162 resultados para Derecho internacional de los refugiados
Resumo:
El artículo plantea cómo la decisión tomada por Estados Unidos de atacar a Iraq se contrapone a la naturaleza del multilateralismo y atenta contra la normatividad jurídica vigente -Derecho Internacional-. El autor presenta a la ""acción preventiva"" y a la ""confrontación entre el bien el mal"" como los pilares de la visión internacional norteamericana guiada actualmente por los neoconservadores, propone la necesidad de que el multilateralismo se renueve para que no pierda vigencia.
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En el mes de noviembre, se emitieron las recomendaciones del Comité de Naciones Unidas para la Protección de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, donde se hace un fuerte llamado de atención al Estado ecuatoriano para que rectifique sus políticas inmigratorias a fin de que se adecuen al marco constitucional y a la Convención Internacional de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, de la cual el Ecuador es parte. Estas recomendaciones deben ser asumidas por el Estado ecuatoriano y exigidas desde las instancias correspondientes y por las personas en movilidad a quienes se les están vulnerando sus derechos.
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En la última década del siglo pasado, un gran número de acuerdos regionales y tratados bilaterales de protección de inversiones (TBI) fueron suscritos entre países desarrollados y en vías de desarrollo, formando un complejo y enredado marco jurídico que regula la inversión extranjera directa. Dentro de este marco se generaron una gran cantidad de procesos arbitrales que trataban principalmente conflictos relacionados con expropiación. Sin embargo, en los primeros años de este sigo, las controversias empezaron a incluir violaciones a los estándares de trato, concretamente al estándar de Trato Justo y Equitativo (TJE). Esto generó el que un gran número de Estados, entre ellos el Ecuador, sean demandados ante tribunales arbitrales. Sin embargo, por la gran cantidad desarticulada de fallos, el umbral de responsabilidad adquirido por los estados frente a este estándar ha sido muy variable. Con este antecedente, la presente investigación busca adentrarse en la conceptualización e interpretación del TJE en las obligaciones adquiridas por el Ecuador, tanto por fuente convencional y analizar si existe una presencia de las mismas en fuente consuetudinaria. El estudio está compuesto de tres partes: en la primera, se estudian a los estándares dentro del derecho de inversiones, analizando la teoría sobre la naturaleza de este tipo de normas y analizando en particular el estándar mínimo internacional; en la segunda parte, se efectúa un estudio del TJE, lo que incluye el análisis de su evolución, los criterios expansivos y restrictivos de su interpretación. Finalmente, en la última parte, se estudia en concreto el TJE en las obligaciones contraídas por el Ecuador, analizando los diferentes TBI suscritos, los casos más relevantes en los que el Ecuador ha sido demandado por incumplimientos del TJE y donde se elaboran las perspectivas a futuro del estándar luego del dictamen de la Corte Constitucional ecuatoriana, que dispone la denuncia de los TBI suscritos con Alemania y el Reino Unido.
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Teniendo en cuenta que la reparación es un derecho con características particulares, especialmente para la infancia y la adolescencia, la presente investigación revisa los alcances del enfoque diferencial de edad en esta política en Colombia. Para cumplir este objetivo se realizó un análisis de la legislación internacional, legislación nacional actual y como un caso tipo, el Decreto de Reparación Individual Administrativa (Decreto 1290 de 2008). De esta forma, se ubica respecto a la reparación desde una visión subjetivista de los derechos humanos, entendiéndola no solo como una obligación del Estado sino como un derecho en sí mismo, y por lo tanto en este marco, revalora el enfoque diferencial de edad como un reto de la política concibiéndolo como la intencionalidad de la sociedad y el Estado de consolidar legislaciones y prácticas sociales sensibles a las subjetividades, necesidades y demandas de los niños, las niñas y los adolescentes como respuesta al principio de igualdad para incluirles como ciudadanos y superar la hegemonía del discurso adultocéntrico. De este modo, se constituye como aporte para las instituciones que tienen el deber de incluir el derecho a la reparación integral de la infancia y la adolescencia en la formulación y ejecución de la política pública y contribuye para que los niños, niñas y adolescentes sean visibilizados de manera efectiva en los mecanismos y procedimientos diseñados para tal fin en Colombia.
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Se parte de una mirada general de la dinámica del comercio internacional en los últimos años, teniendo en cuenta que su crecimiento ha sido superior al de la producción, tendencia que también se ha manifestado en la subregión. El comercio mundial, hasta antes de la Segunda Guerra Mundial se había caracterizado por la aparición de progresivas de limitaciones, la presencia cada vez más marcada de prácticas proteccionistas fue favorecido por los avances tecnológicos y por el esfuerzo concertado para reducir las barreras arancelarias. A medida que se redujeron los aranceles fueron apareciendo otro tipo de medidas, las llamadas paraarancelarias, que se han ido constituyendo en los medios más usados cuando los países deciden llevar a cabo políticas proteccionistas. Esta tendencia se ha ido generalizando y tales medidas son usadas tanto por los países en desarrollo como por los desarrollados. El presente trabajo tiene por objetivo analizar, a partir de los casos llegados al Tribunal Andino de Justicia, la influencia de las medidas paraarancelarias en el comercio intracomunitario. Teniendo en cuenta que no todos los casos que se presentan llegan hasta esta instancia, ya que gran parte de los mismos se solucionan a nivel de la Secretaria General, las conclusiones a que se llega pueden resultar sesgadas. Sin embargo, se analizan los procesos relacionados con la adopción de este tipo de medidas por los países miembros, para determinar su incidencia en el comercio de la subregión. Igualmente, los países que mas las usan, los más afectados, las medidas más usadas, y los sectores y productos sobre los que han recaído las medidas.
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El Fondo Noruego del Petróleo es un fondo constituido para salvaguardar los ingresos de la explotación de los recursos naturales no renovables para las futuras generaciones. Es utilizado como un Fondo de macro estabilización, y sus recursos son manejados de forma tal, que no afectan la economía interna. Este Fondo en la actualidad es un ejemplo mundial de eficiencia, transparencia y de políticas inteligentes, sobretodo para las economías productoras de petróleo que dependen enteramente del mismo y de los vaivenes de la economía mundial. En esta tesis haremos un estudio del FONDO, sus políticas y gerencia; veremos en que invierte para asegurar bajo riesgo y altas ganancias. Asimismo acompañaremos la investigación con las políticas utilizadas para el manejo de los recursos del FONDO las cuales han probado ser exitosas. En Venezuela como país petrolero mono productor, es necesario un mecanismo que salvaguarde los ingresos para el futuro, y que transforme los actuales en un beneficio verdadero para la población. Brevemente analizaremos la realidad venezolana como campo fértil para la adaptación del FONDO y veremos los beneficios que puede traer este al país. Considero esta investigación un gran aporte, ya que poco a poco el petróleo se esta agotando, la dependencia de este en el mundo es cada vez menor y nuestros lideres por años han demostrado incapacidad en el manejo de estos recursos.
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El presente trabajo pretende ser una guía de orientación para el enriquecimiento de la ciencia jurídica, dirigido hacia la instrumentalización de una ley de economía solidaria, tomando en cuenta que el Preámbulo y el Art. 242 de nuestra Constitución la enuncian como un principio que rige la economía social de mercado; y, la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios por parte de la Iniciativa Privada como un principio modernizador de la esfera estatal; de tal manera que se constituya en un posible instrumento eficaz de desarrollo económico y social que conlleve a la solución de los problemas de la sociedad ecuatoriana. Dividimos la investigación en cuatro capítulos: En el Capítulo I se analizan los derechos y los principios económicos constitucionales que rigen a los países integrantes de la Comunidad Andina de Naciones, principalmente: el derecho a la propiedad privada y su función social, el derecho a la libre competencia, el derecho a la libertad de empresa, y el principio de la solidaridad económica. Los objetivos de la economía social de mercado contemplados en las constituciones andinas. En el Capítulo II se realiza un estudio sobre los orígenes remotos y próximos de la economía solidaria, así como los fundamentos del cooperativismo a nivel nacional e internacional. En el Capítulo III se establece un marco conceptual referencial sobre la necesidad de instrumentalizar una ley de economía solidaria, estableciendo su objeto, principios, fines y organización. Por otro lado, se describen los parámetros para la creación de un fondo de fomento y de una Superintendencia de economía solidaria. Finalmente, en el Capítulo IV arribamos al establecimiento de conclusiones y recomendaciones.
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La presente tesis se ocupa del análisis de la normativa vigente en el Ecuador sobre la Firma Electrónica y su régimen de aplicación. Con el objeto de determinar la problemática actual en la estructura de la normativa en el tratamiento de la Firma Electrónica y, si se encuentra acorde con la normativa internacional. En esta investigación se analiza la Firma Electrónica, teniendo como referencia la firma digital; se examina también la criptografía, rama de las matemáticas, que utilizando fórmulas o algoritmos transforma mensajes ininteligibles a su forma original, siendo la criptografía asimétrica la empleada para crear firmas digitales a través de la utilización de claves. Para su funcionamiento la Firma Electrónica necesita la utilización de los denominados certificados de Firma Electrónica, y la intervención de una tercera parte de confianza o conocida como entidad de certificación. Finalmente tenemos el estudio de los organismos encargados de la promoción, difusión de los servicios electrónicos, de regulación y control de las entidades de certificación. Lo anteriormente expresado se desarrolla en tres capítulos. El capítulo primero sobre La Firma Electrónica. El capítulo segundo que trata sobre el certificado de Firma Electrónica y entidades de certificación de información. El capítulo tercero relativo a los organismos como el COMEXI, CONATEL y la Superintendencia de Telecomunicaciones.
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Dentro de las tendencias actuales de cambio e innovación, el Ecuador debe lograr los mejores acuerdos dentro de las negociaciones y el comercio internacional. Con el propósito de entrar en un proceso modernizador y disminuir los problemas de la aduana del país se concesionó a las empresas verificadoras la verificación y el aforo físico en la importación de mercancías. Empresas que debían implementar guías de control trayendo el orden y la eficiencia a la aduana nacional. A los diez años de ésta concesión, diversos criterios cuestionan la eficiencia de su servicio, por lo que nos preguntamos si aún es necesario contar con el servicio de estas empresas, o si el Estado es el indicado para tomar las riendas de este trabajo. Luego de realizar consultas, encuestas y entrevistas a actores relacionados al servicio de las verificadoras y analizar los resultados del servicio de estas empresas en otros países de la región, se reafirma la opción de que el Estado termine el contrato con las verificadoras. Se propone crear una institución autónoma de derecho público, que ponga tarifas reducidas, que incremente las arcas fiscales, que implemente nuevas tecnologías, que ofrezca servicios de calidad, tarifas equitativas, celeridad, eficiencia y la participación de profesionales capacitados. Esperamos que en base al estudio realizado, el gobierno considere la creación de la Dirección Nacional de Aforo (DNA).
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El interés sobre la propiedad privada de bienes intangibles se relacionó, inicialmente, con la industria metalmecánica, electrónica y química; en la actualidad, se lo asocia, además, con la industria biotecnológica. La evolución en la investigación de la biotecnología exigió al derecho un reconocimiento por el esfuerzo y tiempo empleado, mediante una patente de invención. De esta manera, poco a poco, se ha ido introduciendo la posibilidad de patentar invenciones que contengan materia viva en el tema de propiedad industrial. En el ámbito internacional, con la firma del Convenio de la Unión de París (1883), se marcó la primera intención de los países de unificar la norma referida a la propiedad industrial. En 1994, con la creación del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), se obligó, a todos los Estados miembros de la OMC, a modificar sus normas internas y otorgar las protecciones mínimas en función de los ADPIC. De esta manera, se abrió la posibilidad de considerar la patentabilidad de la materia viva en el ordenamiento internacional. La línea divisora, que considera la patentabilidad o no, ya no recae en la distinción entre materia viva y materia no viva. Hoy en día, el derecho se haya sumido en una gran perplejidad ante la posibilidad de patentar productos de origen natural e incluso organismos vivos. Para tal efecto, ha mantenido los requisitos de patentabilidad y ha diferenciado lo que corresponde a materia viva existente en la naturaleza de lo que se define como materia aislada o producto obtenido por un procedimiento tecnológico. Abierta la posibilidad de patentar seres vivos, los países desarrollados comenzaron a sentar jurisprudencia en este sentido. Al mismo tiempo, los países en desarrollo cuestionaron y crearon una polémica en relación a estos derechos intelectuales, porque vieron afectados sus intereses y, de esta manera, limitarían las pretensiones de una protección más amplia respecto al tiempo y la materia patentable: actual tendencia de los países desarrollados. Situación que se analiza en esta tesis dentro del marco normativo actual de la Comunidad Andina.
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Los propósitos y contenidos de esta investigación son concretamente analizar las causas que justifican la necesidad de protección jurídica al consumidor, la visión, evolución y ubicación de este derecho, los medios de protección jurídica al consumidor en el Ecuador, con una breve referencia a los mismos en la Comunidad Andina. Adicionalmente esta investigación trata de establecer lineamientos generales para la implementación de un sistema de arbitraje de consumo en Ecuador. Si bien los medios para el alcanzar justicia en materia de defensa del consumidor son muy variados, e implican -entre varios temas- la adopción de políticas generales como la educación e información al consumidor1, prevención de litigios, sistemas de resolución judiciales y extrajudiciales, etc. esta investigación se centra en la estructura procesal de estos últimos, establecidos en la vigente Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, y del arbitraje, regulado en la Ley de Arbitraje y Mediación2, sin omitir una necesaria definición del Derecho material, estudiado breve e introductoriamente en el primer capítulo, en el que además se analiza las razones de una protección jurídica al consumidor y usuario, la evolución conceptual y definición de este novel derecho. Si bien la investigación pretende analizar desde una perspectiva jurídica un derecho específico, también intenta no abstraerse de realidades sociales y económicas que demandan una intervención más participativa y democrática de la sociedad en la construcción de la justicia. En el capítulo II se realiza una evaluación de los medios procesales de protección al consumidor en el Ecuador y la protección constitucional del consumidor básicamente. Por lo señalado, el trabajo se enmarca en el Derecho sustantivo-procesal de defensa del consumidor, sin prescindir de definiciones básicas y generales. Finalmente, este trabajo busca exponer e incentivar la necesidad de profundizar en el estudio, crítica y perfeccionamiento del tema en nuestra realidad jurídica, comparándola con la de otros países de la Comunidad Andina, (Bolivia, Colombia, Perú y Venezuela). Ya en el ámbito europeo, tomaremos al arbitraje de consumo español como ejemplo exitoso, demostración y justificación de la hipótesis del presente trabajo, y el caso argentino, como experiencia en Latinoamérica.
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El principal objetivo de esta investigación es la recomendación de un acuerdo comercial entre la República Dominicana y Haití con el interés de disminuir el comercio ilícito que durante años persiste en ambas naciones e impulsar el crecimiento y fortalecimiento de sus relaciones comerciales. Para llevar a cabo estos objetivos, hemos analizado el régimen comercial actual de los dos países, con el fin de demostrar el gran potencial que representa el mercado haitiano para la República Dominicana; no sólo por la cercanía geográfica que le permite el menor costo en las relaciones comerciales sino por la demanda de productos dominicanos que requiere Haití para cubrir el déficit económico de su población. Cabe destacar que se examinan ampliamente los principales problemas de la República Dominicana que impiden fortalecer el intercambio comercial con el vecino país de Haití, como son los atavismos políticos del pasado y la inmigración ilegal haitiana. Prejuicios históricos que no han permito reconocer que ambos países son un sólo y único espacio económico y sobre el cual no se ha intentado nunca un acuerdo comercial. También se hizo necesario analizar el contexto político-actual de la República Dominicana y Haití, con el objetivo de demostrar que las nuevas posiciones políticas son las que marcan una nueva era de acercamiento comercial entre estos dos países, propicia para llevar a cabo nuestra propuesta “la suscripción de un acuerdo comercial”.
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La investigación que se presenta a continuación, analiza la formación de identidades indígenas de los kichwa-otavaleños, a través de las historias de vida de los migrantes en Europa, especialmente en Alemania y Portugal. En el primer capítulo se mencionan los objetivos de la investigación, la metodología utilizada así como la ubicación geográfica de Otavalo. Es decir, un acercamiento a la población de estudio. En el siguiente capítulo, migración e identidad se realiza un acercamiento teórico, articulando los elementos: el espacio-temporal; las épocas de mayor afluencia migratoria; la desterritorialización y; la razón de las migraciones. Por último, en el tercer capítulo, Migración internacional y los otavaleños se analiza los flujos migratorios desde el Ecuador en la última década, así como la formación de ghetos de ecuatorianidad en Europa, para finalmente abordar la migración internacional y los otavaleños, fundamentada con las experiencias de vida.
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El Capítulo 1 referente a Nociones Generales de Propiedad Intelectual y de Empresa, es un extracto de las formas de protección de los programas de ordenador, en especial de los derechos de autor. Se pone real énfasis al desarrollo de la ciencia y la tecnología en este capítulo ya que constituye un pilar fundamental para que el desarrollo de la protección legal de software se dé. El Capítulo II recoge información sobre legislación tanto en el ámbito nacional como internacional. En el presente capítulo se hace un análisis general de la legislación, de los procedimientos legales utilizados en el Ecuador, englobando, además, nuevas formas internacionales de aplicación para la protección de software que no consta en la Ley ecuatoriana y que representan una novedad para el contexto nacional. Siguiendo el orden, el Capítulo III, con título Programas de Ordenador en el Ecuador, hace referencia a la creación del software en pasos sistemáticos a seguir. El procedimiento para crear un programa de ordenador, debe realizárselo según ciertos parámetros que serán la guía para obtener un resultado. Los Mecanismos alternativos de Protección de los Programas de Ordenador en el Ecuador, contenidos en el Capítulo IV, son fundamentales en este mundo de constante cambio ya que a falta de una protección completa por el efecto legal, los empresarios y creadores de software han intentado por cuenta propia dotarse de mecanismos que les permitan tener un control más cerrado y efectivo del software que ellos producen, con el objeto de impedir la piratería y pérdidas por efecto de ella. En función de determinar los costos para la creación de software se ha analizado de manera general, en el Capítulo V, lo que puede costar realizar un determinado programa (aplicación) y del efecto que este produce en el contexto global (PNB). Por último, el Capítulo VI, constituye un estudio de los efectos de la globalización en el campo del software. Es inquietante conocer los efectos que ella, la globalización, puede conllevar en una economía pequeña como la nuestra, la influencia de organismos poderosos y de los posibles cambios en el ámbito legal y tecnológico que pueden darse, tanto nacional como internacionalmente. Puede que esta situación sea preocupante en un futuro, dependiendo del ambiente y su desarrollo.