936 resultados para ECUADOR. CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL


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La persona jurídica es un centro de imputación diferenciado, en el cual se limita la responsabilidad patrimonial de quienes se asocian. sin embargo, a veces esta figura puede ser mal utilizada para alcanzar metas prohibidas por la ley o para perjudicar a terceros. La legislación ha previsto mecanismos para evitar esta utilización indebida de la persona jurídica, pero, excepcionalmente, se dan casos en que la solución legislativa no es suficiente, por lo que, partiendo de los principios generales del derecho de la buena fe, la lealtad y la equidad, la jurisprudencia ha desestimado la personalidad jurídica y ha llegado hasta quienes, amparándose en la figura societaria, han pretendido burlar la ley o abusar del derecho. Se ha desarrollado la teoría del regard of legal entity, que recibe muchos nombres en español (se ha preferido el de levantamiento del velo) que permite al juez, excepcionalmente, levantar el velo que separa al espectador de la realidad, a fin de imponer a los responsables del fraude o el abuso, la responsabilidad que les corresponda. en primer lugar se hace una breve exposición de la teoría, reseñando lo que han dicho los autores, para continuar examinando la situación ecuatoriana, las disposiciones legales aplicables y las sentencias en las cuales los jueces se han referido a esta teoría, y concluir señalando la naturaleza procesal de la figura, la inconveniencia de dictar una ley que la incorpore al ordenamiento jurídico y el riesgo de una utilización masiva e indiscriminada.

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Este artículo analiza la sentencia de la Corte Constitucional que resuelve el conflicto de criterios entre el Procurador General del Estado y el Contralor General. en cuanto a la materia misma de la sentencia, en opinión del órgano más importante de justicia constitucional del país, las tasas son tributos, que no pueden percibirse, cederse, ni administrarse directamente por ninguna persona natural ni jurídica que no sea el estado. el cambio constitucional exige una nueva óptica jurídica en la apreciación de los dictámenes prevenientes de la Procuraduría General del estado, que ya no son simples opiniones de juristas respetables, sino que constituyen normas jurídicas que se deben aplicar. De alguna forma ha renacido con mayor vigor el ius publice respondedi del pretor romano, y estos actos jurídicos han alcanzado la jerarquía de fuentes formales del derecho.

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Este artículo trata sobre la caducidad de la facultad determinadora de la obligación tributaria de la administración, con particular referencia a la ejercida de oficio o de modalidad mixta, conlleva el análisis previo de esta figura frente a la prescripción, a la luz del Código Tributario ecuatoriano, con respaldo en reconocida producción doctrinaria, dejando al descubierto la falta de previsión legal sobre los plazos de caducidad que deben obrar en el ejercicio de esa facultad y la incidencia por su omisión.

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El presente trabajo se inscribe en el debate acerca del conflicto entre los principios constitucionales de información y protección del honor en el terreno del delito flagrante. se trata de la tensión sobre la situación judicial de las personas aprehendidas o capturadas y el actuar de los medios de comunicación, en la emergente corporativización de la Política criminal (seguridad pública) por la agenda periodística. Es una reflexión de cómo el periodismo y las garantías de los detenidos no comulgan alrededor del principio de presunción de inocencia, en donde el metamensaje de la noticia penal buscaría asilo en el populismo legislativo.

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El artículo ofrece una caracterización general de los indios de Portoviejo, en la zona central de la Costa ecuatoriana, a lo largo del período colonial. Se analizan las reacciones de las parcialidades indígenas ante las regulaciones de la administración colonial y las frecuentes disputas con los sectores blancos y mestizos de la región por el control del territorio y la mano de obra. Seguidamente, el artículo describe algunos de los viajes que algunas autoridades étnicas emprendieron hacia España, en procura de que sus quejas y demandas fuesen oídas directamente por el Rey y su corte. Palabras clave: Indígenas, caciques, poderes locales, Colonia, comercio, redes de sociabilidad, tributo, faccionalismo, viajes, Corte española.

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El artículo analiza la producción historiográfica guayaquileña aparecida en el Boletín del Centro de Investigaciones Históricas. Primeramente, se realiza un acercamiento al contexto sociocultural de la ciudad-puerto entre 1930 y 1960. Seguidamente, se estudia la creación del Centro de Investigaciones Históricas y el aparecimiento del Boletín, la primera publicación especializada en su ámbito, su contenido y los temas que atrajeron la atención de sus colaboradores. Finalmente se explora la influencia de esta institución en las conmemoraciones locales.

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El artículo aborda el mural que el artista plástico ecuatoriano Camilo Egas preparó para el pabellón del Ecuador en la Feria Mundial de Nueva York, de 1939. Se revisan los detalles relacionados con la confección de la obra encargada por el Gobierno ecuatoriano y las reacciones que suscitó entre los asistentes a la exposición, funcionarios diplomáticos ecuatorianos y otras personalidades gubernamentales. Además, se describen algunos aspectos relacionados con su abandono, una vez concluida la exhibición y con la tarea de identificación de la documentación que testimonia el caso.

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Presenta las reseñas de los siguientes libros:

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El presente trabajo aunque de naturaleza técnica, pretende dos cosas fundamentales: familiarizar al lector con los denominados “instrumentos derivados” que tienen volúmenes gigantescos de negociación en su mercado propio (el OTC) ascendiendo “ … a finales de junio de 2009 a 605 billones de dólares (10 veces el PIB mundial)”1; y, revisar con más profundidad uno de aquellos, una innovación financiera derivada de los contratos de permuta financiera que toma el nombre de Credit Default Swaps. Esta innovación o evolución sobre los instrumentos derivados ordinarios, representa un tipo de contratos altamente estandarizados y tecnificados que fueron creados como una nueva forma de protección sobre incumplimientos de crédito viabilizando la transmisión de uno, varios o todos los riesgos asociados con la posibilidad de incumplimiento de pago de operaciones crediticias a terceros quienes los reciben en virtud de un precio. Como se verá en del transcurso del trabajo, el loable objetivo de protección para el que fueron originalmente creados, se desnaturalizó hasta convertir a estos instrumentos en independientes de las obligaciones que amparaban y permitir su acceso a especuladores financieros que amasaron grandes fortunas apostando a favor y en contra de obligaciones y fracturando, de esta manera, la transparencia que es principio fundamental de los mercados financieros. La evolución insidiosa y el descontrol de estos instrumentos, sin embargo, ha permitido su proliferación e interferencia, no solo en obligaciones particulares sino que ha contaminado los mismos mercados de deuda soberana, incluyendo la ecuatoriana como se verá en su momento y muy recientemente la denominada “crisis griega”; los especuladores han utilizado estos complejos productos para aprovecharse de los ingentes beneficios que les proporcionan en desmedro de las economías de países en dificultades multiplicando sus pérdidas y causando alarma y conmoción tanto interna como externa al punto que muy pocos días antes de la presentación de este trabajo, Francia, Alemania, Luxemburgo, la afectada Grecia y el mismísimo Presidente de la CEE, han llamado a la comunidad financiera internacional a limitar su uso.

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Hernández plantea en este tributo al desaparecido filósofo y ensayista ecuatoriano, Bolívar Echeverría, que su discurso crítico asume lo que se llamaría, más que filosofía, el pensar. El pensamiento en la América Latina de los 60 se debatía entre varias inquietudes, afirma. Primero, se pretendía hacer una filosofía nacional o de la militancia política. Segundo, se percibía como un problema la necesidad de la filosofía de inscribirse en la Academia. Por último, se instaba a que en filosofía también primara el compromiso de los intelectuales con el presente. Y en el presente coexistían la embriaguez por el cambio revolucionario y cierto pesimismo de la época –agotamiento, dolor y horror por las víctimas de las transformaciones–. Entonces, según Hernández, Echeverría se preguntó por la relación entre Modernidad y Revolución, entre Modernidad y los períodos posteriores de la estabilidad de la Reforma. Consiguió formular la época y formular, a la vez, un pensamiento crítico.Y avanzó más: observó que, pese al efecto devastador del proyecto moderno, la cultura resistía y hacía surgir nuevas formas para mantener las esferas del mundo de la vida. Era el caso de lo barroco, “una estrategia para hacer ‘vivible’ algo que básicamente no lo es”. Moverse en estas sendas, se pregunta Echeverría, ¿no equivale al acontecimiento del pensar?

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El autor revisa el cuento “Guayaquil”, de Jorge Luis Borges, incluido en El informe de Brodie, su motivo es la histórica reunión entre Bolívar y San Martín en dicha ciudad. Es interpretado a la luz de la novela Nostromo de Joseph Conrad, aludida en el relato, y que se refiere a los devaneos y traiciones de las élites criollas y sus caudillos. Robles sostiene que Borges presenta en “Guayaquil” su propia visión de la Historia: una construcción a base de perspectivas que se cruzan, de reordenamientos de datos y de imprecisiones, para Borges, en la lucha de poderes entre caudillos populares y refinados políticos pesarían más la voluntad y la decisión que las palabras. Finalmente, el autor revisa el efecto de una distinta organización de los cuentos del libro. El de la primera versión inglesa apuntaría a mostrar un ascenso en la representación de la barbarie (como tema de los textos), presente en las repúblicas latinoamericanas siglo y medio después de sus independencias.

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Presenta las reseñas de los siguientes libros: VICENTE ROBALINO, La invención del cielo, Quito, Eskeletra, 2008, 54 pp. -- JUAN VALDANO, Juegos de Proteo, Quito, Eskeletra, 2008, 267 pp. -- CRISTÓBAL ZAPATA, Jardín de arena, Arequipa, Cascahuesos Editores, 2009, 57 pp. -- CAROLINA ANDRADE Frágiles, Guayaquil, b@ezeditor.es, 2009, 123 pp. -- Luis Carlos Mussó, Evohé, Guayaquil, Casa de la Cultura Ecuatoriana, Núcleo del Guayas, 2008. -- JORGE VELASCO MACKENZIE, Tatuaje de náufragos, Quito, Ministerio de Cultura del Ecuador/Abya-Yala, 2008, 425 pp. -- RAÚL SERRANO SÁNCHEZ, En la ciudad se ha perdido un novelista. La narrativa de vanguardia de Humberto Salvador, Quito, Ministerio de Cultura de Ecuador/Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, 2009, 237 pp. -- ALFONSO ORAMAS VELASCO El sacrilegio de Maruja Hernández Guayaquil, b@ezeditor.es, 2010, 109 pp.

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El reconocimiento de la jurisprudencia como fuente jurídica principal concede a todo fallo efectos vinculantes de alcance general y abstracto. Este cambio de esquema ha trastocado los cánones de tradición romano-germánica. La ubicación de la jurisprudencia dentro del sistema de fuentes dependerá, por la forma, de la jerarquía orgánica del juez o tribunal del que emanare. En cuanto al fondo, existen dos aristas. La primera, en cuanto a la materia, en aplicación del principio del paralelismo de las formas jurídicas: si existiese reserva constitucional o legal sobre una materia determinada, la jurisprudencia estará creando subreglas de idéntica naturaleza y jerarquía. Finalmente, desde la perspectiva axiológica, en atención al principio de interpretación pro homine y de progresividad de los derechos fundamentales, la jurisprudencia que prevalecería es aquella que presente un estándar mayormente garantista, sin importar la jerarquía orgánica del juez o tribunal emisor.

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Para evitar una transformación formal y conducir un cambio constitucional sustancial se hace indispensable generar una construcción teórica en la que se sustenten los valores estructurales del constitucionalismo ecuatoriano como son el Sumak Kawsay y la justicia. Los nuevos saberes constitucionales son una motivación para transformar la práctica del derecho en el sistema de justicia ecuatoriano, porque no es suficiente el ejercicio tradicional del derecho para las exigencias del sistema constitucional actual. Es importante identificar que el cambio a lo nuevo ofrece resistencia en la práctica y exige creatividad para la transformación, circunstancia que se apega a la reparación integral que involucra el ejercicio de la justicia no como un ideal reservado para la teorización, sino que exige materialización.