4 resultados para Discapacidad psíquica

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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A través de la presente investigación se ha realizado una propuesta de mejoramiento organizacional para los Centros de Atención a Personas con Discapacidad, CEPRODIS, desde un enfoque de inclusión, de protección integral, y de considerar la discapacidad como una situación. Para esto, se realiza un abordaje conceptual sobre las discapacidades, y los modelos y enfoques de atención surgidos a lo largo de la historia; se realiza un análisis de la realidad que viven las personas en situación de discapacidad, PSD, en el Ecuador; así también, un diagnóstico sobre el nivel de cumplimiento de los compromisos del Estado Ecuatoriano, con respecto a la garantía de los derechos de las PSD, en los CEPRODIS. Todos estos elementos son la base para que se obtenga la propuesta de mejoramiento organizacional, la cual está organizada a través de cuatro grandes ejes estratégicos y propone un nuevo proceso para la atención a las discapacidades. La presente investigación es sin duda un aporte importante para la reflexión en torno a las discapacidades, y el compromiso de toda la sociedad para superarlo.

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La presente investigación pretende vincular el conocimiento impartido en la Maestría de Desarrollo y gestión del talento Humanos en el ámbito laboral, cuyo objeto de estudio es el comportamiento del ser humano en el ámbito de las organizaciones. La compañía o entidad financiera debe tener un estricto apego al cumplimiento con la ley de inserción laboral, vigente en el país desarrollo el presente plan de inserción laboral, para personas con discapacidad, equivalente a 249 colaboradores que es el 4% del total de su nómina, pero este proceso no solo debe contener resultados numéricos, lo más importante es conocer cómo se sienten estas personas luego de ser contratadas, medido por le medio de una encuesta que medirá su satisfacción en la organización su puesto de trabajo, en una encuesta de 87 preguntas llamada ICAO (Índice de Calidad de ambiente organizacional) estos resultados deben ser analizados y sabremos qué nivel de satisfacción les da el trabajar en esta institución. Luego debemos conocer el punto de vista institucional es decir, como la organización, que acoge a estas personas evalúa el desempeño de las mismas en sus cargos, funciones y desempeño individual, que lo mediremos con una evaluación de desempeño realizado por el supervisor llamado “Ranking”, esta metodología permite recibir información del supervisor. Con estos dos factores analizaremos la inserción laborar de este grupo para conocer el nivel de satisfacción de personas con discapacidad y el de la organización que los acoge.

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Como académico y como persona que vive en condición de invidencia, me he sentido comprometido a estudiar expresiones culturales pensadas desde narrativas de personas en situación de discapacidad. Son narrativas que posibilitan la construcción de renovadores imaginarios, y ponen en escena las capacidades artísticas y creativas que compensan las dificultades físicas, sensoriales e intelectuales que una discapacidad significa. Así, busco reflexionar acerca de los paradigmas construidos en relación a las discapacidades, desde 1982 hasta el 2013. El primer capítulo sistematiza las políticas estatales entorno a las discapacidades, a partir de 1982 (año en que se publica la Ley de Protección al Minusválido) hasta el 2007 (cuando se genera un renovado hito en el paradigma de las discapacidades); y del 2007 al 2013, época que supone un punto de inflexión con la política estatal Ecuador Sin Barreras,expresada en la Misión solidaria Manuela Espejo. En el segundo capítulo, mi investigación adquiere un aliento testimonial interpretativo. Recojo tres experiencias de producción cultural pensadas desde el contexto de las personas con discapacidad. Son experiencias que permiten pensar a las personas con discapacidad como generadoras de cultura, afianzan el sentido de agenciamiento cultural que posesionan otras narrativas en la producción cultural, trastoca el sentido clásico de la diversidad entendida únicamente desde el posicionamiento de género o de lo étnico, e incorpora el tema de la discapacidad como elemento fundante para su reflexión teórica. Finalmente, el tercer capítulopropone lineamientos para pensar en el diseño de una política cultural, que incentive las capacidades creativas y artísticas de las personas en situación de discapacidad. El objetivo es convertir a la diversificación cultural en el pedestal primordial para alcanzar un equilibrado desarrollo social.

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El delito de tortura, considerado delito de lesa humanidad por el Estatuto de Roma, se tipifica, igualmente, como delito de lesa humanidad, en el Art. 89 de nuestro Código Orgánico Integral Penal. Ambos cuerpos normativos establecen como requisito esencial que este delito se cometa como parte de un ataque generalizado contra una población civil, lo que concuerda con el Art. 119 del Código Orgánico Integral Penal, que tipifica como tortura el ilícito que se cometa con ocasión y en desarrollo de un conflicto armado en el territorio nacional o a bordo de una aeronave o de un buque de bandera ecuatoriana, lo que no requiere del “ataque generalizado” a que alude el Art. 89 ibídem. Igualmente, el Art. 151 del Código Orgánico Integral Penal, tipifica como tortura a la persona que inflija u ordene infligir a otra persona, grave dolor o sufrimiento, ya sea de naturaleza física o psíquica o la someta a métodos que anulen su personalidad o disminuyan su capacidad física o mental, aun cuando no causen dolor o sufrimiento físico o psíquico, con cualquier finalidad en ambos supuestos, el cual se sanciona con una pena privativa de libertad de siete a diez años, agravándose el delito en los casos de los numerales 1 a 4 del referido artículo y que dicen relación con los conocimientos técnicos para aumentar el dolor de la víctima (1); cuando se trate de funcionarios o servidores públicos u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, por instigación suya o con su consentimiento o aquiescencia (2); que se cometa con la intención de modificar la identidad de género u orientación sexual (3) y se cometa en persona con discapacidad, menor de 18 años, mayor de 65 años o mujer embarazada En esta investigación se analiza la tortura consagrada en los Convenio y Tratados Internacionales con nuestro derecho interno, para establecer la diferencia de la tortura, sus efectos y causas. Pero lo relevante es compatibilizar este tipo penal con nuestra legislación desde la perspectiva que dicha acción sea considerada imprescriptible, para evitar como el Caso Tibi, que los violadores de los derechos humanos quedan sin sanción alguna. Finalmente, el Ecuador no ha cumplido, con las Sentencias de la CIDH, respecto a enjuiciar y castigar a los responsables de las violaciones de los DD.HH.