68 resultados para Protección individual


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La reforma a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 407 de 31 de diciembre de 2014, introdujo al Sistema Público para el Pago de Accidentes de Tránsito como una cobertura de protección por el riesgo que la circulación de automotores representa para las potenciales víctimas de accidentes de tránsito; garantía asumida por el Estado ecuatoriano y financiada por los propietarios de los vehículos que se trasladan por el territorio ecuatoriano. Los perjuicios que no fueran cubiertos por este amparo, seguirán constituyendo responsabilidad civil del causante, cuando éste sea determinado por autoridad competente y no sustituye la responsabilidad civil originada por el accidente. Este sistema sustituyó al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) implementado a inicios del 2008. Sobre la base del estudio de los regímenes de protección de víctimas de accidentes de tránsito en Bolivia, Colombia, Chile, Perú y de la propia experiencia ecuatoriana, se persigue determinar los principales lineamientos que deberían considerase para la elaboración del reglamento que regirá el funcionamiento del Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito, de manera que cumpla con su objetivo básico de satisfacer a los afectados por un accidente. La investigación se inscribe en el campo del derecho comparado, utilizando como métodos de investigación jurídica al exegético y sistemático; y, como técnica, la documental. Las sugerencias para la normativa que rija al Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito en cuanto a coberturas, exclusiones, acciones de repetición, Fondo de Accidentes de Tránsito, entre otros, permitirán el resarcimiento oportuno de los daños causados a las víctimas o sus beneficiarios en caso de muerte; además se incluyen recomendaciones relativas al tratamiento del seguro de responsabilidad civil ecuatoriano como producto del desarrollo de esa institución.

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The aim is to discuss the main legal criteria developed in Argentina in regard to cultural and architectural heritage protection through the analysis of five court decisions and their main protection techniques. The goal is to raise awareness about the critical role of civil society in the protection and promotion of heritage and cultural values. The attempt is to highlight the importance of judge’s active role as a major figure in the field.

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The contents of this article analyze the right to private property after the decision of the Inter-American Court of Human Rights in the case “Salvador Chiriboga vs. Ecuador”. The author´s concern is the fact that this case represents the most expensive sentence inside the Inter-American protection system due to the violation of the right to private property (art. 21.2 AC); judicial guarantees (art. 8.1 AC) and judicial protection (art. 25.1 CA). This subject has special relevance since Ecuador is facing a judicial reform process and it is necessary to consider that the diffusion of this decision among judges could prevent the commission of the same mistakes; specially, those related to denial of justice as it occurred in the present case study.

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El presente trabajo tiene como propósito ratificar la importancia del derecho procesal enfocado desde la garantía jurisdiccional de la acción de protección contemplada en el artículo 88 de la Constitución de la República, como herramienta idónea y eficaz para tutelar de los derechos de los servidores públicos ante el advenimiento de la compra de renuncias obligatorias con indemnización como causal de cesación de funciones. Para el efecto se ha realizado el análisis cuantitativo de las sentencias de acción de protección interpuestas por servidores públicos en el trimestre de noviembre de 2011 a enero de 2012 en la ciudad de Quito, en una suerte de inseguridad jurídica ante la ausencia de argumentación jurídica y motivación de estos fallos. En el primer capítulo se aborda la acción de protección en el estado constitucional en línea con los derechos al debido proceso y la motivación. Un segundo capítulo trata sobre la argumentación jurídica de las sentencias frente a las compras de renuncias que inmiscuye: la admisibilidad y procedencia de la acción de protección, sus filtros procedimentales -fondo y forma- , la independencia judicial y la desnaturalización de la esta garantía ante el tema de fondo –la compra de renuncias obligatorias con indemnización. Finalmente, se realiza un análisis de la Sentencia No. 003-13-SIN-CC, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 154 de 03 de enero de 2014, respecto de la acción de inconstitucionalidad interpuesta respecto del artículo 8 del Decreto Ejecutivo No. 813.

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La presente tesis tiene como propósito determinar si la acción extraordinaria de protección ha generado en Ecuador la denominada guerra de cortes, entre las altas cortes de justicia ordinaria y constitucional, a partir de la Constitución de 2008. Sus objetivos son establecer la naturaleza, objeto, características y trámite de la mencionada acción, para poder determinar sus alcances y límites; y conocer los motivos por los cuales se origina una guerra entre cortes, para lo cual se revisará brevemente lo ocurrido en los casos italiano, español y colombiano. Adicionalmente se estudiará el caso ecuatoriano con la finalidad de concluir si tal guerra se da en las circunstancias bajo las cuales se ha desarrollado la acción extraordinaria de protección. Se utilizó los métodos de investigación: descriptivo, comparativo y analítico, siendo la jurisprudencia una fuente de información muy útil durante todo el trabajo, la cual alimentó los capítulos que componen la tesis. Se concluye que la acción extraordinaria de protección, es una garantía jurisdiccional excepcional, de carácter residual, cuyo objeto es la protección de derechos constitucionales que puedan ser vulnerados a través de fallos judiciales. Esta acción se constituye en un avance en la materia, siempre que no sea tergiversado su propósito, se cumplan sus fines y no se convierta en una nueva instancia. Finalmente, se determina que han existido varias fricciones entre la Corte Constitucional y la Corte Nacional de Justicia, en un inicio, advirtiéndose la acción extraordinaria de protección como una amenaza a la independencia de la justicia ordinaria; por existir contradicción entre jurisprudencia vinculante; y por considerar que existen algunos casos donde la Corte Constitucional ha invadido indebidamente ámbitos que le conciernen a la justicia ordinaria. Sin embargo, pese a estos problemas, existe voluntad entre las dos altas cortes de justicia del país, para buscar acuerdos a través del diálogo jurisdiccional, no habiéndose conocido enfrentamientos entre la Corte Constitucional y la Corte Nacional de Justicia, que hayan sido de gran trascendencia, motivos por los cuales se concluye, que no existe “guerra de cortes” en Ecuador a partir de la Constitución de 2008.

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El presente trabajo de investigación pretende demostrar que el razonamiento práctico justificativo es el método adecuado para la fundamentación de la sustanciación y resolución de las acciones ordinarias de protección bajo la premisa que al coincidir sus fundamentos y finalidades al ser desarrollados en conjunto puede garantizar niveles óptimos de eficacia de dicha garantía jurisdiccional. Al efecto: en primer lugar desarrollaré los conceptos e ideas trasversales más importantes del razonamiento práctico justificativo propuesto por el filósofo argentino Carlos Santiago Nino(casos en que debe aplicarse, precondiciones de los sujetos deliberantes, estructura del razonamiento, relaciones epistémicas de los conceptos “razonamiento práctico” y “contextos”, relaciones epistémicas entre los conceptos “razonamiento práctico justificativo” y “acción ordinaria de protección”, finalidades del razonamiento práctico justificativo y procedimiento de aplicación del razonamiento práctico justificativo a los textos jurídicos. En segundo lugar me ocuparé de algunas importantes críticas propuestas en contra de los razonamientos prácticos incluyendo el razonamiento práctico justificativo (Ulises Schmill, Rolando Tamayo y Óscar Correas). Y, en tercer lugar, desarrollaré un análisis cuali – cuantitativo de varias muestras de investigación constituidas por procesos constitucionales de acciones ordinarias de protección con el propósito de verificar la validez de la premisa inicial consistente en la relación ideal entre razonamiento práctico justificativo y acción ordinaria de protección.

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Este escrito, pretende poner en evidencia la falta de límites jurídicos a la actual política económica extractiva en los países de la comunidad andina (CAN), actividad impulsada por los actuales gobiernos, quienes sin duda dan mayor importancia al modelo de desarrollo capitalista que a su propia riqueza ambiental, cultural y social; factores gravemente amenazados por el neoextractivismo que recientemente ha generado diferentes tensiones y disputas a nivel jurídico-ambiental; por tanto, esta investigación invita a reflexionar sobre este tipo de problemáticas y sobre la necesidad de cambiar la perspectiva materialista y consumista que envuelve actualmente a nuestra sociedad. En este sentido, se abordará la evolución histórica del Derecho Internacional Ambiental, con el fin contextualizar estos principios en los ordenamientos jurídicos de Perú, Ecuador, Colombia y Bolivia y así dilucidar los problemas que existen en estos países frente a la falta de protección de sus recursos naturales, provocados por la escasez de garantías legales y la permisividad que existe por parte de los gobiernos en lo que a minería y problemas ambientales respecta. Se describe además de forma genral las diferentes dificultades legales que el extractivismo ha generado en cada país analizado, pues cada uno cuenta con particularidades ambientales y normativas que hace difícil abordar a profundidad cada problemáticas en esta investigación, sin embargo se plantean diferentes estrategias que los estados deberían conocer y aplicar para reducir el impacto socio-ambiental que está generando la actual política económica. Cabe resaltar que en esta tesis no se abordarán perspectivas políticas ni sociológicas, pues se limita a realizar un análisis jurídico de los posibles problemas que tendría la legislación actual frente al neoextractivismo (minería a gran escala), que afecta los diferentes territorios biodiversos que se encuentran en inminente peligro por los proyectos económicos que estos gobiernos desean implementar.

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El neoconstitucionalismo nos enmarca dentro de una nueva propuesta de Estado constitucional de derechos y justicia, idea que nos permite comprender que como nunca antes en la historia del constitucionalismo ecuatoriano, múltiples derechos vinculados con la participación social han sido reivindicados y reconocidos como una novedad en la Constitución de Montecristi. Entre estos derechos se encuentra el de resistencia, necesario e insustituible para que el pueblo de forma individual o colectiva pueda ejercer el derecho innato de defensa ante la arbitrariedad y abuso de los poderes públicos o privados y también para utilizarlo como “un medio directo de participación del pueblo en la política.” En esta tesis reviso como sería entendida por la sociedad ecuatoriana la invocación del derecho a la resistencia en el marco sistemático de la Constitución del 2008 y señalo que una comprensión sobre unos límites débiles del derecho a la protesta, podría llevarnos a pensar que existiría un conflicto de derechos constitucionales en las diferentes manifestaciones de actos de resistencia colectiva, mismos que podrían haber sido zanjados con la aplicación de normas infraconstitucionales en la sustanciación de diferentes procesos penales; de ahí la importancia de que los operadores de justicia dejen de lado un criterio de solución estándar al momento de resolver los casos en los que se ha invocado este derecho constitucional, y de que consideren también que podría existir una trilogía en el ejercicio de la resistencia colectiva, pues la protesta social sería entendido como un medio para la invocación de este derecho, ya que la resistencia al ser entendida como un derecho de participación en el marco constitucional actual, podría considerarse como el fin de estos actos colectivos de protesta. Finalmente en este planteamiento, los actos de resistencia colectiva encontrarían protección no solo constitucional sino internacional porque existiría una conexidad de éstos con los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y asociación.