6 resultados para FUNDACIÓN SEMILLITAS DEL FUTURO – ADMINISTRACIÓN – BOGOTÁ (COLOMBIA)

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Si partimos del hecho de que comer es algo más que ingerir alimentos, plantearse el problema de la alimentación de las comunidades negras de los Valles interandinos del Patía en Colombia y del Chota-Mira en el Ecuador, pasa por considerar que esta temática sugiere aspectos interesantes para el abordaje, desde una perspectiva que nos permita observar tanto las implicaciones culturales del acto de comer, como la manera en que los alimentos son producidos. Lo anterior implica determinar cuáles han sido los conocimientos y prácticas alimentarias de estos pueblos negros, cómo y por qué factores se han transformado a través del tiempo, que tipo de estructura de tenencia de la tierra ha existido y con que sistemas productivos, máxime si consideramos que las comunidades asentadas en estas regiones de ambos países, se pueden considerar como campesinos negros con procesos de poblamiento diferenciados, así provengan de una misma matriz: la trata trasatlántica y la presencia de esclavizados/as negras y de cimarrones/as en el territorio que hoy denominamos América Latina. En este sentido, más allá del sostenimiento vital que la comida le representa al organismo, ésta se convierte en una construcción cultural. La comida se constituye en un elemento de construcción de identidades y de historias que están cruzadas por el lugar que ocupan en el mundo y las formas como se relacionan las comunidades con ese espacio en el que mediante las relaciones sociales hacen posible la territorialidad. Por otra parte, la comida se articula con el sistema de creencias que en el caso de las comunidades patiana y choteña, tiene una ruta larga desde el África y las adaptaciones en el nuevo continente. También, los tiempos rituales que estas comunidades han elaborado tienen implicaciones en las dinámicas gastronómicas en tanto posibilita la preparación de platos y viandas que solamente se elaboran en tiempos específicos de celebraciones. La producción de alimentos de las comunidades campesinas ha venido sufriendo, desde la implementación del proyecto modernizador, el paulatino abandono de sus sistemas y productos tradicionales que les han garantizado el sustento y han creado las bases culturales, hacia los modelos capitalistas diseñados para la comercialización, la implementación de monocultivos y la desaparición de los cultivos de corto tiempo o de pancoger, afectando de esta manera la seguridad alimentaria de las comunidades campesinas y degradando considerablemente el sistema alimentario culturalmente generado.

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Este artículo analiza las reformas institucionales emprendidas por Colombia y Venezuela para enfrentar las crisis de la democracia durante los noventa. Si bien los intentos de reforma han comprendido desde la descentralización y la transformación de los sistemas electorales hasta las reformas constitucionales, las reformas parecerían no haber generado los resultados adecuados dado que, en algunos casos, parecen haber profundizado las crisis. Al respecto se argumenta que toda reforma puede producir efectos imprevistos, no siempre benéficos. Dado que toda reforma implica costos, se torna necesario desprenderse de aquellos diagnósticos que perciben la realidad como verdad incuestionable.

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Teniendo en cuenta que la reparación es un derecho con características particulares, especialmente para la infancia y la adolescencia, la presente investigación revisa los alcances del enfoque diferencial de edad en esta política en Colombia. Para cumplir este objetivo se realizó un análisis de la legislación internacional, legislación nacional actual y como un caso tipo, el Decreto de Reparación Individual Administrativa (Decreto 1290 de 2008). De esta forma, se ubica respecto a la reparación desde una visión subjetivista de los derechos humanos, entendiéndola no solo como una obligación del Estado sino como un derecho en sí mismo, y por lo tanto en este marco, revalora el enfoque diferencial de edad como un reto de la política concibiéndolo como la intencionalidad de la sociedad y el Estado de consolidar legislaciones y prácticas sociales sensibles a las subjetividades, necesidades y demandas de los niños, las niñas y los adolescentes como respuesta al principio de igualdad para incluirles como ciudadanos y superar la hegemonía del discurso adultocéntrico. De este modo, se constituye como aporte para las instituciones que tienen el deber de incluir el derecho a la reparación integral de la infancia y la adolescencia en la formulación y ejecución de la política pública y contribuye para que los niños, niñas y adolescentes sean visibilizados de manera efectiva en los mecanismos y procedimientos diseñados para tal fin en Colombia.

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A partir de Operación masacre, de Rodolfo Walsh, la autora distingue, en este ensayo, el testimonio de otras narrativas. Señala que no es literatura de bandidos, porque el sustrato son memorias de víctimas o de sobrevivientes de la impune violencia de Estado. Afirma que tampoco es reportaje o crónica periodística: en estos últimos no median una serie de entrevistas orales ni se plantean imágenes históricas totalizadoras. La autora insiste en el carácter revolucionario del testimonio, que busca construir una verdad absoluta, un discurso sin fisuras. A diferencia de la novela-testimonio, que es instrumento de conocimiento, este género tendría un sentido fundamentalmente histórico. Sostiene que, en Argentina, las víctimas directas de la violencia son quienes pueden solicitar reparación, por eso, los escritores de testimonio de la posdictadura se debaten entre la pertenencia al grupo de víctimas y la voluntad de asumir las causas políticas. Nofal concluye que Walsh, a diferencia de ellos, toma la palabra y dice la verdad desde su lugar de ciudadano y desde el espacio literario.

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La investigación pretende demostrar las limitaciones del ordenamiento jurídico colombiano que no reconoce en términos de igualdad la adopción de menores de edad entre las familias conformadas por parejas del mismo y los demás prototipos de esta institución. A pesar de los reconocimientos progresistas emitidos por las corrientes liberales de Corte Constitucional, en favor de la pluralidad en las relaciones familiares y la proscripción de discriminación en razón de la orientación homosexual de los individuos, en la actualidad existe un trato jurídico diferenciado e injustificado que le impide a estos hogares brindar protección, amor y educación en su seno a niños, niñas y adolescentes, en igualdad de condiciones que los hogares conformados, por ejemplo, por parejas heterosexuales. Por ello el estudio describirá la evolución de la connotación de la familia en el Derecho colombiano. Demostrará que la adopción es una implicación jurídica necesaria de la institución familiar y que excluir a las familias estructuradas a partir de las uniones de personas del mismo sexo, es discriminatorio y vulnera a la vez el interés prevalente de los niños.

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En Colombia el reconocimiento de los derechos de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgenero e Intergenero (LGBTI) encuentra su punto de partida en la Constitución Política de 1991. Durante los primeros años de su vigencia hasta el 2007, la Corte Constitucional como órgano encargado de su interpretación, definió los derechos individuales de las personas LGBTI a partir de principios como la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la prohibición de discriminar y el pluralismo. Con la expedición de la sentencia C-075 de 2007 inicia una nueva fase en la movilización de esta comunidad; por primera vez se le reconocen efectos jurídicos a las uniones conformadas por personas del mismo sexo, declarando sus derechos en la esfera de pareja, pero limitándolos al negar su estatus de familia. En el año 2011 el estudio de las parejas de personas de igual sexo dentro del ordenamiento jurídico colombiano cambia radicalmente. Mediante la sentencia C-577 de 2011, el alto tribunal declaró que estas uniones constituyen una forma de familia y por lo tanto tienen derecho a formalizar su vínculo mediante una figura jurídica de orden contractual que les brinde un margen de protección más amplio que el de la unión marital de hecho. El acceso al matrimonio civil igualitario por parte de las parejas integradas por personas del mismo sexo constituye actualmente uno de los temas más debatidos en Colombia. La discusión es significativa porque confronta el modelo tradicional de familia, pareja y matrimonio asociado con la heterosexualidad y la reproducción; adicionalmente evidencia los límites que configuran la noción de lo humano, del sujeto de derechos y de la igualdad como principio condicionado a cualidades de orden mayoritario.