2 resultados para Registro Orientado por Problemas
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
El presente trabajo analiza los conceptos básicos de la Gestión por Procesos, sus procedimientos, flujos e interrelaciones, así como su aplicación y beneficios en el Área de Registro Curricular de la UDLA. En él se describe la metodología destinada a la estructura, organización y determinación de los procesos para la resolución de problemas, concentrando la atención en el resultado de cada uno de los procesos, permitiendo así, el desarrollo de una cultura de calidad y mejora continua. La metodología desarrollada se basa en dos modelos de Gestión por Procesos, el modelo ISO y el EFQM. El modelo desarrollado inicia con la identificación de la cadena de valor, en la cual se establecen los procesos claves y de apoyo, identificando de manera secuencial los cuatro niveles de procesos, que son: el macro proceso, proceso, subproceso y el procedimiento, desencadenando en el aplicación de las diferentes fases de identificación, análisis, documentación y mejoramiento continuo, definiendo de manera clara las tareas y los responsables asignados de su ejecución. Además se definen los indicadores que permiten realizar el seguimiento y control de cada proceso, en busca de eficiencia y eficacia en la gestión. Los resultados obtenidos a través de una prueba piloto aplicada al subproceso de evaluación docente, ha permitido identificar, entender y ejecutar cada tarea de manera correcta y fluida, eliminado tiempos muertos y agregando valor al producto y servicio. Midiendo de esta manera la verdadera contribución de la aplicación a la productividad, eficiencia del subproceso y satisfacción de las necesidades de los clientes internos y externos del Área de Registro Curricular.
Resumo:
Son múltiples las formas de imposición que están relacionadas con la actividad económica, materializada en hechos, actos, contratos y situaciones, constituyendo una fuente rica de ingresos para el erario fiscal; en lo local, la tendencia histórica ha sido gravar estas actividades que se realicen de manera permanente, con estas consideraciones se establece el impuesto de patente. En la época medieval, los señores feudales otorgaban una carta –patente- que consistía en una autorización al súbdito para ejercer determinadas actividades de comercio, industria u oficio. En el Ecuador en 1917 aparece la patente como la concesión o permiso para la venta de timbres postales y, será en la Ley de Régimen Municipal publicada en el Registro Oficial No. 680 de 31 de enero de 1966, que se instaura la obligación de obtener la patente para todos los comerciantes e industriales, mientras que en otros países del continente, se grava a la actividad económica con la patente de industria y comercio o el impuesto al activo. La Administración Tributaria Municipal, basa su clasificación económica para efecto de determinar el valor a satisfacer por patente para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme a todas las Actividades Económicas (CIIU), mientras que para sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad se establece en función del capital o patrimonio, entendido como la diferencia entre el activo y el pasivo. Este impuesto aglutina dos situaciones que se concatenan entre sí, por una parte hay el requerimiento de inscripción de la actividad económica en un catastro municipal, con lo que se obtiene el permiso para ejercer la actividad, y por otra se satisface un gravamen previo una declaración, con lo que se habilita la autorización. Por la actuación subjetiva en muchos casos y los parámetros de determinación presuntiva dispuestos por la Dirección Metropolitana Tributaria del DM de Quito, se han emitido títulos de crédito que han originado múltiples reclamos, en especial del ejercicio económico 2013, lo que demanda mejoras en el accionar de la gestión tributaria municipal, para lo cual emito recomendaciones y propongo un proyecto de ley que reforme y acopie en un solo sistema impositivo, impuestos fiscales y locales a las actividades económicas: renta, patente y 1.5 por mil a los activos totales.