139 resultados para Garantía bancaria

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Es muy frecuente desde hace algunos años atrás que las instituciones del sistema financiero respalden créditos de vivienda a través de los denominados convenios de adhesión a un fideicomiso mercantil en garantía, instrumento jurídico que tiene como finalidad que el cliente se adhiera a un contrato preestablecido por el acreedor y como garantía del crédito, el deudor adherente aporte el bien inmueble de su propiedad al fideicomiso. Este mecanismo es generalmente desconocido por la mayoría de los usuarios del sistema financiero, la falta de información y escaso conocimiento de la figura por parte de abogados, funcionarios, agentes crediticios, ha suscitado muchos inconvenientes en la práctica jurídica, por eso la importancia de este estudio, cuyo propósito es orientar a aquellas personas que desean adquirir un crédito de vivienda a través de un convenio de adhesión a fideicomiso mercantil de garantía. Para la presente investigación como punto de inicio me referiré cómo actualmente se encuentra conformado nuestro sistema financiero, los cambios actuales que rigen a partir de la nueva Constitución y su contribución en el otorgamiento de créditos de vivienda, asimismo, analizaré el crédito propiamente dicho, las garantías al crédito de acuerdo a nuestra legislación civil y el contrato real de hipoteca. Posteriormente analizaré la figura del fideicomiso mercantil en garantía como un mecanismo de reforzamiento al crédito, la flexibilidad y la amplia libertad que existe al momento de redactar los convenios de adhesión. De la misma manera realizaré un estudio de un modelo de convenio de adhesión a un fideicomiso mercantil en garantía para verificar si cumple con los requisitos establecidos por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera(antes Junta Bancaria) y la Ley Orgánica de Defensa al Consumidor y comprobar si estos convenios brindan seguridad jurídica a los deudores adherentes en especial en el proceso de ejecución de la garantía, la finalidad es tratar de implementar un régimen jurídico específico de ejecución con el fin de dar confianza a los intervinientes y equilibrio contractual. Finalmente estableceré costos, tiempo, ventajas y desventajas que se presentan al momento que decidimos adquirir un crédito a través de este mecanismo con relación al contrato real de hipoteca.

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La Constitución de la República vigente trae consigo una serie de modificaciones sustanciales en relación a la Constitución Política de 1998. Una de ellas, acorde con el nuevo modelo de Estado que rige al Ecuador, el Estado constitucional de derechos, es la implementación de la nueva acción de protección, garantía jurisdiccional de derechos constitucionales sustituta de la antigua acción de amparo constitucional. En efecto, la acción de protección, a diferencia de la acción de amparo, aparece como un proceso de conocimiento, declarativo, ampliamente reparatorio y no residual. Por tratarse de una garantía novedosa en el ámbito jurídico ecuatoriano, la presente tesis en su parte inicial procura poner de manifiesto las diferencias y semejanzas entre la antigua acción de amparo constitucional y la nueva acción de protección, con el fin de aportar al ejercicio y consolidación de esta nueva garantía jurisdiccional. Posteriormente, una vez constatadas dichas diferencias, se tendrá por justificada la necesidad de una regulación o delimitación que salvaguarde a ésta nueva garantía de aquellos vicios que corrompieron y desnaturalizaron a la acción de amparo en el pasado. Para ello, en base a un estudio de jurisdicciones constitucionales comparadas, se sugiere y analiza la implementación de una serie de filtros de forma y de fondo, tendientes a evitar un proceso de ordinarización de la acción de protección, y que guarden armonía y compatibilidad con el paradigma del Estado constitucional. Finalmente, se destaca el rol fundamental que debe desempeñar el legislador dentro del proceso de elaboración de la nueva Ley de Garantías y Control Constitucional. Su deber se reduce a utilizar técnicas legislativas proporcionales y respetuosas con los preceptos constitucionales que rigen a la acción de protección. Caso contrario, el producto de su actividad se tornaría inconstitucional y atentatorio a la voluntad del constituyente, que no fue otra que fortalecer al garantismo y no limitarlo.

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La globalización, la creciente sofisticación de los sistemas de tecnología y la diversificación de las operaciones financieras ha ocasionado que las actividades financieras sean cada vez más complejas, por lo tanto, se ha hecho necesario que las instituciones financieras requieran de nuevos esquemas para identificar y mitigar los riesgos a los que están expuestas en sus operaciones. El Comité de Basilea, consciente de esta situación, en junio de 2004, publicó un Nuevo Acuerdo de Capital, conocido como Basilea II en el que incluía nuevos esquemas de medición de riesgos, e incluía requerimientos de adecuación de capital en función al riesgo operacional. En el Ecuador, la introducción de la adecuación de capital en función al “riesgo operativo integral” como Primer Pilar de Basilea II, y la introducción y aplicación de los pilares 2 y 3 de Basilea II, esto es el “fortalecimiento institucional de reguladores, supervisores y supervisados” y la “disciplina de mercado”, permitirá que las instituciones financieras ecuatorianas vayan implementando paulatinamente la generación de políticas y manuales internos institucionales; introducción e implementación de las buenas prácticas de gobierno corporativo; revisión y discusión con los reguladores respecto a la normativa de carácter general, en fin que lleguen a implementar una adecuada administración integral de riesgos.

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La política petrolera privilegia los ingresos económicos y margina los derechos ambientales y sociales de la población en las zonas petroleras. Ilustra el análisis de la entrega de licencias que contravienen los derechos establecidos: contrato en el bloque 20 y la explotación en la costa ecuatoriana; a esto se suma los numerosos y graves casos de derrame de petróleo. El gobierno implementa un programa de reparación ambiental y social entre el Ministerio del Ambiente y Petroecuador, pero falta tomar decisiones fuertes para no ampliar más la frontera petrolera y para aplicar verdaderos procesos de reparación integral, tal como lo estipula la Constitución. Es urgente la derogatoria del Decreto Ejecutivo 1040, que reglamenta la participación social, por ser inconstitucional.

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La Constitución de 2008 contiene importantes avances en derechos colectivos, ambientales y de la naturaleza. Con la aprobación de la Ley de Minería (y de la Ley de Seguridad Pública) se profundiza el modelo extractivista como parte del modelo primario exportador, contraviniendo el mandato constitucional. Falta una institucionalidad que proteja estos derechos. Es muy preocupante la criminalización de la protesta, entre otros casos se destacan: cierre de Acción Ecológica, 26 juicios contra el dirigente Rodrigo Aucay, Familia Belezaca Vintimilla, comunidades shuar de Nankintza, protestas en el Pangui, comunidades de Quimsacocha, cierre de la Voz de Arutam. La CONAIE demandó la inconstitucionalidad de la Ley de Minería. Se demanda la garantía de derechos, entre éstos el de la resistencia.

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El derecho constitucional es el pilar que ha servido de apoyo para el desarrollo del Estado y las instituciones del derecho moderno en general. El derecho tributario por su parte, es en los tiempos actuales una de las disciplinas jurídicas que mayor especialización requiere en quienes se ocupan de él debido a la importancia que tiene al ser el encargado de regular la actividad de recaudación de tributos del Estado, la que a su vez es la piedra angular del financiamiento presupuestario de los Estados. Estas dos disciplinas del Derecho, tienen estrecha vinculación pues no puede pensarse en la existencia de un derecho tributario que no tenga su fundamento y su marco en el derecho constitucional como norma suprema. Sin embargo, en el presente trabajo nos ocuparemos de estudiar una parte bastante definida del derecho constitucional en relación con el derecho tributario. En efecto, en el presente estudio se hace un análisis de lo que es el derecho a la intimidad, aplicado en concreto al contribuyente. Confrontaremos este derecho con el también muy importante derecho a la información, del que puede hacer uso el Estado a través de la administración tributaria. Se hace un análisis de la naturaleza jurídica de estas dos garantías constitucionales, sus efectos, alcances y limitaciones en el marco del derecho constitucional y del derecho tributario. Finalmente hacemos un estudio de la garantía constitucional del habeas data, centrándonos en lo referente a su aplicabilidad dentro de la esfera de lo tributario, cuando un contribuyente siente que la información que se tiene sobre él, y que es la que le sirve al fisco para determinar sus obligaciones tributarias, es imprecisa, errónea, o cree que se la esta usando inadecuadamente.

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Este artículo tiene como objetivo realizar un ágil análisis comparativo de la crisis ecuatoriana para establecer si es posible atribuirle a ésta las mismas causas, medidas correctivas, los mismos costos y duración, que se les asigna a crisis similares en otros países, revelando, además, los argumentos que permiten concluir que la crisis del sistema financiero ecuatoriano no ha terminado aún.

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El desarrollo normativo de la Constitución es permanente y complejo. Lo hacen todas las funciones de Estado y su seguimiento puntual es casi imposible. En el informe se analizan los aspectos que siguen: aspectos generales del desarrollo parlamentario; las reformas penales y la ley de participación; y otros actos normativos que se consideran relevantes para los derechos humanos.

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La conflictividad debido a la expansión petrolera se está ampliando a otras zonas del país; todas las provincias costeras tienen concesiones petroleras sobre sus territorios y están en la mira de los planes de exploración sísmica. La expansión de la frontera petrolera sigue en el país, con las consiguientes consecuencias sociales, ambientales y culturales, en un clima de impunidad persistente. Algunas empresas se han marchado del país durante el año 2010, después de generar daños sin reparación. Las que quedan se teme que igualmente dejarán muerte y destrucción.

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En la actualidad a las empresas se las debe ver como una organización; entendiendo que organizar una empresa es diseñar su estructura de responsabilidades, adecuar los sistemas necesarios para que ésta funcione, y definir sus estructuras para empujar en la dirección adecuada. El presente trabajo tiene como finalidad establecer un modelo de administración de recursos tecnológicos para el Banco, así como entender cuán importante es un Departamento de Sistemas dentro de la organización, su administración o gestión de los recursos tecnológicos y como esto ayuda para obtener mayores beneficios para la empresa. El Departamento de Sistemas tendrá a su cargo el análisis de los planes de acción colectivos, procedimientos, formas y equipo, con el fin de simplificar y estandarizar las operaciones de la empresa. Todas las funciones administrativas: producción, mercadeo, finanzas, compras, relaciones industriales y demás se ejecutan por medio de rutinas o de sistemas y procedimientos que convierten en acción los planes de la dirección de las empresas u organizaciones, por lo que debe ser manejada por personas con experiencia en el campo informático.

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En proyectos inmobiliarios, generalmente los promotores y/o constructores optan por realizar créditos bancarios con garantía hipotecaria para la obtención de recursos; sin embargo, las instituciones financieras no siempre están dispuestas a realizar préstamos para el sector de la construcción; razón por la cual, una buena opción para poder continuar con sus proyectos de construcción son los procesos de titularización de proyectos inmobiliarios, mismos que por desconocimiento no se realizan a menudo. A lo largo de éste trabajo, se determinará la viabilidad financiera para realizar una titularización y un crédito bancario con garantía hipotecaria con el afán de conocer el área en metros cuadrados del proyecto inmobiliario a partir del cual es recomendable realizar un fideicomiso de titularización o un crédito bancario con garantía hipotecaria; sin embargo, no solamente se analizará la parte financiera sino también el procedimiento para constituir el fideicomiso mercantil y obtener la autorización de emisión de valores; así como, el procedimiento para la instrumentación de créditos bancarios con garantía hipotecaria del inmueble sobre el cual se realizará la construcción del proyecto. A nivel macro, el presente trabajo servirá como una guía práctica para aquellas personas que deseen conocer un poco más acerca de los fideicomisos de titularización y de los créditos bancarios con garantía hipotecaria; pero sobre todo, la determinación de la viabilidad financiera para la constitución de fideicomisos de titularización de proyectos inmobiliarios y para la instrumentación de créditos bancarios con garantía hipotecaria con el afán de decidir adecuadamente entre una de éstas dos opciones como mecanismos de obtención de liquidez para la construcción de proyectos inmobiliarios en el Ecuador.

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El presente trabajo tiende a examinar el control que ejerce el estado en el sistema financiero por medio de la Superintendencia de Bancos, entidad a la cual se le asigna el rol de la vigilancia y control de las entidades que operan en el sector financiero. Para ello ha sido necesario establecer la evolución y los cambios que se han ido presentando tanto en lo referente a las actividades u operaciones en el contexto financiero y nacidas de ellas las nuevas tendencias en las que ha debido incursionar la supervisión, pasando de la banca especializada a la multibanca hasta llegar a la estructura actual y la nueva dirección hacia la que apunta el sistema financiero, generado por la internalización y la globalización de la economía, procesos dentro de los cuales surgen nuevos elementos que gravitan directamente sobre el sistema financiero, generados de su propia evolución y por lo tanto requieren de nuevos instrumentos y mecanismos que hagan posible la organización de los mismos dentro del marco regulador y de control. Es por ello que igualmente se analiza la normativa vigente para determinar si se enmarca dentro de las exigencias de la actividad contemporánea como la estructura orgánico-funcional del ente supervisor y su actuar dentro del campo financiero tanto de las instituciones públicas cuanto de las privadas.

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La globalización ha empujado a varios países a liberar sus mercados financieros en búsqueda de un mayor flujo de recursos que dinamice sus economías. La liberalización y desregulación han estado presentes en la mayoría de las crisis financieras y bancarias que se han ocasionado en las dos terceras partes de los países del mundo en los últimos años. El ejemplo más evidente de la globalización de las finanzas y su libertinaje, son los mercados offshore, que permiten integrar los mercados financieros nacionales en una gran red de instituciones financieras conectadas a través de todo el mundo, con el único propósito de evadir las regulaciones de los estados nacionales para incrementar su rentabilidad pero de igual forma el riesgo; ya que a través de esta modalidad se canalizan inmensas cantidades de dinero provenientes de actividades lícitas e ilícitas que han contribuido a la inestabilidad de las economías nacionales, por la especulación y excesiva ambición de grandes inversionistas. El Ecuador también se ha dejado llevar por la corriente de la liberalización de los mercados, por lo que modificó en 1994 el marco legal del sector financiero con ese propósito, esto llevó a debilitar los controles y permitir que varias irregularidades contribuyan a poner en un grave estado de crisis a todo el sistema. El salvataje bancario en nuestro país no ha terminado aún, pero se pueden distinguir varias similitudes y diferencias con las estrategias que con el mismo propósito se implementaron en otros países; además es evidente que no siempre se utilizó el mismo criterio por parte de las autoridades competentes para el tratamiento individual de cada banco en crisis. El análisis de éste tema nos lleva a pensar que se debe fortalecer la supervisión prudencial, así como adoptar un marco legal adecuado, que le permita el estado actuar como un eficaz regulador del mercado, impidiendo que crisis bancarias como la que vivimos en éstos últimos años se repitan nuevamente.

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Este ensayo está dividido en seis partes. En la primera se hará una reflexión entre los derechos, las garantías y la producción normativa, para enfatizar la importancia del trabajo legislativo en un estado constitucional de derechos y justicia. En una segunda sección, haremos un análisis sobre los aspectos generales de la producción normativa parlamentaria. En la tercera parte de este ensayo analizaremos la iniciativa legislativa y los derechos fundamentales. En la cuarta parte haremos breves comentarios sobre algunas leyes publicadas y algunos proyectos de ley en relación a los derechos fundamentales. En una penúltima sección haremos breves comentarios a los procesos legislativos. Finalmente, a manera de síntesis, recogemos las conclusiones que se derivan de nuestra investigación.

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El presente tiene como propósitos analizar el cambio de modelo de Estado que trajo la Constitución del 2008, (Estado Constitucional de Derechos y Justicia), a diferencia de lo que estableció la Constitución de 1998, (Estado Social de Derecho), y en función de la transformación de este principio rector, evidenciar los avances en materia de derechos constitucionales, sus principios de aplicación, así como la protección judicial de los mismos, dando especial énfasis en los derechos sociales y su justiciabilidad. El estudio abarca un examen comparativo teórico-normativo de los dos regímenes constitucionales en lo que respecta al contenido, alcances, denominación y garantía judicial de los derechos sociales, y en esta perspectiva la tarea de los jueces frente a una nueva realidad constitucional en lo atinente a la interpretación, rol creador de derechos y guardián del Estado Constitucional de Derechos. Se incluyen también algunos datos relevantes referentes a la utilización de la acción de protección como mecanismo idóneo para tutelar derechos del buen vivir, así como una breve referencia al problema de la residualidad como característica asignada a dicha acción, lo que se ha constituido en un fuerte obstáculo para obtener una garantía jurisdiccional efectiva de los derechos constitucionales, incluidos los sociales. Por último se estudia resoluciones y sentencias concretas de acciones de amparo (Constitución 1998) y de acciones de protección (Constitución del 2008), con la finalidad de evidenciar si el cambio constitucional ha tenido eficacia en la realidad jurisprudencial, llegando a concluir que pese a la mutación de modelo, no se refleja en la realidad judicial un cambio considerable en relación a la protección eficaz de los derechos sociales.