4 resultados para Comércio internacional - Portugal - Séc. 16
em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar
Resumo:
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, a través de la Resolución No. 06.Q.ICI-004 de 21 de agosto de 2006, adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF” y dispuso su aplicación obligatoria por parte de las entidades sujetas a su control y vigilancia de la Superintendencia, en este sentido estableció un cronograma de implementación de dichas normas mediante Resolución 08.G.DSC.010 de 20 de noviembre de 2008, en la que se establecieron tres grupos de aplicación a partir del año 2010, 2011 y 2012. Con estas disposiciones, a partir del año 2012 absolutamente todas las compañías sujetas al control por parte de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, debieron registrar sus estados financieros bajo las referidas normas contables, las cuales permiten obtener información financiera transparente y uniforme, que sirve para la toma de decisiones a los usuarios de esos estados financieros. Un rubro importante que se presenta en los estados financieros, sin duda son la propiedad, planta y equipo, cuyo tratamiento contable se encuentra en las NIC 16 y NIC 36, esta última en cuanto al reconocimiento del deterioro, mientras que tributariamente, la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno y el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, establecen el cumplimiento de ciertas condiciones para que las depreciaciones de esa propiedad, planta y equipo, sea deducibles a efectos del Impuesto a la Renta. En este sentido tanto la norma contable (Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros) como la norma tributaria (Servicio de Rentas Internas), con el pasar del tiempo confluyen hacia tratamientos contables y tributarios que permiten a las compañías una mejor conciliación entre las mismas, como es el caso del Reglamento a la Ley orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención de Fraude Fiscal, publicado en el R.O. No. 407 de 31 de diciembre de 2014, que permite el reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos en ciertos casos y condiciones, que de acuerdo a la norma contable deben registrarse.
Resumo:
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 4385a sesión, celebrada el 28 de septiembre de 2001. Tomado de www.un.org/spanish/terrorismo/cs/sc
Resumo:
Presenta los documentos del Congreso que incluyó dos conferencias magistrales que estuvieron a cargo de Hugo Salgado, pedagogo e investigador argentino y de Zahyra Camargo, docente de la Universidad del Quindío. Asimismo, se realizó un ciclo de ponencias en el que participaron Soledad Mena, Mercedes Carriazo y María del Carmen Ordoñez del proyecto CECM – Ecuador; Zoila del Valle y Delio Tolaba del proyecto CECM de Perú y Bolivia, respectivamente. Estas actividades se complementaron con diversos talleres en los cuales las capacitadoras y maestros del programa desarrollaron propuestas didácticas destinadas a enriquecer la experiencia de los asistentes.