5 resultados para Justícia transicional

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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La justicia transicional es implementada en sociedades donde se han producido graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, las experiencias internacionales de superación de conflictos armados o de dictaduras evidencian la aplicación de algunos postulados de la justicia transicional, justamente a partir de estas prácticas surgen elementos aplicables al caso del conflicto armado colombiano. Las leyes de amnistía se convierten en un instrumento de la justicia transicional, que aplicando lo aprendido en otros países puede contribuir en la consecución de la verdad, la justicia, la reparación, las garantías de no repetición, la paz y la reconciliación de la sociedad colombiana, no siendo la unigénita herramienta jurídica a implementar en un proceso de transición. Esto coloca de presente la necesidad de utilizar simultáneamente diversos instrumentos en el marco de la justicia transicional, que como en el caso colombiano, pueden contribuir en la superación del conflicto armado y en las etapas posteriores a la desmovilización de los grupos alzados en armas, logrando que sea un proceso integral hacia la paz.

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La justicia transicional implica transformaciones radicales de un orden social y político, bien sea por el paso de un régimen dictatorial a uno democrático, bien por la finalización de un conflicto interno armado y la consecución de la paz. Este trabajo pretende aportar en el debate sobre la efectividad de leyes que apelan a la justicia transicional para el restablecimiento de los derechos de las víctimas en medio de contextos conflictivos, de re victimización, e impunidad. De esta manera, en este trabajo se realizan reflexiones conceptuales de la justicia transicional, así como los estándares en términos de verdad, justicia y reparación inherentes a ella; se hace una aproximación crítica al proceso adelantado en Colombia a través de la Ley 975 de 2005 que apela a la justicia transicional para la desmovilización de grupos paramilitares. Así mismo, se realiza un análisis de tipo estructural del paramilitarismo en Colombia, haciendo énfasis en el accionar del Bloque Calima de las Autodefensas Unidas de Colombia (en adelante AUC) en el sur occidente colombiano a partir de la voces de sus víctimas; finalmente se profundiza en aquellos mecanismos jurídicos y políticos que benefician la impunidad presentes en la Ley 975 de 2005 a partir de dos casos emblemáticos.

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Si bien, desde sociedades muy antiguas se puede encontrar definiciones de la reparación, sin duda el génesis de la reparación integral es el derecho internacional de los derechos humanos y en específico la justicia transicional, la cual tiene como referencia primera la Segunda Posguerra Mundial con los juicios de los Tribunales de Núremberg y Tokio, y como desarrollo conceptual los informes de Theo van Boven y de Louis M. Joinet. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha adoptado el concepto de reparación integral a partir de la obligación que establece el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha realizado un desarrollo jurisprudencial vasto del concepto, lo cual, posteriormente fue acogido por los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador. Pese a la fuerte influencia que ejerce la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los ordenamientos jurídicos nacionales, el principio de la reparación integral ha tenido un desarrollo y evolución por vías diferentes en cada país, es así que en Colombia es principalmente jurisprudencial mientras que en Ecuador es normativo, pese a esto su contenido y alcance se encuentra en el marco de lo establecido por la mencionada corporación internacional Estudiar la implementación y desarrollo de la reparación integral en los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador desveló que la reparación integral ha surgido como una consecuencia ineludible de la violación a los derechos humanos, y además, esta influencia ha permeado otros campos del derecho, por tanto hay una fuerte tendencia a ampliar el campo de aplicación de la reparación integral y no solo limitarlo a los casos relacionados con violaciones a los derechos humanos.

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El presente trabajo explora el desarrollo y los desafíos que tienen las intervenciones psicológicas o psicosociales en casos de violaciones severas de derechos humanos y en el marco de procesos de justicia nacional, internacional y transicional, así como la necesidad de implementarlas para precautelar el bienestar integral de las víctimas y sobrevivientes y proteger sus derechos en dichos procesos. Se analizan algunos paradigmas que existen en cuanto a las intervenciones de trauma en contextos políticos y se proponen algunas vertientes teóricas que alimentan el trabajo de investigación y atención de este tipo de situaciones traumáticas. Por último, se revisan brevemente algunas experiencias en las que las intervenciones psicosociales han tenido un papel importante como la Corte Penal Internacional (CPI), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y la Comisión de la Verdad de Ecuador (CVE).

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El profundizar desde el Ecuador en el poco explorado campo de la justicia transicional y el derecho penal internacional es una labor necesaria, actual y relevante, partiendo de la problemática a la cual se enfrentan una gran cantidad de países del globo al intentar brindar verdad, justicia y reparación a las numerosas víctimas de violaciones de derechos humanos sufridas durante dictaduras y regímenes autoritarios. En este contexto, la expedición en Ecuador de una Constitución garantista en 2008, la labor de la Comisión de la Verdad Ecuador con su Informe Final presentado en 2010, y la reciente actividad judicial emprendida por la Fiscalía General del Estado marcan un hito en el ámbito nacional en cuanto al respeto y garantía de los derechos humanos. Pese a lo anterior, estos avances son apenas los primeros pasos de un largo y arduo camino. Este libro pretende contribuir de forma crítica, con elementos teóricos y prácticos, al debate doctrinario sobre las comisiones de la verdad, la judicialización de las graves violaciones de derechos humanos y los crímenes de lesa humanidad, con especial referencia a la experiencia ecuatoriana, sin dejar de lado los valiosos aportes de otros países.