7 resultados para REFORMAS DE SEGUNDA GENERACIÓN

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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El presente trabajo está dirigido a determinar cómo operan las reformas de segunda generación en el ámbito educativo, así como los consensos y contradicciones encontrados en su implementación. El primer capítulo está dedicado a describir la segunda generación de reformas desde una visión retrospectiva, iniciando con la adopción del Consenso de Washington, su crítica por la exclusión de los temas sociales y del rol estatal en el modelo económico; hasta culminar con la visión neo institucional contenida en las reformas de segunda generación, donde se regula la interacción humana, limitando el papel del estado como catalizador del desarrollo. Este nuevo enfoque ubica a la educación y capacitación como su sustento, la primera al concebirla como la herramienta capaz de interiorizar y fomentar la aceptación del Consenso; y la segunda al cualificar y complementar la educación. La segunda parte corresponde al análisis de los límites y aciertos de la implementación de las reformas de segunda generación en las políticas de educación y capacitación impulsadas desde la gestión de agencias multilaterales de financiamiento (BID y BM) y el estado ecuatoriano, actores que desde una perspectiva neoliberal promueven que la inversión en conocimiento se convierta en el impulso a la competitividad de la fuerza laboral, a través de aspectos como calidad, equidad, sistemas de evaluación, inclusión de nuevos actores, adaptabilidad geográfica, entre otros. El desarrollo de la tercera parte se centrará en el impacto del programa A Ganar en Ecuador, una iniciativa que nace desde el BID para insertar a los jóvenes en el mundo laboral a través de la capacitación en valores (cuya metodología emplea la disciplina del fútbol), cursos técnicos y una experiencia laboral.

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Analiza las reformas de primera generación impulsadas por el Banco Mundial en la década de los 90. que no alcanzaron sus objetivos generando en la región etapas de recesión y crisis y aumento de la pobreza. Estudia las reformas de segunda generación, el rol del Estado y la necesidad de fortalecer las instituciones

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El Perú está en un buen camino de crecimiento y de inclusión social; en la experiencia peruana se está demostrando que ambos objetivos pueden marchar complementaria y convergentemente. En las próximas décadas los esfuerzos deberán orientarse a las reformas de segunda y de tercera generación y al incremento de la eficiencia y competitividad.

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Más allá de considerar si la Capitalización fue positiva o negativa, este trabajo pretende mostrar como esta medida de reforma estructural del Estado ha tenido efectos en el derecho y la economía bolivianos. Partiendo de la descripción del modelo de capitalismo de Estado y su crisis a principios de la década de los ochenta, pretendemos mostrar los antecedentes que originaron la adopción de medidas de ajuste estructural en sus diferentes etapas, hasta llegar a las medidas de segunda generación como la capitalización. Luego veremos lo que es la privatización y lo que fue su aplicación en Bolivia, puesto que consideramos a la capitalización como una forma de privatización, siendo por lo tanto necesario comprender esta última para estudiar la capitalización. A partir del Capítulo II ingresamos de lleno en lo que es la capitalización, primero describimos lo que ha sido la capitalización en Bolivia y la metodología de su aplicación, para luego analizar si la capitalización es o no una forma de privatización y porque se optó por capitalizar, para terminar haciendo una descripción de las posiciones en contra y a favor que generó dicha medida. Al describir el sistema de regulación sectorial, observamos que no solamente es una reforma que se aplicó paralelamente al proceso de capitalización, sino que es una medida estrechamente relacionada, puesto que si bien un sistema regulatorio, sea que se desarrolle a través de superintendencias o de otras entidades, es absolutamente necesario en una economía moderna, éste sin la capitalización habría demorado mucho tiempo en ser aplicado. De forma similar observamos que la vinculación entre la reforma de pensiones y el proceso de capitalización es evidente, teniendo en cuenta que a consecuencia del último las acciones que pasan a ser del pueblo boliviano son entregadas en fideicomiso a las AFP, integrando lo que se llama el Fondo de Capitalización Colectiva, cuyo rendimiento debe servir para el pago del BONOSOL y su excedente para la distribución en las cuentas del Fondo de Capitalización Individual. En la última parte del trabajo analizaremos los efectos de la capitalización que consideramos más importantes para el derecho y la economía bolivianos, resaltando por una parte, la importancia de la introducción en el régimen jurídico boliviano del Derecho del Sistema de Regulación Sectorial, que en Bolivia se ha llamado el Derecho Regulatorio, y por otra, el incremento de la inversión extranjera directa en los años posteriores a la capitalización. Como conclusión del trabajo, señalamos que la capitalización tuvo efectos significativos tanto en el derecho como en la economía bolivianos, habiendo influido en la modificación y creación de varios instrumentos jurídicos, así como en la transformación de la economía boliviana. La aplicación del proceso de capitalización en las empresas estatales bolivianas, tuvo aspectos buenos y malos, debiendo estos últimos ser revisados y corregidos, siendo lo más importante que las normas, los hechos y las circunstancias permiten efectuar dichos ajustes.

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1. La posesión de las tierras. 2. Las sucesiones cacicales. 3. Las prácticas rituales. Las contribuciones prescritas.

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Después de terminada la Segunda Guerra Mundial, hubo un amplio consenso mundial para prevenir a futuro que las discrepancias entre las naciones se resolvieran de manera violenta. Con este propósito se crean, en 1945, las Naciones Unidas. Desde sus inicios, prevalece la convicción de que la guerra no es algo inevitable sino una construcción social de los seres humanos. La constitución de la Unesco, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, pone de relieve esta convicción, con la famosa frase “puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz”. Posteriormente, la afirmación de que la guerra es evitable y culturalmente determinada, llegará a ser el eje central del concepto de cultura de paz. Sin embargo, no es hasta 1989 que las Naciones Unidas –en el congreso internacional “La Paz en el Espíritu de los Hombres”, en Yamoussoukro, Costa del Marfil– discuten de forma estructurada la idea de promover una cultura de paz para poder superar la cultura de guerra y violencia. En el ámbito de la educación, la cultura de paz estuvo presente –aunque, por lo general, no bajo este nombre– desde inicios del siglo XX en las corrientes pedagógicas pertenecientes a la Escuela Nueva. Después de la Primera Guerra Mundial, los ideales pacifistas y antiautoritarios de este movimiento, también conocido como Escuela Activa, se extienden sobre todo en Europa. Posteriormente, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en 1948, trajo consigo diversas propuestas para incluir la temática de la paz y los derechos humanos en la currícula escolar, lo que daría pauta a emprender una serie de iniciativas en esta dirección.

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El presente trabajo ha sido pensado con dos propósitos fundamentales: 1.- Examinar los requisitos que la legislación tributaria vigente requiere para que un gasto sea considerado deducible y enfrentarlos a principios básicos de tributación relacionados con la realidad de las transacciones (y con sus límites de aplicación); a fin de determinar la existencia o inexistencia de interpretaciones exorbitantes por parte de la Administración Tributaria, atendiendo a una eventual conveniencia recaudatoria, para lo cual hemos acudido a la letra de la ley, la jurisprudencia y la doctrina; y, 2.- Revelar a partir de la Ley para la equidad tributaria la proliferación de reformas tributarias que permiten deducir que desde la primera hasta la última reforma no han sido debidamente estudiadas, pues las consecuencias que cada una de ellas ha generado ha sido – a criterio del autor- complicar una materia que de por sí ya es difícil de entender y aplicar por parte de los contribuyentes. En función de lo anterior, hemos dividido la tesis en dos partes: la primera dividida en cinco capítulos, iniciando con definiciones que las fuentes del derecho nos han otorgado, identificando en el capítulo II los gastos deducibles para personas naturales y para sociedades que implementó la Ley para la equidad tributaria, repasando en los capítulos III y V las reformas introducidas a dicha Ley y a leyes de otras materias; y, concordando en el capítulo IV lo determinado en la Ley con el nuevo Reglamento de aplicación a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. La segunda parte analiza con mayor profundidad los gastos personales deducibles y los nuevos gastos deducibles para sociedades (que incluye variaciones en condiciones de gastos deducibles antiguos) citando un ejemplo práctico, para finalizar con una aproximación de la determinación de anticipos de impuesto a la renta, sus reformas y la problemática que acarrea (eventual confiscatoriedad).