar la actividad supervisora específicamente para el área de los sistemas previsionales, mas allá de las que tradicionalmente se encuentran a través de los órganos de control del Estado, donde se privilegia la responsabilidad en el cumplimiento de las normas presupuestarias o bien las integradas a las instituciones específicas de la Seguridad Social.
Resumo:
El presente trabajo analiza los conceptos básicos de la Gestión por Procesos, sus procedimientos, flujos e interrelaciones, así como su aplicación y beneficios en el Área de Registro Curricular de la UDLA. En él se describe la metodología destinada a la estructura, organización y determinación de los procesos para la resolución de problemas, concentrando la atención en el resultado de cada uno de los procesos, permitiendo así, el desarrollo de una cultura de calidad y mejora continua. La metodología desarrollada se basa en dos modelos de Gestión por Procesos, el modelo ISO y el EFQM. El modelo desarrollado inicia con la identificación de la cadena de valor, en la cual se establecen los procesos claves y de apoyo, identificando de manera secuencial los cuatro niveles de procesos, que son: el macro proceso, proceso, subproceso y el procedimiento, desencadenando en el aplicación de las diferentes fases de identificación, análisis, documentación y mejoramiento continuo, definiendo de manera clara las tareas y los responsables asignados de su ejecución. Además se definen los indicadores que permiten realizar el seguimiento y control de cada proceso, en busca de eficiencia y eficacia en la gestión. Los resultados obtenidos a través de una prueba piloto aplicada al subproceso de evaluación docente, ha permitido identificar, entender y ejecutar cada tarea de manera correcta y fluida, eliminado tiempos muertos y agregando valor al producto y servicio. Midiendo de esta manera la verdadera contribución de la aplicación a la productividad, eficiencia del subproceso y satisfacción de las necesidades de los clientes internos y externos del Área de Registro Curricular.
Resumo:
El presente trabajo tiene por objetivo realizar el análisis del Decreto Ejecutivo No. 813, Publicado en el Registro Oficial No. 489 de 12 de Julio de 2011, destinado a reformar el Reglamento General a la Ley Orgánica de Servicio Público. Mediante dicho decreto se buscó regular la desvinculación de servidores y servidoras por medio de la compra de renuncias con indemnización. El análisis se realiza desde la perspectiva del Derecho Administrativo y el Derecho Constitucional, con el objeto de desentrañar su naturaleza jurídica, definir el marco regulatorio que lo gobierna y estudiar las críticas propuestas contra él. En un primer momento, se enmarca el objeto de análisis en el contexto constitucional en el que se desarrolla: el modelo propuesto por la Constitución de la República del Ecuador, denominado “Estado constitucional de derechos y Justicia”, con especial énfasis en el sistema de fuentes que propone. En seguida, se presenta en particular la fuente del derecho denominada “decreto”, como parte de las atribuciones constitucionales del Presidente o la Presidenta de la República, y se discurre sobre las características particulares del Decreto Ejecutivo Nº 813. A continuación, a través de la teoría de los límites a la función administrativa, se procede a un análisis crítico de los posibles mecanismos de impugnación del Decreto Ejecutivo Nº 813, tanto en sede constitucional, como contenciosoadministrativa, tomando en consideración las vías intentadas para el efecto por diversos actores sociales. Por último, se señalan conclusiones y recomendaciones para cada uno de los puntos analizados.
Resumo:
Desde diarios, revistas o publicaciones ocasionales, libros y exposiciones, colaboraciones artísticas o presentaciones públicas, el negro Roberto Fontanarrosa -argentino, rosarino e hincha de Rosario Central- generó una prolífica y muy difundida obra como narrador gráfico y literario. Primordialmente, desde el humor, trabajó con personajes, ambientes y sentidos comunes de la cultura popular: del mercenario norteamericano y los clásicos literarios al fútbol o la mesa de cafetín. Entre 1972 y 2007 -año de su muerte-, Fontanarrosa publicó regularme una historieta sobre el gaucho Inodoro Pereyra. Arrancando en un registro eminentemente paródico del arquetipo instituido por jergas folcloristas o imposiciones escolares, el personaje evolucionó en la intertextualidad de diversos registros y sentidos, y el vínculo con la realidad coyuntural. En paralelo, en sus once libros de cuentos -algunos de los cuales alcanzan las diez ediciones- surge esporádicamente otra figura constituyente del relato nacional: el prócer. Aquí las narraciones explotan sus múltiples facetas: del héroe condecorado de adjetivos al anónimo, pero merecedor. De estos dos arquetipos trata este libro: de cómo están consolidados en el sentido común y de cómo, en su trabajo, Fontanarrosa evidencia sus mecanismos constitutivos, sus estrategias narrativas y formales como entidades inventadas, pero funcionales. Y cómo se abren caminos a nuevos rasgos de identidad.
Resumo:
Son múltiples las formas de imposición que están relacionadas con la actividad económica, materializada en hechos, actos, contratos y situaciones, constituyendo una fuente rica de ingresos para el erario fiscal; en lo local, la tendencia histórica ha sido gravar estas actividades que se realicen de manera permanente, con estas consideraciones se establece el impuesto de patente. En la época medieval, los señores feudales otorgaban una carta –patente- que consistía en una autorización al súbdito para ejercer determinadas actividades de comercio, industria u oficio. En el Ecuador en 1917 aparece la patente como la concesión o permiso para la venta de timbres postales y, será en la Ley de Régimen Municipal publicada en el Registro Oficial No. 680 de 31 de enero de 1966, que se instaura la obligación de obtener la patente para todos los comerciantes e industriales, mientras que en otros países del continente, se grava a la actividad económica con la patente de industria y comercio o el impuesto al activo. La Administración Tributaria Municipal, basa su clasificación económica para efecto de determinar el valor a satisfacer por patente para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme a todas las Actividades Económicas (CIIU), mientras que para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad se establece en función del capital o patrimonio, entendido como la diferencia entre el activo y el pasivo. Este impuesto aglutina dos situaciones que se concatenan entre sí, por una parte hay el requerimiento de inscripción de la actividad económica en un catastro municipal, con lo que se obtiene el permiso para ejercer la actividad, y por otra se satisface un gravamen previo una declaración, con lo que se habilita la autorización. Por la actuación subjetiva en muchos casos y los parámetros de determinación presuntiva dispuestos por la Dirección Metropolitana Tributaria del DM de Quito, se han emitido títulos de crédito que han originado múltiples reclamos, en especial del ejercicio económico 2013, lo que demanda mejoras en el accionar de la gestión tributaria municipal, para lo cual emito recomendaciones y propongo un proyecto de ley que reforme y acopie en un solo sistema impositivo, impuestos fiscales y locales a las actividades económicas: renta, patente y 1.5 por mil a los activos totales.