171 resultados para CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CIDH


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En esta breve presentación intentaré una articulación entre el campo de las políticas públicas (PP) y el de los derechos humanos, a partir de una propuesta de conceptualización del Enfoque de derechos humanos en las políticas públicas. Se adelantará, en un primer momento, el concepto propuesto y, en un segundo, una explicación de sus componentes, fundamentos e implicaciones. Antes de iniciar me gustaría hacer una precisión, las PP son una disciplina a medio camino entre la ciencia política y la acción política. El concepto propuesto está centrado en la segunda dimensión. Pretende dar cuenta de criterios generales sobre el cómo gobernar con perspectiva de derechos.

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El objetivo básico de este artículo es demostrar cómo, en primer lugar, la mirada y la perspectiva de las víctimas se han convertido en un elemento esencial a la hora de abordar las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos. Si tradicionalmente los protagonistas han sido el Estado y el victimario, normalmente un funcionario o un agente del Estado, ahora se observa un énfasis creciente en las víctimas y en todo lo que las rodea, lo que ha hecho que estén comenzando a dejar de estar situadas “en la periferia de la agenda política tanto a nivel interno como en la esfera internacional.” Este novedoso proceso ha hecho que esté emergiendo cada vez con más fuerza una auténtica cultura de las víctimas, lo que, según algunas opiniones autorizadas, está conduciendo a la “necesidad de construir una cultura de la memoria que permita a las generaciones presentes construir un futuro en el que el pasado no se repita.” Asimismo, y en parte como consecuencia de este nuevo horizonte hermenéutico, se ha ido afirmando progresivamente en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en la jurisprudencia de los Tribunales internacionales de derechos humanos el derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos a obtener reparación. Esta reparación es entendida en un sentido amplio, incluyendo, además de la tradicional compensación económica, aspectos simbólicos que pretenden una satisfacción plena y equitativa y aspectos médicos y psico-sociales que tienen como objetivo la rehabilitación de las personas que han sufrido las consecuencias de las violaciones de los derechos humanos. Es en el marco de esta concepción integral de la reparación donde cobran sentido las políticas de memoria, ya que la memoria y el recuerdo se convierten en un ingrediente esencial de la reparación que se debe a las víctimas.

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Esta presentación pretende abordar la relación de las políticas públicas con los derechos humanos en el área del sistema penitenciario focalizando en el problema de los hijos de mujeres presas. La prisión y la privación de la libertad de un niño es una de las violaciones más graves de los derechos humanos. Las consideraciones a seguir tienden a propiciar un debate público y contribuir para la formulación de políticas públicas en defensa de los derechos de los niños nacidos en la cárcel. El primer paso para la formulación de políticas públicas de atención a los derechos del niño y del adolescente consiste en realizar el diagnóstico de una situación, delimitando y especificando el problema y poder definir directrices generales. El segundo momento consiste en la fundamentación teórica de la problemática abordada. Será, por lo tanto, presentada la realidad de los niños encarcelados, para en seguida realizar una reflexión teórica a partir de los derechos humanos de los niños, de la conceptualización del Estado de Derecho y de las consideraciones sobre el sistema carcelario.

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Los “Retos de una nueva institucionalidad estatal para la protección de los derechos humanos” serán abordados desde tres ideas preliminares: (1) la conceptualización de los elementos constitutivos de una institucionalidad, (2) el proceso de su construcción, y (3) los paradigmas históricos que la contextualizan, los cuales serán descritos en la primera parte de este ensayo. En un segundo momento retrataremos, con los elementos conceptuales determinados en la primera parte, la institucionalidad en el estado liberal o estado legal de derecho. En la tercera parte, intentaremos demostrar que la institucionalidad de lo que debería ser el estado social de derecho o estado constitucional democrático todavía no está a la altura de las exigencias que emanan de las promesas de los derechos humanos. El objetivo de este ensayo es tratar de señalar algunas falencias que tiene la institucionalidad actual y sugerir algunas pistas para lograr una nueva que sea acorde con los derechos humanos. Sugeriremos al final que, para asumir los retos de una nueva institucionalidad, no debemos descuidar el generar paradigmas conceptuales, bajo la premisa de que las ideas y la movilización social pueden generar cambios que alteren realidades opresoras y excluyentes.

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La ponencia que este autor comenta ofrece algunas ideas que, desde el Derecho, aportan a la generación de un nuevo paradigma para la comprensión de la vida política en democracia. Para el efecto, la crítica a los supuestos centrales del Estado Liberal y a eventos que el ponente atribuye autoría a los ubicuos procesos de ajuste estructural, son las estrategias asumidas. Como consecuencia de ello, la propuesta transita entre la denuncia social y la reflexión académica. De allí que el trabajo permite extraer al menos tres ejes de discusión respecto a los que me referiré de forma somera a lo largo de estos comentarios. El primero tiene que ver con los vínculos entre Derecho y Política; el segundo se refiere a la distinción entre el científico y el político; y, el final, guarda relación con la investigación empírica, sus alcances y resultados sociales.

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La comentarista considera que la democracia es una condición necesaria para la vigencia plena de los derechos humanos, pero no es una condición suficiente. Diría más bien que es bastante insuficiente para la plena vigencia de los derechos humanos, al menos si nos referimos a las “democracias” que vivimos en América Latina. Cree que para plantear una discusión sobre esta relación y dilucidar si hay más tensiones o más complementariedades, hay que partir de una clarificación teórica o de una cierta precisión conceptual, sobre todo del término “democracia” pues en el ámbito de los derechos humanos parece que está más claro el concepto. Para ello echar mano de una distinción entre régimen político democrático, sistema político democrático y cultura política democrática.

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Escribir este artículo ha sido para mí una oportunidad para intentar poner en orden varios sentimientos, reflexiones, preguntas, dudas y vivencias desde mi práctica como educadora en derechos humanos, que ciertamente están enriquecidos y contrastados por el voluntariado a favor de la paz como facilitadora de la Red de Propuestas Alternativas a la Violencia - PAV Ecuador y mis búsquedas de conexión conmigo misma desde la práctica del yoga y más recientemente de la meditación zen. Es, entonces, desde este terreno vivo que ha experimentado la sequedad, el desborde de aguas, el abono abundante, la maravilla del brote y el desprendimiento, que comparto estas palabras.

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Por más de una década he participado en la Propuesta Alternativas a la Violencia (PAV), ayudando a facilitar talleres en cárceles del Estado de Nueva York y en media docena de países en América Latina y África. Esta experiencia que me ha dado la oportunidad de conocer, a veces con detalles horrorosos, la violencia de la cual somos capaces, también me ha impulsado a reflexionar extensamente sobre lo que es ser un ser humano. ¿Cómo nos afectan nuestros entornos sociales y culturales en nuestra búsqueda de acercarnos más a las mejores cualidades de lo que significa ser un ser humano, hombre o mujer?

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Mientras exista una apropiación del todo social por una parte de ese todo; mientras usemos al otro como prótesis de nuestra intensión, convirtiéndolo en objeto, negando su libertad y condicionando su intencionalidad; en tanto no tratemos a otros del modo en que quisiéramos ser tratados, ni la paz ni el respeto a los derechos humanos serán posibles

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Realizado por el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer, CLADEM-Ecuador. Presentado ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. El informe analiza los derechos a la vida; integridad personal; libertad personal; igualdad y no discriminación; situación de los derechos fundamentales durante los estados de excepción, y libertad de tránsito. Texto completo en: ‹www.cladem.org›.

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Informe realizado por la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos y Center for Civil and Political Rights. Presentado ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. Autores: César Duque y Charles Duverger. Analiza el período 2000-2008. Junio de 2009. El informe analiza los derechos a la: vida; prohibición de la tortura; seguridad personal; libertad personal; derechos de niños y niñas; y la situación de las personas privadas de la libertad. Texto completo: ‹www.cedhu.org›.

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Elaborado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH, la Fundación Centro Lianas, la Fundación Pachamama y la Fundación Selva Viva. Presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Autoría: Bolívar Beltrán, David Cordero, Pablo Fajardo, Wilton Guaranda, Mario Melo y Marcelo Orellana. Septiembre de 2009. Este informe se basa en la respuesta al Cuestionario para los Estados, pueblos indígenas, organizaciones indígenas y de la sociedad civil enviado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con la finalidad de evaluar la legislación y políticas públicas del Estado de Ecuador en materia de pueblos indígenas. Texto completo en: ‹www.inredh.org›.

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Informe elaborado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Fundación Centro Lianas, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos INREDH y la Fundación Pachamama. Presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Autoría: Bolívar Beltrán, David Cordero, Pablo Fajardo, Wilton Guaranda y Mario Melo. Analiza el período 2008- 2009. Noviembre de 2009. Este informe tiene como finalidad presentar los avances normativos en cuanto a los derechos de los pueblos y nacionalidades indígenas del Ecuador en cuanto a la Constitución de 2008 y contrastar con las contradicciones de la nueva legislación infra constitucional. Texto completo en: ‹www.inredh.org›.

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Sumario: I. Introducción. II. La inseguridad ciudadana y la legitimación del poder punitivo. III. La mirada de los derechos humanos. IV. Deconstrucción del discurso securitista. 4.1. La inseguridad ciudadana: una percepción perversa. 4.2. Todo conflicto social debe tener solución. 4.3. La solución de la violencia no puede ser reducida al tipo penal y a una persona. 4.4. El falso dilema eficiencia y garantismo. 4.5. El garantismo el único derecho que permite el estado constitucional de derechos. 4.6. El funcionalismo promueve normas y prácticas inconstitucionales. 4.7. La trampa del poder punitivo. 4.8. El poder punitivo nunca tutela derechos humanos violados. V. ¿Un nuevo derecho penal? Lineamientos para la investigación penal crítica. 5.1. Derecho penal integral. 5.2. Derecho penal interdisciplinario. 5.3. Derecho penal reparador. 5.4. Derecho penal intercultural. VI. Conclusiones. VII. Bibliografía.

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El ascenso del Chavismo en Venezuela, ofrece una oportunidad sin igual para poner a prueba la teoría del bumerán. A partir del intento de golpe de Estado en el 2002, en Venezuela se desataron una serie de violaciones de los derechos humanos, que han sido ampliamente documentadas. En teoría, el mecanismo de presión del que hablan Keck y Sikkikk debería haber surtido efecto. Los objetivos son: determinar las asimetrías de poder existentes entre los movimientos sociales transnacionales y los movimientos sociales locales, en la lucha por los derechos humanos en Venezuela a partir de la llegada al poder del presidente Hugo Chávez, teniendo como línea el análisis de las estrategias y procedimientos que están siendo empleados por dos organizaciones no gubernamentales internacionales y dos ONG’s locales, a partir del esquema metodológico planteado por Keck y Sikkik, quienes sostienen que los nuevos esquemas de transnacionalización de los movimientos sociales hacen que funcione la estrategia del bumerán por sobre todas las demás estrategias, es decir, las ONG’s de los países desarrollados están en ventaja por sobre las ONG’s locales, debido a su capacidad de presión a la clase política de sus países, la cual a su vez ejerce presión sobre los estados débiles de los países en vías de desarrollo, cambiando su conducta.