45 resultados para MERCADO BURSÁTIL

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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La presente investigación ha tenido por objeto la determinación de si la aplicación de un modelo de autorregulador independiente en nuestra legislación de mercado de valores es viable o no. Nuestra legislación actualmente reconoce sistemas regulatorios y autorregulatorios caracterizados por estar bajo el control de los propios participes del mercado, es decir que son los propios participantes de cada uno de los mercados los encargados de regularse a sí mismos y en ciertos casos de imponerse sanciones; así, en el Ecuador son las bolsas de valores las entidades encargadas de expedir las normas de autorregulación que regirán en el mercado bursátil nacional. Existen actualmente conflictos de interés al momento de generar normas de autorregulación en razón de los órganos encargados de expedirlas, y por consiguiente al momento de aplicar el sistema punitivo a cada uno de los partícipes del mercado de valores. Este problema se lo puede evidenciar, tanto al momento de emitir regulaciones, como al momento de investigar y juzgar las faltas cometidas a las normas expedidas. Las nuevas tendencias en generación de autorregulación nos dan la pauta para determinar que el esquema que actualmente mantiene nuestra legislación de mercados financieros, en especial en lo concerniente con el mercado de valores, es anacrónico, pues no se adecúa a las necesidades que el sistema actualmente requiere. En el presente trabajo se analizan las posiciones contrapuestas entre los modelos autorregulatorios imperantes, partiendo de aspectos generales y comunes de la autorregulación como tal, para pasar a un estudio de los modelos y tendencias autorregulatorias en derecho comparado, junto con un análisis de la normativa interna sobre la materia. De la misma manera es necesario tener presente que el análisis de un modelo autorregulatorio implica el estudio de sus funciones conexas; así, los esquemas de supervisión y control y por consiguiente de sanción deberán ser analizados.

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La crisis financiera, que tuvo origen en los mercados hipotecarios estadounidenses, muestra algunas repercusiones en la economía ecuatoriana, la misma que se ha vista afectada por las políticas económicas del gobierno de turno que ha priorizado el gasto público como herramienta de dinamización, pero a su vez evidenció la vulnerabilidad del sistema capitalista norteamericano que había tomado otra dinámica: no tener regulación de los productos financieros que se tranzan en el mercado. La crisis se genera como consecuencia de un efecto dominó que se produjo a partir del estallido de la burbuja financiera creada en el mercado bursátil norteamericano, creando un impacto en los principales sectores de la economía: el Externo, Fiscal, Monetario y Real, de todos los países del mundo, con énfasis en quienes realizaban comercio con Estados Unidos Según expertos, las crisis son ciclos económicos que se generan continuamente, y por lo tanto representan etapas de cambios que si se las aprovecha de una manera adecuada pueden representar una oportunidad. Las oportunidades están en función de la capacidad de los emprendedores en identificar las tendencias de los mercados en las secuelas de las crisis e identificar que tipo de valor agregado o beneficio se puede ofrecer para poder seguir las mismas y lograr satisfacer dichos mercados. El reto de identificar las tendencias no sólo está en conocer los mercados sino también en evaluar otro tipo de modelos económicos que permitan satisfacerlos. La incertidumbre que se presenta en los momentos de cambio exige desarrollar modelos creativos e innovadores para salvar las economías luego de un proceso de rescate financiero; es por tal razón que se evaluará cual es el aporte que puede hacer Pichincha para la economía ecuatoriana, siendo una de sus principales provincias y motores de desarrollo.

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El presente tema de análisis tiene el propósito de analizar el Sistema de Custodia de Títulos Valores ó Sistemas de Compensación y liquidación de Valores del Ecuador así como, vinculados al desarrollo del mercado de valores y capitales, sin dejar de lado la supervisión de los riesgos financieros y los del propio sistema que están expuestos, a través de la utilización de mecanismos adecuados para saberlos administrar, al igual que la relación costo – beneficio que conlleva un ambiente de desmaterialización o inmovilización de títulos valores utilizando el mecanismo de anotaciones de cuenta. Los sistemas que se analizan son los que la Bolsa de Valores utiliza para realizar la compensación y liquidación de valores, el Decevale S.A., como entidad central de depósito, y el Banco Central del Ecuador como entidad liquidadora de las posiciones netas, en el periodo 1994 – 2002. El estudio está dividido en cinco capítulos, detallados: Capítulo I, Introducción, considera los antecedentes, delimitación y aspectos metodológicos del estudio, incluyendo la definición del problema a investigar, variables, indicadores, objetivos y justificación. El Capítulo II, Marco Teórico, abarca aspectos teóricos sobre los Sistemas de Compensación y liquidación de Valores, riesgos financieros y los instrumentos que se requiere para desmaterializar o inmovilizar t-v utilizando anotaciones de cuenta. El Capítulo III, Marco Empírico, comprende la situación del mercado Bursátil del país, los valores, entes reguladores, participantes, compensación y liquidación de valores y algunos aspectos legales. El Capitulo IV, análisis de los Sistema de Compensación y Liquidación de Valores del Ecuador, examina la gestión del papel del Decevale S.A. como depósito central de valores, el sistema de compensación y liquidación de valores utilizado por la BVG y el Sistema de Custodia de Títulos Valores del Banco Central, su papel como entidad liquidadora de resultados. Finalmente el Capítulo V, presenta los resultado, conclusiones y recomendaciones que a la luz del desarrollo del presente análisis ha arrojado. El estudio va dirigido a personas interesadas en conocer la infraestructura financiera, específicamente el funcionamiento de sistemas de pago y como estos ayudan a la eficiencia, y dinamismo de los mercados financieros del país.

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El presente trabajo incursiona en el Mercado de Valores, poco utilizado y casi desconocido en nuestro país, a través del proceso de titularización, como una forma alternativa de financiamiento más ventajosa a las demás formas tradicionales de intermediación financiera, ya que permite un contacto más directo entre la empresa y el inversionista; este proceso será tratado en el primer capítulo, ya que a continuación de este, entraré a estudiar el ámbito de los Seguros, específicamente las Pólizas de Seguro de Vida, por cuanto son activos que aseguran un hecho futuro y cierto que en algún momento va a suceder, a diferencia de los demás tipos de seguros en los que puede o no ocurrir el siniestro asegurado, ya que no tendría sentido transar algo que no va a ocurrir o que existe una baja posibilidad de que ocurra. Al juntar el proceso de Titularización con las Pólizas de Seguros de Vida ya estudiados en los dos capítulos anteriores, procederé al análisis de la Titularización de Pólizas de Seguros de Vida, considerando la importancia de los partícipes en el proceso, las personas suceptibles de realizarlo en calidad de originadores, así como el proceso de titularización en sí, desde el endoso de las pólizas de Vida al originar hasta la negociación en el Mercado Bursátil de los valores emitidos como producto del proceso de titularización; sin olvidar de señalar los beneficios que representa tanto para el inversionista como para el originador y para el Mercado. Dentro de este mismo capítulo observaré mediante datos estadísticos la posibilidad de que este proceso se dé en el Ecuador. Considero que la Titularización de Pólizas de Seguros de Vida es un tipo de inversión novedosa y alternativa a la intermediación financiera, que podría motivar a los empresarios e inversionistas a atender más los beneficios del Mercado Bursátil y poco a poco desarrollar la Cultura Bursátil tan mermada que tenemos en nuestro país.

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La crisis financiera del 2008 provocó la pérdida de riqueza y el derrumbe de los mercados bursátiles y de la economía real, traducida en desempleo, reducción de la productividad, recesión profunda, e incertidumbre en los mercados financieros. En el marco de la crisis de deuda soberana europea, es cuestionable también el grado de certeza de los CDS (Credit Default Swap) como garantía para los inversionistas, considerando las negociaciones existentes entre emisores y bancos europeos para evitar el default de estos instrumentos y por tanto, evitar la indemnización a los inversionistas en su calidad de acreedores. Remontándonos, la crisis financiera internacional del año 2008 tuvo como uno de sus orígenes a las hipotecas denominadas como “subprime”. Estas hipotecas fueron “empaquetadas” junto a otras de alta calificación, en grupos de hipotecas para ser titularizadas y colocadas en el mercado bursátil, mediante instrumentos denominados CDO (Collateralized Debt Obligations), y a aseguradas en algunos casos, través de los CDS (Credit Default Swap), siendo principalmente estos últimos instrumentos financieros, blanco de las críticas y señalados como uno de los culpables de la crisis financiera internacional. Bajo estas consideraciones, se pretende en esta investigación, analizar específicamente los CDS (Credit Default Swap), para determinar su naturaleza jurídica como verdaderos seguros contra cesación de pagos, o como permutas de incumplimiento crediticio. Comprender su estructuración legal como instrumento de garantía para los inversionistas institucionales o particulares, considerando el acontecimiento de la quita de los bonos griegos, la crisis de deuda soberana europea y el default de la deuda argentina, así como las consideraciones del ISDA (International Swaps and Derivatives Association) en estos puntos; su marco legal, su contribución en la reducción del riesgo, su papel especulativo y su incidencia real en la crisis financiera del año 2008.

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La presente investigación se basa en la aplicación del modelo de Markowitz al Marcado de Valores de Ecuador, buscando realizar un proceso de optimización que permita obtener portafolios óptimos de inversión a nivel nacional. Para ello fue necesario contar con información referente al precio de las acciones de las principales empresas que cotizan en el mercado accionario local, sin embargo, la poca liquidez del mercado bursátil nacional, la poca transaccionalidad de activos de renta variable y su implicación en la formación de precios de las acciones se convirtieron en los principales problemas al momento de pretender aplicar alguna metodología de optimización de portafolios. A pesar de la problemática expuesta, se construyeron nueve portafolios de inversión aplicando la metodología de Markowitz, concluyendo que a pesar de las los problemas encontrados, es posible realizar un proceso de optimización de portafolios de inversión en Mercados Bursátiles poco de desarrollados, y donde, la decisión final de inversión estará en función del nivel de aversión al riesgo y la rentabilidad esperada del inversionista.

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La elaboración del presente trabajo “El valor en riesgo condicional como herramienta en la gestión de riesgos del portafolio de renta fija de un fondo previsional ecuatoriano”, responde a la necesidad de entender como la aplicación de la metodología del valor en riesgo condicional en un portafolio de inversiones de un fondo previsional ecuatoriano, conformado por títulos de renta fija, contribuirá al control del riesgo de mercado. Se determinará la aplicabilidad práctica del uso del valor en riesgo condicional, en un portafolio de inversiones constituido por títulos de renta fija que se negocian en el mercado de valores, de un fondo previsional complementario ecuatoriano. Se analizará la evolución del índice de rendimiento de la Bolsa de Valores como medida del rendimiento del mercado de los títulos negociados en el mercado bursátil y se determinará un portafolio de inversiones de renta fija con títulos negociados en ese mercado. Por medio de la metodología paramétrica de varianzas y covarianzas se determinará el VaR y CVaR del portafolio y con la metodología no paramétrica de simulación histórica, se determinarán las ganancias y pérdidas diarias del portafolio y se estimará el VaR y CVaR de la distribución. Se proponen parámetros y políticas que permitan estimar el riesgo de mercado utilizando el CVaR como medida complementaria que cuantifica las pérdidas que se pueden encontrar en las colas de distribución. El CVaR se constituye en una medida que complementa al VaR ya que considera los valores que se encuentran en la cola de la distribución una vez superado el umbral del VaR. Finalmente, se recomienda utilizar el CVaR como medida para cuantificar las pérdidas que podría sufrir un portafolio de activos financieros, ya que incorpora en un solo valor la pérdida esperada y la pérdida media inesperada de un portafolio, constituyéndose en un mecanismo de alerta temprana para la toma de decisiones que disminuyan el impacto de la potencial pérdida del portafolio.

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En los últimos años la OPA ha tenido un auge espectacular como modalidad de toma de control de empresas cotizadas en Bolsa, siendo así el mercado de control societario, es un concepto que despliega sus efectos en relación a las sociedades cotizadas en Bolsa, con el que se alude a la existencia de un mercado activo de compra y venta de participaciones accionariales de gran trascendencia. La característica fundamental de este mercado es el objeto sobre el que recae, que no es otro que el control de las sociedades. Porque al presuponer el arquetipo de la sociedad bursátil una separación de funciones entre la aportación y la administración del capital, con la consiguiente atomización del accionariado y la desvinculación funcional de los administradores respecto a la propiedad de la empresa, surge la posibilidad de obtener el control de ésta mediante la adquisición de una participación accionarial que resulte suficiente para acceder a los centros societarios de decisión y para imponer así, mediante la sustitución de los órganos directivos, nuevas formas de gestión. Por tanto, el mercado de control, desempeña una capital función económica, al permitir la realización de operaciones de reordenación y de reorganización de las estructuras empresariales y la progresiva adaptación de éstas a formas y tamaños que resulten más rentables y eficientes, reportando sustanciosos beneficios al conjunto de los accionistas de las sociedades bursátiles. En este sentido, el propósito de la presente investigación se orienta al análisis de la importancia y trascendencia del mercado de control societario, como un concepto que despliega sus efectos en relación a las sociedades cotizadas en Bolsa, y con el que se alude a la existencia de un mercado activo de compra y venta de participaciones accionariales significativas, profundiza la eficacia de la toma de control dentro de los mecanismos de mercado de valores, basándonos en la normativa mercantil y bursátil de países en los cuales esta figura ha sido de gran relevancia en la esfera de sociedades que cotizan en Bolsa y ha producido un gran desarrollo en el mercado de valores. Posteriormente, se examinará el tratamiento de esta figura en nuestra legislación, pues las posibilidades de desarrollo de un genuino mercado de control se ven claramente entorpecidas por un conjunto de factores de diverso orden, que impiden que las tomas de control puedan cumplir todas las funciones que les son propias y que, de hecho, convierten a aquellas en un mecanismo fungible e intercambiable en relación a otros instrumentos de integración, la función disciplinaria de las OPAs en los mercados más desarrollados, su procedencia para culminar con lo referente a adquisiciones indirectas, fundamento de OPA obligatoria, la problemática sobre regulación de OPAs, estrategias ofensivas anti-OPA y post-OPA, recursos y acciones como medida defensiva.

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El Fideicomiso mercantil, aparece en la legislación nacional, en la Ley de Títulos de Crédito de 1963 derogada el 24 de julio de 1964 ley que tuvo poca duración y que no trajo ningún proceso en esa materia. Treinta años después la figura del fideicomiso es incorporada a nuestra legislación por el Art. 80 de la Ley de Mercado de Valores de 1993, insuficiente dada su complejidad y los efectos jurídicos que produce una figura de corte anglosajón en legislaciones de corte romanista como la ecuatoriana. En este trabajo se va a analizar la figura del Fideicomiso Mercantil previsto en la nueva Ley de Mercado de Valores de 1998, normativa que incorpora un elemento único en las legislaciones latinoamericanas, esto es la dotación al fideicomiso mercantil de personalidad jurídica. El fideicomiso mercantil, nace con la finalidad de constituirse en un vehículo seguro, eficaz e idóneo para encargar a una tercera persona profesional y especializada el desarrollo de una gestión, (Administradoras de Fondos y Fideicomisos), en beneficio propio o de un tercero beneficiario designado por éste; es un contrato de medio de gran significación que permite la estructuración de negocios y la continuidad de los mismos con la actuación de un tercero profesional. El presente trabajo pretende estudiar la actuación de las Administradoras de Fondos y Fideicomisos, en cuanto son los entes especializados para administrarlas, y analizar si estas compañías cumplen con la administración prudente y diligente que la Ley de Mercado de Valores dispone para su adecuado funcionamiento.

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Levurec es una empresa que se dirige al mercado panificador ecuatoriano, comercializará levadura seca instantánea, este tipo de levadura no se ha comercializado en el Ecuador, ya que para su producción requiere de alta tecnología. Lesaffre en la empresa líder en el mercado mundial de levadura y posee sucursales en 180 países del mundo, posee una planta en Argentina, la cual proveerá de producto para nuestro país. El presente plan de mercadeo tiene como objetivo introducir al mercado ecuatoriano el producto, proponiendo una alternativa que mejore la calidad del pan, y adicionalmente garantice el ahorro en la producción a través de la reducción de costos directos y de la asesoría permanente a las panificadoras en todos sus procesos. Nuestra proyección de ventas se inicia en la ciudad de Quito para el primer año de operaciones y en el segundo año alcanzar el mercado nacional. En base a una proyección de ventas formulada en base a la investigación en las panaderías y el consumo ofrecido por los panificadores, se estima que cerca del 60% del mercado nacional tiene intención de compra, y destinaría en promedio un 25% de su producción para trabajar con levadura seca. De análisis del flujo de caja proyectado considerando, la inversión inicial, y proyectado los posibles ingresos, y gastos, los resultados son positivos a partir del segundo año, logrando un valor actual neto positivo y una tasa interna de retorno del 36.20%

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La globalización, la creciente sofisticación de los sistemas de tecnología y la diversificación de las operaciones financieras ha ocasionado que las actividades financieras sean cada vez más complejas, por lo tanto, se ha hecho necesario que las instituciones financieras requieran de nuevos esquemas para identificar y mitigar los riesgos a los que están expuestas en sus operaciones. El Comité de Basilea, consciente de esta situación, en junio de 2004, publicó un Nuevo Acuerdo de Capital, conocido como Basilea II en el que incluía nuevos esquemas de medición de riesgos, e incluía requerimientos de adecuación de capital en función al riesgo operacional. En el Ecuador, la introducción de la adecuación de capital en función al “riesgo operativo integral” como Primer Pilar de Basilea II, y la introducción y aplicación de los pilares 2 y 3 de Basilea II, esto es el “fortalecimiento institucional de reguladores, supervisores y supervisados” y la “disciplina de mercado”, permitirá que las instituciones financieras ecuatorianas vayan implementando paulatinamente la generación de políticas y manuales internos institucionales; introducción e implementación de las buenas prácticas de gobierno corporativo; revisión y discusión con los reguladores respecto a la normativa de carácter general, en fin que lleguen a implementar una adecuada administración integral de riesgos.

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El proceso de liberalización del mercado de telefonía fija en Ecuador tenía como finalidad la introducción de la competencia en un mercado donde las empresas de telecomunicaciones de propiedad del Estado ecuatoriano mantienen el monopolio en la prestación del servicio de telefonía fija. Este proceso estuvo siempre delineado por los 10 lineamientos del Consenso de Washington, basados a su vez en los preceptos de la economía liberal de mercado. Con las recomendaciones planteadas, en Ecuador se dio inicio al proceso de liberalización del mercado de la telefonía fija, para lo cual se realizaron varias reformas normativas para permitir la participación del sector privado en el sector de las telecomunicaciones fijas, y la introducción de la competencia en el mercado de telefonía fija. Sin embargo, a pesar de las reformas, el proceso de liberalización del mercado de telefonía fija en Ecuador no logró cumplir con las expectativas por varios factores atribuibles directamente a la gestión del Estado que no supo aplicar adecuadamente el modelo económico propuesto. Entre estos factores se pueden mencionar el fracaso en la privatización de las empresas de telefonía estatales, la débil actuación del Regulador para que se logren acuerdos de interconexión oportunos y eficaces, la ingerencia política en la dirección de las empresas estatales, y la no eliminación de tarifas subsidiadas.

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La apertura del mercado de las telecomunicaciones en el Ecuador se inicia en el año 1995 cuando se reforma la Ley Especial de Telecomunicaciones para permitir la privatización de las telefónicas locales; esta reforma fue guiada y asesorada por el Banco Mundial. Si bien la privatización fracasó, se siguió el camino hacia la apertura del mercado. Los principales objetivos de la intervención del Estado en un sector de la economía son solucionar los problemas del mercado, mejorar la eficacia económica y obtener mejores servicios para los usuarios. Es así que considerando la necesidad de mejorar la calidad de los servicios y con intención de tener mejores tarifas, de conformidad con el marco legal vigente a partir del año 2000, en el país los servicios de telecomunicaciones se prestan en un régimen de libre competencia. Hasta la diciembre de 2007, el Estado había otorgado 10 concesiones de telefonía fija local; sin embargo, no se ha efectivizado la competencia, el mercado en su gran mayoría sigue en manos de los operadores establecidos y las tarifas y los servicios ofrecidos se han mantenido sin mayores cambios, los usuarios no han sentido el efecto de la competencia. En este trabajo se analizan las causas de esta falta de desarrollo de la telefonía fija local y, de manera especial, la incidencia de la operación de los operadores establecidos todos estatales. Para este efecto se estudiará el marco teórico de la competencia, se revisará el contexto en el que se ha desarrollado el mercado de la telefonía fija local, se analizará cada uno de los aspectos de la competencia, para finalmente establecer en base a un trabajo de campo, el estado de este mercado y los posibles servicios sustitutos.

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La presente tesis tiene por objeto analizar normas de corrección del tráfico económico enfocándose en la LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y LA REGULACIÓN CONTRA LA COMPETENCIA DESLEAL, (disciplinas jurídicas diferentes pero vinculadas) en el Ecuador; de tal forma que sea un mecanismo didáctico por el cual pueda difundirse la necesidad de apoyar y exigir la promulgación de leyes ecuatorianas que regulen en forma especializada estos temas de trascendencia para el desarrollo de nuestro nación. Para tal efecto, la presente tesis contendrá una introducción que pretende ubicar el tema. En el capítulo primero señalaré la evolución histórica del derecho de corrección económica, de la defensa de la competencia, y de la regulación contra la competencia desleal, refiriendo el derecho antitrust, la protección de los consumidores como la actual visión de éstas normas, para identificar su alcance, objetivos y ámbito de aplicación. El capítulo segundo analizará la legislación comunitaria y ecuatoriana sobre la defensa de la competencia, especialmente la Decisión 608 de la CAN; como el veto a la ley de Competencia presentada en Ecuador por la Diputada Susana González; para llegar a las acciones y procedimiento de ejecución en estos casos. En el capítulo tercero, analizaré la legislación comunitaria y ecuatoriana contra la Competencia Desleal, analizándolo como un mecanismo de corrección del tráfico económico. Se señalará su fundamento constitucional y su vinculación con la Defensa de la Competencia, pretendiendo demostrar la necesidad de la autonomía de la regulación contra la competencia desleal, para determinar las acciones y procedimiento de ejecución que procede. En el Capítulo Cuarto, se concluirá recomendando la promulgación de la ley ecuatoriana de defensa de la competencia y en otro cuerpo normativo la ley autónoma de regulación contra la “competencia desleal”, entendidos como un mecanismos de corrección más del tráfico económico.

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La práctica mercantil ha revolucionado constantemente las estructuras tradicionales del mercado aportando nuevas figuras a lo largo de la historia; desarrollándose muy por delante del avance normativo de dicha área. La sindicación de acciones es un claro ejemplo de lo anotado, siendo en la actualidad adoptada por gran cantidad de sociedades anónimas alrededor del mundo. Pese a ello, doctrinariamente, la gran mayoría los autores no se han preocupado por estudiar esta figura y dilucidar varias inquietudes que trae consigo previo a su incorporación legislativa y aplicación práctica. No obstante, países con una experiencia mercantil mucho más desarrollada han iniciado el análisis doctrinario de la sindicación de acciones y esgrimido teorías tanto a favor como en su contra. En el Ecuador, pese al nulo tratamiento legislativo sobre la celebración de acuerdos de sindicación, estos convenios se constituyen en necesidades comunes de los empresarios, quienes tienen que aventurarse en la oscuridad y en ocasiones al margen de las prescripciones legales, ya que en su práctica se erigen como instrumentos de mucha utilidad para los accionistas que participan de ellos. Por su parte, la Superintendencia de Compañías no ha emitido un criterio que haga referencia al tema lo cual evidencia el desconocimiento reinante, toda vez que se ha limitado a prohibir determinados acuerdos sin analizar el instituto de la sindicación en toda su magnitud y en todas sus manifestaciones. Es en virtud de aquello y dada la necesidad de un panorama más claro, que el objetivo del presente trabajo recae en el análisis de la Sindicación de Acciones alrededor de los países más representativos del mundo así como en los más allegados a nuestro sistema jurídico.