54 resultados para Virtud


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El interés del presente estudio radica en resaltar la importancia que tiene el sector privado como prestador de servicios de salud dentro del esquema de la seguridad social, en virtud de la creciente demanda de servicios que se viene dando en este sector y por cuanto la seguridad social, representada en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, si bien ha incrementado su oferta en infraestructura y por ende con ello parcialmente ha dado respuesta positiva dentro del colectivo ciudadano, esto ha sido posible también debido a las alianzas efectuadas con los hospitales y clínicas privadas que ha incorporado a su red a nivel nacional, lo que ha generado como resultado en la ciudadanía una importante aceptación de los servicios de salud prestados por el IESS debido a la credibilidad con la que cuenta el sector privado en este ámbito, esto debido a que en muchas partes del país, el usuario de los servicios de salud del IESS es derivado a los hospitales y clínicas privadas con las que tiene convenio, por cuanto el sistema de seguridad social no está en la capacidad de poder asistir a un usuario con sus propias coberturas e instalaciones o bien porque simplemente no tiene presencia en determinada región del país. Este estudio no pretende maximizar a un sector en desmedro de otro, sino resaltar la necesidad de propiciar los espacios de colaboración entre estos dos sectores tradicionales, toda vez que esta alianza puede dar resultados favorables en beneficio de los usuarios que buscan la eficiencia y calidad en la prestación los servicios públicos, tan necesarios en nuestra cotidianeidad.

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El presente trabajo investigativo evidencia la actual problemática de las personas gays, lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales en Ecuador; fundamentalmente en relación al goce y garantía de los derechos y libertades constitucionales de familia y matrimonio; instituciones en constante evolución que deben ser tuteladas desde una visión progresiva y bajo los principios de igualdad e igualdad no discriminación, concebidos como pilar fundamental de las democracias y normas jus cogens. En tal virtud, el primer capítulo se desarrolla una discusión sobre la igualdad, familia y matrimonio, desde la doctrina y el derecho comparado. De igual forma se analiza al matrimonio como figura contractual a la cual las parejas deben acceder independientemente de la orientación sexual e identidad de género. Evidenciamos, que el derecho como agente regulador de una cultura heteropatriarcal, debe cambiar de enfoque para garantizar la igualdad, no discriminación y el libre desarrollo de la personalidad Posterior a ello, en el segundo capítulo se expone el reconocimiento y desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos en torno a la igualdad, familia y matrimonio. Finalmente, en el tercer capítulo, se analiza la regulación constitucional de la familia y matrimonio, desde su concepción por el constituyente hasta la interpretación integral de la Constitución. En dicho capítulo se demuestra que una lectura constitucional desde la dignidad e igualdad y no discriminación como principios constitucionales, facultan al legislativo o al intérprete de la Constitución, el garantizar el matrimonio entre personas del mismo sexo; procurando en tal forma, la materialización de la justicia constitucional, e impidiendo que operadores judiciales vulneren derechos de un colectivo que exige ser igual en capacidad y derechos.

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Fue en junio de 2007 cuando varios medios de comunicación, entre prensa escrita y televisión, representaron un fenómeno religioso sorprendente: una joven de dieciséis años envuelta en un discurso hagiográfico de virtud, martirio y ejemplaridad, atrajo a miles de creyentes que viajaron desde distintos rincones del Ecuador, a un San Miguel de los Tres Charcos, un recinto pobre de Manabí. El rol de los medios fue determinante para que el mito, sobre una joven capaz de sanar cualquier enfermedad sin que ninguna evidencia médica comprobara los prodigios, se propagara por el país. La historia de Gema no superó los límites geográficos de la provincia hasta que formó parte de los discursos impresos y televisivos, seis meses después de que la historia de una joven enferma, sanada en un sueño fuera parte del relato oral de Manabí. Es así como nació el fenómeno religioso llamado “Santa Gema”. Los resultados de esta investigación, permitieron determinar que la religiosidad, parte esencial del ser humano y por ende, de la cultura, no puede estar ausente de los medios de comunicación; sin embargo, su lectura sobre las praxis religiosas, sobre todo en los sectores popular, es fragmentada y en ocasiones, prejuiciada.

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La presencia de la congregación bethlemita en el Ecuador, surgió a finales del siglo XIX en la ciudad de Tulcán. La Madre Encarnación, Superiora del instituto de hermanas bethlemitas, junto a su comunidad fundó el colegio Sagrado Corazón de Jesús, y su finalidad fue la formación integral de la persona, concretamente dedicado a la enseñanza de la mujer. Los afanes por consolidar proyectos significativos para la cultura de los pueblos en el país, evidenciaron adelantos en la época de García Moreno, espacio en el que se configuró un nuevo estado en torno a la religión. Su intención fue establecer un sistema de educación confesional pública, contando con distintas órdenes religiosas. El presidente García Moreno invitó también a la madre Encarnación Rosal para encargarle una fundación en Quito por el año 1874, hecho que se hizo realidad una década más tarde. La Revolución Liberal de 1895, imprimió uno de los capítulos más importantes en la historia ecuatoriana, al impulsar la educación laica y gratuita, a más de promover la inclusión de la mujer en el campo de la enseñanza y por ende su inserción en la esfera pública. La orden de los hermanos bethlemitas, primera fundación en América y extendida por Perú, México, Argentina, la Habana y Ecuador, fue fundada por el Santo hermano Pedro de Betancur en Guatemala en el siglo XVII y su continuidad es obra de la Beata madre Encarnación Rosal con la reforma que ella impulsó en el siglo XIX. La visión de la educación femenina bethlemita en la ciudad de Tulcán, se consolidó el 14 de agosto de 1886, cuando la comunidad de religiosas bethlemitas asumió la misión de moldear con normas de virtud, almas para el hogar y la sociedad, con una malla curricular organizada en base a la ciencia, el arte y las actividades domésticas. La experiencia educativa bethlemita en el transcurso de la historia ratificó su vocación de servicio con una orientación específica hacia la educación en los niveles primario y medio. En la actualidad el colegio Sagrado Corazón de Jesús contribuye, a la formación integral de la niñez y juventud en lo académico, espiritual, humano y cultural, en relación con los objetivos de la educación pública que proyecta una educación para la calidad y la calidez, la corresponsabilidad y la excelencia académica.

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En el presente trabajo se desarrolla el testimonio anticipado (anteriormente denominado testimonio urgente) realizado a las presumibles víctimas en los procesos penales en la investigación (anteriormente denominada indagación previa) en el delito de violación, en la cámara de Gésell, para determinar si en su recepción existen vulneraciones a los derechos de la víctima y del procesado. La motivación principal de esta temática, radica en la innegable importancia y beneficio de los testimonios en cámara de Gésell para la protección de los derechos de la víctima, y celeridad procesal; sin embargo, no se puede dejar de lado la protección de los derechos de la o el sospechoso. Se abordan temas primordiales que permitirán esclarecer estas características, respecto al testimonio anticipado-urgente tomado en cámara de Gésell, que al ser un medio probatorio en materia penal, sugiere el análisis del tipo de sistema penal que se encuentra vigente en el Ecuador, que es de vital importancia para determinar los medios probatorios que en materia penal en el Ecuador deben servir de fundamento al juez para emitir su sentencia, en adición con la utilización de medios tecnológicos, que han ayudado a perfeccionar dichos medios (cámara de Gésell). En virtud de lo cual, se podrá establecer el enfoque ecuatoriano respecto a la protección de los derechos de las partes procesales involucradas en un proceso penal, y si la innovación de medios probatorios en el Ecuador, responde o no a la realidad ecuatoriana en razón del sistema penal vigente, o en su defecto a una realidad de un país distinto. Por tanto, se desarrolla y analiza lo expresado por la normativa tanto del derogado Código de Procedimiento Penal, del Código Orgánico Integral Penal, y del procedimiento establecido por el Consejo de la Judicatura en el Ecuador, en el uso de la cámara de Gésell para la recepción de testimonios anticipados de víctimas de delitos de violación, así como el valor que tiene esta prueba testimonial para la determinación de una sentencia condenatoria por parte de las y los administradores de justicia.

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Los conceptos que definen al derecho a la salud y al derecho al acceso a medicamentos han sufrido cambios en virtud de las necesidades que se han ido planteando a través de los años en el campo de la salud. Al ser el Estado, por mandato constitucional, el ente responsable de garantizar un ejercicio efectivo de estos derechos, se han constituido diversas herramientas de carácter jurídico que han dado paso a una mayor oportunidad de ejercer de manera plena estos derechos por parte de quienes los detentan; de entre las herramientas mencionadas sobresalen los instrumentos internacionales suscritos por los Estados, los mismos que, en teoría, responden a las necesidades de los países en materia de salud. En lo que respecta al Ecuador, los mencionados derechos han sido considerados dentro de aquellos necesarios para poder alcanzar el denominado “buen vivir”, ubicándolos en una esfera constitucional especial. Sobre la base de lo anterior se han adoptado ciertas políticas que han conducido a la suscripción de instrumentos internacionales en materia de salud, con el fin de buscar cooperación internacional que permita satisfacer las múltiples necesidades que tiene nuestro país en ese campo. Con el antecedente expuesto, se ha desarrollado una investigación con el objeto de determinar la conveniencia de suscribir instrumentos internacionales en materia de salud como una herramienta jurídica para garantizar el goce efectivo del derecho a la salud y del derecho de acceso a los medicamentos, así mismo hacer un breve análisis de la normativa constante en el marco jurídico interno que regula el ejercicio de estos derechos, lo anterior de manera paralela a aquellos instrumentos que se suscriben en el marco de la Comunidad Andina, institución que contiene en su objetivo de creación el velar por aquellos derechos fundamentales de los ciudadanos de la Región.

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El negocio de las compañías de seguros es el riesgo que gira a través de dos dimensiones (positiva y negativa); la primera trata de su aceptación (en virtud de los contratos de seguro que suscriben directamente con sus clientes (asegurados, tomadores o contratantes) mientras que la negativa se cristaliza en los mecanismo de transferencia de riesgos aceptados (reaseguro); ambas dimensiones del negocio se perfeccionan a través de un precio que toma el nombre de prima1; por lo mismo, el rol de las compañías de seguro en nuestra economía consiste en la transformación del riesgo (incierto y fortuito) en un gasto cuantificable (prima) lo que explica la definición de conversión que hace Larramendi cuando dice que el seguro es la “… transformación de los riesgos de diversa naturaleza a que están sometidos los patrimonios en un gasto periódico presupuestable que puede ser fácilmente soportado por cada unidad patrimonial”2. A fin de mitigar las consecuencias de aquellos riesgos asumidos los aseguradores utilizan varios mecanismos de tratamiento que pasan por la formación de reservas y provisiones, la selección de riesgos, la dispersión (a través de mecanismos fundados en el “fronting”3, división de riesgos asumidos y de prima en proporción) y el más importante que es el reaseguro que es el método fundamental para lograr la compensación estadística requerida para el negocio sin olvidar que es usado además como medio de tratamiento y, en la actualidad, como mecanismo de financiamiento extra bancario (Reaseguro de Riesgo Finito) a fin de solventar los problemas derivados de excesos de pérdida, que pueden sobrevenir sobre el asegurador durante la gestión de los riesgos asumidos o con posterioridad a la misma como consecuencia de aquellos siniestros incurridos y no reportados (IBNR) o siniestros incurridos y no pagados (IBNP).

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En la presente investigación, se identifica un problema jurídico constitucional: el conflicto entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva en el proceso penal ecuatoriano, en virtud que en la práctica procesal, tanto la presunción de inocencia como la prisión preventiva crean nudos críticos, que colocan en entre dicho el valor jurídico del derecho a la libertad personal en el Estado constitucional de derechos y justicia; por tal razón en los objetivos investigativos se estableció la necesidad de dilucidar las causas por las cuales estas instituciones jurídicas producen visibles conflictos, con la finalidad de buscar soluciones que permitan subsanar las limitaciones observadas. Viabilizar el derecho de libertad personal y la concreción de los fines del proceso penal, premisa importante para edificar una justicia a tono con el Neoconstitucionalismo imperante en el actual paradigma estatal cuya tendencia garantista es impulsada por la Comunidad Internacional que motiva la practicidad del principio pro persona. El Capítulo I, contiene un estudio de la presunción de inocencia, sus referentes históricos, definiciones, su importancia en el Estado constitucional de derechos y justicia, así como su impacto en la realidad procesal y la justicia penal. El Capítulo II, contiene un estudio sobre la prisión preventiva, su evolución histórica, formas de implementación, su carácter de excepcional y medida de última ratio y su apreciación como una pena anticipada. El Capítulo III, contiene un estudio respecto del conflicto o colisión que presentan los institutos de la presunción de inocencia y la prisión preventiva, y las garantías en juego desde un enfoque legal y constitucional. Por esta investigación llegamos a la conclusión que el conflicto persistente entre la presunción de inocencia y la prisión preventiva, radica por problemas normativos y de la praxis, en casos en concreto.

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Convencionalmente, los fenómenos internacionales han sido tratados como un problema casi exclusivo de los Estados nacionales. Las múltiples transformaciones (económicas, políticas, sociales, culturales), profundizadas a finales del siglo XX, implicaron cambios para la disciplina de las relaciones internacionales. Entre otros aspectos, se amplió el abanico de actores relevantes para la disciplina, en virtud de la capacidad de influir en los asuntos internacionales que adquirieron actores públicos de orden subnacional, local o regional, pero también de actores privados y, en general, de la sociedad civil. Este libro discute la condición de actores internacionales de los gobiernos no centrales (GNC) y la posibilidad de que estos desarrollen una especie de «política exterior de Estado local» que no desafíe las prerrogativas exclusivas del gobierno central, pero que se dis tancie de la simple participación internacional ad hoc. Desarrolla un análisis del caso de Bogotá DC (2001-2013), a partir de dos variables: agenda política e institucionalización para la internacionalización, y aplica un modelo de cuantificación discreta sobre el nivel de participación internacional que ha alcanzado la ciudad. Los resultados señalan la importancia creciente de las actividades paradiplomáticas de los GNC, y la necesidad de innovación institucional para una internacionalización estratégica.