125 resultados para Garantía implícita
Resumo:
Esta investigación versa sobre el estudio de los conceptos jurídicos indeterminados y la Convención de Viena de 1980, sobre “Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías”, y tiene como propósito establecer la significación explícita o implícita podría tener el término ‘mercadería, desde el análisis crítico de la teoría jurídica de los conceptos jurídicos indeterminados. En primer lugar, a través del estudio y análisis de esta teoría, fundamentada en los principales criterios de los expertos en el tema. La indeterminación es un rasgo definitorio del propio concepto de derecho, por lo que a veces puede pasar por un problema de simple interpretación, o un simple caso de argumentación jurídica, sin general interés por un estudio minucioso de sus causas, motivos y efectos. Posteriormente nos remitiremos al estudio de la Convención de Viena de 1980 desde su aspecto histórico y su innegable trascendencia frente al comercio internacional, así como a la “mercadería” y su presencia como concepto jurídico indeterminado en ella contenido. Y, terminamos el presente trabajo con el análisis del término ‘mercadería’ ya desde los diversos significados que este puede generar, a partir de su uso en el tráfico jurídico, a partir de la doctrina vertida por expertos en el tema y la jurisprudencia que emanan los órganos capaz de generar criterios vinculantes para determinar pautas o significados puntuales sobre términos vagos o lagunas en el derecho. Como último punto abarcaremos el estudio de las opciones de resolución en la teoría jurídica: la tesis de la respuesta correcta y la discrecionalidad judicial y teoría de la norma como marco.
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La adopción de decisiones sobre las actividades y negocios de las compañías, que son aprobadas por los órganos supremos, en algunas ocasiones lesionan los intereses de los grupos minoritarios, que están en desventaja frente a los grupos de poder. Por tanto, los derechos de minorías deben ser regulados correctamente a fin de que garanticen el eficaz ejercicio de los mismos. Uno de los principales derechos que se ha previsto para defensa de las minorías, cuando éstas se ven afectadas por las resoluciones de junta general, es el derecho de impugnación de dichos acuerdos sociales. El derecho de impugnación es primordial para defensa de los intereses de las minorías, puesto que constituye la vía legal por la cual se pueden oponer a la ejecución de las resoluciones adoptadas en junta. El presente trabajo describe en qué casos se puede hacer uso de este derecho y detalla cuál es el procedimiento para ejercerlo; también evidencia las restricciones que la misma normativa establece al respecto. El propósito que se persigue es establecer si efectivamente el derecho de impugnación de minorías constituye una garantía real frente a un posible abuso de las mayorías, y si este derecho puede ser ejercido por cualquier minoría. A lo largo del trabajo se hace un estudio sobre la conformación de las compañías, las acciones y los derechos que otorgan dichos títulos a los socios o accionistas. Se anota la importancia de los órganos de gobierno y la capacidad que tiene para adoptar resoluciones. También se hace un estudio respecto de las nuevas regulaciones que se han desarrollado a nivel mundial en defensa de los intereses de minorías y de la importancia y rol del órgano de control.
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El rol que actualmente, en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad, desempeñan los tribunales constitucionales, trasciende del carácter eminentemente jurídico al político, en tanto han evolucionado de la simple aplicación del clásico modelo kelseniano de “legislador negativo”, mediante el cual los tribunales se limitan a determinar la in/constitucionalidad llana de un precepto jurídico sometido a su control, a la utilización de nuevas técnicas interpretativas que ante la insuficiencia práctica de tal modelo, permiten dar sentido a los mandatos constitucionales, en fallos que se acercan al nivel de la ley formalmente expedida por los parlamentos, por lo cual se los señala como “legisladores positivos” y, por lo tanto, como transgresores del principio de división de poderes, por invadir la libertad de configuración política del legislador original e inclusive del ejecutivo (cuando actúa como colegislador fijando políticas públicas por ejemplo). En consecuencia, tal práctica jurisprudencial genera reacciones duales, por un lado, las que censuran tal intromisión y requieren que el tribunal constitucional se limite a verificar la in/constitucionalidad de las normas sometidas a su control y por otro, las que avalan el intervencionismo del mismo como garantía de los derechos consagrados en la Constitución. Desde ésta óptica y elaborando una abstracción particular, el presente trabajo pretende elaborar un estudio comparado entre los modelos de control abstracto de constitucionalidad aplicados por la Corte Constitucional colombiana y el Tribunal Constitucional ecuatoriano, para establecer si estos siguen la tendencia clásica del legislador negativo, si han evolucionado hacia un tipo de control más amplio como el del legislador positivo o si comparten un modelo híbrido, con tendencia hacia alguno de los dos y en ese sentido determinar las implicaciones que tiene en la vigencia del régimen democrático de los dos países.
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El presente ensayo es un trabajo de la memoria social sobre el movimiento Alfaro Vive Carajo (AVC) que trascendió durante la década de los 80 en la escena política nacional a partir de acciones armadas poco o nada usuales. El documento reflexiona sobre el olvido intencionado que se ha hecho, tanto desde la historiografía como desde el estudio de la política del país, respecto a este actor social. Al recordarlo, se contextualiza el panorama de las insurgencias en América Latina y el Ecuador, lo que deja ver su protagonismo e incidencia en el presente, ya que el AVC construyó una identidad que se irradia en diversos escenarios, incluso en el de sus oponentes más visibles, como el del Partido Social Cristiano, pues fue durante el gobierno de León Febres Cordero, su máximo líder hasta hoy, que se instauró una política de terror desde el Estado para controlar a la oposición, a nombre de “combatir a la subversión”. Este aspecto, influyó en lo que posteriormente sería la emergencia indígena en el Ecuador, específicamente, porque aquel escenario canalizó un ambiente social dispuesto al diálogo entre la sociedad civil y el Estado. La transición que vivió el país durante la década de los 80 hace del AVC un actor político que incidió en el protagonismo de los movimientos sociales con un interés democrático, antes que de lucha de clases, como el movimiento de mujeres, de derechos humanos e indígena. No se trata de un antecedente cronológico que evolucionó de una forma a otra, sino de un referente que de manera paralela y desde diferentes políticas se cruzaron. El ensayo además introduce reflexiones relacionadas a la manera de narrar la memoria colectiva, ya que hace del testimonio la voz del documento, es decir, resalta la subjetividad de quien relata, no sólo por la proximidad con la experiencia referida, sino también por su agenda política implícita. Es una voz que camina en los trayectos paralelos de la ficción que transforma en lenguaje aspectos, cualidades y valores de la realidad que la ciencia describe, argumenta y demuestra. Por otro lado, el hablar del pasado se lo hace desde la cárcel, porque fue allí donde se develaron, en parte, las identidades clandestinas de los “subversivos”. La cárcel interpeló de forma imperativa y esto permitió poner al descubierto la manera de actuar de la organización clandestina, sobre todo, de ciertos liderazgos que se configuraron y dieron a conocer sus mejores performatividades. Trabajo de la memoria colectiva que deja abierto la articulación de otras voces.
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El estudio de los derechos fundamentales y/o humanos se ha realizado desde el esquema tradicional del derecho privado, por tal razón, la teoría del derecho utilizada para entenderlos no es suficiente para la actualidad, dadas las complejas relaciones sociales y de poder que determinan la mayoría de las veces el rumbo de los derechos de las personas. Se requiere que el Derecho, como conjunto de normas jurídicas pensadas para la convivencia sea el que regule en condiciones de igualdad y sin discriminación dicha convivencia, no el mercado. Por ello cuando surge el neoconstitucionalismo como modelo de teoría jurídica, surgen múltiples soluciones, y también problemas, que permiten entender y abordar de mejor forma la estructura del Derecho en el siglo XXI. Entre otras, porque defiende a la Constitución como centro del sistema jurídico y ello dado el contenido de las constituciones modernas supone el respeto y realización de los derechos humanos. Además, porque permite entender en mejor forma los derechos sociales y reconocer su carácter de fundamentales. En ese orden de ideas, se debe continuar reflexionando sobre los derechos humanos y su exigibilidad, por lo que la teoría del contenido mínimo que se propone en el presente texto resulta de gran utilidad para alimentar los postulados del neoconstitucionalismo. Esta teoría plantea que existe un contenido mínimo diferente del contenido esencial de los derechos fundamentales, que está dado por los instrumentos internacionales y que representa el estándar mínimo en materia de derechos, del cual los Estados no pueden salirse bajo ninguna circunstancia, so pena de eliminar o anular el derecho mismo. El trabajo es un hecho social que merece especial protección, por tal razón tiene la garantía jurídica de su positivación, sin embargo, ha sido tal vez hasta el momento el derecho social más vulnerado y de más difícil cumplimiento por su compleja estructura y los constantes ataques que sufre desde las relaciones económicas. Por tal razón se requiere analizar su estructura jurídica en aras de modernizar su concepción y con ello contribuir a mejorara su garantía. En ese orden de ideas, la propuesta del contenido mínimo resulta adecuada para tal fin, pues permite poner en conexión la normatividad interna de un país y la internacional, además de constituirse en sí misma en una garantía de derechos, pues el desconocimiento de los contenidos mínimos del derecho al trabajo puede dar lugar a responsabilidad internacional de los Estados en el sistema regional de protección de derechos humanos.
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Nuestra legislación regula a la emisión de obligaciones en la Ley de Mercado de Valores, en su Reglamento y en la Codificación de Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores; esto con el objetivo de promover un mercado organizado, eficaz y transparente; difundiendo al público una información adecuada de la situación financiera del emisor. Al momento de una emisión de obligaciones, ésta debe estar garantizada por una garantía general, la cual consiste en la totalidad de los activos no gravados del emisor y además podrá contar con garantía específica. Estas normas y otras han derivado problemas en el mercado de valores, ya que la norma no es clara y es subjetiva con la cual el emisor no tiene un mercado ágil ni eficiente. Lo expresado anteriormente ha sido contemplado en tres capítulos: El primer capítulo se ha titulado "OBLIGACIONES", en el cual se brinda un análisis del marco legal, en qué consiste y el proceso de la emisión de obligaciones. El segundo capítulo se ha titulado "RESGUARDOS", en el cual después de tener un conocimiento claro de todo lo relacionado a obligaciones, se analiza esta norma que limita el desarrollo de un mercado ágil, eficiente y veraz. Finalmente, el capítulo tercero se ha titulado "CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES" en el cual se brindará conclusiones que permitan entender la aplicación de la norma y brindar una reforma o la propuesta a la derogación a la misma, si esta lo amerita, después de todo el análisis realizado.
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Desde principios de la década pasada se experimentan importantes cambios en el ámbito internacional, se conforman bloques principalmente económicos y comerciales en diferentes regiones del mundo. Varios tipos de integración regional se desarrollan con la intención implícita de asegurar el crecimiento económico de sus Estados miembros. Sin embargo, últimamente aumenta la convicción entre políticos e académicos que el crecimiento económico por si mismo no es suficiente para asegurar el bienestar social de la mayoría de la población. En este sentido es indispensable, no solamente desarrollar políticas sociales a nivel nacional, sino también a nivel comunitario para acompañar la integración económica. El propósito del presente estudio consiste en presentar y analizar las políticas sociales de las instituciones comunitarias de la Unión Europea, UE, y de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, a fin de definir la dimensión social de ambos procesos de integración. A lo largo del trabajo se van a analizar los principales elementos que determinan la dimensión social de tales procesos, como por ejemplo el crecimiento económico, el nivel de integración, la tradición del Estado de bienestar y la ubicación del proceso de integración en el sistema político-económico mundial, para establecer las diferencias que existen entre la UE y la CAN. En la UE la dimensión social comunitaria se constituyó de manera progresiva y complementaria a las políticas sociales nacionales, pero está limitando su campo de acción cada vez más a las políticas de empleo, respetando el desempleo como una preocupación central de muchos de sus habitantes. En la CAN el compromiso político con la integración regional es altamente retórico y frente a la ausencia de recursos financieros y de sólidos sistemas de asistencia social a nivel de los Estados miembros la dimensión social comunitaria es casi inexistente. Resulta que el crecimiento económico y el desarrollo de la dimensión social comunitaria son indispensables para garantizar el éxito económico y político de un proceso de integración regional.
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Natuflor S.A. y su comercializadora Ecofarms Corp. inician sus operaciones en el año 1995, en el sector La Avanzada, cerca de Machachi. Su ubicación geográfica magnífica para la producción de rosas de calidad, la impulsan hasta convertirse en una de las empresas mas importantes dentro de la zona sur de la Provincia de Pichincha. La presente tesis tiene como fin establecer un plan de comunicaciones de marketing, haciendo énfasis en los problemas actuales del sector, analizando las causas de comportamiento no competitivo y sus soluciones, enfocando un apalancamiento operacional basado en las normas ISO, que si bien no están implantadas actualmente en la empresa, si pueden servir como base para el mejor desarrollo de las operaciones, ya que tanto el levantamiento de procesos, los registros y los indicadores están listos, faltando solamente la certificación. Durante el desarrollo de la tesis, se trata de explicar la importancia del valor entregado al cliente, como valor directo e indirecto. El valor directo como una condicionante fija, donde no se permiten errores, previamente establecida y sin motivos para su incumplimiento. El valor indirecto o agregado como una percepción inesperada, donde el servicio de contacto, la garantía y el cumplimiento son siempre la regla. Se analiza también las estrategias de diferenciación, en cada uno de los mercados y se establece la ventaja competitiva para cada uno de ellos. Finalmente, se hace un análisis de la situación actual de la finca en cuanto a su gama de variedades, haciéndose notar problemas de operación y comercialización, y se sugiere una nueva estructura de variedades que permitan hacer realidad la ventaja competitiva que se ha propuesto.
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El propósito del análisis de la presente investigación, cuyo título es: “JUSTICIA CONSTITUCIONAL EN BOLIVIA”, surge como una inquietud de plasmar puntual y objetivamente la significación del Tribunal Constitucional Boliviano como una nueva institución en la administración y fortalecimiento de la justicia, así como un órgano especializado del control constitucional que permita contribuir a la defensa, protección, garantía y promoción eficiente de los derechos fundamentales, que son requisito sine quanum para la consolidación del régimen democrático en Bolivia; y que gracias a la globalización se encuentran presentes en los países latinoamericanos y por ende en los países andinos, por el impulso de factores irresistibles. Señalado lo anterior, cabe describir sintéticamente el contenido explorado y explotado en ésta investigación, así se tiene que: En el Capítulo I, se consignan generalidades y consideraciones necesarias respecto de lo que se entiende por Estado de Derecho y Estado Constitucional de Derecho, dentro de un Estado Moderno; asimismo, se realizan puntualizaciones sobre Justicia Constitucional, las razones y motivos para su existencia, así como los presupuestos jurídicos que la sustentan. El Capítulo II, está referido a los Principios de la Justicia Constitucional, comprendiendo a la Supremacía Constitucional y Jerarquía Normativa. En el primer principio, se desarrollan los fundamentos, doctrina y la relevancia de la Supremacía Constitucional en el Estado Constitucional de Derecho. Respecto del segundo principio, se examina la Constitución de la Constitución, entendida ésta como las Decisiones Constitucionales Fundamentales, que rigen el desarrollo dogmático y orgánico de la Ley Fundamental. Los Sistemas de Control Constitucional reconocidos en la Justicia Constitucional, son analizados en el Capítulo III, explicándose la diferencia entre el Control Político y el Control Jurisdiccional dentro del cual se definen los Sistemas de Control Difuso, Concentrado y Mixto, haciendo referencia a las experiencias de modelos adoptados por países en Estados Unidos de Norteamérica, Europa y la Región Andina; y su efectividad respecto de los regímenes democráticos. En el Capítulo IV, se examina en forma exhaustiva el Control Constitucional en la Justicia Constitucional Boliviana, haciendo un análisis de los antecedentes históricos, tomando en cuenta el control constitucional en la Constitución de 1967, para posteriormente ingresar en la nueva propuesta de dicho control en la Reforma Constitucional de 1994, determinando las justificaciones para la creación del Tribunal Constitucional y la referencia de los criterios necesarios para la elaboración de la Ley del Tribunal Constitucional Boliviano. El Capítulo V, referido al Tribunal Constitucional como actor principal en la Justicia Constitucional Boliviana, comprende un estudio profundizado de su naturaleza jurídica, composición, su estructura orgánica y, finalmente, se examina el estatuto jurídico – constitucional de los Magistrados del Tribunal Constitucional. El papel del Tribunal Constitucional en Bolivia, se encuentra ampliamente desarrollado en el Capítulo VI, estableciendo las funciones y atribuciones de éste órgano de control constitucional, así como los alcances y efectos de sus resoluciones emitidas. Concluyendo éste capítulo, con el enfoque de la actuación del Tribunal Constitucional en el fortalecimiento del régimen democrático boliviano y en la consolidación de la Constitución, permitiendo así la defensa, protección, garantía y promoción eficiente de los derechos fundamentales. Finalmente, en las conclusiones se da a conocer la trascendencia del rol que cumple el Tribunal Constitucional en Bolivia, al encontrarse encaminado a garantizar, que el modelo de jurisdicción constitucional diseñado se fortalezca cada día más en busca de una jurisdicción constitucional anhelada por los bolivianos. Para la realización y análisis de los capítulos enunciados, se recurrió a fuentes bibliográficas y documentales, así como a fuentes de normas legales, doctrinales y jurisprudenciales que fueron el objeto de estudio y sistematización de ésta investigación jurídica. Se considera que el presente tema, es de importancia incalculable tanto para estudiosos de derecho, juristas, administradores de justicia o simples ciudadanos que desconocen y anhelan que el Tribunal Constitucional Boliviano, intérprete supremo de la Constitución refleje y responda a los principios y fundamentos para los que fue creado.
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La Constitución de Montecristi, trae una nueva garantía constitucional: La Acción Extraordinaria de Protección, como mecanismo para que las personas que sientan lesionados sus Derechos Fundamentales, en sentencias o autos definitivos, por acción u omisión de los jueces comunes, impugnen dichas decisiones judiciales, cumpliendo requisitos de admisión ante la Corte Constitucional, máximo órgano de control e interpretación constitucional. Este trabajo de investigación tiene dos capítulos. En el primero analizamos los antecedentes, naturaleza, requisitos de la demanda y de admisibilidad de la Acción Extraordinaria de Protección. El capítulo segundo, tiene como objetivo analizar tres casos de Acción Extraordinaria de Protección, resueltos por la Corte Constitucional de Transición; Revisar la tutela sobre sentencias en Colombia; Examinar el Recurso de Amparo Constitucional en España; y presentar una reflexión sobre el control de la Corte Constitucional a la Función Judicial, con la vinculación que debe existir entre las jurisdicciones constitucional y ordinaria. Finalizo la tesis exponiendo las conclusiones obtenidas en el trabajo realizado.
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El tema de investigación«El saber de la escolarización neoliberal en el discurso del cambio educativo del Gobierno de Sixto Durán Ballén», Período: 1992-1996,tiene como objetivo principal identificar los enunciados de la escolarización neoliberal y conocer su impacto en la realidad educativa ecuatoriana. El tema tiene como contexto históricola transición del Ecuador, desde una fase del capitalismo dominado por el Estado Nacional, a otra fase liderada por el sistema financiero internacional –representado por el FMI y el BM- y, las empresas transnacionales. La situación caótica en que se encontraba el Ecuador en los años 80 permitió la puesta en marcha de los programas de Ajuste Estructural que consistió en una serie de medidas necesarias para lograr dos propósitos: uno, la apertura de la economía al mercado internacional; y dos, la garantía legal y económica del pago de la deuda externa. El Gobierno de Sixto Durán Ballén continuó con el Programa de Ajuste Estructural al intentar «modernizar» las instituciones públicas y privilegiar el pago de la deuda externa, loque significó desatender a educación, salud y empleo y ahondar las desigualdades sociales. En el caso de la educación ecuatoriana el período de Sixto Durán Ballén se caracterizó por profundizar las tendencias precedentes con respecto a la desinversión y desinstitucionalización del sector. Los bajos recursos limitaron el acceso y la calidadeducativa reduciéndose incluso las metas fijadas en el «Programa Educación Para Todos». Los maestros también sufrieron el deterioro de sus condiciones de vida y de trabajo lo que conllevó una enorme conflictividad en el sector. La desatención del Estado con la educación estimula a otros sectores a ofrecer servicios educativos y crece la educación privada cuantitativa y cualitativamente, epro, se amplían las desigualdades con la educación pública que daba cobertura a los sectores pobres. Adicionalmente, se evidencia la pérdida de rectoría de la política educativa del Ministerio de Educación cuando permite que el BM y el BID dirijanlos programas EB/PRODEC y PROMECEB. En definitiva, la investigación muestra cómo el carácter globalizador de la escolarización neoliberal va modelando no sólo la dimensión económica, políticay cultural de la región latinoamericana, también en el Ecuador se inserta en programas educativos específicos imprimiendo en ellos medidas de cuasi-mercado en los sectores más pobres.
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En el anterior régimen constitucional del Ecuador (Constitución de 1998) se excluyó al órgano judicial del control de constitucionalidad de sus actuaciones, prohibiéndose el amparo contra resoluciones judiciales, aún cuando en sistemas extranjeros se había permitido dicho control. En el nuevo sistema constitucional ecuatoriano (Constitución de 2008) el Estado constitucional de derechos y justicia (Art. 1), garantiza los derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido proceso (Arts. 75 y 76), consagrando como garantía jurisdiccional a la acción extraordinaria de protección en contra de las resoluciones judiciales ejecutoriadas violatorias de derechos constitucionales (Art. 94), más aun cuando la potestad jurisdiccional que emana del pueblo (Art. 168) se somete al principio de juridicidad integrado por la Constitución, instrumentos internacionales de derechos humanos y la ley (Art. 172), y al principio de estricta legalidad pues el poder público limitado formalmente (Art. 226) se vincula sustancialmente a los derechos por el principio de supremacía y sujeción constitucional (Arts. 424 y 426), correspondiendo a la Corte Constitucional en la acción extraordinaria de protección controlar si el órgano judicial ha violado derechos constitucionales en el proceso (Art. 437). La presente tesis, partiendo conceptualmente de la evolución el rol del juez en los distintos modelos de Estado (absolutismo, legalismo, constitucionalismo, neoconstitucionalismo), y enfocándose dentro del paradigma neoconstitucional garantista, abordará de forma crítica el ámbito normativo, doctrinario y jurisprudencial, de la admisibilidad y aceptación de la acción extraordinaria de protección en el sistema ecuatoriano en casos de violación del debido proceso y tutela judicial, analizando sus presupuestos formales (legitimación, activa, legitimación pasiva, oportunidad) y sus presupuestos sustanciales (materia u objeto, procedibilidad, relevancia constitucional).
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Se realiza un estudio de las instituciones jurídicas de la detención y la prisión preventiva y su aplicación y vigencia en el Sistema Acusatorio. Se hace un análisis histórico de su desarrollo, detectándose en la práctica un irrespeto y abuso de estas instituciones, consecuentemente a las normas del debido proceso y a las establecidas en la Constitución, en la Ley y en los Tratados, Pactos Internacionales y Declaraciones, celebrados y ratificados por nuestro País. Señalándose asimismo, que se pueden solucionar estas fisuras del sistema y con ello, no se menoscabe el prestigio del país, su seguridad jurídica; y, de esta manera, se revitalice la garantía de la aplicación plena de los derechos humanos de las personas. Se ha analizando también la nueva institución de la detención en firme, así como la sustitución de la prisión preventiva, obteniendo conclusiones de menoscabo en la aplicación y respeto de los derechos humanos, en especial de la Policía Judicial, inaplicando los preceptos legales y constitucionales como norma jurídica de la más alta jerarquía, y del sistema procesal en general. En conclusión, estimamos que si se realizan correctivos institucionales y procesales, con una nueva visión y cambio de pensamiento y actitud, lo que previamente involucra un profundo conocimiento y capacitación eficiente del derecho penal de: jueces, fiscales, abogados en libre ejercicio, y en especial de la policía judicial que en su esencia debe ser revisada y finiquitar con su sistema de militarización policial y ésta sea técnica y científica, con personas capacitadas en la materia a su mando; y, la decisión política de quienes se encuentran al frente del gobierno y de las instituciones involucradas en la Administración de Justicia, se podrá llegar a efectivizar el respeto de los derechos humanos de las personas, como el más alto fin de la sociedad y del Estado, conforme lo establece en el Art.16 de la Constitución Política.
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A lo largo de los últimos años se ha tomado conciencia de la importancia que reviste la gestión de riesgos para un gobierno corporativo fuerte. Las organizaciones se sienten bajo presión y deben identificar todos los riesgos de negocio que enfrentan: sociales, éticos, ambientales, financieros y operativos; además de explicar cómo los gestionan para lograr un nivel aceptable. Mientras tanto, se ha extendido el uso de los enfoques de gestión de riesgos para todas las empresas a medida que las organizaciones reconocen sus ventajas. Las personas llevan a cabo actividades de gestión de riesgos para identificar, evaluar, gestionar y controlar todo tipo de eventos o situaciones. Estos pueden variar abarcando desde tipos de riesgo para proyectos únicos o estrictamente definidos, como por ejemplo: los riesgos de mercado, hasta amenazas y oportunidades que debe afrontar la organización como una sola unidad. La naturaleza del negocio bancario como tal, lleva implícita la misión y el deber de administrar adecuadamente el riesgo. Las crisis financieras ocurridas en varios países, incluido el Ecuador, pusieron en evidencia la importancia de saber manejar los riesgos asociados a este sector y a estar alertas ante la fragilidad de los sistemas de medición y control de riesgos. Este estudio tiene como finalidad convertirse en un aporte cualitativo y técnico sobre las debilidades detectadas a través de la identificación de puntos vulnerables en las tecnologías de información y aquellas que hacen referencia específicamente a la gestión tecnológica como tal, que incrementa actualmente el riesgo operativo en las instituciones financieras, utilizando como guía de trabajo un enfoque de riesgos conforme lo requiere la norma, la legislación ecuatoriana y las mejores prácticas establecidas por el Comité de Basilea.
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El presente trabajo de tesis emerge a partir de la necesidad de reflexionar en torno al pensamiento teórico y político de los intelectuales aymaras contemporáneos. Básicamente procuramos averiguar las temáticas y las lógicas argumentativas de los mismos, así como una serie de razones en las que, entendemos, persiste y resiste, así sea de manera implícita y, sobre todo, subterránea, una visión propia (qulla) del mundo y de la vida. De ahí que, y más aún desde el contexto sociocultural y la experiencia política de los pueblos y movimientos indígenas, asumamos que la intelectualidad aymara se constituye en y por una praxis fundamentalmente política. También intentamos desarrollar una aproximación a las principales y específicas características políticas e intelectuales de los pensadores aymaras, quienes están produciendo un corpus de textos cada vez más interesantes y, a la vez, complejos. Estos trabajos están dando lugar a una diversidad de posicionamientos teóricos, políticos y epistemológicos, y cuya comprensión pretendemos desarrollarla tanto desde una perspectiva inter(trans)disciplinaria como desde una lectura “densa” o, mejor aún, desde las propias y radicales significaciones históricas, políticas y culturales del pueblo qulla. Nos interesa entonces percibir y entender que la experiencia y la militancia política (activismo) de la intelectualidad aymara emergen desde un lugar propio de enunciación: el ayllu y las correspondientes territorialidades, organizaciones y movimientos indígenas. También, entendemos que son los procesos de insurgencia andina los que generan las condiciones de posibilidad para el desarrollo de las funciones políticas e intelectuales de los pensadores aymaras, así como el despliegue de sus capacidades críticas y creativas. La producción intelectual y el discurso político aymaras están, en consecuencia, profundamente comprometidos con los diversos ciclos de las luchas y movilizaciones indígenas. Asumimos que así y sólo así podemos entender los sentidos básicos de la discursividad aymara contemporánea y también hacer explícita la dimensión teórica, política y epistemológica de la misma, además de hacerlo desde el propio contexto de la historia, cultura y sociedad andinas: el pueblo qulla.