42 resultados para Régimen y ruptura

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Una visión de la forja de un nuevo paradigma para la epidemiología en América Latina, desarrollado desde mediados de los años 70. Síntesis de un proceso crítico enfocado primero en ruptura con el canon de la epidemiología clásica y su multicausalismo lineal, luego frente al modelo empírico-funcionalista de la epidemiología ecológica, y ahora, frente al de la epidemiología de los llamados “determinantes sociales de la salud”. Análisis de la categoría determinación social como herramienta de ruptura respecto al objeto, sujeto y praxis de la epidemiología lineal y funcionalista. Explicación de la epidemiología como ciencia critica frente a la incompatibilidad del sistema de acumulación de capital, su modelo de civilización y de relación con la naturaleza, respecto a la construcción de modos de vivir sustentables, soberanos, solidarios, saludables y bioseguros. Palabras claves: epidemiología crítica; determinación social de la salud; epistemología de la salud.

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El texto que aquí se presenta es una aproximación inicial al tema de los festivales de la Revolución francesa durante la década revolucionaria, entre 1789 y 1799. Se concentra en algunas similitudes y diferencias entre los festivales y las fiestas tradicionales populares del antiguo régimen, y examina el uso de la simbología retórica revolucionaria en las celebraciones de la Revolución. El trabajo argumenta, a su vez, que los festivales revolucionarios, definidos como rituales, no lograron cumplir cabalmente su propósito, esto es, servir de estrategia político-pedagógica efectiva.

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La presente tesis tiene como propósito: establecer los límites de los conceptos de administración diligente, prudente y profesional como parámetros para la determinación de responsabilidad de las Administradoras de Fondos y Fideicomisos en el cumplimiento de su gestión, y en la definición del alcance de las facultades de supervisión de dicha actividad; aportar con un análisis serio y eficiente del alcance de la facultad de control y sanción de la actividad fiduciaria en el Ecuador, actualmente ejercida por la Superintendencia de Compañías, a través de las Intendencias de Mercado de Valores de Quito y Guayaquil; y, proponer una estructura adecuada para el ejercicio de la facultad de control y sanción de la actividad fiduciaria en el Ecuador, así como los mecanismos idóneos para su implementación. Con el fin de alcanzar los propósitos señalados, en el presente trabajo se parte con un análisis de la actividad de las administradoras de fondos y fideicomisos como gestoras de negocios fiduciarios: su naturaleza, sus obligaciones (especialmente la de brindar una administración diligente, prudente y profesional) y sus responsabilidades; para posteriormente, confrontarla con el régimen de supervisión y sanción, al cual se encuentra actualmente sometida, con la finalidad de demostrar la ineficiencia e improcedencia del mencionado régimen y las deficiencias legislativas que han dado lugar a sus falencias. Finalmente, se propone una estructura de supervisión de la actividad fiduciaria de gestión de negocios fiduciarios, sin la participación de entidades de control estatales y acorde con su naturaleza contractual, recomendando, las reformas y cambios necesarios para su implementación.

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Este ensayo parte por establecer ciertas características de lo que podría ser una literatura boliviana andina. En este sentido, el propósito es señalar algunos componentes ficcionales de este tipo de narrativa a partir del entretejido textual que ofrecen novelas como Felipe Delgado de Jaime Saenz y Cuando Sara Chura despierte de Juan Pablo Piñeiro. Este entretejido localiza las dimensiones de tensión y ruptura que construyen los personajes al interior de cada texto. Saenz y Piñeiro configuran el marco festivo de las almas para conectarlas a realidades superpuestas o de otros lados del mundo interior de los personajes. Es cuando, en consonancia con el mundo interior, irrumpe el mundo paralelo de los seres extraños, ancestros y sombras. Desde la lógica andina, es la irrupción de personas y seres que se comunican para restablecer realidades invisibles y lugares marginales sagrados. Son mundos, cuerpos, memorias y temporalidades que interactúan para dar cuenta de la dimensión existencial andina entre los lugares de la fiesta del Gran Poder, una de las más celebradas en La Paz.

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Con el crecimiento del mercado económico informal el Servicio de Rentas Internas, incluye o activa el RISE como un nuevo sistema de recaudación y control tributario con el fin de incrementar los impuestos A demás con este sistema la base de contribuyentes crecerá para cruzar información por lo tanto se incrementara los impuestos al valor agregado e Impuesto a la Renta. Este sistema lo aplican otros países de Latinoamérica, es por eso que el Ecuador toma las experiencias de varios países donde se ha implementado exitosamente este sistema. Para la ejecución del RISE se han implementado cinco ejes de acción los cuales son: Reglamentación, Atención, Recaudación, Control y Difusión, con lo expuesto en este trabajo evidencia que no se han cumplido algunos de las metas que el SRI se impuso con este régimen y q u e están relacionadas con los ejes de acción. Sin la aplicación de estos ejes el objetivo del sistema simplificado no cumplirá las metas propuestas el mismo se debe fortalecer con un diferenciado por la complejidad de su adhesión y su posterior control.

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El régimen tributario en el estado contemporáneo resulta trascendental para su propia sobrevivencia, más en época de crisis como la que afrontamos, en la que las otras fuentes de ingresos públicos, como los patrimoniales o los préstamos, se hacen cada vez más escasos y difíciles de obtener. Por su parte, la Constitución expedida por la Asamblea Constituyente y publicada en el Registro oficial Nº 449 de 20 de octubre del 2008, pretende la configuración de un nuevo Estado basado en principios de solidaridad, de equidad, de redistribución de la riqueza entre todos los miembros de la sociedad ecuatoriana. En este contexto, resulta de gran importancia analizar los cambios que en el régimen tributario ecuatoriano ha propuesto la nueva Constitución, en particular en los artículos 300 y 301, que sin duda vienen a complementar aquellos que, ya figuraban en la Constitución de 1998. Pero es en su espíritu el verdadero cambio; pues, tales principios están vigentes en cada relación jurídica y no solamente como una mera declaración sino como normas de aplicación directa a través de su fuerza vinculante y, además, de inmediata aplicación. Por otra parte, resulta trascendente para la materia tributaria, los cambios de varias instituciones del Código Tributario, entre ellas y de manera especial al régimen penal tributario, implementadas por la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria del Ecuador, publicada en el Registro Oficial Nº 242 del 29 de diciembre del 2007. En ella, se ha convertido al en un , es decir alejado de la filosofía impuesta por los autores del Código Tributario, que creyeron que este tipo de infracciones, por ser especiales, debían tener un tratamiento diferente. Con el nuevo régimen y la expedición del Código Orgánico de la Función Judicial y las Reformas al Código de Procedimiento Penal, son los jueces ordinarios los que conocerán y juzgaran a los infractores tributarios. Debemos anotar que el endurecimiento de las penas, impulsado por esta nueva Ley Reformatoria, es drástica, al extremo de imponer hasta reclusión menor ordinaria> de 3 a 6 años a los infractores tributarios, mientras que el Código Tributario se contempla prisión de 3 a 5 años, como máximo de la pena. El presente trabajo intenta un estudio comparativo entre el nuevo régimen y el ya superado con la expedición de la Constitución y Ley ya referida.

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La Constitución ecuatoriana promulgada el 20 de octubre de 2008 prescribe en el art. 11.9 que la responsabilidad estatal consiste en la reparación de las violaciones a los derechos por la falta o deficiente prestación de servicios públicos o por acciones u omisiones en el ejercicio de potestades públicas, reparación que es integral conforme el principio garantista de protección los derechos previsto en el art. 86.3. El presente estudio aborda aspectos generales de la naturaleza jurídica de la responsabilidad estatal –de la irresponsabilidad a la responsabilidad estatal–, su evolución –de la concepción civil indemnizatoria a la concepción reparadora integral–, y los denominados títulos jurídicos de imputación objetiva –falla del servicio, desequilibrio de las cargas públicas–, que serán de trascendental importancia para la comprensión de nuevo régimen, y cuyos aspectos específicos ameritarían un examen más amplio.

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Trata acerca del análisis de los periódicos El Iris de La Paz, La Época y El Comercio, los tres de la ciudad de La Paz, Bolivia, en el siglo XIX entre 1829 y 1899. El propósito fue conocer cómo se representó a la Nación boliviana en la prensa de La Paz. Los tres periódicos analizados tuvieron similares objetivos propagandísticos en favor de los respectivos gobiernos de turno. Las diferencias fueron cualitativas en lo referido a la argumentación de esa propaganda. El Iris de La Paz (1829-1839) se ubicó ideológicamente en el liberalismo británico de Jeremías Bentham. Fue el periódico mejor argumentado de los tres. Mediante el discurso del Iris se intentaba establecer puentes que alcanzaban diversos aspectos: entre Iglesia y Estado liberal; entre el liberalismo y la religión; entre Bolivia y el Perú; entre el nuevo régimen y el antiguo. Pese a la aceptable argumentación ideológica, su representación de Nación quedó ambigua debido sobre todo a que el caudillo resultó más importante que la Nación. El periódico La Época (1845-1857 y 1866-1867), en sus cinco etapas se ligó al liberalismo francés y al romanticismo, pero a partir de diversos enfoques que fueron desde un liberalismo conservador (p. ej. en las épocas de los Presidentes Ballivián y Melgarejo) a otro más arrimado a la izquierda e incluso con influencia del socialismo utópico (p. ej. en la época del Presidente Belzu). Junto a ese liberalismo, se divulgó también una mentalidad del Antiguo Régimen, fundamentalmente de índole religiosa. Haciendo una revisión global de sus cinco etapas, se concluyó que en el periódico hubo una mezcolanza de ideas denominada como “colecticismo”. El periódico El Comercio (1878-1899) en sus tres escenarios fue el más banal de los tres. Su discurso estaba enfocado únicamente a la propaganda política, con una pobre argumentación ideológica. Los términos del liberalismo moderado se mezclaron con los del catolicismo con el fin de hacer propaganda para los gobiernos del partido político Conservador. El uso de los términos quedó desprovisto de su significado, y sólo sirvieron para otorgarle sentido al accionar de uno u otro gobierno; así, los mismos términos se usaron ya sea para justificar una actitud o para rechazarla, en un entorno político muy reñido. Al final del proceso, en vísperas de la Guerra Federal, el periódico que apoyaba al Partido Conservador pasó a apoyar al Partido Liberal; los liberales ganaron la Guerra Federal. En lo referido al regionalismo, en el Iris no hubo explícita mención al regionalismo entre La Paz y Chuquisaca, sí hubo algunos indicios. Tal regionalismo se fue haciendo más notorio en La Época, con diferentes matices. La confrontación regional fue más radical en El Comercio a finales del siglo XIX, con la misma tipificación étnica que ya se había vislumbrado en La Época: los indios y cholos en el Norte versus la gente civilizada en el Sur. El caso indígena fue también tratado con diversos matices. En el Iris no se expusieron textos peyorativos acerca del indígena. En La Época se defendió al indígena desde una perspectiva humanista proveniente del romanticismo, pero el discurso adquirió contrasentido, pues el indio fue tipificado a la vez como un pobre “paria” sin civilización. En el Comercio se divulgaron dos visiones acerca del indígena: el del feroz indomable y del “paria” sumiso. Paradójicamente, los tres periódicos defendieron al indígena por lo menos desde un punto de vista humanista, pero a su vez los tres propugnaban que, para mejorar su suerte de opresión, el indio debería asumir los modos de relación social del liberalismo o civilizarse. La representación de una Nación ambigua se dio ya sea porque el caudillo adquirió mayor importancia que la Nación misma, por el uso “interesado” de la ley y la Constitución para legitimar gobiernos de facto, para justificar actitudes gubernamentales arbitrarias, por las riñas regionales con connotaciones étnicas entre el Norte y el Sur, o por porque los indígenas implícitamente no formaban parte de la Nación moderna por ser incivilizados.

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El régimen sancionatorio en materia tributaria es manifestación del ius puniendi estatal, en el que discurre la sanción como la consecuencia de la realización de un supuesto de hecho calificado jurídicamente como infracción, de allí la pertinencia del análisis de esta figura que devele la naturaleza, fines, tipología y las competencias de los órganos administrativos y jurisdiccionales llamados a imponerla, con remisión constitucional y legal a la realidad ecuatoriana, que examine también los principios que informan a este régimen y a ser observados en los procedimientos e imposición de sanciones tributarias.

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El propósito de esta tesis es identificar si Petroecuador y sus empresas filiales, por su naturaleza y las funciones que cumplen, requieren de procedimientos especiales de contratación para obras, bienes y servicios. Parta este fin la investigación contiene los siguientes capítulos: un Capítulo I, el cual contiene un análisis general de la contratación de obras, bienes y servicios en las instituciones públicas, actualmente regidas por las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, partiendo de una definición de sus principios y su rol en la gestión pública en general; un Capítulo II, en el que se aborda el tema central de la investigación, la contratación de obras, bienes y servicios en Petroecuador, para lo cual se ofrece una visión panorámica y resumida de su naturaleza jurídica y las competencias que por ley le han sido asignadas para el cumplimiento de sus fines; un Capítulo III, en el que se revisan los procedimientos de contratación de obras, bienes y servicios en dos empresas públicas extranjeras, que por la realidad a la que responden, son muy parecidas a Petroecuador; y, un Capítulo IV, que contiene varias conclusiones obtenidas del desarrollo de cada uno de los capítulos, conclusiones en función de las cuales se recomienda un sistema propio de contratación de obras, bienes y servicios en el sistema Petroecuador.

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Por considerar que el Régimen Especial Liberatorio de Zona Franca, resulta interesante su estudio dentro de la perspectiva tributaria en el Ecuador, ya que al ser un régimen liberatorio de impuestos, me parece que las personas que se desenvuelven en el comercio internacional de mercancías deben conocer el tratamiento que se da dentro de nuestro país y las implicaciones legales que resulten de tal régimen, por otro lado he creído necesario establecer hasta que punto se somete o no al régimen impositivo interno del país, respecto de la Ley de Régimen Tributario Interno, situaciones fácticas estás que considero van a constituir un aporte para las personas, sean estas naturales o jurídicas, que se dediquen a la utilización de este régimen dentro del derecho tributario aduanero en el Ecuador, es por eso que el presente trabajo contiene una visión general del régimen especial de tipo liberatorio de zonas francas, contenido en nuestra legislación aduanera y en la Ley de Zonas Francas, sobre lo que tiene que ver a su concepto, naturaleza jurídica, objetivos y políticas, características, clases de zonas francas, perspectiva en base de la cual he analizado el régimen en la legislación Ecuatoriana, el órgano regulador del régimen que es el Conazofra, las personas jurídicas y naturales que intervienen tales como el administrador, los usuarios, beneficios fiscales que la Ley de Zonas Francas concede a los usuarios en general. Posteriormente realizo un análisis legal en lo que tiene que ver a la incidencia en el pago de impuesto internos entre ellos renta, IVA, ICE, así también la incidencia en el pago de impuestos al comercio exterior; luego de lo cual estudio las zonas francas y la influencia de acuerdos integracionistas basado en experiencias de otros países, las zonas francas y la Organización Mundial del Comercio, y por último me refiero al caso de la hermana República de Colombia y los cambios legales por los compromisos con la OMC, sobre todo lo cual expongo algunas conclusiones a las que llego sobre la aplicación del régimen en nuestro país.

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La normativa relativa a las patentes de invención ha rebasado las fronteras de los Estados nacionales. Lo que se entiende como invención (regulado de manera implícita al menos), la materia patentable, las excepciones a la patentabilidad, la duración del período de explotación exclusiva que se le concede al inventor sobre su obra producto del intelecto (estándar mínimo, no puede ser inferior), lo que se entiende como explotación, los conceptos de novedad, nivel inventivo, aplicación industrial (regulados de manera implícita al menos), constituyen preceptos uniformes vigentes para la humanidad toda. La afirmación contenida en el párrafo anterior se la debe entender con ciertos límites. Por ejemplo, los distintos Estados pueden excluir como materia patentable al material biológico (con excepción de los micro organismos), ciertos aspectos de la institución de la licencia obligatoria quedan a la libre elección de los Estados, incluso el optar por establecerla, los distintos Estados pueden regular por sobre los acuerdos “mínimos” logrados, etc. Aspectos de importancia, pero no los definitivos a la hora de configurar la protección concedida a las patentes de invención, su objeto y alcance. Por ejemplo, el principio que manda a que se concedan patentes sin importar el ámbito de la tecnología en que sea aplicable la invención, es inequívocamente universal (existe margen para excepciones, reguladas claro). Lo anterior se logró por la aprobación del Acuerdo ADPIC, las siglas en español del acuerdo global que rige la materia, vigente en el mundo entero (aquello es inminente e irrefutable). Este convenio en su segunda década de vigencia ha conseguido efectivamente homologar las más dispares legislaciones a nivel mundial y dar pie al actual régimen global, que este estudio critica. Bajo este escenario queda corto cualquier trabajo que al abordar el tema se refiera únicamente a lo interno, ya que las regulaciones al respecto trascendieron este ámbito. Es así que en un intento por construir un sistema justo, objetivo que constituye el fin último de la Ciencia Jurídica, este trabajo propone modificar las regulaciones globales sobre la materia. Se reconoce para el efecto, por supuesto, la necesidad de evitar distorsiones en el mercado internacional de bienes intangibles, por lo cual se debe ratificar la homologación y universalidad de la normativa sobre las patentes de invención. Es así que contemplando una normativa universal, utilizando como punto de partida el Acuerdo ADPIC, se plantea que la duración de la protección otorgada por una patente de invención, al nacional de cualquier país, dentro de un determinado Estado dependa de la capacidad económica de los habitantes del mismo (correctivo principal). Básicamente cambiará el hecho de que todos los Estados miembros estén obligados a otorgar 20 años de protección, con la introducción de un sistema en que el plazo de protección que otorgue un determinado Estado, tenga relación a la capacidad económica de sus habitantes. Es decir, cada quien según su capacidad. Le corresponderá al organismo multilateral que rige la materia determinar los distintos plazos que otorgarán los diversos Estados, tomando en cuenta la capacidad de sus habitantes, en aplicación de parámetros constantes. Se debe tener en cuenta que, dado el estado actual de las comunicaciones, los productos del intelecto en general y las invenciones de manera particular, benefician a la humanidad toda sin distingo del país o región. Por lo tanto, es deber de toda la humanidad el alentar su creación y difusión, eso si, dentro de la capacidad de cada Estado parar hacerlo.

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Este ensayo se ocupa de investigar la importancia política que tuvo el cabildo entre el período de las reformas borbónicas, la crisis de la monarquía española y el proceso de formación de los estados independientes. Se analiza la consolidación de los poderes jurisdiccionales de los cabildos durante la última fase de la época colonial y la manera en que éstos se convirtieron en representantes legítimos de todos los intereses de su espacio territorial. El caso de la Audiencia de Quito muestra cómo el cabildo o municipio resistió con éxito los intentos de convertirlos en entes puramente administrativos por parte del aparato estatal grancolombiano. El municipio se mantuvo como órgano autónomo de la sociedad frente al Estado y titular de una parte de la soberanía.

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El artículo muestra cómo los postulados de libertad e igualdad, propuestos por el Estado nacional, fueron asimilados por las escuelas religiosas de la ciudad de Cuenca, en Ecuador. A través del análisis de dos fuentes: la literatura y los testimonios orales de quienes fueron alumnos de estas escuelas entre 1928 y 1946, el estudio muestra cómo en esta ciudad el liberalismo no fue percibido como obstáculo para que los niños pobres opten por la educación religiosa. En este contexto, la propuesta liberal chocó con los valores del antiguo régimen escolar. Si bien se mantenían las diversas prácticas de discrimen de una sociedad local estratificada, al mismo tiempo se observa que también se introdujeron cambios especialmente en la educación de las mujeres de origen popular.