9 resultados para Padilla

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Presenta las reseñas de los siguientes libros: ANA GIMENO, UNA TENTATIVA MONÁRQUICA EN AMÉRICA. EL CASO ECUATORIANO, QUITO, BANCO CENTRAL DEL ECUADOR, 1988,496 PP. -- WASHINGTON PADILLA J., LA IGLESIA Y LOS DIOSES MODERNOS: HISTORIA DEL PROTESTANTISMO EN EL ECUADOR. QUITO, CORPORACIÓN EDITORA NACIONAL, 1989. -- EDUARDO KlNGMAN G., (COORD.), LAS CIUDADES EN LA HISTORIA. QUITO, CIUDAD, 1989, 456 PP. -- NUEVA HISTORIA DEL ECUADOR, VOL. 2: ÉPOCA ABORIGEN II, QUITO, CORPORACIÓN EDITORA NACIONAL-GRIJALBO, 1989, 220 PP. -- NUEVA HISTORIA DEL ECUADOR, VOL. 6: INDEPENDENCIA Y PERÍODO COLOMBIANO, QUITO, CORPORACIÓN EDITORA NACIONAL-GRIJALBO, 1989, 312 PP.

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Con anterioridad a la vigente Constitución de 1999, no existía una consagración a texto expreso en el Ordenamiento Jurídico Venezolano del derecho subjetivo al Ambiente. Por el contrario, la protección del ambiente era entendida- más bien- desde una visión económica de los recursos naturales como un deber de Estado. Partiendo pues de esa perspectiva constitucional, el régimen jurídico ambiental venezolano se encontraba disperso en una multiplicidad de Leyes y normas de carácter sub-legal (decretos y resoluciones), que desde una perspectiva sectorial contribuían a la preservación del ambiente. Ahora bien, dado que muchas de estas Leyes permanecen aún vigentes, hasta tanto no se de cumplimiento a lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta del texto constitucional vigente.

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América Latina ha sido la región más “privilegiada“ por sus recursos naturales, por ello ha captado grandes inversiones manteniendo durante años un modelo económico extractivista deficiente. La sustentabilidad en el tiempo de este tipo de desarrollo ha incrementado la insuficiencia del rol del Estado. Los conflictos socioambientales están posicionándose de forma relevante en los procesos de desarrollo así como en las agendas globales. Los conflictos se caracterizan por la diversidad en su complejidad de actores, intereses, etc. El incremento desmedido de la violencia dentro de estos ha llevado a ser un ámbito importante dentro de todos los países en el mundo. El propósito de esta investigación es analizar un caso de conflicto en el Ecuador como es el de la Parroquia de Pacto. Ya que es importante determinar las causas de los conflictos dentro de la sociedad, y conocer como el Estado ha manejado o evitado estos problemas. Es necesario examinar los impactos que tienen las actividades extractivistas dentro de las áreas sociales y ambientales, con la finalidad de dar una solución para evitar tantos enfrentamientos.

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Aunque ha existido un notable crecimiento del comercio en la Comunidad Andina, la integración se encuentra en una fase imperfecta de unión aduanera. No existe una verdadera solidaridad subregional, ya que cada Estado mantiene su posición en cuanto a la política exterior. Esta visión estatalista se contrapone a la integracionista. La falta de voluntad política es también la causa de una ausencia de efectividad de la Comunidad, cuya consecuencia es la responsabilidad de los países sobre la base de la protección de los derechos de los particulares que se encuentren vulnerados, por cuanto ellos son los principales destinatarios del proyecto integracionista. Por ello, cabe derivar un derecho de reparación por los daños que provoque el incumplimiento de las disposiciones comunitarias.

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La liberalización del comercio de bienes es un medio que establece la CAN para alcanzar sus objetivos de integración aún más ambiciosos, para lo cual ha estructurado un sistema supranacional con un órgano de tipo jurisdiccional independiente que solucione las controversias que surjan del Acuerdo. En la OMC su mecanismo de solución de diferencias se compone de elementos propios de la investigación internacional y de la conciliación, así como de ciertos procedimientos contenciosos. En ambos casos, la liberalización comercial tiene semejanzas, como su fin último de mejorar el nivel de vida de la población, y diferencias como el tipo de normativa que sustenta cada caso: Derecho Comunitario o Derecho Internacional. Ese marco institucional y normativo en el que se encuentra cada mecanismo analizado, permite que se haga un acercamiento de los objetivos de cada uno, que en definitiva se circunscriben a que la normativa que los respalda sea cumplida y de este modo se puedan alcanzar los objetivos del Acuerdo. Por ello, en el presente estudio se hace un análisis detallado y novedoso sobre aspectos puntuales de cada mecanismo, como su estructura, conformación, financiamiento, los legitimados para intervenir ante ellos, los procedimientos y plazos establecidos —que incluyen recuadros ilustrativos sobre el tiempo que debería tomar una controversia—, los tipos de decisiones que adopta cada órgano, los recursos que procede ante cada decisión, su fuerza vinculante y exigibilidad. Tras breves pero claras reflexiones sobre la necesidad de que una norma sea efectiva para que pueda ser eficaz, y sólo de este modo sea posible valorar su eficiencia, se llega a afirmar que no será por un excelente o mal mecanismo de solución de controversias que las normas sobre libre comercio serán reconocidas por los Estados parte, y por ende se cumplan sus objetivos. Sobre esa base se realiza un estudio detenido de la estadística que reflejan las causas tramitadas ante el TJCA y el OSD, a fin de valorar el nivel de actividad de cada uno, los tiempos promedios que tarda cada mecanismo en resolver las causas, y lo eficiente o no de cada etapa en que se lleva a cabo el procedimiento para solucionar la diferencia. También se analizan los costos promedios para acudir ante cada mecanismo, la relación porcentual entre los aportes de los países y su grado de intervención, para demostrar, por ejemplo, que habría más eficiencia si los países que contribuyen con financiarlos actúan de buena fe frente a la normativa correspondiente. También se valora la calidad e importancia de las decisiones y pronunciamientos emitidos por el TJCA y el OSD, a fin de medir sus costos políticos y sociales. De este modo podemos extraer criterios que miran al fiel cumplimiento de la norma como única solución a los conflictos que se presentan, y otros que buscan restablecer la reciprocidad de intereses potencialmente afectada ante lo cual sólo caben acuerdos políticos. Ello permite concluir que si la liberalización comercial viene a ser un elemento para alcanzar un grado de integración que trascienda el libre flujo de bienes entre dos o más países, es oportuno adoptar un auténtico mecanismo de tipo jurisdiccional de solución de controversias. Si el acuerdo comercial no persigue ese tipo de integración, se deberían prever mecanismos de solución de controversias que busquen alcanzar cierta equidad entre lo preceptuado en la norma y las necesidades comerciales del momento y caso concretos.

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El presente trabajo pretende identificar las normas constitucionales y legales que regulan la comercialización hidrocarburífera ecuatoriana y analizar el proceso de su posible privatización. En ese sentido, se analiza en la primera parte la metodología y la importancia de ese producto en la comercialización interna y externa. Posteriormente, se presenta una reseña histórica de los principales acontecimientos de la industria hidrocarburífera y su comercialización. Se analiza además el papel de los organismos internacionales como la OPEP en la comercialización del petróleo y sus derivados. Los siguientes capítulos, tratarán de situar al lector de la mejor manera posible dentro de lo que constituye el análisis de la comercialización de hidrocarburos. Finalmente, se abordará los temas de inversión extranjera y de privatización de los hidrocarburos, pretendiendo con ello dar una solución a los problemas de comercialización interna de derivados del petróleo.

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La presente investigación tiene por objeto analizar el manejo tributario de los arrendamientos mercantiles y del régimen especial de admisión temporal. Se analiza la evolución del Leasing, determinando que el Ecuador fue uno de los primeros países en Latinoamérica en regular el Leasing; sin embargo, esta normativa no ha evolucionado, por lo que se examina la normativa tributaria vigente. Los Arrendamientos Mercantiles Financieros, permiten el financiamiento del 100% de los bienes de capital, opera a través de un contrato, en donde una compañía autorizada o una institución del sistema financiero, adquiere un bien de capital de acuerdo a las características especificadas por el arrendatario, recibiendo un canon mensual durante un plazo determinado; y que al terminar éste, podrá optar entre continuar el contrato en nuevas condiciones, adquirir los bienes por un precio residual, devolver los bienes o participar del precio de venta a un tercero. Además, se dan a conocer las ventajas que tiene el Arrendamiento Financiero como herramienta de financiamiento. Con referencia a los Regímenes Especiales de Admisión Temporal, se revisa la base tributaria en cuanto al Impuesto al Valor Agregado, debido a que en el Régimen de Admisión Temporal con Reexportación en el mismo Estado, se presenta un pago doble, de acuerdo a lo que dispone el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y a la Ley Orgánica de Aduanas con referencia a la depreciación, que constituye la base imponible para el cálculo del Impuesto al Valor Agregado.

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La Superintendencia de Bancos y la Fiscalía General del Estado expidieron dos resoluciones interinstitucionales en el año 2011 por las que se obligó a las instituciones bancarias a reintegrar en favor de sus clientes, víctimas de delitos informáticos, determinados porcentajes de montos de dinero reclamado por ellos. Para expedir las resoluciones se utilizaron una serie de argumentos desde el punto de vista constitucional, civil y del derecho del consumidor. En el ámbito constitucional se mencionó que las instituciones financieras son un servicio de orden público, mientras que en el ámbito civil se hizo referencia a la responsabilidad objetiva. Luego de expedidas las resoluciones quedaron planteadas varios cuestionamientos sobre la legalidad de estas, de manera particular aquellos atinentes a si los bancos en efecto son un servicio de orden público y si, en realidad, en la relación contractual banco-cliente puede aplicarse la denominada responsabilidad objetiva, de acuerdo al ordenamiento jurídico ecuatoriano. Este trabajo busca desentrañar varios términos utilizados en las resoluciones en mención para establecer su legalidad, previo a lo cual fue necesario analizar el tema de los delitos informáticos y las innovaciones incorporadas con referencia a éstos en el Código Orgánico Integral Penal, para determinar cuáles afectan a la banca y sus clientes. Se hace referencia además en el trabajo a varia normativa expedida por la Superintendencia de Bancos mediante la que se dispone a los bancos tomar determinadas medidas para proteger a sus clientes contra el delito informático de apropiación ilícita de fondos.

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Los alcances de la autonomía universitaria responsable en el actual marco jurídico ecuatoriano y los límites de la potestad normativa de los órganos que rigen el sistema de educación superior, son los temas centrales de la presente investigación. Este trabajo tiene el objetivo de identificar los alcances de la autonomía universitaria en el Ecuador y los límites de la potestad normativa del CES y del CEAACES frente a la autonomía universitaria responsable, debido a las constantes tensiones entre regulación y ejercicio de la autonomía universitaria. ¿Cómo conciliar el ejercicio de la potestad normativa de los órganos que rigen el sistema de educación superior y la autonomía universitaria responsable?. Esta pregunta no puede ser respondida exclusivamente desde la descripción y sistematización de la norma, sino que debe incluir elementos de interpretación, del método histórico y del método comparado, tomando en cuenta que el modelo de la dogmática jurídica argumentativista insta a dejar de lado la práctica descriptiva del derecho para desarrollar estudios basados en los valores y principios positivizados en la norma y brindar argumentos que sostengan las propuestas sobre casos complejos. La nueva concepción de autonomía universitaria “responsable y solidaria” introducida en la Constitución de la República del Ecuador de 2008 y en la Ley Orgánica de Educación Superior, cambia la autoregulación, e incluso desregulación de la educación superior, por la regulación del Estado, para procurar el cumplimiento de los fines de la universidad y el mejor ejercicio de los derechos de los ciudadanos.