137 resultados para Estado constitucional


Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

En Ecuador, la población total es de 15.682.792 habitantes, donde existen 14 nacionalidades que suman cerca de 1 millón 100 mil habitantes y están aglutinadas en un conjunto de organizaciones locales, regionales y nacionales. El 60,3 % de los Kichwa andinos vive en 6 provincias de la Sierra Centro-Norte; el 24,1% habita en la Amazonía y comprende 10 nacionalidades; el 7,3% de los Kichwa andinos habita la Sierra Sur; y el 8,3% restante habita en la región Costa y las Islas Galápagos. El 78,5% habita aún en el sector rural y el 21,5% en el sector urbano. La Constitución de la República vigente reconoce al país como un “… Estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico”. Durante el último quinquenio, el país ha vivido un conjunto de reformas políticas e institucionales aunque, al mismo tiempo, la vigencia y garantía de los derechos colectivos reconocidos en la Carta Magna se han convertido en un desafío para el proceso y en un punto de permanente desencuentro entre el gobierno, encabezado por el economista Rafael Correa, y el conjunto de organizaciones sociales indígenas. La apertura a capitales ligados a las industrias extractivas, de petróleo, cobre u oro -sean de origen chino, bielorruso o de otros países latinoamericanos como Brasil, Chile o Argentina-, ha marcado buena parte del accionar económico del gobierno, con el consiguiente riesgo e impactos a la integridad territorial y cultural de varios pueblos indígenas, y a la incertidumbre generada en torno a la vigencia real de los amplios derechos colectivos consagrados en la Constitución.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Constitucionalizar el derecho resulta una tarea que involucra, no solo a los operadores de justicia, sino a los abogados y la sociedad en su conjunto, porque aquello significa desarrollar nuestra conducta, en armonía con la filosofía del Estado Constitucional de Derecho y Justicia, conforme así se define el Ecuador en el Artículo 1 de la Constitución de la República. Entonces, nuestro trabajo tiene como núcleo, llevar a consideración de ustedes, una serie de ideas, reflexiones, críticas con respaldo de estudios de varios autores, que han desarrollado el tema relativo a la constitucionalidad del derecho, para luego de la confrontación de ideas doctrinales con las nuestras, obtener una conclusión que permita afirmar cual “debe ser” la forma de interpretar y aplicar el derecho en los actuales momentos, teniendo como centro de regulación del ordenamiento jurídico a la Constitución que es la fuente de las fuentes del derecho contemporáneo, conforme lo vemos en nuestro trabajo.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Hay muchas formas de conocer un caso. Una no recomendable, por sí sola, si se quiere aproximar a lo que realmente sucedió, es leyendo la prensa o escuchando las noticias. Otra, que revela el lado humano y que tiene su dosis de parcialidad, es entrevistando a quienes protagonizaron los acontecimientos. Otra, no menos importante, es analizando documentos. Algo de estas formas encontraremos en este estudio. Pero me concentraré en el análisis del expediente del caso y haré referencias puntuales a las otras fuentes. ¿Por qué girar alrededor del expediente judicial? Pues simplemente porque lo que mira y valora el juzgador, lo puede apreciar el lector. El expediente, mientras subsista aún esta manía de registrar todos los actos antes de juzgar, ayuda a tener información, la “oficial”, para construir los hechos que serán motivo del juicio. Más allá de lo que diga la prensa, los protagonistas o los analistas, los juzgadores se tendrían que limitar a lo que consta en el expediente y a lo que se ha dicho en el juicio. Los hechos tienen que ser probados y estos tienen que ser muy graves para que las personas acusadas sean condenadas. ¿Se han probado los hechos y merecen juicio y condena las personas acusadas? De esto se trata este estudio: describir los hechos, tratar objetivamente de informar si se han probado esos hechos y valorar, desde la lógica de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, si es que las actuaciones de los agentes de policía y los servidores judiciales es o no conforme a un Estado constitucional de derechos y justicia. Para lograr estos objetivos, de contar y valorar a la luz de los derechos fundamentales, me he propuesto el siguiente esquema: relatar los hechos que motivan el procesamiento, enunciar el derecho aplicable, valorar las actuaciones procesales y concluir afirmando si hay o no violaciones a los derechos fundamentales.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

El derecho a la consulta previa se encuentra consagrado desde la Constitución de 1998. Desde su vigencia, el Estado ha venido ignorando este derecho, ya que su interés prioritario ha sido el desarrollo económico, ocasionando graves prejuicios culturales y ambientales a las comunidades indígenas y a la sociedad en general. La Constitución del 2008 amplia la protección de estos derechos colectivos pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, tomando como punto de partida el hecho de introducir en el artículo primero la noción del "estado constitucional de derechos y justicia", caracterizado no solo por la extensa gama de derechos sino por la protección que se da a los mismo a través de las garantías. En la misma línea, esta nueva noción de estado, para mayor protección de los Derechos, coloca a la par tanto a las normas constitucionales como aquellas que se encuentran dentro de los instrumentos internacionales de derechos humanos y que sean más favorables a los derechos humanos. Por lo que, el derecho a la consulta previa a pesar de encontrarse determinado de una forma más explícita en nuestra actual Constitución, todavía nos deja incógnitas acerca de la aplicación y cumplimiento de este derecho, por lo que debemos recalcar que de conformidad a la Constitución ecuatoriana vigente debe ajustarse a los términos señalados a la misma, así como también al Convenio 169 de la OIT, y la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Desde el 20 de Octubre del 2008, fecha que entró en vigencia la Constitución de la República del Ecuador, la concepción filosófica del Estado cambió. El auto determinante de “Estado constitucional de derechos y justicia social”, implicó algo más que enunciar un objetivo, impuso los valores como materia y contenido de los preceptos normativos, que marcan la validez del ordenamiento jurídico interno, y además, reconoce la fuerza irradiante de la Constitución sobre el infraderecho. La vinculación de la moral y la justicia en el Derecho objetivo, convierte a un Estado de Derecho positivo, en un Estado constitucional de derechos y justicia social, cuya misión es proteger los valores y principios consagrados en la Constitución, creando para ello mecanismos jurídicos que, teóricamente, permiten el cumplimiento de sus declaraciones. El control de constitucionalidad, y para el caso en estudio, el control de constitucionalidad concreto, es uno de aquellos mecanismos que defienden la hegemonía y la supremacía constitucional. El control de constitucionalidad concreto, es una herramienta apropiada para detectar normas inferiores en contradicción con las normas superiores; se activa ante la duda razonable de constitucionalidad de una norma jurídica, que esté siendo aplicada por la autoridad judicial ordinaria dentro de un caso concreto. Empero, la sustanciación de la consulta judicial de constitucionalidad de norma, exige que la causa concreta se suspenda por cuarenta y cinco días, sin resolver nada sobre lo principal (CR, Art. 428). En asuntos que litigan intereses particulares, suspender el trámite de la causa, sin resolver nada en el fondo, no representaría mayor problema, pero en las causas que ventilan derechos de personas y grupos de atención prioritaria (CR, Art. 35), cuyos bienes, por su trascendencia social, interesan a la causa pública, suspender el trámite del caso sin resolver nada de fondo, lesiona el principio de tutela judicial efectiva y del debido proceso en la garantía de defensa (CR, Arts: 75 y 75.7).

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Esta investigación ofrece, a partir de los presupuestos del positivismo metodológico, una interpretación de la teoría general del garantismo desarrollada por Luigi Ferrajoli y de su aplicabilidad en la atribución de significados dentro del derecho constitucional ecuatoriano. Se enfatiza en los alcances y límites del garantismo como teoría interpretativa del constitucionalismo ecuatoriano. Los alcances del paradigma garantista en el derecho constitucional ecuatoriano, son incuestionables. El profesor Ferrajoli, como ningún otro autor, nos ayuda a comprender el sistema de garantías de la Constitución de 2008 que impone una función nomoestática y nomodinámica al derecho positivo, relacionada con la validez sustancial y formal respectivamente. En cuanto a los límites del garantismo ferrajoliano, se da cuenta de los problemas que conlleva la teoría de los derechos fundamentales de Luigi Ferrajoli y su teoría cognoscitiva de la interpretación constitucional. Afirmamos por una parte, que la Constitución de 2008 consagra derechos constitucionales que no cumplen con la estructura de los derechos propuesta por Luigi Ferrajoli, pero que son tan fundamentales como los derechos individuales, a la hora de definir los límites y vínculos del Estado constitucional conforme al paradigma garantista. Por otra parte, sostenemos que la Constitución de 2008 padece de graves problemas valorativos (quizá más graves que el de otros sistemas constitucionales) que exigen problematizar la reducción de la interpretación constitucional a una labor cognoscitiva (descripción y no creación de significados), tal como es operada por el profesor Luigi Ferrajoli.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

El formalismo establecido por el legislador en la Ley de casación en materia civil ha determinado una serie de requisitos que hacen efectiva la admisibilidad el recurso, su inobservancia puede constituir una consecuencia fatal, que impida su prosecución, frente a lo cual se encuentra la protección constitucional de la tutela efectiva de los derechos humanos. En este contexto este trabajo de investigación pretende demostrar que el recurso de casación en el Ecuador aspira cumplir con sus fines principales de unificación, defensa del derecho objetivo, control de legalidad, reparar los agravios proferidos en contra de las partes e igualmente cumplir con los principios constitucionales de realización de justicia y garantía de derechos. La tesis está dividida en tres capítulos. En el capítulo primero se analiza el rol de la jurisdicción en el Estado constitucional de derechos y justicia: el rol de los jueces en el nuevo Estado, cuya finalidad en esta nueva configuración es la protección real de los derechos fundamentales; la evolución del papel del juez de mero aplicador de la norma a creador de derecho; y en este sentido, identificar las herramientas que le sirven a la jurisdicción para cubrir esa finalidad. El capítulo segundo se refiere al recurso de casación como mecanismo de control de la legalidad, la determinación de la naturaleza jurídica; sus características, especialmente formales, requisitos, objetivos y el principio dispositivo como sustento de la fundamentación. El capítulo tercero comprende el estudio de la casación y sus alcances en el marco constitucional vigente: El principio de la administración de justicia como sistema medio; y, el formalismo del recurso de casación vs. tutela de los derechos fundamentales. Con la construcción de este trabajo se ha intentado presentar propuestas que respondan a los cuestionamientos que, a veces el formalismo del recurso de casación podría mermar el reconocimiento de un derecho fundamental; o que a pretexto de tutelar uno de estos derechos, vulnere el principio de formalismo que rige al recurso, siempre orientando a que la justicia constituye un valor esencial del Estado.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Existen conductas netamente sexuales, en las que la red ha llegado a convertirse en un fin o un medio para que ciertos individuos busquen y logren satisfacción sexual a través del chantaje sexual a menores de edad, delito conocido en la normativa penal anglosajona como “grooming” o “child grooming”, conducta que actualmente en el COIP se encuentra tipificada en su Art.- 173; siendo entonces que a través del presente trabajo pretendemos, en base a la teoría el derecho penal mínimo consagrado en el Art 195 de nuestra Constitución, analizar si el tipo penal incluido en el COIP referente al grooming, o como se lo ha denominado, delito de “Contacto con finalidad sexual con menores de dieciocho años por medios electrónicos”, cumple o no con aquella conducta considerada como tal por la doctrina y las legislaciones extranjeras; y especialmente establecer, conforme a los axiomas de Ferrajoli, si existe efectivamente la necesidad y la lesividad como para tipificar esta conducta a través de un tipo penal autónomo o si bien pueden estos actos encontrar su verbo rector y características especiales en otros tipos penales ya existentes en la legislación sustantiva penal, pues es claro que el Derecho Penal, para legitimar su existencia en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, debe limitar el ejercicio del poder punitivo del Estado.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

Constituye una investigación que comprende en primer lugar un recuento histórico de lo que ha sido esta institución desde su creación hace más de doscientos años en Suecia y su posterior expansión en casi toda Europa, hasta llegar a España. Es desde este país, España, donde comenzó a trasladarse la idea de instituir la Defensoría del Pueblo en algunos países latinoamericanos, pero de forma diferente a como había sido concebida en sus inicios: el Defensor del Pueblo es entendido como un garante de los Derechos Humanos, es más, hasta se convierte en sí mismo en una garantía constitucional reconocida en muchas legislaciones y constituciones. Por medio de un estudio comparativo de las experiencias de la Defensorías del Pueblo en países como Argentina, Bolivia, Venezuela, Perú y Colombia, se aborda el tema central de esta investigación que es precisamente evaluar y comparar el funcionamiento de esta institución en nuestro país luego de más de diecisiete años de reconocimiento constitucional. Finalmente, se realizará, a modo de conclusión, una evaluación de la misión de la Defensoría del Pueblo del Ecuador, como garante de los derechos humanos y como garantía constitucional. Igualmente, se incluirán los desafíos que tiene la Defensoría del Pueblo dentro de un Estado Constitucional de Derechos y Justicia.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

El presente trabajo tiene como propósito ratificar la importancia del derecho procesal enfocado desde la garantía jurisdiccional de la acción de protección contemplada en el artículo 88 de la Constitución de la República, como herramienta idónea y eficaz para tutelar de los derechos de los servidores públicos ante el advenimiento de la compra de renuncias obligatorias con indemnización como causal de cesación de funciones. Para el efecto se ha realizado el análisis cuantitativo de las sentencias de acción de protección interpuestas por servidores públicos en el trimestre de noviembre de 2011 a enero de 2012 en la ciudad de Quito, en una suerte de inseguridad jurídica ante la ausencia de argumentación jurídica y motivación de estos fallos. En el primer capítulo se aborda la acción de protección en el estado constitucional en línea con los derechos al debido proceso y la motivación. Un segundo capítulo trata sobre la argumentación jurídica de las sentencias frente a las compras de renuncias que inmiscuye: la admisibilidad y procedencia de la acción de protección, sus filtros procedimentales -fondo y forma- , la independencia judicial y la desnaturalización de la esta garantía ante el tema de fondo –la compra de renuncias obligatorias con indemnización. Finalmente, se realiza un análisis de la Sentencia No. 003-13-SIN-CC, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 154 de 03 de enero de 2014, respecto de la acción de inconstitucionalidad interpuesta respecto del artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 813.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

En el presente trabajo académico analizamos la aplicación de la justicia penal ordinaria en un atentado contra la propiedad, respecto del juzgamiento ante la justicia indígena, con la finalidad de conocer qué tipo de justicia ofrece mejores resultados y constituye una solución efectiva a la hora de su aplicación. Inicialmente trataremos el pluralismo jurídico y su reconocimiento hasta contemplarse en la legislación ecuatoriana, analizamos las bases legales y constitucionales, su importancia y vigencia, además de recoger los principios rectores, procedimiento, requisitos y efectos de aplicación tanto de la justicia penal ordinaria e indígena. Finalmente, a través del análisis comparativo, el trabajo de investigación pretende descubrir si se puede resolver legítimamente un atentado contra la propiedad sin considerar la pena privativa de libertad como única solución que ofrezca mejores resultados dentro de un Estado constitucional de derechos y justicia.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

El presente trabajo estudia la relación entre la teoría del Estado de Derecho, la democracia y el constitucionalismo desde el punto de vista teórico y en función del control formal de constitucionalidad de las leyes como uno de los medios para garantizar la vigencia de una forma de gobierno democrática. Se pone en evidencia la instrumentalidad de los procedimientos y la misma se aborda desde los tres aspectos de un sistema constitucional como son: función, estructura y procedimientos de la función legislativa. Se trata de una perspectiva sustancial y democrática que permite extraer de los principios y contenidos constitucionales reglas procedimentales y estructurales para el proceso de formación de la ley y establecer la función que cumplen para la salud del sistema democrático. Los valores y derechos se encuentran presentes en este trabajo pero de ellos se propone un punto de vista jurídico que permita su efectivo control, y así garantizar su materialización durante el trámite de formación de una ley. Todo esto resultará necesario, mucho más en tiempos como los nuestros, donde la reflexión sobre el ejercicio y actividad de los poderes públicos ha sido relegada al segundo plano. Este trabajo, en síntesis, recalca en la garantía de los derechos y la materialización de los valores y principios por medio de las normas del procedimiento y del esfuerzo por perfeccionarlos. De estos aspectos depende la vigencia, de lo que en términos del artículo uno de la Constitución ecuatoriana, es un Estado constitucional de derechos y justicia. El trabajo se limita al estudio jurídico-dogmático del poder legislativo y las relaciones sociopolíticas que se presentan durante la formación de la ley. Todo ello conectado al control formal de constitucionalidad del procedimiento legislativo realizado por la Corte Constitucional. Algunas anotaciones históricas permitirán comprender el origen de la institución parlamentaria y su ideología. Por otra parte, el derecho comparado permitirá apreciar el contraste entre los aciertos y desaciertos del diseño del procedimiento legislativo que se encuentra vigente en nuestro país. Así entendidos, los valores y principios tienen contenido y eficacia jurídica; develar esas características es fundamental para controlar el cumplimiento de la Constitución.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

El presente trabajo de investigación se aproxima a realizar un análisis detallado de los elementos constitucionales y límites de la prueba, supuesto que establece los pilares sobre las cuales se apoya la tutela judicial efectiva, el debido proceso y por consiguiente, la seguridad jurídica, además, estos supuestos son la base de un Estado garantista que reconoce varias garantías, como una forma de materializar y guiar el poder de administrar justicia. En la actualidad el ámbito procesal civil presenta un problema en la praxis pues advierte falta de diligencia en la sustanciación de los procesos, a pretexto de coordinación entre funciones surge un escenario que supone injerencia en las decisiones judiciales en los procesos, generando inseguridad jurídica. Sin tratar de caer en reduccionismos la seguridad jurídica afianza la certeza del derecho que no es sino, además, la paz y el orden social en el marco jurídico. Ya los cauces que rigen el garantismo quedaron iniciados con la constitucionalización de la tutela judicial efectica, el debido proceso para la aplicación de las garantías o normas que más se ajusten a los derechos vigentes, sin embargo, queda mucho por hacer para alcanzar una efectiva materialización de la seguridad jurídica. Le corresponde a la legislación procesal civil realizar los cambios para una adecuada aplicación del derecho, precisando que ella es fundamental para el correcto funcionamiento del Estado Constitucional de Derechos y Justicia actual. Además constituye una precondición para la aplicación imparcial, formal y material del Derecho. El Sistema Jurídico vigente evidencia la supremacía constitucional como eje central de manera que existe una directa vinculación del juez a la misma. Este fenómeno jurídico judicial arroja consecuencias relevantes para la tutela judicial efectiva en un Estado garantista.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

En la presente investigación, se identifica un problema jurídico constitucional: el conflicto entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva en el proceso penal ecuatoriano, en virtud que en la práctica procesal, tanto la presunción de inocencia como la prisión preventiva crean nudos críticos, que colocan en entre dicho el valor jurídico del derecho a la libertad personal en el Estado constitucional de derechos y justicia; por tal razón en los objetivos investigativos se estableció la necesidad de dilucidar las causas por las cuales estas instituciones jurídicas producen visibles conflictos, con la finalidad de buscar soluciones que permitan subsanar las limitaciones observadas. Viabilizar el derecho de libertad personal y la concreción de los fines del proceso penal, premisa importante para edificar una justicia a tono con el Neoconstitucionalismo imperante en el actual paradigma estatal cuya tendencia garantista es impulsada por la Comunidad Internacional que motiva la practicidad del principio pro persona. El Capítulo I, contiene un estudio de la presunción de inocencia, sus referentes históricos, definiciones, su importancia en el Estado constitucional de derechos y justicia, así como su impacto en la realidad procesal y la justicia penal. El Capítulo II, contiene un estudio sobre la prisión preventiva, su evolución histórica, formas de implementación, su carácter de excepcional y medida de última ratio y su apreciación como una pena anticipada. El Capítulo III, contiene un estudio respecto del conflicto o colisión que presentan los institutos de la presunción de inocencia y la prisión preventiva, y las garantías en juego desde un enfoque legal y constitucional. Por esta investigación llegamos a la conclusión que el conflicto persistente entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva, radica por problemas normativos y de la praxis, en casos en concreto.

Relevância:

60.00% 60.00%

Publicador:

Resumo:

El neoconstitucionalismo nos enmarca dentro de una nueva propuesta de Estado constitucional de derechos y justicia, idea que nos permite comprender que como nunca antes en la historia del constitucionalismo ecuatoriano, múltiples derechos vinculados con la participación social han sido reivindicados y reconocidos como una novedad en la Constitución de Montecristi. Entre estos derechos se encuentra el de resistencia, necesario e insustituible para que el pueblo de forma individual o colectiva pueda ejercer el derecho innato de defensa ante la arbitrariedad y abuso de los poderes públicos o privados y también para utilizarlo como “un medio directo de participación del pueblo en la política.” En esta tesis reviso como sería entendida por la sociedad ecuatoriana la invocación del derecho a la resistencia en el marco sistemático de la Constitución del 2008 y señalo que una comprensión sobre unos límites débiles del derecho a la protesta, podría llevarnos a pensar que existiría un conflicto de derechos constitucionales en las diferentes manifestaciones de actos de resistencia colectiva, mismos que podrían haber sido zanjados con la aplicación de normas infraconstitucionales en la sustanciación de diferentes procesos penales; de ahí la importancia de que los operadores de justicia dejen de lado un criterio de solución estándar al momento de resolver los casos en los que se ha invocado este derecho constitucional, y de que consideren también que podría existir una trilogía en el ejercicio de la resistencia colectiva, pues la protesta social sería entendido como un medio para la invocación de este derecho, ya que la resistencia al ser entendida como un derecho de participación en el marco constitucional actual, podría considerarse como el fin de estos actos colectivos de protesta. Finalmente en este planteamiento, los actos de resistencia colectiva encontrarían protección no solo constitucional sino internacional porque existiría una conexidad de éstos con los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y asociación.