72 resultados para Hegemonía Neoliberal


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Desarrollar un balance crítico del impacto del Convenio 169 de la OIT y sus repercusiones en el ámbito del pluralismo jurídico y la justicia comunitaria en América Latina constituye un desafío complejo. Durante buena parte del siglo XX, muchos países ni siquiera reconocían que a lo interno de sus territorios existían pueblos indígenas u originarios. La huella y la herida colonial simplemente estaban vigentes. La época en que se aprueba el Convenio 169 de la OIT coincide con el auge neoliberal y el multiculturalismo en la región, pero también con la emergencia a la escena política de un vigoroso movimiento indígena. ¿Ha cambiado la situación de los pueblos indígenas desde entonces hasta ahora? ¿Se han reconocido su condición de pueblos y culturas diferenciadas, y junto con ello, de sus instituciones, autoridades y prácticas de administración de justicia? ¿Ha sido suficiente impulsar cambios en el campo jurídico para afectar una matriz colonial de poder que excluye, invisibiliza y controla al mismo tiempo? Sin duda respuestas a fondo a estas y otras interrogantes rebasan por completo los alcances del presente texto. Apenas se pretende desarrollar un primer esbozo de la situación, a manera de un balance urgente. Hay algunos trabajos y estudios (algunos de ellos citados) que muestran de manera más específica el camino recorrido. La interrogante central que anima estas líneas gira en torno a, ¿cuáles son los principales avances y dificultades existentes en torno a la justicia comunitaria y el pluralismo jurídico a raíz de la ratificación y vigencia del Convenio 1609 de la OIT en algunos países de América Latina? Para responder a esta pregunta, el texto presenta una panorámica y retrospectiva, y está organizado en cinco ítems centrales: a) situación de los pueblos indígenas antes de la aprobación del Convenio 169 de 1989; b) los (principales) efectos y repercusiones generadas por la aprobación del Convenio 169 en el ámbito de la justicia comunitaria; c) las reformas constitucionales y legales, especialmente en relación al pluralismo jurídico y la justicia comunitaria; d) un repaso de algunas de la agenda de políticas públicas en torno a tema; y finalmente e) la situación de las mujeres indígenas y la justicia comunitaria.

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Este libro analiza las estrategias de comunicación y movilización desarrolladas por los pobladores e indígenas de la Amazonía ecuatoriana en su lucha por la justicia ambiental frente al desastre causado por la Chevron- Texaco durante su operación entre 1964 y 1990. La sentencia emitida por la Corte de Justicia de Sucumbíos en febrero de 2011 reconoce la responsabilidad de la empresa estadounidense por los daños y la negligencia con la que operó, ordenando el pago de una suma millonaria a los pobladores de la Amazonía. En la primera parte, se enmarca la relación entre la explotación petrolera, la globalización neoliberal y el “desarrollo”; se presentan los impactos socioambientales de la explotación petrolera, y se examina el rol de la empresa, del Estado y de los actores sociales. En la segunda parte, se analiza el discurso hegemónico de Chevron-Texaco -dirigido sobre todo a negar la contaminación y deslegitimar a las organizaciones sociales y al Estado ecuatoriano-, y se abordan las estrategias discursivas y comunicacionales desarrolladas por la Asamblea de Afectados y el Frente de Defensa de la Amazonía -cuyo objetivo era simplemente mostrar la realidad-. En la tercera parte, se estudia cómo el trabajo en red con organizaciones ecologistas nacionales y transnacionales del Norte y del Sur potencia la movilización social y la lucha de los pobladores de la Amazonía. Y la autora concluye que esta experiencia constituye un ejemplo y un aporte para quienes día a día trabajan por alcanzar la justicia global.

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En el contexto de Latinoamérica y el Caribe, después de Brasil, Colombia ocupa el segundo lugar en volumen de población afrodescendiente con 4.311.757, representando el 10,6% de un total de 40.607.408 habitantes, según la CEPAL. Contradictoriamente con lo que se esperaría en favor de estas comunidades, pero coherente con la ideología del multiculturalismo neoliberal, el país exhibe el más copioso y elogiado desarrollo legislativo en materia de reconocimiento de derechos colectivos étnicos en la región; al tiempo que despliega la mayor arremetida de exterminio contra las poblaciones y las culturas afrodescendientes e indígenas en la actualidad, de que se tenga noticia en estas latitudes.

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El presente trabajo de investigación tuvo por objetivo determinar cómo las representaciones sociales inciden en la conformación de los sistemas de creencias e ideologías de las personas gays y trans, a partir de la hegemonía del sistema heterosexista y su discurso normativo. Para esto, fueron analizadas categorías como ideología, prejuicio, heteronormatividad, discriminación y endodiscriminación. Ello ameritó un estudio de casos, realizado con miembros activistas de las instituciones ecuatorianas: Fundación Equidad y el Proyecto Transgénero, quienes compartieron sus experiencias de vida, así como reflexiones surgidas de su militancia y deconstrucción del modelo heteronormativo. El estudio arrojó como resultado que el lenguaje, profundamente imbricado en las representaciones sociales, constituye en el sujeto posiciones de identidad atravesadas por efectos de la discriminación y el prejuicio. Aunque, paradójicamente, la emergencia de corrientes contrahegemónicas al interior de los colectivos de gays y trans permite resignificar la palabra hiriente y darle lugar en la sociedad al no heterosexual. Además, se constató que, pese a ciertos avances legislativos género‐sensibles, persiste una clara diferenciación social entre lo que es considerado “normal” y lo “anti‐natural”; específicamente, entre el “nosotros correcto” y el “ellos” insurrecto a la norma, pensado como invivible y abyecto. Importa pensar, entonces, el efecto que ejercen instituciones de poder, como la iglesia, la clínica y el ámbito judicial.

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A partir de los escritos de José Carlos Mariátegui sobre Oriente, este artículo aborda el análisis del pensador peruano sobre la importancia de los movimientos independentistas de las colonias orientales de Asia y África posteriores a la Primera Guerra Mundial, y su interés en el caso de India. Se resalta la mirada crítica de Mariátegui respecto a la hegemonía de Occidente y el valor de las luchas por la independencia, vistas como la posibilidad de un cambio de orden político y social y, con ello, del surgimiento de una nueva conciencia.

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El cambio hacia la izquierda en los gobiernos de América Latina es parte de un fenómeno que se viene desatando en el mundo a consecuencia de las crisis sociales y los descalabros económicos, por la ortodoxa implementación del modelo económico neoliberal. Estos nuevos gobiernos de izquierda avanzan hacia una propuesta encaminada a lograr un nuevo modelo de desarrollo que se oponga a un mundo dominado por el mercado, el individualismo, el consumismo y el interés de ganar más y tener más con el menor esfuerzo. En este camino, se han planteado la superación del modelo neoliberal, sustituyéndolo por un nuevo proyecto. El presente ensayo muestra algunas condiciones, posibilidades y limitaciones a la hora de buscar un nuevo modelo.

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Desde fines del año pasado, ocho años de administración de la bonanza parecían sucumbir precipitadamente ante la obligada gestión de la austeridad. Esta vez todo hace pensar que la crisis económica no será como la de 2009, cuando un problemático semestre siguió a dos años de esplendoroso desafío a cualquier sombra de disciplina fiscal. Inmediatamente vino la recuperación. En ese entonces todavía quedaban reservas monetarias provenientes de los ahorros obligados por la ortodoxia neoliberal. A pesar de ambas cosas -tanto de las reservas remanentes como de la corta duración de la crisis-, el año 2009 se recuerda aún como el período de más baja popularidad en ocho años de gobierno: la valoración positiva de la gestión gubernamental llegó a casi el 50% de aprobación cuando el promedio en años posteriores ha superado el 70%.

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Desde el 20 de Octubre del 2008, fecha que entró en vigencia la Constitución de la República del Ecuador, la concepción filosófica del Estado cambió. El auto determinante de “Estado constitucional de derechos y justicia social”, implicó algo más que enunciar un objetivo, impuso los valores como materia y contenido de los preceptos normativos, que marcan la validez del ordenamiento jurídico interno, y además, reconoce la fuerza irradiante de la Constitución sobre el infraderecho. La vinculación de la moral y la justicia en el Derecho objetivo, convierte a un Estado de Derecho positivo, en un Estado constitucional de derechos y justicia social, cuya misión es proteger los valores y principios consagrados en la Constitución, creando para ello mecanismos jurídicos que, teóricamente, permiten el cumplimiento de sus declaraciones. El control de constitucionalidad, y para el caso en estudio, el control de constitucionalidad concreto, es uno de aquellos mecanismos que defienden la hegemonía y la supremacía constitucional. El control de constitucionalidad concreto, es una herramienta apropiada para detectar normas inferiores en contradicción con las normas superiores; se activa ante la duda razonable de constitucionalidad de una norma jurídica, que esté siendo aplicada por la autoridad judicial ordinaria dentro de un caso concreto. Empero, la sustanciación de la consulta judicial de constitucionalidad de norma, exige que la causa concreta se suspenda por cuarenta y cinco días, sin resolver nada sobre lo principal (CR, Art. 428). En asuntos que litigan intereses particulares, suspender el trámite de la causa, sin resolver nada en el fondo, no representaría mayor problema, pero en las causas que ventilan derechos de personas y grupos de atención prioritaria (CR, Art. 35), cuyos bienes, por su trascendencia social, interesan a la causa pública, suspender el trámite del caso sin resolver nada de fondo, lesiona el principio de tutela judicial efectiva y del debido proceso en la garantía de defensa (CR, Arts: 75 y 75.7).

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Since the creation of Union of South American Nations (UNASUR), health policies have become a strategic element in dealing with the impact of neoliberal policies in the region. The aim of this paper is: first, to describe the social, political and economic processes that explain the emergence of UNASUR and its focus on social policy through health care, and second, how through UNASUR Health, health became the engine behind a new kind of health diplomacy. This article hopes to contribute to the debate on the new forms of health diplomacy and the role of regional organizations concentrating on health policies as a centrepiece of their regional integration efforts and the reduction of social inequalities.

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La presente investigación examina cuáles son los aportes de la Cooperación Internacional (CI) en el proceso de reforma de la justicia en Ecuador desde los años 90 y en este contexto describe sus dinámicas y orientaciones, en diferentes períodos. Fue central comprender por qué instituciones de gran influencia como el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se volcaron a impulsar la reforma de los estados y del sector justicia. Por ello, este proceso se sitúa en una temporalidad extensa que abarca dos dimensiones: la reforma de las estructuras del Estado y las transformaciones de los sistemas específicos de justicia. En esta perspectiva central, que reenvía al objeto de esta tesis, el referéndum y la consulta popular del Ecuador del 2011, sobre la reforma de la justicia, no es sino uno de los hitos de una reforma del sector más amplia que debe remontarse a los procesos explícitos diseñados por el “Consenso de Washington”, en la décadas de los 90 y 2000 y que hablan, entonces, ya de una intervención programada de muchos actores y entre ellos, protagónicamente de las Instituciones Financieras Internacionales (IFIS), con sus iniciativas judiciales de promoción de las economías de mercado y en paralelo el reforzamiento de un modelo de desarrollo neoliberal. En otro período posterior de la reforma del sector, los organismos de CI disminuyen su incidencia, ante un Estado que reasume un protagonismo que había perdido. La metodología empleada privilegia el mapeo de las intervenciones de la CI y evidencia cómo las cuantificaciones de sus aportes son solo indicadores parciales, que miden la importancia de su influencia en el proceso de estas reformas. Como conclusión, se llega a valorar el peso del aporte de la CI en la reforma de la justicia; se encuentra la variación en el protagonismo de su intervención frente al otro actor central, el Estado. Por otra parte, se develan las modalidades de intervención de la CI en el proceso de reforma de la justicia en el Ecuador. Las reformas se tomaron aquí como principal objeto de investigación empírica y por ello se buscó identificar las agendas de los organismos internacionales; con este aporte se abre el paso a que otras investigaciones indaguen más allá las implicaciones políticas y sociales de tales reformas en el campo nacional y global.

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Este libro discute sobre los parámetros que la Corte Constitucional ecuatoriana debería considerar para resolver una acción de control de constitucionalidad de decisiones jurisdiccionales indígenas. La autora reflexiona respecto al pluralismo jurídico en Ecuador, a partir del reconocimiento de tensiones inevitables en la interrelación entre dos sistemas jurídicos culturalmente diversos: el hegemónico y el indígena. En este contexto, se analiza la institución jurídica del control de constitucionalidad de las decisiones jurisdiccionales indígenas, cuya atribución corresponde a la Corte Constitucional, como uno de los más claros ejemplos de conexión entre dos sistemas de ad ministración de justicia con diferencias culturales, con la finalidad de establecer si a través de esta garantía se alcanza la coordina ción y cooperación entre las justicias o, si por el contrario, se produce hegemonía de una cultura sobre la otra. Para tal efecto, se examina el denominado caso La Cocha 2, que se sustancia en la Corte Constitucional ecuatoriana, a la luz de los estándares utilizados por la Corte Constitucional de Colombia en la sustanciación de procesos en los que intervienen personas o colectividades indígenas.

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«La soberanía reside en el pueblo». En este precepto descansa el sistema democrático; sin embargo, en sociedades con una elevada desigualdad social, la participación del pueblo en la toma de decisiones mediante canales institucionales es casi inexistente. Las acciones colectivas y los movimientos sociales surgen, en estos contextos, como la única oportunidad de quienes han sido excluidos del debate político para hacer escuchar su voz. La protesta social ha conseguido en Ecuador la inclusión o ampliación de derechos en la Constitución y la ley, detener la agenda neoliberal e inclusive revocar de facto el mandato a tres presidentes de la república. La participación popular no institucional en la conducción de los asuntos públicos fue reconocida en la Constitución mediante el derecho a la resistencia. Sin embargo, la otra cara es la criminalización de la protesta. Sucesivos gobiernos han utilizado al derecho penal como herramienta de amedrentamiento y desmovilización de los movimientos sociales. El presente trabajo analiza la interrelación del derecho a la resistencia y la criminalización. En él se defiende que la constitucionalización del derecho a la resistencia genera consecuencias jurídicas que alteran el sistema de fuentes del derecho, la aplicación del derecho penal e inclusive la forma en que se conciben los conceptos de participación política y democracia.