7 resultados para Colombia. Superintendencia de sociedades

em Andina Digital - Repositorio UASB-Digital - Universidade Andina Simón Bolívar


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Con el presente trabajo pretendo revisar el concepto de liberalismo radical como movimiento político en su configuración estatal de Colombia y Ecuador. Ambos países comparten, para su fortuna, vidas políticas paralelas que pudieron confluir en su historia, formación y política. El primer capítulo se ocupa de la noción de radicalismo e función del liberalismo y el conservadurismo; en el capítulo segundo se desarrollan aquellas condiciones necesarias que vieron nacer al liberalismo radical y le propiciaron su oportunidad en el poder; finalmente, el capítulo tercero se concentra en ilustrar las acciones de los gobiernos radicales, sus protagonistas y su coherencia conforme obedecen a una doctrina liberal radical. Pongo de presente no solo las coincidencias políticas que permitieron el surgimiento de una fuerte corriente liberal radical sino que también destacó las consecuencias positivas y negativas que pudieron dejar sus gobiernos en la praxis y la memoria de sus pueblos. Sin duda, su momento histórico funda en cada nación una esperanza social importante y una revolución que marcaría un devenir muy favorable a los estados nacientes y su reformulación de la forma colonial de administración y la política en manos de una fuerte tradición criolla o militarista. Creo que el liberalismo radical, que con sus matices gobernó en Colombia y Ecuador, puso de presente al individuo como protagonista de la historia y a las sociedades que éstos conformaban. También lucha contra las instituciones coloniales que requieren de lo religioso para sobrevivir. Incuba, en la formación y la educación, el proyecto genuino de un hombre moderno, racional y autónomo que puede construir su futuro y autodeterminarse. Lamentablemente, fracasa en su férreo espíritu de combatir de manera compulsiva a la semilla de religión que había sido legada tres siglos antes pero sienta el Estado laico que permitirá la consolidación estatal con un definitivo quiebre de la política colonial y en la aplicación de un igualitarismo que pueda regular la sociedad naciente.

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La presente tesis tiene como propósito: establecer los límites de los conceptos de administración diligente, prudente y profesional como parámetros para la determinación de responsabilidad de las Administradoras de Fondos y Fideicomisos en el cumplimiento de su gestión, y en la definición del alcance de las facultades de supervisión de dicha actividad; aportar con un análisis serio y eficiente del alcance de la facultad de control y sanción de la actividad fiduciaria en el Ecuador, actualmente ejercida por la Superintendencia de Compañías, a través de las Intendencias de Mercado de Valores de Quito y Guayaquil; y, proponer una estructura adecuada para el ejercicio de la facultad de control y sanción de la actividad fiduciaria en el Ecuador, así como los mecanismos idóneos para su implementación. Con el fin de alcanzar los propósitos señalados, en el presente trabajo se parte con un análisis de la actividad de las administradoras de fondos y fideicomisos como gestoras de negocios fiduciarios: su naturaleza, sus obligaciones (especialmente la de brindar una administración diligente, prudente y profesional) y sus responsabilidades; para posteriormente, confrontarla con el régimen de supervisión y sanción, al cual se encuentra actualmente sometida, con la finalidad de demostrar la ineficiencia e improcedencia del mencionado régimen y las deficiencias legislativas que han dado lugar a sus falencias. Finalmente, se propone una estructura de supervisión de la actividad fiduciaria de gestión de negocios fiduciarios, sin la participación de entidades de control estatales y acorde con su naturaleza contractual, recomendando, las reformas y cambios necesarios para su implementación.

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La justicia transicional es implementada en sociedades donde se han producido graves violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, las experiencias internacionales de superación de conflictos armados o de dictaduras evidencian la aplicación de algunos postulados de la justicia transicional, justamente a partir de estas prácticas surgen elementos aplicables al caso del conflicto armado colombiano. Las leyes de amnistía se convierten en un instrumento de la justicia transicional, que aplicando lo aprendido en otros países puede contribuir en la consecución de la verdad, la justicia, la reparación, las garantías de no repetición, la paz y la reconciliación de la sociedad colombiana, no siendo la unigénita herramienta jurídica a implementar en un proceso de transición. Esto coloca de presente la necesidad de utilizar simultáneamente diversos instrumentos en el marco de la justicia transicional, que como en el caso colombiano, pueden contribuir en la superación del conflicto armado y en las etapas posteriores a la desmovilización de los grupos alzados en armas, logrando que sea un proceso integral hacia la paz.

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Ante la creciente visibilidad, importancia y problematización del discurso de los derechos humanos, la persistencia de conflictos y violaciones masivas de los mismos alrededor del mundo, el impacto profundo que tiene el arte sobre los individuos y las sociedades así como el protagonismo del arte y los artistas en busca de transformaciones, surge la pregunta por el rol del arte en la defensa y promoción de los derechos humanos. Para abordar y responder a esta pregunta, se busca en la presente investigación determinar el papel del arte en el proyecto “Destierro y Reparación”, organizado por el Museo de Antioquia y la Corporación Región en la ciudad de Medellín en 2008. Para este fin, se establecen en primera instancia los antecedentes sociopolíticos del evento caso de estudio sobre la base de una caracterización general de la violencia resultante del conflicto colombiano, de la situación de desplazamiento y de la respuesta estatal en esta materia a nivel nacional y de la ciudad de Medellín. En segundo lugar, se hace una caracterización del proyecto, incluyendo sus antecedentes más específicos, participantes y sus motivaciones, organización general y balance. Tercero, se analizan las potencialidades del arte en relación con la defensa y promoción de los derechos, asumiendo el arte sobre todo como una herramienta y espacio de comunicación para tal efecto. Dichas potencialidades se abordan en tres planos: a) arte como vía para transmitir el mensaje de DD.HH.; b) arte como ejercicio de derechos en sí; y c) arte como potencia transformadora de la sociedad y del discurso de los derechos. Finalmente, se proveen recomendaciones respecto a la defensa y promoción de los DD.HH. a través del arte a partir de los hallazgos y se plantean algunas reflexiones adicionales.

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Si bien, desde sociedades muy antiguas se puede encontrar definiciones de la reparación, sin duda el génesis de la reparación integral es el derecho internacional de los derechos humanos y en específico la justicia transicional, la cual tiene como referencia primera la Segunda Posguerra Mundial con los juicios de los Tribunales de Núremberg y Tokio, y como desarrollo conceptual los informes de Theo van Boven y de Louis M. Joinet. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha adoptado el concepto de reparación integral a partir de la obligación que establece el artículo 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y ha realizado un desarrollo jurisprudencial vasto del concepto, lo cual, posteriormente fue acogido por los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador. Pese a la fuerte influencia que ejerce la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los ordenamientos jurídicos nacionales, el principio de la reparación integral ha tenido un desarrollo y evolución por vías diferentes en cada país, es así que en Colombia es principalmente jurisprudencial mientras que en Ecuador es normativo, pese a esto su contenido y alcance se encuentra en el marco de lo establecido por la mencionada corporación internacional Estudiar la implementación y desarrollo de la reparación integral en los ordenamientos jurídicos de Colombia y Ecuador desveló que la reparación integral ha surgido como una consecuencia ineludible de la violación a los derechos humanos, y además, esta influencia ha permeado otros campos del derecho, por tanto hay una fuerte tendencia a ampliar el campo de aplicación de la reparación integral y no solo limitarlo a los casos relacionados con violaciones a los derechos humanos.

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La calidad de la educación es un tema de interés en las sociedades actuales, porque de ella depende la calidad de vida que se espera para los seres humanos. Desde 1945, luego de haber vivido dos Guerras Mundiales, los países concluyeron que: la paz mundial era extremadamente frágil; cada guerra cobraba más vidas humanas, destruía poblados y sus expresiones de arte y cultura, quebrantaba las economías y atentaban contra el bien común y la naturaleza humana; por lo que acordaron que el camino más certero para lograr la paz es la educación integral de sus ciudadanos. Estas vivencias devastadoras promovieron la generación de organismos internacionales que apunten al mismo objetivo, y busquen soluciones para encarar el bien común. Se crearon las oficinas de la ONU, UNESCO y OEI; y los mandatarios y delegados de los países participantes de estas oficinas, acordaran los objetivos, planes y programas que contribuyan a lograr una educación de calidad. Como parte de las acciones en pro de la educación de calidad, los países incluyeron en sus Cartas Magnas y en las respectivas Leyes de Educación, que la educación debe de ser de calidad para todos y todas los ciudadanos. Para la elaboración de esta tesis se seleccionaron tres países Chile, Colombia y Ecuador, dado que los modelos de organización para el cuidado de la calidad educativa, y el trabajo que realiza la supervisión (conocida en los países como Inspectoría o de Asesores y Auditores Educativos) son similares. El tema de estudio es concreto, ya que se aborda lo que hacen los tres países por el cuidado de la calidad de la educación, desde la perspectiva de sus ministerios de educación y aún más concreto, desde la supervisión. La mayor fuente bibliográfica son documentos oficiales e informes de los resultados de logros educativos.

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La noción de soberanía reflejada en el constitucionalismo de Ecuador y Colombia ha sido construida en base a la idea de superioridad de unos seres humanos sobre otros, ajustándose a las necesidades de las élites políticas, y negando la capacidad de auto gobierno de los pueblos indígenas. Esta negación ha girado en torno a nociones eurocentradas de libertad e igualdad que no encontraron correlato en las prácticas de las sociedades indígenas, y por esta razón estos pueblos han sido inferiorizados y sometidos a procesos de civilización e integración. En esta tesis reviso los antecedentes históricos del lugar jurídico subalternizado que ha sido construido para el indígena en el constitucionalismo de Ecuador y Colombia, y propongo que las asambleas constituyentes de los noventa en ambos países han marcado un punto de inflexión en las políticas de reconocimiento, representando una oportunidad para construir interrelaciones humanas en base a la interculturalidad. Es mi esperanza que poco a poco nuestras sociedades se abran a nuestra verdad histórica y que construyamos sistemas de hacer justicia que no estén enfocados en la noción de soberanía de los estados, sino en la libre determinación de los pueblos.