15 resultados para Demanda, emisión monetaria, corrección de errores, vectores autorregresivos, pronóstico.

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Este trabajo abarca conceptos de clientes industriales, de las diferencias del marketing industrial y de consumo, del proceso de decisión de compra, las diferentes características de la demanda de los productos industriales y de la oferta. Se hace una breve descripción de las características y aplicaciones de las máquinas empacadoras y se realiza una clasificación en función del empacado con material tipo película como PVC, polietileno, polipropileno, poliolefina, etc. En base a información proporcionada por instituciones especializadas como las Cámaras de Producción, BCE, SRI y personas entendidas en el ramo a través de entrevistas y encuestas, se hace un análisis de los importadores, los montos CIF y los países de origen de la máquinaria para empacar tomando en cuenta las partidas arancelarias correspondientes a este tema; se hacen comparaciones entre los años 1999 al 2001 en relación a la crisis de esos años en el Ecuador y 2002 al 2006 cuando se ha logrado cierta estabilidad económica, especialmente monetaria. Después de tabular y analizar los datos, se llega a conclusiones que se enmarcan en la realidad del entorno, la evolución en los años 1999 al 2001, como en los 2002 al 2006 y las perspectivas de los participantes; se hacen recomendaciones. Esta tesis facilitará al lector a tomar de decisiones este mercado industrial, Pues el lector podrá visualizar el entorno del mercado, su tendencia, los montos y la potencialidad del mismo donde puede ser partícipe o desarrollar nichos estratégicos.

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La reciente creación de la Unión de Naciones Sudamericanas, UNASUR, ha renovado, una vez más, las históricas aspiraciones regionales de integración no sólo en el campo comercial sino que se escuchan cada vez más voces a favor de una integración plena, junto al establecimiento de una moneda común. Sin embargo, dar paso a una unión monetaria implica el cumplimiento de prerrequisitos técnicos y no sólo políticos. El proceso de unificación europea tomó varias décadas, luego de la implementación conjunta de políticas económicas y fiscales y la creación de organismos supranacionales encargados de poner en marca el proceso y asegurar el cumplimento de los compromisos adquiridos hacia el nuevo orden económico y monetario. Contar con una moneda común implica una serie de ventajas, entre ellas, la eliminación del riesgo de tipo de cambio y de los costos transaccionales. No obstante, al analizar con detenimiento el caso de Sudamérica, el valor de dichos beneficios parecería ser insignificante dado el caso nivel de intercambio comercial intraregional y las profundas asimetrías entre los distintos países. Por otro lado, surge la alternativa del uso del dólar que constituye la divisa de mayor difusión y uso para transacciones comerciales con el extranjero. Además, gran parte de las economías sudamericanas mantienen una dolarización de facto y Estados Unidos es el principal socio comercial de muchos de estos países. Tomando en cuenta estos y otros factores adicionales, el presente trabajo de investigación plantea la conveniencia de su uso en reemplazo a una nueva moneda regional para la cual no existen las condiciones mínimas que justifiquen ir en esa dirección.

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El Art. 73 de la Ley de Régimen Tributario Interno dispone que el IVA que paguen en la adquisición local o importación de bienes o en la demanda de prestación de servicios las Entidades del Sector Público será reintegrado sin intereses en un tiempo no mayor a treinta (30) días, a través de la emisión de la respectiva nota de crédito o cheque. El objeto del trabajo es el estudio de la diferente incidencia tributaria administrativa y tributaria procesal que puede tener el trámite de devolución de IVA a las entidades del Sector Público. Para el efecto se realiza un análisis del trámite administrativo tributario para los reclamos tributarios y el recurso de revisión partiendo de un estudio de la naturaleza jurídica del pago de IVA efectuado por las Entidades Públicas, a efectos de determinar si se trata de un pago debido o un pago indebido del tributo y su incidencia jurídica, se analiza, además, la política adoptada por el Servicio de Rentas Internas frente al problema y estudio de la jurisprudencia que hubiere al respecto. Se hace un estudio del procedimiento contencioso tributario para la devolución de IVA a Entidades Públicas, y las diferentes etapas de procedimiento contencioso tributario. Se deja constancia que el presente trabajo no pretende ser un análisis doctrinario de las diversas instituciones del derecho tributario material y formal sino que busca referirse a las diferentes implicaciones prácticas a las que se pueden enfrentar los diferentes profesionales del derecho que tengan a su cargo el trámite de devolución de IVA a Entidades Públicas.

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La presente tesis tiene por objeto analizar normas de corrección del tráfico económico enfocándose en la LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y LA REGULACIÓN CONTRA LA COMPETENCIA DESLEAL, (disciplinas jurídicas diferentes pero vinculadas) en el Ecuador; de tal forma que sea un mecanismo didáctico por el cual pueda difundirse la necesidad de apoyar y exigir la promulgación de leyes ecuatorianas que regulen en forma especializada estos temas de trascendencia para el desarrollo de nuestro nación. Para tal efecto, la presente tesis contendrá una introducción que pretende ubicar el tema. En el capítulo primero señalaré la evolución histórica del derecho de corrección económica, de la defensa de la competencia, y de la regulación contra la competencia desleal, refiriendo el derecho antitrust, la protección de los consumidores como la actual visión de éstas normas, para identificar su alcance, objetivos y ámbito de aplicación. El capítulo segundo analizará la legislación comunitaria y ecuatoriana sobre la defensa de la competencia, especialmente la Decisión 608 de la CAN; como el veto a la ley de Competencia presentada en Ecuador por la Diputada Susana González; para llegar a las acciones y procedimiento de ejecución en estos casos. En el capítulo tercero, analizaré la legislación comunitaria y ecuatoriana contra la Competencia Desleal, analizándolo como un mecanismo de corrección del tráfico económico. Se señalará su fundamento constitucional y su vinculación con la Defensa de la Competencia, pretendiendo demostrar la necesidad de la autonomía de la regulación contra la competencia desleal, para determinar las acciones y procedimiento de ejecución que procede. En el Capítulo Cuarto, se concluirá recomendando la promulgación de la ley ecuatoriana de defensa de la competencia y en otro cuerpo normativo la ley autónoma de regulación contra la “competencia desleal”, entendidos como un mecanismos de corrección más del tráfico económico.

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La historia de la cooperación monetaria y financiera internacional da cuenta de la forma en que el sistema monetario influyó en el mercado financiero internacional. En las páginas que siguen se podrá observar cómo los países intentaron su equilibrio interno y externo, a través de sus diversos mecanismos monetarios internacionales. El período patrón oro (1870-1914), merece atención, porque las tentativas subsiguientes de reformar el sistema monetario internacional, sobre la base de tipos de cambio fijos, se la construyó sobre la fortaleza del patrón oro. Los años de entreguerras (1918-1939) fueron marcados por la tendencia en la impresión desbocada de billetes, lo que trajo altos niveles de inflación. El Acuerdo Bretton Woods (1945-1973), que crea el Fondo Monetario Internacional, fue el resultado de la enorme preocupación de los gobiernos de cuarenta y cuatro países, por los acontecimientos económicos desastrosos en el período de entreguerras.

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La presente investigación tiene la finalidad de dar conocer como las empresas de los distintos sectores de la economía, pueden obtener recursos monetarios a través de la emisión de obligaciones como una alternativa de financiamiento a largo plazo, mecanismo que permite captar recursos en el mercado de valores, para financiar proyectos de expansión, reestructurar los pasivos, así también reactivar las operaciones productivas, de las empresas con el objetivo de mantenerse y en otros casos ampliar su participación en el mercado dentro de su sector. Se describe como se encuentra estructurado el mercado financiero, en corto y largo plazo, los diferentes instrumentos financieros que se negocian en los diferentes mercados, los tipos inversionistas y cuales constituyen los títulos valores en el largo plazo como una alternativa de financiamiento. La emisión de obligaciones como mecanismo de financiamiento dentro del mercado de valores, en éste proceso intervienen varias instituciones de control y apoyo finalizando con la colocación de títulos valores que permitirán al emisor financiar sus necesidades de capital. Finalmente se realiza un análisis de los emisores, del sector financiero, y no financiero, de los montos negociados, en el período comprendido desde el año 2001 hasta junio del 2004. Y comparación del costo financiero de los emisores en relación con la tasa activa que cobran las instituciones financieras.

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Nuestra legislación regula a la emisión de obligaciones en la Ley de Mercado de Valores, en su Reglamento y en la Codificación de Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores; esto con el objetivo de promover un mercado organizado, eficaz y transparente; difundiendo al público una información adecuada de la situación financiera del emisor. Al momento de una emisión de obligaciones, ésta debe estar garantizada por una garantía general, la cual consiste en la totalidad de los activos no gravados del emisor y además podrá contar con garantía específica. Estas normas y otras han derivado problemas en el mercado de valores, ya que la norma no es clara y es subjetiva con la cual el emisor no tiene un mercado ágil ni eficiente. Lo expresado anteriormente ha sido contemplado en tres capítulos: El primer capítulo se ha titulado "OBLIGACIONES", en el cual se brinda un análisis del marco legal, en qué consiste y el proceso de la emisión de obligaciones. El segundo capítulo se ha titulado "RESGUARDOS", en el cual después de tener un conocimiento claro de todo lo relacionado a obligaciones, se analiza esta norma que limita el desarrollo de un mercado ágil, eficiente y veraz. Finalmente, el capítulo tercero se ha titulado "CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES" en el cual se brindará conclusiones que permitan entender la aplicación de la norma y brindar una reforma o la propuesta a la derogación a la misma, si esta lo amerita, después de todo el análisis realizado.

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Dada la crisis que venía experimentando la economla peruana durante los últimos años del gobierno del presidente Alan García, sobre todo la hiperinflación que distorsionó los precios claves de la economía. El gobierno que asume el mando (el 8 de agosto de 1990), implementó un severo programa económico de ajuste y dio inicio al proceso de reformas estructurales. El programa de estabilización implementado en agosto 1990 tuvo como objetivo fundamental la drástica reducción de la inflación. Las medidas específicas para ello fueron el realineamiento de los precios relativos, la eliminación del déficit fiscal, el control de la base monetaria, la recomposición de las reservas internacionales, la apertura externa y la liberalización de los mercados. Las medidas del proceso anterior llevaron a una fuerte contracción en la demanda agregada, lo que provocó un gran impacto recesivo. Los sectores más afectados fueron aquellos más ligados al gasto interno. Durante los dos últimos años ( 1993-1994), la economía peruana ha mostrado las estadísticas de crecimiento más altas de América Latina. El PIB creció en 6.4% Y 12.9% respectivamente. Sin embargo. pese al crecimiento del PIB, el empleo continuó decreciendo: sector industrial 6,9%, comercio 9.1% y servicios en 3.1%.

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RAZONES PARA LA REFORMA FINANCIERA: crisis financiera de los años ochenta, déficits cuasifiscales, expansión monetaria e inflación, endeudamiento externo, inestabilidad patrimonial e insolvencia, elevados costos operativos, concentración crediticia. OBJETIVOS REFORMA FINANCIERA son: crecimiento de sectores económicos, reducción de la intervención del BCE, supervisión prudencial y oportuna, mayor profundización y globalización financiera. · AREAS PRIORITARIAS REFORMA SISTEMA. FINANCIERO: Régimen cambiarlo y tasas de interés, autonomía BCE y estabilización, regulación y supervisiónJrudencial. CONCLUSIONES: La Reforma financiera, es un proceso complejo en sus distintas etapas, ya que involucra aspectos económicos y legales, con repercusiones en el resto de la economía. La reducción de la dependencia de recursos del BCE se compensó con el crecimiento de captaciones. La morosidad del sistema se redujo considerablemente. Se incrementaron las provisiones como resultado de la calificación de activos de riesgo. Tanto el costo efectivo como el pasivo evidenciaron una tendencia creciente. Las grandes entidades han tendido a fortalecerse por fusiones con otro tipo de instituciones y por el aprovechamiento de economías de escala lo que a dificultando la competencia de las pequeñas. El desarrollo tecnológico y organizacional, constituye una ventaja comparativa. El nuevo marco legal enfatiza la regulación prudencial antes que la correctiva. La estabilidad económica constituyó un elemento indispensable para el éxito de la Reforma Financiera, el sistema Financiero es muy sensible a expectativas del público y factores políticos, en periodos de alta inflación se desestimula la demanda de crédito. El Sistema Financiero Ecuatoriano sigue presentando distoreiones en la asignación de crédito. A pesar de los avances del Sistema Financiero Ecuatoriano las operaciones informales persisten. RECOMENDACIONES: Dar poder a la Superintendencia de Bancos para evaluar la calidad de gerencia en las áreas administrativa, técnica y operacional y la realización de "auditorías operacionales", sustentar la supervisión oportuna a través de la informática. Se debe enfatizar en el cumplimiento de las regulaciones de patrimonio técnico. Se debe profundizar en el estudio de los riesgo de inversión. Las liquidaciones deben ser llevadas a cabo con el menor perjuicio a los depositantes y al sistema. Se debe ampliar la normativa para grupos financieros, definir requerimientos de capital para grupos consolidados, identificar a los grupos no financieros vinculados. Fomentar el ingreso de socios antes que de competidores extranjeros. Un plan de ajuste para el sistema financiero debe considerar al sector informal. Establecer índices de eficiencia mínimos y programas correctivos a corto plazo.

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La Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) en el numeral 7 del Art. 10 deducciones señala: como deducible la depreciación y amortización, conforme a la naturaleza de los bienes, a la duración de su vida útil, a la corrección monetaria, y la técnica contable, así como las que se conceden por obsolescencia y otros casos, en conformidad a lo previsto en la misma Ley y su reglamento, el Reglamento emitido mediante Decreto Ejecutivo No. 1051 en el Suplemento del Registro Oficial No. 337 del jueves 15 de mayo del 2008 para la aplicación de la LORTI señala la aplicación de una fórmula que no está acorde a lo propuesto por Ley, con el fin de comprender la aplicación de las amortizaciones y depreciaciones en la actividad petrolera es necesario conocer las características de los contratos de participación y campos marginales a los que hace referencia la normativa, así como términos tales como Reservas, Producción, Curva Base, y demás información necesaria para evaluar si se cumple o no el principio de legalidad y seguridad jurídica. Dichos temas serán expuestos en la elaboración del presente trabajo, mismo que al final expone las conclusiones y las recomendaciones sobre la aplicación del Reglamento a la LORTI y a la vez realizar un aporte a un sector tan importante del país como es el sector petrolero.

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Por años hemos sido testigos por mor de la costumbre y sin detenernos a pensar mucho en ello, los abogados litigantes al contestar una demanda propuesta en contra de nuestros clientes, colocamos como primera -y a veces hasta única- “excepción” a la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda, ya que ha sido corriente considerar que esta aseveración engloba a todas las posibles excepciones o defensas que un caso pueda tener. Se ha considerado entonces y se sigue haciéndolo actualmente, que la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda constituye una “excepción madre” que engloba a todas las demás excepciones. Tanto es así que consignarla en el libelo de contestación a la demanda implica que el juzgador tenga presente que el demandado niega las pretensiones de la demanda y que al actor le corresponde justificarla en todos sus aspectos. En base a este criterio, bastaría con incluir únicamente dicha única “excepción” para que el juzgador pueda revisar todas los posibles argumentos o pruebas que se presenten en un caso concreto con las que se pudiera desvirtuar la demanda, aunque el demandado no los hubiere consignado e incluso supuesto o siquiera advertido. Sin embargo, tendencias procesalistas contemporáneas propugnan precisamente todo lo contrario, esto es, determinan que la naturaleza jurídica de la simple negativa no corresponde a una excepción y, más bien, consiste en un mero enunciado que -para los más extremos- ni siquiera debería existir, ya que no incluye ninguna defensa jurídicamente apropiada. En tal virtud, el hecho de que la litis se haya trabado con la negativa simple de los fundamentos de la demanda no podría obligar al juzgador, bajo pena de que su fallo sea considerado incongruente, a revisar todos los “argumentos” de las posibles defensas. Antes, contra todo anterior presupuesto, se determina que si sólo se hace tal negación, la defensa será estéril. Incluso, el Proyecto de Código de Procedimiento Civil ecuatoriano adopta este criterio, con el que concordamos, y equipara el guardar silencio o consignar excepciones ambiguas o evasivas a un tácito allanamiento a las pretensiones del actor. El presente trabajo logra especificar el alcance procesal que la negativa simple y llana de los fundamentos de hecho y de derecho de la demanda debería tener y, de la consecuencia lógica que su aplicación debería conferir, de modo que los profesionales del derecho conozcamos los parámetros específicos de su enunciado, contestado la demanda con una estrategia defensiva que realmente favorezca al cliente, tendiendo, en último término, a brindar la seguridad jurídica anhelada que busca la uniformidad de los fallos que los jueces pronuncien respecto de su consideración.

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Considerando que en los primeros años de educación general básica el predictor más significativo incluso que la capacidad intelectual es la percepción visual, ya que es una de las puertas de entrada a los diferentes aprendizajes y el medio educativo prioriza este sentido en el proceso de enseñanza aprendizaje, la presente investigación pretende establecer la relación entre percepción visual y errores específicos. Para el desarrollo de esta investigación he seleccionado el Método de Evaluación de la Percepción Visual de Frostig por ser una prueba estandarizada que determina cuantitativamente el cociente de percepción visual general a través de la aplicación de ocho subpruebas que miden habilidades visomotoras así como habilidades visuales diferentes aunque relacionadas entre sí. Estas subpruebas han sido elaboradas en base a los constructos sobre percepción visual y, cada prueba mide un tipo de habilidad perceptovisual. Esta prueba ha sido aplicada en forma individual a ciento sesenta y siete niños niñas de tres escuelas vespertinas de la ciudad de Quito, que cursan segundo y tercer año de educación general básica, se ha aplicado también una prueba para despistaje de errores específicos de Elena Boder, que consiste en un dictado de palabras que determina errores de ortografía natural y ortografía arbitraria, correspondiente al año de básica. Otro criterio que se ha manejado es la evaluación de la capacidad intelectual, ya que los errores específicos corresponden a niños niñas con un perfil cognitivo dentro de parámetros normales.

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Nuestro particular interés por el desarrollo científico jurídico del Derecho Procesal ha representado un interesante desafío en generar un planteamiento académico mediante el cual, a partir de su naturaleza adjetiva y transversal, logremos establecer puntos de conexión con otras ramas del Derecho de esencia sustantiva, que en el mediano y largo plazo, garanticen su aplicabilidad y efectividad. Este desafío, desde nuestro punto de vista, demanda un mayor esfuerzo cuando la aplicabilidad y efectividad de las normas procesales depende en gran medida de la naturaleza de los derechos subjetivos que procuramos proteger y garantizar, en particular cuando aquellos derechosson los derechos humanos. La presente investigación tiene como principal propósito establecer una línea jurídica de análisis sobre la posibilidad de conexión entre el Derecho Procesal y el Derecho de los Derechos Humanos mediante el desarrollo y estudio del rol que cumple la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de su función jurisdiccional con la emisión de sentencias por violaciones de derechos humanos y el nivel de receptividad y ejecutabilidad que el Estado ecuatoriano ha conferido a dichas sentenciascomo expresión del derecho procesal internacional. En las siguientes líneas, desarrollaremos los mecanismos que el Estado ecuatoriano ha implementado en su ordenamiento jurídico interno para garantizar la ejecutabilidad de las sentencias dictadas por la Corte Interamericana, en particular mediante la competencia conferida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos de coordinar la ejecución de obligaciones internacionales provenientes de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos y con la incorporación de la acción constitucional por incumplimiento de sentencias internacionales. Finalmente, nuestro trabajo concluirá con el desarrollo de una propuesta normativa de reforma de la acción constitucional por incumplimiento, en armonía con los conceptos jurídicos, tanto sustantivos como procesales, desarrollados en los capítulos precedentes

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La presente investigación académica procura demostrar que el principio jurídico de interdicción de la arbitrariedad, está contenido implícitamente en la Constitución de la República vigente en el Ecuador, misma que es de directa e inmediata aplicación por las autoridades de la Administración Pública, al momento de emitir actos administrativos. Para ello, en el primer capítulo se presenta un estudio inicial sobre el principio de interdicción de la arbitrariedad referido, su definición, historia, referencia normativa y jurisprudencial. Posteriormente, se estudia al nuevo marco constitucional ecuatoriano, así como la vinculación que existe entre el Derecho Administrativo y el Derecho Constitucional conforme la nueva Ley Suprema. Se aborda el tema de las potestades y competencias como medio que permite la actuación de las autoridades públicas, y también se estudia al instrumento que sirve para expresar la voluntad de la Administración Pública, me refiero, al acto administrativo. En un segundo capítulo, se enfatiza y explora a los derechos y garantías constitucionales que en el Ecuador contribuyen a que exista la prohibición de la arbitrariedad en la emisión de actos administrativos, me refiero a la motivación, legalidad actual juridicidad, respeto al debido proceso y tutela judicial efectiva. Por último en el tercer capítulo, el bagaje teórico expuesto será aplicado en el estudio de la arbitrariedad con temas como el desvío de poder, la discrecionalidad, la razonabilidad y sobretodo como el tema central de este trabajo de investigación que es la prohibición constitucional de arbitrariedad en la emisión de actos administrativos. Al final, se anotan las conclusiones generadas como resultado de la investigación jurídica realizada.

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En el desarrollo de la presente investigación se analizará “los errores de forma y su convalidación en los procesos de contratación pública en el Ecuador”, enfocándose en los siguientes aspectos: Alcance de las disposiciones contenidas en la legislación ecuatoriana en relación a los errores de forma de las ofertas presentadas en los procesos de contratación pública, así como su comparación con otras de carácter internacional. Descripción y análisis del procedimiento aplicable para la convalidación de errores de forma de las ofertas presentadas en la contratación pública, como la motivación para solicitar su convalidación y la posible discrecionalidad de los funcionarios que integran la comisión técnica que la requiere. Para el efecto, se centrará el análisis en la evolución de esta figura legal, el tratamiento de la misma en las diferentes legislaciones que en materia de contratación pública han regido en el país, el surgimiento de esta medida y su efectividad o desacierto en la búsqueda de brindar una seguridad en el cumplimiento de las obligaciones contractuales.