10 resultados para Diplomática notarial

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Con la publicación a la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, en el Registro Oficial No 406 del 28 de noviembre del 2006, consideramos necesario realizar una investigación de las nuevas atribuciones que se le otorgan al notario, en los actos de jurisdicción voluntaria, entre ellos el divorcio por mutuo consentimiento y la aprobación de la liquidación de la sociedad conyugal, ya en la actualidad es objeto de aplicación en el sistema notarial, y es necesario poder establecer sus fortalezas y debilidades en la aplicación y procedimiento, dentro de nuestro sistema jurídico. El motivo para el desarrollo de este tema es que como abogada en libre ejercicio de la profesión se observa que nuestro sistema judicial se encuentra atosigado de procesos contenciosos y no contenciosos generando retardo en la administración de la justicia, debido a la lentitud del proceso judicial; frente a ello, consideramos necesario realizar un estudio sobre el divorcio por mutuo consentimiento y liquidación de la sociedad conyugal, en sus procedimientos en el sistema judicial, así como también el divorcio notarial, ya que varios países han agilitado el trámite de divorcio mediante reformas a su procedimiento sin desconocer los efectos del mismo, sobretodo con relación a la situación de los hijos y bienes. Actualmente nos encontramos trabajando en el ámbito notarial y frente a ello nuestro interés por dilucidar; y conocer mas sobre el presente tema, realizando un estudio sobre las atribuciones que posee el notario en los actos de jurisdicción voluntaria, específicamente en el divorcio por mutuo consentimiento y la aprobación de la sociedad conyugal, con el objeto de desentrañar las particularidades de estas instituciones jurídicas en el ámbito notarial para su aplicación. El objetivo de esta investigación pretende justificar que algunos actos de jurisdicción voluntaria pueden ser resueltos con la intervención del notario, para ayudar al descongestionamiento de los procesos judiciales, debido al atosigamiento de causa que existen por conocer. Los estudios de Pro Justicia demuestran que un alto porcentaje de los procesos de jurisdicción voluntaria demandan de la misma cantidad de tiempo, esfuerzos y recursos que los actos de jurisdicción contenciosa.

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En los últimos años, Venezuela ha manejado una política más retórica que efectiva, supeditada a otros intereses nacionales y de seguridad estadounidenses, tales como la lucha antidroga, la compra de petróleo, y la expansión del libre comercio. En este sentido; la presente investigación constituye un acercamiento por comprender cómo a pesar de las hostilidades diplomáticas-políticas desarrolladas por los gobiernos de Venezuela y Estados Unidos, sus relaciones comerciales siguen constituyendo un punto de encuentro entre ambos. Los objetivos propuestos en el mismo están enmarcados en analizar la política exterior de Venezuela y sus intentos por diversificar el mercado donde posiciona su preciado oro negro, que hasta los momentos ha tenido un destino fijo y seguro Estados Unidos. La dicotomía política y el desenvolvimiento de la política exterior de Venezuela durante el gobierno de Chávez en relación a su vecino del Norte, centrando en el período que corresponde a George W. Bush, constituye en centro de esta investigación.

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La reforma a la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No 406 del 28 de noviembre del 2006, entrega a los notarios ecuatorianos nuevas atribuciones, en los actos de jurisdicción voluntaria. Un tema que surge a discusión es si los notarios ejercen jurisdicción voluntaria de forma plena, o está limitada a ciertos actos. Las variantes doctrinarias de si existe jurisdicción voluntaria son abordadas desde distintas ópticas sin que ninguna de las teorías de su naturaleza alcance unanimidad, por lo que al no estar justificada teóricamente, países vecinos no incorporan esta institución en sus legislaciones procesales. Al ser analizada a profundidad son evidentes sus inconsistencias que ha hecho que todo el talento humano designado para la resolución de conflictos de intereses deba ocupar su valioso tiempo para asuntos, en los que, existiendo un acuerdo previo, se lo tramite con un procedimiento muy similar a los asuntos contenciosos. Por ello propongo un análisis comparativo entre el procedimiento que realiza el juez como el notario identificando cada una de las fases que cumplen ambos funcionarios, haciéndose evidentes las ventajas de que todos los asuntos de jurisdicción voluntaria sean resueltos exclusivamente por el notario. La diferencia de procedimientos en el ejercicio de la jurisdicción voluntaria, respecto de lo que ejecuta el juez y notario, permite identificar las diferencias que básicamente son formales, desde la demanda respecto de la petición, del acta notarial en relación a la sentencia, ha hecho que la gran cantidad de actos de jurisdicción voluntaria retarden el despacho de las causas contenciosas. Por lo que proponer los fundamentos que hacen factible el ingreso en nuestra legislación procesal civil y notarial, de los actos no contenciosos, cuyo procedimiento y resolución de esos actos debería ser de conocimiento exclusivo de los notarios, implicaría una reforma sin precedentes en nuestro país que contribuiría a agilitar el acceso a la justicia de los ciudadanos ecuatorianos. Mi desempeño como notario público del cantón Quito, además siendo operador de la Función Judicial, me permiten reflexionar si verdaderamente existe la jurisdicción voluntaria y sobre todo si la misma está limitada a ciertos actos, para los notarios. Entonces la reforma debería emprenderse por la eliminación de la jurisdicción voluntaria y su reemplazo por los actos no contenciosos en el Código de Procedimiento Civil y la Ley Notarial. Por lo que la eventualidad de que un asunto no contencioso 5 se transforme en controvertido no constituye problema para emprender en la reforma que justificaré en el desarrollo del presente trabajo. Ya que de ocurrir se establece un procedimiento único para los casos en los que se produzca resolviendo de esta forma la eventualidad antes referida. En el evento de que no exista acuerdo para llevar a cabo un acto no contencioso ante el notario, en consecuencia ante un juez de lo civil, se debería seguir el mismo procedimiento para los asuntos no contenciosos que se convirtieron en controvertidos, más la obligación constitucional y procesal de realizar la citación al demandado.

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El estreno de la película Las tres ratas, basada en la novela homónima de Alfredo Pareja, se realizó en 1946 en Argentina y, en Ecuador, dos años después. Aunque inicialmente el autor se sintiera muy desencantado con esta adaptación, participó en la recuperación de la misma, y su reestreno en 1989, en un contexto muy distinto. En este año culminaba el proyecto -iniciado en 1981 por Cinemateca Nacional- de acopiar el patrimonio cinematográfico del Ecuador, como memoria del país. En 1989, la institución gestionó la declaratoria del cine ecuatoriano como parte del Patrimonio Cultural del Estado, y la delegación de esa custodia a la misma Cinemateca. Alfredo Pareja tuvo un rol importante en la recuperación, por vía diplomática, de una copia de Las tres ratas, y contribuyó adicionalmente con documentos relativos a varias películas del novelista Demetrio Aguilera Malta. Fue un impulsor del proyecto global, pese a la ambigüedad de sentimientos vinculados con los estrenos de cuarenta años atrás, de lo cual da fe un fragmento de carta de Alfredo Pareja al pintor Galo Galecio, de 1946.

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Presenta las reseñas de los siguientes libros: Perú: entre la realidad y la utopía. 180 años de Política Exterior. José Miguel Bákula. Fundación Academia Diplomática del Perú / Fondo de Cultura Económica. Lima, 2002, 2 tomos. -- Elementos para el debate de la seguridad nacional: política de la defensa nacional del Ecuador. Ministerio de Defensa del Ecuador, Quito, 2002, 271 pp. -- El malestar en la globalización. Joseph Stiglitz. Taurus, Buenos Aires, 348 pp. -- Apocalipsis perpetuo. Eduardo Moreano. Editorial Planeta del Ecuador. Noviembre 2002. 478 pp.

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La relación Colombia – Venezuela ha estado signada por un clima de conflictividad durante los periodos presidenciales de Hugo Chávez y Álvaro Uribe (2002 - 2010), se observa como la construcción de las agendas diplomáticas de Colombia y Venezuela han estado centradas en la seguridad y el conflicto. Estando, la construcción de las agendas diplomáticas de ambos Estados, configuradas por la búsqueda de resultados electorales positivos a lo interno, y en el plano internacional, buscan alianzas y legitimidad, todo esto para cumplir con las dinámicas internas de cada Estado. Evidenciándose manifestaciones de conflictividad tales como: diplomacias rígidas con ausencia de diálogo; el presidencialismo; y la diplomacia de micrófono. Esta temática ocupa el trabajo de tesis que se presenta con el propósito de exponer para la discusión la siguiente interrogante: ¿Qué factores, presentes en los respectivos gobiernos, explican la creación de una agenda de política exterior Colombia – Venezuela centrada en la seguridad y el conflicto? Plateándose como objetivo general de este trabajo de tisis: Analizar las relaciones diplomáticas Colombia – Venezuela en el marco de los conceptos de seguridad divergentes, y sus conflictividades. Durante el periodo presidencial Chávez-Uribe (2002-2010). Para alcanzar dicho objetivo, la investigación se realizó en dos fases que dan lugar a la estructura de dos capítulos. En la primera, se identificarán las lógicas de los conceptos de seguridad y su repercucion en las relaciones diplomática Colombia – Venezuela; y en el segundo capitulo, se describen las manifestaciones de conflictividad entre Colombia y Venezuela, en sus relaciones con sus dinamicas internas.

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En este trabajo de investigación personal hemos analizado el documento notarial, instrumento público o auténtico, otorgado ante un notario, con arreglo a las leyes, y que hace fe, aun en contra de terceros, en cuanto al hecho de haber sido otorgado, a su fecha. Hemos destacado el aspecto de la responsabilidad tributaria que tienen estos funcionarios con respecto a los actos y contratos hechos y autorizados por ellos habiendo señalado que los notarios, tienen la doble obligación de exigir el cumplimiento de las leyes ecuatorianas generales, y de las leyes tributarias. Cumplimiento exigido tanto a quienes solicitan los servicios de los notarios, como estos; quienes además de contribuyentes, son terceros responsables y agentes de percepción. Si un notario no exigiera el cumplimiento de obligaciones tributarias previas no podría cerrar u otorgar un contrato, y de hacerlo incurriría en la contravención establecida en el Código Tributario; siendo además responsable de la custodia del dinero que recaude por tal concepto. Dentro de los agentes de percepción el notario está en la categoría tercera señalada en el Art. 61 de la Ley de Régimen Tributario Interno, pues es una persona natural que habitualmente presta un servicio gravado con una tarifa, siendo, en consecuencia, sujeto pasivo del IVA como agente de percepción. Finalmente se ha topado un aspecto moderno, relacionado con la era digital y que está teniendo importancia cada vez más creciente en el intercambio de bienes y servicios: el llamado comercio electrónico, abordando un aspecto polémico relacionado con los instrumentos públicos dados y celebrados a través del Internet. La necesidad de estudiar este tema se da ya que a través de los medios electrónicos el notario podría evadir sus obligaciones tributarias en su calidad de contribuyente. Además por la Ley de Comercio Electrónico cabría que se realicen actos y contratos sin la actuación y presencia física de un notario. Surgiendo la inquietud de si esta ausencia física de un notario, reemplazada por firmas y medios electrónicos, daría o no lugar a una escritura, teniendo en cuenta que la vigente Ley Notarial exige que sea un notario el funcionario que REALICE Y PROTOCOLICE este tipo de actos. Creemos que debería, concretarse el alcance de estas disposiciones, con reglamentaciones claras y precisas que no permitan dudas y confusiones en una materia tan importante.

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En las páginas que siguen se ofrece una recapitulación de la historia del Grupo Binacional de Diálogo Ecuador-Colombia (GBD) desde la concepción del grupo a mediados de 2007 hasta la reunión de cierre de Bogotá en mayo de 2009. Asimismo, se refieren algunas acciones adicionales que los integrantes del grupo llevaron a cabo después de concluida su existencia formal. En forma paralela, se narran los esfuerzos de mediación conducidos por el presidente Jimmy Carter y el Centro Carter desde el inicio de la crisis diplomática entre los dos países, ocurrida en marzo de 2008, hasta los pasos dados por los gobiernos de Ecuador y Colombia para el restablecimiento de las relaciones, a partir de septiembre de 2009.

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La relación entre Ecuador y Colombia se ha visto afectada por su frontera conjunta, donde la inseguridad nacional y la desconfianza mutua han creado un ambiente de tensión política y diplomática entre ambos Estados. Entre el 2008 y el 2011 se experimentaron diversas crisis fronterizas producto de las políticas de seguridad implementadas por Colombia para el combate a la narcoguerrilla. Así, las constantes intervenciones militares y los episodios de transgresión fronteriza, producto de la política de seguridad preventiva de mano dura, llegaron a su punto más álgido con el bombardeo colombiano a un campamento de las FARC en Angostura-Ecuador. Así, el incidente de Angostura, como resultado del uso de una “preemptive strike doctrine”, marcó la historia de ambas naciones al provocar el más duro quiebre de las relaciones bilaterales, que se tradujo en la alerta máxima de seguridad nacional para el Ecuador y un llamado de atención a la región sobre sus mecanismos de seguridad y lógicas de la geopolítica reinante. Este trabajo pretende analizar los factores que caracterizaron las relaciones bilaterales entre Ecuador y Colombia de 2008 al 2011 en el marco de las tensiones binacionales fronterizas y el ataque armado colombiano en la zona de Angostura (Ecuador), bajo el enfoque teórico del realismo y el uso de la metodología de estudio de caso. Se pretende evidenciar la manera en como la respuesta ecuatoriana a la crisis se orienta por lógicas realistas de las relaciones internacionales. Para ello, se han destacado tres momentos que marcan la secuencia de la investigación empírica de esta tesis: primero se inicia con una retrospectiva de las relaciones bilaterales colombo-ecuatorianas con un enfoque histórico de carácter general; segundo, una exposición de los antecedentes del bombardeo que demuestran los altibajos bilaterales que fueron marcando distancias. Finalmente, una descripción del ataque y sus alcances en el campo diplomático, militar y geopolítico, que introdujeron una nueva visión sobre la política de seguridad regional.

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Within the framework of post-liberal regionalist strategies that emerge and consolidate in the 21st century, the Community of Latin American and Caribbean States (CELAC) represents one of the integrationist initiatives that attaches more importance to South-South Cooperation. The article argues, at the same time, that CELAC may become a future mechanism for regional governance due to its potential for integration, the advancement of political dialogue and diplomatic consensus as well as the promotion of development and international cooperation.