6 resultados para La rambla paralela

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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La importación paralela de medicinas dentro de una comunidad es una operación comercial que se desarrolla en el límite del Derecho a la competencia y el Derecho de propiedad intelectual. El presente artículo analiza la importación paralela de medicinas dentro del derecho de la Unión Europea (UE) y la compara con la norma andina que regula la competencia en la Comunidad Andina (CAN). Finalmente analiza las perspectivas en las relaciones entre estos dos procesos de integración desde el punto de vista del Derecho de la competencia.

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La autora analiza tres ejemplos de la actual narrativa oral quechua del distrito de Chinchero, en Perú. En ellos muestra cómo la incorporación del simbolismo culinario es una herramienta para inculcar y reforzar ciertas costumbres o la historia sociocultural del ayllu. En esta narrativa, la presencia de personajes que violan la etiqueta culinaria de la comunidad presagia, con frecuencia, eventos funestos, anticiparían la llegada de la muerte o de un personaje malévolo (el “condenado”, la layqa, la suq’a), o la desintegración de relaciones familiares. Por otro lado, si en la trama algún personaje ofrece comida bajo circunstancias inusuales o misteriosas, esta llega a causar daño o es, incluso, mortal. Para aumentar la tensión, los narradores quechuas utilizan la mímica, los efectos sonoros, las alusiones culinarias a comidas adulteradas, la creación de la estructura paralela y la repetición de los conceptos e ideas clave. La autora concluye que los relatos de advertencia cumplen dos funciones: entretener y enseñar, fortaleciendo en ambos casos la cohesión social en el ayllu.

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La Administración Pública se manifiesta a través de hechos, actos, contratos, resoluciones y procedimientos administrativos que producen los órganos de la administración de acuerdo con su competencia, esto es, todas las actividades que realizan en el ámbito de sus funciones los servidores públicos, autoridades funcionarios y empleados de la administración en general que producen efectos jurídicos. Pero, cuando la administración emite actos administrativos que vulneran los derechos consagrados en la Constitución nuestro ordenamiento jurídico ha consagrado la acción de amparo como una garantía para suspender los efectos ilegítimos de estos actos, en una forma preferente y sumaria es decir a través de un procedimiento ágil y oportuno, prohibiendo cualquier acto que tienda a retardar su despacho. Los objetivos del presente trabajo investigativo son: • Determinar qué actos administrativos de autoridad son impugnables por la acción de amparo y por qué se produce una aplicación inadecuada de esa acción sobre los actos administrativos en el derecho ecuatoriano. • Describir algunas características que permitan puntualizar el mal uso en la utilización de la acción de amparo constitucional, sobre los actos administrativos de autoridad en el Ecuador. En la actualidad, vemos que también existe un abuso en la promoción de esta acción de amparo ya que, por diversidad de motivos, se ha convertido en una especie de acción paralela de administración de justicia, transformándose en un proceso ordinario contrariando la naturaleza de esta acción que es preferente y sumaria, y que tiene como fin último el de proteger la supremacía de la Constitución. El presente trabajo consta de cuatro capítulos. El capítulo I trata sobre la Impugnabilidad de los Actos Administrativos, el capítulo II me refiero a los principios en los que se sustenta el Control Constitucional, en el capítulo III analizo sobre la Acción de Amparo de los Actos Administrativos en el Ecuador y concluyo en el capítulo IV con las conclusiones y recomendaciones. He creído necesario incorporar al final del trabajo, algunos elementos relacionados a la Acción de Amparo Constitucional contemplada en la nueva Constitución que fue aprobada el 28 de septiembre del 2008, mediante referéndum, la misma que pasa a llamarse la Acción de Protección.

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El presente ensayo es un trabajo de la memoria social sobre el movimiento Alfaro Vive Carajo (AVC) que trascendió durante la década de los 80 en la escena política nacional a partir de acciones armadas poco o nada usuales. El documento reflexiona sobre el olvido intencionado que se ha hecho, tanto desde la historiografía como desde el estudio de la política del país, respecto a este actor social. Al recordarlo, se contextualiza el panorama de las insurgencias en América Latina y el Ecuador, lo que deja ver su protagonismo e incidencia en el presente, ya que el AVC construyó una identidad que se irradia en diversos escenarios, incluso en el de sus oponentes más visibles, como el del Partido Social Cristiano, pues fue durante el gobierno de León Febres Cordero, su máximo líder hasta hoy, que se instauró una política de terror desde el Estado para controlar a la oposición, a nombre de “combatir a la subversión”. Este aspecto, influyó en lo que posteriormente sería la emergencia indígena en el Ecuador, específicamente, porque aquel escenario canalizó un ambiente social dispuesto al diálogo entre la sociedad civil y el Estado. La transición que vivió el país durante la década de los 80 hace del AVC un actor político que incidió en el protagonismo de los movimientos sociales con un interés democrático, antes que de lucha de clases, como el movimiento de mujeres, de derechos humanos e indígena. No se trata de un antecedente cronológico que evolucionó de una forma a otra, sino de un referente que de manera paralela y desde diferentes políticas se cruzaron. El ensayo además introduce reflexiones relacionadas a la manera de narrar la memoria colectiva, ya que hace del testimonio la voz del documento, es decir, resalta la subjetividad de quien relata, no sólo por la proximidad con la experiencia referida, sino también por su agenda política implícita. Es una voz que camina en los trayectos paralelos de la ficción que transforma en lenguaje aspectos, cualidades y valores de la realidad que la ciencia describe, argumenta y demuestra. Por otro lado, el hablar del pasado se lo hace desde la cárcel, porque fue allí donde se develaron, en parte, las identidades clandestinas de los “subversivos”. La cárcel interpeló de forma imperativa y esto permitió poner al descubierto la manera de actuar de la organización clandestina, sobre todo, de ciertos liderazgos que se configuraron y dieron a conocer sus mejores performatividades. Trabajo de la memoria colectiva que deja abierto la articulación de otras voces.

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El artículo explora el surgimiento de la figura del extranjero indeseable en las legislaciones nacionales latinoamericanas, desde la Independencia hasta finales de la década de 1930, aproximadamente, de forma paralela a la política de inmigración en los Estados Unidos. Las restricciones sobre la entrada libre de extranjeros que establecieron las repúblicas, durante las primeras décadas de la Independencia, estaban relacionadas con el modelo del ciudadano idealizado. El análisis de los impedimentos para la entrada de extranjeros muestra cómo, durante el siglo XIX, el extranjero “deseado” fue definido cada vez más en contraste con los rasgos negativos de los “indeseables”, bajo el supuesto objetivo de “defender la nación”.

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Los conceptos que definen al derecho a la salud y al derecho al acceso a medicamentos han sufrido cambios en virtud de las necesidades que se han ido planteando a través de los años en el campo de la salud. Al ser el Estado, por mandato constitucional, el ente responsable de garantizar un ejercicio efectivo de estos derechos, se han constituido diversas herramientas de carácter jurídico que han dado paso a una mayor oportunidad de ejercer de manera plena estos derechos por parte de quienes los detentan; de entre las herramientas mencionadas sobresalen los instrumentos internacionales suscritos por los Estados, los mismos que, en teoría, responden a las necesidades de los países en materia de salud. En lo que respecta al Ecuador, los mencionados derechos han sido considerados dentro de aquellos necesarios para poder alcanzar el denominado “buen vivir”, ubicándolos en una esfera constitucional especial. Sobre la base de lo anterior se han adoptado ciertas políticas que han conducido a la suscripción de instrumentos internacionales en materia de salud, con el fin de buscar cooperación internacional que permita satisfacer las múltiples necesidades que tiene nuestro país en ese campo. Con el antecedente expuesto, se ha desarrollado una investigación con el objeto de determinar la conveniencia de suscribir instrumentos internacionales en materia de salud como una herramienta jurídica para garantizar el goce efectivo del derecho a la salud y del derecho de acceso a los medicamentos, así mismo hacer un breve análisis de la normativa constante en el marco jurídico interno que regula el ejercicio de estos derechos, lo anterior de manera paralela a aquellos instrumentos que se suscriben en el marco de la Comunidad Andina, institución que contiene en su objetivo de creación el velar por aquellos derechos fundamentales de los ciudadanos de la Región.