4 resultados para GLBT

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Dentro de los países latinoamericanos, el ejercicio pleno de la participación política se ve afectado de manera continua por diversos factores. El principal obstáculo para el desarrollo de una postura integral y completa al respecto es la presencia de discursos que eluden los múltiples niveles de interacción de cada persona, sobre todo el campo de las sexualidades. Es evidente que nuestros estados y gobiernos no han incorporado a cabalidad esta instancia dentro del sistema político, negando las posibilidades de reivindicar plenamente el derecho a vivir nuestra sexualidad.

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Hasta 1997 el Art. 516 inciso primero del Código Penal del Ecuador tipificaba como delito la homosexualidad en los siguientes términos: “En los casos de homosexualismo, que no constituyan violación, los dos correos serán reprimidos con reclusión mayor de cuatro a ocho años.” La detención masiva de cien homosexuales en la ciudad de Cuenca en 1997 desata denuncias y solidaridades que crean el ambiente propicio para denunciar la inconstitucionalidad del Art. 516 del Código Penal. En efecto, en septiembre de ese año, varias organizaciones de gays, lesbianas, bisexuales, transexuales y transgénero (GLBT) y de derechos humanos, presentaron ante el Tribunal Constitucional (en adelante TC) una acción de inconstitucionalidad contra el mencionado artículo. En noviembre de 1997 el TC resuelve aceptar parcialmente la demanda formulada y declarar la inconstitucionalidad del inciso primero del artículo 516 del Código Penal, y suspender totalmente sus efectos. Este artículo realiza un análisis del proceso de interpretación constitucional en este caso concreto, los métodos aplicados, los principios resaltados y la relación entre ideología e interpretación desde la representación de la homosexualidad que el proceso evidencia. Se parte de la premisa central de que la interpretación, dada la pluralidad de sentidos posibles atribuibles a la norma, implica una opción o valoración del intérprete. La concretización de la norma constitucional no puede aislarse de la “precomprensión” del intérprete, condicionado por sus experiencias, conocimientos y prejuicios fruto de su circunstancia histórica.

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El reconocimiento de ciertos derechos sexuales y derechos reproductivos en la Constitución ecuatoriana de 1998, marcan sin duda un hito en la redefinición de los derechos humanos y su impacto en los diversos aspectos sociales. Es necesario hacer mención como antecedente del desarrollo constitucional ecuatoriano de los derechos sexuales, la declaratoria de inconstitucionalidad del tipo penal de homosexualidad que contenía el artículo 516 del Código Penal. Como se verá en las siguientes líneas, si bien este antecedente en jurisprudencia constitucional, no se rescata los principios de derechos humanos, es innegable el logro alcanzado, puesto que dio lugar a un proceso de articulación entre las organizaciones GLBT y de mujeres, que tuvieron un rol importantísimo en las discusiones que sobre derechos sexuales y reproductivos, se dieron en la Asamblea de 1998, y que a su vez dio lugar al reconocimiento constitucional de algunos derechos. El cuerpo de las personas y específicamente las expresiones de la sexualidad han sido tradicionalmente objetos de control social, entendiéndose como tal "el conjunto de sistemas normativos como son la religión, ética, costumbres, usos, terapéutica y el Derecho (este último en todas sus ramas) cuyos portadores, a través de procesos selectivos (estereotipia y criminalización), establecen una red de contenciones que garantizan el sometimiento de las masas a los valores de un sistema de dominación

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El análisis de las discriminaciones sobre sexualidad y género dentro de la Escuela Superior Militar Eloy Alfaro (ESMIL) y la Escuela Superior de Policía General Alberto Enríquez Gallo (ESPOL), ayudará a conocer y entender cómo se han producido y reproducido los discursos referentes a este tema, así como la manera en que este tipo de percepciones y actuaciones se hacen visibles en la convivencia diaria dentro de estas instituciones. También, se analizará el proceso del ingreso de grupos GLBT (gays, lesbianas, bisexuales y transexuales) en estas dos instituciones; adicionalmente, el conocimiento que se puede obtener de los grupos GLBT en el Ecuador permitirá comprender mucho más la sexualidad y el género en un ámbito militar y policial que representa el “orden”, la “rectitud” y la “valentía”. En el capítulo I, desde la perspectiva de género junto con los estudios de la sexualidad se planteará el enfoque aproximativo de esta investigación, para indagar sobre la discriminación y cómo se la ha tratado en el Ecuador. En el capítulo II se menciona sobre el poder masculinista que se relaciona que con el poder practicado en estas instituciones, y cómo este poder actúa respecto a la orientación sexual y al género. En el capítulo III se hace una descripción de lo obtenido en la investigación en las dos instituciones, con respecto a prácticas, usos, y rituales que practican en la convivencia diaria. La pregunta principal que se responde a través del análisis de estas instituciones es: ¿qué tipo de discriminaciones de género y sexuales existen entre los aspirantes, cadetes, instructores y autoridades en la ESMIL y la ESPOL? El enfoque metodológico es de corte cualitativo, con técnicas de observación del proceso de admisión, charlas sobre valores y clases académicas que reciben los cadetes, además de la instrucción o ejercicios físicos, y ceremonias internas de las dos instituciones. Se realizaron entrevistas en profundidad a los instructores, autoridades y aspirantes de las dos instituciones, que tienen relación y trato cercano con los cadetes desde primer año.