64 resultados para Patria potestad
Resumo:
Uno de los libros más leídos por los hispanoamericanos desde mediados del siglo XIX, es el Manuel de urbanidad, de Manuel Antonio Carreño. Hasta hace pocas décadas, fue texto de lectura obligatoria en la mayoría de las escuelas hispanohablantes de Latinoamérica. La familiaridad con el libro y con su autor, alimentó la creencia de que Carreño era nativo de la patria de origen de cada uno de esos receptores. El impacto que produjeron los consejos para orientar el desempeño de sus receptores en el espacio público, marcó la oferta de este letrado decimonónico desde el instante que apareció la obra. Sin lugar a dudas, el manual está señalado como un fenómeno editorial del continente, imposible de ignorar en nuestros días.
Resumo:
Esta investigación busca determinar cuál es el límite que el principio constitucional tributario de legalidad impone a la administración tributaria en el ejercicio de la facultad normativa. Interrogante que se resuelve mediante el análisis de las implicaciones del principio constitucional de legalidad enmarcadas en el contexto constitucional actual y de las transformaciones que este sufre a raíz de la vigencia del «Estado constitucional de derechos y justicia» en Ecuador. Estudia el contenido del prin cipio de legalidad –pilar básico del derecho tributario– en sus concepciones formal y material, e indaga cómo opera este en las correspondientes esferas de la democracia. Recurre a un análisis crítico de la función que despliega el Servicio de Rentas Internas (SRI) en el ejercicio de la facultad normativa consagrada en la ley, para buscar el equilibrio entre los derechos constitucionales de los contribuyentes y los intereses estatales de recaudación. Así, se establece la naturaleza de los actos emitidos por la administración tributaria, la necesidad de la facultad normativa y, sobre todo, la existencia de ciertos conceptos y situaciones que hacen imprescindible el ejercicio de dicha potestad. Como análisis práctico, la autora realiza el examen de legalidad a ciertos actos normativos emitidos por el SRI bajo la vigencia de la Constitución de 2008, con lo cual se justifica la necesidad de esta facultad; pero, también, se ponen de manifiesto los excesos en los que incurre esta institución bajo pretexto del ejercicio de dicha competencia.
Resumo:
La doctrina militar latinoamericana ha provisto a los institutos armados de la región de concepciones que justifican la intervención en el sistema democrático cuando la patria está en peligro. Ante las ineficiencias del sistema político y las profundas tensiones sociales bajo las que vivía Venezuela y Ecuador en 1992 y 2000, facciones de la institución armada intervinieron para imponer como solución la total reforma del sistema político. A pesar de lo fugaz de estos movimientos, sus líderes se posicionaron en el imaginario popular como una suerte de héroes de la nueva independencia. Utilizando un discurso antipolítico, Hugo Chávez alcanzó la presidencia venezolana en 1998, y retomando los mismos elementos discursivos Lucio Gutiérrez logró también la presidencia ecuatoriana en 2003. No obstante, las distancias entre los dos presidentes tienen un origen ideológico, que se vuelve más evidente en la dirección gubernamental de cada uno. Un elemento que en el fondo acerca las posiciones de los dos presidentes es la preservación de la estabilidad de su mandato, aunque la forma de lograrlo es diametralmente opuesta, pues mientras en Venezuela se intenta relegar a la vieja clase política, en Ecuador la estrategia utilizada es aliarse con esa clase. Al final, los partidos dirigidos por estos coroneles ingresaron al sistema político generando grandes expectativas cuyo cumplimiento puede señalar la fundación del nuevo Estado, mientras que su falla al hacerlo significará un paso deslucido por la presidencia.
Resumo:
El presente análisis procura revisar los principales lineamientos constitucionales en el ámbito económico previsto en la reciente Constitución de la República de Ecuador relacionados con la regulación de las inversiones extranjeras. Sobre la base de dicha apreciación, identifica los principales retos que recaerían en los órganos del poder público, principalmente con potestad legislativa, para la elaboración de una o varias normas de rango legal que puedan desarrollar tales lineamientos, considerando paralelamente la concepción política del modelo económico, la evolución histórica de la legislación nacional pertinente y algunas variables de índole económico.
Resumo:
El presente es un informe de investigación acerca de las representaciones del migrante nacional en el cine y el video de productores ecuatorianos locales y residentes en el exterior. Para ello se analizó un conjunto de ocho películas de ficción dramática realizadas en Ecuador, España y Estados Unidos por cineastas o videastas de procedencia ecuatoriana. El análisis, tomando en cuenta el anclaje de los estudios visuales y los del discurso, implicó elaborar una herramienta propia y nueva para interrogar tales representaciones para denotar el discurso audiovisual subyacente. Tal matriz de análisis crítico del discurso audiovisual nos ubicó como espectadores críticos. Desde allá se ubicaron las estructuras narrativo-discursivas, los sistemas-mundo, los mapas conceptuales que el audiovisual ecuatoriano presenta respecto al fenómeno de la migración transnacional. Al analizar las estrategias de representación, constatamos que el cine y videos ecuatorianos actuales plantean una reflexión acerca del país, de la crisis social y moral que parece existir, del rol de los ecuatorianos en su sociedad, del sueño de tener una nueva Patria. Concluimos con el hecho de que el cine y el video nacional ponen en evidencia el papel del migrante como importante para promover la libre movilidad y la humanización de todo tipo de relaciones en la globalización.
Resumo:
El capítulo VIII de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General trata sobre los procedimientos, requisitos y documentos a suscribir para la formalización de las modificaciones que en la ejecución del Contrato Administrativo deba realizarse, con el fin de dar cumplimiento al objeto contractual. Entre las causas principales para la modificación de los Contratos Administrativos, se encuentran entre otras, las producidas por fuerza mayor o caso fortuito, imprevistos de orden técnico, económico. Las cláusulas exorbitantes con que cuenta el Contrato Administrativo otorga a la Administración, entre otras, la potestad de modificar unilateralmente las condiciones del contrato, dar directivas a su contratista, declarar extinguido el contrato por sí y ante sí, imponer sanciones contractuales. Los documentos accesorios que los contratantes suscriben para dejar constancia de las modificaciones realizadas en el Contrato Administrativo principal, son los denominados contratos complementarios, órdenes de cambio y órdenes de trabajo, los cuales deben reunir ciertos procedimientos y requisitos normados por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Resumo:
La descentralización fiscal ha tenido un mejor desarrollo relativo si se la compara con la descentralización administrativa de la que es su complemento, se pueden mostrar resultados visibles en dos escenarios que forman parte de su contenido esencial: por una parte, la transferencia de recursos del presupuesto general del Estado a favor de los gobiernos autónomos descentralizados que observan los criterios de asignación contemplados en la Constitución, ha logrado definir el sistema de transferencia de recursos que cumple con sus características esenciales: ser predecible, automática y oportuna. Por otra parte, está el sistema impositivo subnacional que, con su base constitucional, se ha desarrollado en la legislación secundaria, de manera que tres de los cuatro niveles de gobierno subnacional tienen la posibilidad real de incrementar sus recursos propios, a través del ejercicio de la potestad tributaria que les permite crear, modificar y exonerar tasas y contribuciones especiales de mejoras, dentro del ámbito de competencias de cada nivel.
Resumo:
Según los fundamentos de la escuela conservadora, la patria entre los años 1920-1940, planteaba un proyecto político con rasgos autoritarios, sin embargo, no era su característica fundamental; incluía matices reformistas, confesionales, corporativistas, anticomunistas, paternalistas, clientelares y proteccionistas, acompañado de principios católicos de reforma de la Doctrina Social de la Iglesia, en la búsqueda de una idea de nación sustentada en el catolicismo. Conforme a este argumento, los conservadores a tono con el proceso de salida de la crisis capitalista que se había desarrollado en el Ecuador de los primeros años de 1940 les llevó a aceptar algunos elementos reformistas en su programa político de derecha, con el propósito de retornar al poder y volver a establecer un Estado confesional, en el que la autoridad se apoyara en la moral y disciplina de la Iglesia. Así, los conservadores empujaron al interior de ADE una conducción, cuyo interés en su acción política, se relacionó con un programa político coercitivo, anticomunista y de oposición a Arroyo del Río, que además utilizó una cobertura de ciertos elementos reformistas para incidir en las masas y garantizar la continuidad de la dominación. Participaron en la alianza a través de un pacto social por la patria y propusieron implantar la libertad del sufragio, que se produjo en el marco del derrocamiento de la oligarquía liberal. Este trabajo es una indagación empírica que se propone estudiar la utilización del término patria en la configuración de la coyuntura, así como la articulación interpretativa conservadora en la alianza y su significación en el programa político de ADE.
Resumo:
Antiguamente se consideraba que la facultad discrecional de la administración estaba exenta de control, lo que constituía, sin lugar a dudas, un privilegio a favor de los gobernantes, quienes podían actuar de manera arbitraria y contra ley, sin resquemor alguno. Frente a esta situación de inseguridad jurídica y abuso del poder, la humanidad siempre luchó por evitar y disminuir el abuso del poder, y es así como llegamos al denominado Estado de Derecho, que propugna la sumisión de todas las actuaciones del Estado a la Constitución y la ley, es decir, nada puede quedar fuera o exento de control. Allí se concibió como necesaria la facultad discrecional de la administración para tomar decisiones oportunas, pero no como una antítesis de la facultad reglada, sino también como una prerrogativa legal. Este cambio de concepción de la facultad discrecional de la administración, lleva implícita otra consecuencia y dice relación a la pregunta de ¿cómo pueden los jueces hacer un control judicial pleno de las actividades derivadas de la potestad discrecional de la administración? El tema que se pone en la palestra para su discusión ha sido objeto de múltiples escritos, foros académicos, debates interminables y mucha tinta derramada, pero aún no existe una posición consolidada y unificada respecto de cómo hacer ese control, en lo único en que todos coinciden es en la circunstancia de que los actos administrativos dictados en ejercicio de una facultad discrecional de la administración, son perfectamente impugnables. Para lograr un control pleno de las actividades administrativas, se hace indispensable el reconocimiento de una jurisdicción contencioso administrativa plenaria y universal, integrada por jueces independientes, imparciales y competentes, que conciban su labor de control efectivo, sin escudarse en subterfugios, ya sea para dejar de resolver o negar demandas de manera sistemática en casos discrecionalidad. Tal situación resulta inconcebible con el actual marco constitucional en vigencia, que determina la obligación de fallar no solo sobre normas sino también sobre principios, lo que permite a los jueces ampliar sus fronteras, superar el criterio de que la jurisdicción contencioso administrativa es exclusivamente revisora e impide que se deje sin tutela judicial efectiva a ningún ciudadano.
Resumo:
Existen diversas atribuciones constitucionales entregadas al Presidente de la República. La facultad de dictar los reglamentos a las leyes vigentes en el país es una de ellas, y es en donde centraremos un importante análisis, pues, esta potestad constitucional es la generadora de un espacio de acción del gobernante que ha generado cuestionamientos por su ejercicio extralimitado a la prescripción constitucional y la doctrina que al respecto se ha determinado. Es así como el Ejecutivo, al dictar reglamentos a las leyes del Ecuador, ha venido regulando situaciones diferentes a las que en ellas se encuentran prescritas, ejerciendo arbitrariamente su potestad. En consecuencia, la facultad reglamentaria asienta el presidencialismo marcado en Ecuador y debilita la necesaria existencia de pesos y contrapesos en el poder.
Las Hermanas Mirabal. Latinoamérica se pronuncia por la no violencia contra las mujeres (Actualidad)
Resumo:
Las hermanas Mirabal (Patria Mirabal, Minerva Mirabal y María Teresa Mirabal), nacidas en República Dominicana se opusieron a la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. La hermana mayor, Patria, no tenía el mismo nivel de actividad política que sus otras hermanas, pero las apoyaba, incluso prestaba su casa para guardar armamentos y herramientas de los insurgentes. El 25 de noviembre de 1960 fueron brutalmente asesinadas a palos y estranguladas, junto a Rufino de la Cruz que las acompaño, conduciendo el jeep, a visitar en la cárcel al líder del Movimiento Revolucionario 14 de Junio, Manolo Tavárez y a Leandro Guzmán esposos de Minerva y María Teresa Mirabal respectivamente. En 1999 recibieron el reconocimiento de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, que designó, en su memoria, el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Resumo:
El presente trabajo analiza la interpretación intercultural del debido proceso – concretamente en las garantías del derecho a la defensa, del derecho a ser escuchado, el derecho a presentar, actuar y contradecir pruebas, y la obligación de motivar las decisiones del poder público–, en el contexto de las decisiones adoptadas en casos en los que se ha juzgado a adolescentes infractores. Dicho análisis se realiza con el objeto de determinar el estatus de protección de dichos derechos en la jurisdicción indígena, en comparación con la jurisdicción ordinaria, para así determinar la plausibilidad de criterios que tienden a favorecer a la segunda, en detrimento de la primera. La investigación se ha efectuado en dos dimensiones: La primera, de orden jurídicoconstitucional, describe y analiza tanto la potestad jurisdiccional de las autoridades de lascomunidades, pueblos y nacionalidades, como de las garantías del debido proceso anteriormente descritas; todo esto, bajo el enfoque de la protección integral que la Constitución de la República prevé para situaciones en las que se vean involucrados niños, niñas y adolescentes. La segunda dimensión, efectúa un análisis a través del estudio comparativo de casos y de las resoluciones adoptadas por las autoridades en cada uno de ellos. El primer caso se refiere al procedimiento que se sigue en la justicia ordinaria para el juzgamiento de adolescentes infractores, en el cual se aplican normas especializadas contenidas en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. En el segundo caso se juzga a dos adolescentes indígenas en el ámbito de la jurisdicción ordinaria, por medio de una interpretación cultural de las normas del debido proceso. El tercer caso se desarrolla en su totalidad dentro de una comunidad indígena, en aplicación de las normas consuetudinarias propias. Por último, se hace referencia al juzgamiento de adolescentes indígenas por sus propias autoridades, en coordinación y colaboración de operadores de la justicia ordinaria. A raíz del análisis antes descrito se ha podido determinar que las garantías antes expuestas están presentes en los procedimientos seguidos por la jurisdicción indígena si se recurre a una interpretación intercultural de los mismos. No obstante, se ha observado que existen falencias en la coordinación y cooperación entre autoridades de ambas jurisdicciones.
Resumo:
El presente trabajo estudia la independencia judicial como pilar del Estado constitucional democrático. No se trata de poner en el debate la necesidad o utilidad de esa independencia (sin duda necesaria e imprescindible) sino los mecanismos que permitan hacerla efectiva. En la actualidad, cuando se reflexiona más bien poco sobre el poder y su funcionamiento, el tema no solo resulta necesario sino ineludible, sobre todo en un escenario donde rige una Constitución que se ha denominado garantista: que tales derechos sean realidad o una «hoja de papel» es cuestión de cómo aseguramos a nuestros jueces el ejercicio de sus funciones; pues no debe olvidarse que juezas y jueces son, ante todo, personas y que, no por hacerse titulares de una potestad pública pierden sus condiciones humanas. El trabajo se limita a un estudio jurídico-dogmático del poder judicial y las garantías necesarias para su independencia. Existen algunas anotaciones históricas que permitirán comprender el origen de las instituciones, así como la utilización de normas (tanto constitucionales y legales) de otros países, cuando ha sido oportuno ilustrar alguna cuestión. En principio, pareciera que no nos ocupamos de los derechos. No obstante, habrá de tenerse en cuenta que jueces independientes frente a todo poder (aunque utópico) resultan imprescindibles, por lo que al reflexionar sobre tales garantías se ha podido establecer que el funcionamiento de un poder judicial independiente, no viene dado sólo por unas concretas normas sobre su reconocimiento sino que exige incluso una filosofía particular desde la cual comprender al poder judicial; normas claras permiten tanto a los jueces como a la ciudadanía confiar en que sus jueces, serán ante todo, aplicadores del derecho más no instrumentos de legitimación del régimen vigente.
Resumo:
La presente investigación académica analiza el procedimiento administrativo disciplinario de la Función Judicial desde el punto de vista constitucional para verificar si en cada una de sus etapas procedimentales se está cumpliendo con las garantías constitucionales del debido proceso y para verificar si los legitimados del procedimiento disciplinario: servidores judiciales sumariados, el órgano administrativo con potestad disciplinaria, los denunciantes, testigos, entre otros, aplican adecuadamente el procedimiento administrativo disciplinario. Para responder a estos cuestionamientos, previamente se analizarán temas doctrinarios como: el Derecho Administrativo Sancionador y el Derecho Administrativo Disciplinario; el procedimiento administrativo disciplinario y sus principios rectores; la Constitución como fundamento del procedimiento disciplinario; las garantías constitucionales del debido proceso aplicables al procedimiento administrativo disciplinario para finalmente emplear los elementos doctrinarios y los elementos jurídicos en el procedimiento administrativo disciplinario específicamente de los funcionarios judiciales.
Resumo:
La Constitución del Ecuador (2008) otorga al Estado la potestad de planificar el desarrollo del país y ejercer un rol protagónico como agente dinamizador de la economía. Uno de los instrumentos con los que cuenta el Estado para intervenir en la economía es la creación de empresas públicas como instrumentos de política.1 Para lograr estos cometidos, el Estado tiene en sus manos –a través de estas personas jurídicas- la responsabilidad de ejercer como prestador de servicios públicos y ejecutor de obra pública. También está habilitado para intervenir en el desarrollo de otras actividades económicas, generalmente de tipo comercial, sobre las cuales la doctrina y academia ecuatoriana muy poco se han referido. La Ley Orgánica de Empresas Públicas prescribe cuál es la naturaleza jurídica de las empresas públicas, pero deja de ser tan explícita cuando se refiere a la determinación de los actos, hechos y contratos que aquellas expiden, ejecutan o celebran, cuando no estén relacionados con la construcción de obra pública e infraestructura. Estimamos que esta indeterminación, efectivamente, puede producir inseguridad jurídica o violaciones al derecho a la tutela judicial efectiva de los administrados. El análisis al giro específico del negocio de las empresas públicas nos permite entender el régimen particular de los actos, hechos y contratos que se deriva de la actividad que realiza el Estado cuando asume el rol de proveedor de bienes y servicios de carácter comercial. Este análisis admite que existe una cierta oscuridad en la actual legislación sobre estos regímenes de contratación. El estudio abordará una breve reseña histórica que distingue los diferentes tipos jurídicos que precedieron a las hoy denominadas empresas públicas (EP) en el Ecuador, procurando identificar los momentos político-económicos que dieron origen a dichas figuras jurídicas. Finalmente, examinaremos el régimen de solución de controversias aplicable, en el giro ordinario y específico del negocio de las EP, en consideración a que el administrado debe contar con las herramientas jurídicas que posibiliten hacer efectiva la garantía de sus derechos constitucionales, especialmente, los derechos a la seguridad jurídica, de impugnación y de la tutela judicial efectiva.