55 resultados para Políticos públicas


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No es ninguna novedad constatar que en los últimos años, la Constitución y las leyes han sido aprobadas con muy escaso debate, con procedimientos sumarios y con la acción de una mayoría gubernamental muy poco dispuesta a oír siquiera las posturas ajenas. También resulta claro que no ha habido fiscalización de las acciones del gobierno en la Legislatura. No se ha censurado un ministro. En realidad, ninguno siquiera ha llegado al pleno de la Asamblea Nacional para juicio político en todos estos años. Todo intento de enjuiciamiento ha terminado invariablemente en el archivo. Las explicaciones de este hecho han sido diversas. Los sostenedores del gobierno han argumentado que los antiguos procedimientos de la partidocracia han sido superados con nuevas formas democráticas de legislación y fiscalización. Los opositores han culpado al abuso de las autoridades legislativas, a la dictadura de la mayoría, a los malos procedimientos de tal o cual comisión. Sin que se desconozca la existencia de responsabilidades personales, en algunos casos evidentes, esta realidad obedece a una situación más de fondo, que no es otra que la vigencia de una Constitución y un sistema legal diseñado en Montecristi para limitar y negar derechos fundamentales. Es decir, para lo contrario que se supone la actual legislación existe, ya que se destaca su carácter “garantista”. Pero la verdad es que no es así.

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La “Ley Orgánica de Redistribución de los Ingresos para el Gasto Social” aprobada por la Asamblea Nacional y publicada en el Registro Oficial Suplemento 847 del 10 de diciembre de 2012, es el objeto principal de esta investigación. La forma en la que fue planteada, el proceso seguido hasta su aprobación, y la esencia misma de la Ley, dejan dudas respecto de la constitucionalidad de la norma. Para el análisis ha sido necesario referirse tanto a los principios constitucionales como a los principios legales y a aquellos comunes a la generalidad del Derecho, previo a un análisis de la protección jurídicoconstitucional del contribuyente. Se hace referencia a dos fuentes del Derecho, la Constitución y los Acuerdos Internacionales, específicamente el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los mismos que consagran el principio de igualdad ante la ley y no discriminación de personas, grupos o comunidades, que es aplicable en cualquier situación jurídica. El principio de igualdad, es en nuestra constitución, un principio de aplicación de los derechos fundamentales, y por tanto antecede a la igualdad tributaria, en cuanto exige una actitud de los poderes públicos contra la discriminación y un imperativo de su actuación para el legislativo. El trabajo incluye una visión del sistema económico político y social imperante antes de la reforma legal; un examen de la Ley y las diferentes facetas de la carga tributaria y de las sanciones previstas; un análisis de las finanzas públicas, del gasto social y de los efectos de la Ley en la economía, así como la incidencia de los impuestos; y, un estudio sobre el papel del sistema financiero en la economía y el marco de regulación y control al que está sujeto. Al final se ensaya una perspectiva sobre la economía para el 2014, advirtiéndose las señales que inquietan al inversionista y los riesgos sistémicos sobre los cuales las autoridades de control deben tomar atención especial. Se realiza un breve análisis sobre hechos subsecuentes, como la aprobación del Código Monetario y Financiero por parte de la Asamblea Nacional. Tanto en el campo del Derecho, como en el de la Economía, se recurre a criterios de destacados expertos que han enriquecido la investigación.

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En virtud de que el sector público se ha constituido en uno de los motores principales que generan empleo y riqueza a nivel nacional, y que justamente recae sobre los procesos de adquisición, esta investigación está orientada a comprobar los porcentajes de ahorro que se generan con la utilización de esta herramienta. Es importante conocer y determinar si este modelo de negocios implantado es operativo y funcional; si estos procesos establecidos por el Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, permiten verificar si cumplen con el fin para el cual fueron creados, lo que concebiría con la optimización de recursos y un uso adecuado y racional del gasto público. El Sistema Nacional de Contratación Pública en el caso de Ecuador fue creado con el propósito de optimizar los procesos de compras en el sector público, con la finalidad de generar ahorro en el presupuesto general del Estado. Con estos antecedentes, este estudio tiene como finalidad aportar e identificar si se genera ahorro en los procesos de contratación establecidos por el SERCOP, si se está cumpliendo con los objetivos para el cual fueron creados. Es trascendente señalar que en todo proceso de contratación pública son aplicables varios principios generales, como es el caso de la legalidad, publicidad, de competencia o concurrencia, igualdad y el de participación nacional, elementos fundamentales a ser analizados con el propósito de determinar el ahorro generado al Estado Ecuatoriano. Cabe mencionar que para realizar el análisis respectivo de esta tesis, de acuerdo al tamaño de la muestra se determinó que 67 empresas del sector público sean encuestadas, con el propósito de obtener la información que permita establecer si existe ahorro en el gasto público.

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La presente investigación se enmarcó dentro del estudio científico del campo de la Administración Pública. La atención recayó sobre el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos en Ecuador y la participación ciudadana dentro de sus procesos de toma de decisión en la elaboración, y posterior implementación, de políticas públicas para combatir diferentes posibilidades de desastre. Para el efecto de este estudio, el objetivo fue iluminar y explicar las falencias e incoherencias dentro del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos en Ecuador a través del uso de los conceptos aplicables al espacio de la Administración Pública. De hecho, se partió de la teoría de la acción comunicativa de Jürgen Habermas, especialmente de su componente político de la ‘ciudadanía deliberativa’, y de los aportes investigativos en el campo de la gestión social de Fernando Tenório. Metodológicamente, se hizo uso del análisis del discurso para poder evidenciar y comprender cómo se define y ejerce el rol ciudadano dentro de este sistema, así como la importancia que la misma tiene en un sector en dónde la ciudadanía entra en relación con los representantes del componente científico-técnico y del político en la estructuración de planes comunitarios de acción contra el riesgo. Como resultado, puede evidenciarse que se dio un proceso de ordenamiento del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos a través de la introducción de ciertos principios operativos a partir de 2007: la descentralización operativa y decisional, la incorporación social de una cultura de prevención de riesgos, y la centralidad de la participación ciudadana. Pero, el reconocimiento formal de estos principios no aparece como condición suficiente para un ejercicio real de participación ciudadana por la conjunción con ciertos factores que influencian de manera negativa en el funcionamiento del sistema: por ejemplo, la falta de delimitación de competencias claras entre los diferentes actores y la escasez de recursos de diferente tipo. Por último, cabe recalcar la importancia de este tipo de estudios sobre los diversos sistemas de Administración Pública en el país, pues es de vital importancia para comprender las condicionantes que limitan, así como las potencialidades, de los procesos políticos en Ecuador.

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El Presupuesto Participativo evidencia la voluntad democrática en la gestión del dinero público, herramienta de contenido político, económico y jurídico. En el campo financiero es indiscutible la importancia del Presupuesto General del Estado siendo el instrumento fundamental del modelo económico aplicado. En el área política se trata de la herramienta que trastoca la mera representación y democratiza la acción de un gobierno, lo que conduce a pensar en el moderado camino de la gobernabilidad o en la radicalidad de la democracia participativa. En lo jurídico es por excelencia el instrumento que equilibra el poder. Ciertamente, se trata de aquello que le permita a la ciudadanía ser parte de las decisiones de la administración pública, lo que es beneficioso a la hora de construir una sociedad justa, en donde el Estado cumpla su fin social y mejore la calidad de vida de los ciudadanos. En el Ecuador el presupuesto participativo se aplicó en varios gobiernos locales con respuestas generalmente favorables pese a las condiciones políticas adversas. Actualmente los ecuatorianos contamos con normas de carácter constitucional y legal que mandan la aplicación del presupuesto participativo en todos los niveles de gobierno, sin embargo la herramienta no es aplicada en su dimensión real. Este documento contiene las distintas aristas de este instrumento partiendo de un análisis general desde el Estado y los Gobiernos Locales a una particularización de las experiencias.

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El artículo es una exploración sobre los fundamentos del diseño y posterior aplicación de una política pública cultural de integración. Se proponen los procesos de interculturalidad y algunos aspectos de la investigación crítica como elementos necesarios para la formulación de una política pública cultural que promueva la integración de nuestras nacionalidades. Se analiza el papel de la cultura en los procesos de integración, así como, de los actores llamados a intervenir en el diseño de las políticas culturales. Finalmente, se sugieren los principios que consideramos determinantes a la hora de diseñar una política pública cultural de integración.

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Las Empresas Públicas creadas mediante Decreto Ejecutivo se encuadran dentro del Derecho Público y su principal objetivo es el manejo de sectores estratégicos y prestación de servicios públicos. A pesar de la importancia que tiene este tipo de empresas dentro del quehacer diario del Estado en la gestión y administración pública, a éstas tras el pronunciamiento del Procurador General del Estado en el año 2010 (Oficio de Absolución de Consulta No. 00146 de 22 de diciembre de 2010), por no ser parte de la Función Ejecutiva, no les es aplicable el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE), norma de carácter general que regula la Administración Pública, lo que ocasiona que varios ámbitos a ser desarrollados por estas empresas queden desamparados y faltos de normativa, entre ellos los procesos de impugnación de los actos administrativos. La importancia del tema radica en el hecho de que el ERJAFE determina los procesos administrativos fundamentales, entre los que se encuentran los procesos de impugnación de actos administrativos, para el correcto desenvolvimiento de la Administración Pública, por lo que la imposibilidad de aplicar esta normativa es crítica y genera inseguridad, tanto para las Empresas Públicas como para sus administrados. Este trabajo busca realizar un análisis de la problemática que aqueja a las Empresas Públicas creadas mediante Decreto Ejecutivo, al momento de atender los procesos de impugnación de los actos administrativos, por la imposibilidad de aplicar el ERJAFE y por no contar con una norma supletoria que subsane este vacío legal, traduciéndose así en inseguridad jurídica para los administrados.

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El presente trabajo investigativo, aborda como tema fundamental el régimen jurídico tributario de las empresas públicas en el Ecuador y su relación con el principio de igualdad; analiza la naturaleza jurídica de la Empresa Pública y su razón de ser, para luego estudiar la evolución de las mismas en el Ecuador y su actual tratamiento tanto Constitucional como legal. Por otra parte indaga los beneficios tributarios que la normativa ecuatoriana tanto en el ámbito nacional como local otorga a las empresas públicas, para posteriormente realizar un estudio comparado sobre el tratamiento tributario de las empresas públicas en Chile y Uruguay respecto a la legislación ecuatoriana. Se analiza el principio de igualdad y sus diferentes relaciones, con el objetivo de comprender su aplicación en la tributación de las empresas públicas y finaliza puntualizando una seria de conclusiones y estableciendo recomendaciones en el estudio de este tema.

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La Constitución del Ecuador (2008) otorga al Estado la potestad de planificar el desarrollo del país y ejercer un rol protagónico como agente dinamizador de la economía. Uno de los instrumentos con los que cuenta el Estado para intervenir en la economía es la creación de empresas públicas como instrumentos de política.1 Para lograr estos cometidos, el Estado tiene en sus manos –a través de estas personas jurídicas- la responsabilidad de ejercer como prestador de servicios públicos y ejecutor de obra pública. También está habilitado para intervenir en el desarrollo de otras actividades económicas, generalmente de tipo comercial, sobre las cuales la doctrina y academia ecuatoriana muy poco se han referido. La Ley Orgánica de Empresas Públicas prescribe cuál es la naturaleza jurídica de las empresas públicas, pero deja de ser tan explícita cuando se refiere a la determinación de los actos, hechos y contratos que aquellas expiden, ejecutan o celebran, cuando no estén relacionados con la construcción de obra pública e infraestructura. Estimamos que esta indeterminación, efectivamente, puede producir inseguridad jurídica o violaciones al derecho a la tutela judicial efectiva de los administrados. El análisis al giro específico del negocio de las empresas públicas nos permite entender el régimen particular de los actos, hechos y contratos que se deriva de la actividad que realiza el Estado cuando asume el rol de proveedor de bienes y servicios de carácter comercial. Este análisis admite que existe una cierta oscuridad en la actual legislación sobre estos regímenes de contratación. El estudio abordará una breve reseña histórica que distingue los diferentes tipos jurídicos que precedieron a las hoy denominadas empresas públicas (EP) en el Ecuador, procurando identificar los momentos político-económicos que dieron origen a dichas figuras jurídicas. Finalmente, examinaremos el régimen de solución de controversias aplicable, en el giro ordinario y específico del negocio de las EP, en consideración a que el administrado debe contar con las herramientas jurídicas que posibiliten hacer efectiva la garantía de sus derechos constitucionales, especialmente, los derechos a la seguridad jurídica, de impugnación y de la tutela judicial efectiva.

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En esta investigación, la autora propone un análisis de la performance latinoamericana desde la concepción del cuerpo como político, lo que implica analizar el cuerpo dentro de su existencia histórica antes que biológica, cobrando gran importancia el contexto y las experiencias vividas como detonantes de estas prácticas artísticas, que muchas veces conllevan acciones de dolor físico, las cuales, dentro de la concepción política del cuerpo, se convierten en actos de memoria. Estos planteamientos de los usos sociales y políticos del cuerpo son analizados en las performances de Daniel Brittany Chávez, Regina José Galindo, María José Machado y Daniel Coka.