173 resultados para Jurisdicción (Derecho constitucional)
Resumo:
El propósito de la presente tesis de Maestría consiste en dar a conocer las reformas judiciales que fueron impulsadas por el Banco Mundial en Bolivia en 1994, en lo que se refiere a la introducción de dos nuevas instituciones como son el Tribunal Constitucional y el Consejo de la Judicatura. El estudio principal de la investigación, se basa en un rastreo de la evolución de esas dos instituciones para sacar a la luz los logros que se obtuvieron con la creación de las mismas, así como también las falencias que aún persisten y que afectan al Estado de Derecho en Bolivia. Posteriormente se analizan las propuestas que diferentes partidos políticos y el gobierno han hecho para la realización de la próxima Asamblea Constituyente, en cuanto se refiere a las modificaciones que se quieren implementar en el Tribunal Constitucional y en el Consejo de la Judicatura. Es así que estos tres aspectos se ven desarrollados en los tres capítulos que contiene esta investigación. El primero de los cuales permite conocer las actividades y los estudios que efectúa el Banco Mundial en cuanto a la ayuda que presta para la realización de reformas judiciales. El segundo, establece el concepto de Estado de Derecho y los problemas que aún persisten y que impiden su vigencia y consolidación; para los cuales también se presentan algunas soluciones. Los contenidos de estos dos capítulos interactúan y se desarrollan a lo largo del último capítulo, dando a conocer el proceso de reformas desde 1994 hasta el presente (2006).
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El rol que actualmente, en ejercicio del control abstracto de constitucionalidad, desempeñan los tribunales constitucionales, trasciende del carácter eminentemente jurídico al político, en tanto han evolucionado de la simple aplicación del clásico modelo kelseniano de “legislador negativo”, mediante el cual los tribunales se limitan a determinar la in/constitucionalidad llana de un precepto jurídico sometido a su control, a la utilización de nuevas técnicas interpretativas que ante la insuficiencia práctica de tal modelo, permiten dar sentido a los mandatos constitucionales, en fallos que se acercan al nivel de la ley formalmente expedida por los parlamentos, por lo cual se los señala como “legisladores positivos” y, por lo tanto, como transgresores del principio de división de poderes, por invadir la libertad de configuración política del legislador original e inclusive del ejecutivo (cuando actúa como colegislador fijando políticas públicas por ejemplo). En consecuencia, tal práctica jurisprudencial genera reacciones duales, por un lado, las que censuran tal intromisión y requieren que el tribunal constitucional se limite a verificar la in/constitucionalidad de las normas sometidas a su control y por otro, las que avalan el intervencionismo del mismo como garantía de los derechos consagrados en la Constitución. Desde ésta óptica y elaborando una abstracción particular, el presente trabajo pretende elaborar un estudio comparado entre los modelos de control abstracto de constitucionalidad aplicados por la Corte Constitucional colombiana y el Tribunal Constitucional ecuatoriano, para establecer si estos siguen la tendencia clásica del legislador negativo, si han evolucionado hacia un tipo de control más amplio como el del legislador positivo o si comparten un modelo híbrido, con tendencia hacia alguno de los dos y en ese sentido determinar las implicaciones que tiene en la vigencia del régimen democrático de los dos países.
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El propósito de esta investigación titulada: “El Tribunal Constitucional ecuatoriano como legislador negativo y los derechos humanos”, es identificar si, en algunos de sus fallos, el máximo órgano de control de constitucionalidad en el Ecuador ha actuado como legislador positivo. Para ello, además del análisis de los fallos ecuatorianos, se examinan con una óptica comparada, fallos constitucionales de otros países como Colombia y España, fallos que, para evitar los vacíos jurídicos, han adoptado un carácter interpretativo, o han diferido la declaratoria de la nulidad, independientemente de observar la interpretación en materia de derechos humanos aplicadas por esos jueces constitucionales. En el primer capítulo del trabajo se abordan aspectos generales sobre los efectos del control constitucional, la supremacía constitucional, las nociones de anulación, revocatoria e inaplicabilidad, la diferencia entre el control en abstracto y en concreto, los vicios constitucionales y legales de los actos normativos y administrativos, la inconstitucionalidad por el fondo y por la forma y la convalidación, la inconstitucionalidad de tratados y las leyes y la irretroactividad de las decisiones del Tribunal Constitucional ecuatoriano. El segundo capítulo abarca dos partes: la primera comprende un análisis de las diferentes sentencias en materia de control de la constitucionalidad y una segunda parte, los principios de interpretación en derechos humanos. En el tercer capítulo, se realiza una revisión jurisprudencial sobre la inconstitucionalidad de normas y la interpretación de los derechos humanos, tanto en el Tribunal Constitucional ecuatoriano como en la jurisprudencia de España y Colombia. Finalmente se exponen las conclusiones de esta investigación.
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Esta investigación surgió de la necesidad de analizar el proceso de flexibilidad laboral implementado en el Ecuador a partir de 1990 a través de reformas legales orientadas a desregular el contrato de trabajo y eliminar el carácter tuitivo del Derecho Laboral. En esta perspectiva, el Capítulo Primero tiende a ubicar los elementos que definen la globalización y el mercado mundial del trabajo y en ese escenario el planteamiento de flexibilidad laboral, su orientación y repercusión en el Derecho Laboral Ecuatoriano. El Segundo Capítulo se encamina a ubicar la situación actual del derecho colectivo e individual del trabajo en el Ecuador en el marco del debilitamiento del Derecho Laboral, para en el Capítulo Tercero establecer las consecuencias de este proceso y sobre esa realidad formular conclusiones y recomendaciones. Con el desarrollo de la investigación, el estudio de casos y las muestras estadísticas a nivel individual y colectivo se pone en evidencia que el Derecho Laboral luego de la promulgación de la Ley 133 de noviembre de 1991 y que unida a otros instrumentos legales se ha desregulado el contrato de trabajo individual, introduciendo contratos ocasionales, temporales, de intermediación y por horas en actividades habituales de las empresas que no gozan de estabilidad; y a nivel colectivo afectando el derecho de sindicación, de contratación colectiva y al derecho de huelga. Concepción que debe ser modificada y reemplazada por otra que genere un proceso de adaptación del sistema actual de relaciones laborales a los nuevos condicionamientos que impone el desarrollo científico tecnológico de esta nueva época.
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El estudio de los derechos fundamentales y/o humanos se ha realizado desde el esquema tradicional del derecho privado, por tal razón, la teoría del derecho utilizada para entenderlos no es suficiente para la actualidad, dadas las complejas relaciones sociales y de poder que determinan la mayoría de las veces el rumbo de los derechos de las personas. Se requiere que el Derecho, como conjunto de normas jurídicas pensadas para la convivencia sea el que regule en condiciones de igualdad y sin discriminación dicha convivencia, no el mercado. Por ello cuando surge el neoconstitucionalismo como modelo de teoría jurídica, surgen múltiples soluciones, y también problemas, que permiten entender y abordar de mejor forma la estructura del Derecho en el siglo XXI. Entre otras, porque defiende a la Constitución como centro del sistema jurídico y ello dado el contenido de las constituciones modernas supone el respeto y realización de los derechos humanos. Además, porque permite entender en mejor forma los derechos sociales y reconocer su carácter de fundamentales. En ese orden de ideas, se debe continuar reflexionando sobre los derechos humanos y su exigibilidad, por lo que la teoría del contenido mínimo que se propone en el presente texto resulta de gran utilidad para alimentar los postulados del neoconstitucionalismo. Esta teoría plantea que existe un contenido mínimo diferente del contenido esencial de los derechos fundamentales, que está dado por los instrumentos internacionales y que representa el estándar mínimo en materia de derechos, del cual los Estados no pueden salirse bajo ninguna circunstancia, so pena de eliminar o anular el derecho mismo. El trabajo es un hecho social que merece especial protección, por tal razón tiene la garantía jurídica de su positivación, sin embargo, ha sido tal vez hasta el momento el derecho social más vulnerado y de más difícil cumplimiento por su compleja estructura y los constantes ataques que sufre desde las relaciones económicas. Por tal razón se requiere analizar su estructura jurídica en aras de modernizar su concepción y con ello contribuir a mejorara su garantía. En ese orden de ideas, la propuesta del contenido mínimo resulta adecuada para tal fin, pues permite poner en conexión la normatividad interna de un país y la internacional, además de constituirse en sí misma en una garantía de derechos, pues el desconocimiento de los contenidos mínimos del derecho al trabajo puede dar lugar a responsabilidad internacional de los Estados en el sistema regional de protección de derechos humanos.
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A partir del concepto de "Estado Social y Democrático de Derecho, este trabajo investigativo pretende establecer cuales son las características, funciones y perfiles constitucionales de esta fórmula encargada de articular las instituciones, normas y políticas de un Estado que se auto define como social, con este fm luego de un breve análisis histórico del concepto de Estado, se pasa a establecer las diferencias existentes entre el Estado Liberal y el Estado Social, con sus correspondientes y particulares perfiles, para encarar después el análisis del Estado Social y Democrático de Derecho como la fórmula constitucional acogida por la Constitución del2004 en Bolivia. Partiendo de una clara exposición del régimen económico dentro del cual se desarrollo y se desarrolla Bolivia, el régimen social y sus contradicciones y la diversidad étnica y cultural, este trabajo estudia el contexto histórico-político y económico de Bolivia desde sus origines republicanos, precisando el análisis desde el año 1982, año en el que se reinstauro la democracia en Bolivia, pasando por los sucesos de Febrero y Octubre del 2003, las históricas elecciones del 2005 y la asunción al poder en enero del 2006 del primer presidente indígena, el aymara Evo Morales Ayma. Los importantes sucesos políticos y constitucionales que llevaron a la construcción del nuevo mapa político-constitucional de la actual Bolivia, demuestran que también resulta indispensable realizar un análisis histórico de las reformas constitucionales· mas importantes realizadas en Bolivia, partiendo desde su primera constitución la "Constitución Bolivariana" hasta llegar a las últimas reformas, para terminar haciendo un recorrido a lo largo del actual proceso constituyente boliviano, visualizando además las perspectivas y propuestas de transformación radical del modelo de Estado en Bolivia.
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Presenta las reseñas de los siguientes libros: Patricio Cordero Ordóñez, El silencio administrativo, Quito, Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Cuenca/ El Conejo, 2009. -- Jorge Zavala Egas, Derecho constitucional, neoconstitucionalismo y argumentación jurídica, Guayaquil, Edilex, 2010, 525 pp. -- Elena Durán, Los recursos contencioso administrativos en el Ecuador, Quito, Universidad Andina Simón Bolívar/ Abya-Yala/Corporación Editora Nacional, 2010.
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El presente estudio tiene como objetivo determinar ¿si la institución del control constitucional previo de tratados internacionales ha funcionado como mecanismo idóneo que permita garantizar la supremacía constitucional? Cuestión que a lo largo de este trabajo pretende ser resuelta mediante la confrontación de las dos modalidades de control constitucional que tradicionalmente se han planteado para los tratados internacionales: el control a priori o control a posteriori. Se parte del análisis de la figura del control constitucional en general para luego aterrizar en la institución del control constitucional previo como mecanismo para asegurar la supremacía de la Constitución, como instrumento político fundamental de un Estado. Igualmente se recurre al estudio de la normativa constitucional que se ha expedido en el Ecuador a partir del año 1945 hasta el 2008, haciendo una breve referencia a las constituciones promulgadas antes de ese período, en donde se hace un análisis crítico de la conveniencia de los sistemas de control constitucional de tratados internacionales acogidos en cada una de las cartas políticas. Posteriormente se hace una investigación de derecho comparado de las constituciones vigentes en Bolivia y Perú a partir del cual se identifican las similitudes y divergencias que presentan estos sistemas en lo que al control constitucional de tratados internacionales se refiere. Finalmente se pretende determinar la conveniencia del control a priori de los tratados internacionales como un mecanismo que permite por un lado la coherencia del ordenamiento jurídico interno con la Constitución, y por otro el respeto por el Derecho internacional y los compromisos internacionales que el Estado ha adquirido o lo hará en el futuro como ente soberano.
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Índice: 1. La crisis del derecho y del Estado. 2. El neoconstitucionalismo. 3. Caracterización del Estado y el derecho a partir de la Constitución de 2008. 4. El neoconstitucionalismo transformador: el paradigma esperanzador, las tensiones y los retos. Post scriptum. La primera (mala) reforma a la Constitución de Montecristi.
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El objetivo de la presente investigación es analizar desde una visión crítica que involucra diversos componentes, lo que significó en su momento y lo que en la actualidad representa la recepción del derecho al ambiente sano en el ordenamiento constitucional colombiano; ello implica examinar el desarrollo de este derecho y deber constitucional recurriendo, como referente comparativo, a textos constitucionales de otros Estados. La orientación metodológica propuesta se fundamenta en abordar la dimensión ambiental como problema juridico-constitucional, desde una perspectiva holística, sistémica e interdisciplinaria. Se propuso el tipo de investigación aplicado y los métodos de estudio fueron el jurídico-comparativo, el jurídico-descriptivo y el deductivo. El presente trabajo consta de tres capítulos. El capítulo primero tiene por objetivo determinar desde un aspecto interpretativo la significación del derecho al ambiente en el sistema normativo constitucional. Se estudió mediante el método jurídico-comparativo la conceptualización y los fundamentos de la recepción del derecho al ambiente sano en ciertas constituciones conforme los sustentos teóricos que los soportan. El segundo capítulo tiene por objetivo entender lo que es el ambiente sano para el ordenamiento constitucional de Colombia, se ahonda en el contenido material y formal del derecho al ambiente sano y la estructura de las normas constitucionales que lo reconocen y garantizan. En el tercer capítulo se analiza los mecanismos de protección constitucional al ambiente sano, el objetivo fue indagar si éstos han asegurado la protección de este derecho; para ello se propone conocer cuál ha sido el grado de eficacia alcanzado por estos mecanismos en un período que va desde su reconocimiento en la constitución política de Colombia en 1991 hasta el año 2008 fecha de cierre de esta investigación.
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La institución jurídica constitucional del estado de excepción no siempre ha sido conocida con este nombre en el constitucionalismo ecuatoriano, sino que ha tenido varias denominaciones tales como: facultades extraordinarias, estados de urgencia, estado de sitio y estado de emergencia, no obstante, con la vigencia de la Constitución de 2008, se introdujo la denominación “estado de excepción”, concebido como un mecanismo jurídico, constitucional y político que permite restablecer el orden público en circunstancias extraordinarias con el fin de garantizar, los derechos constitucionales, la democracia y el Estado de Derecho. La declaratoria del estado de excepción es emitida por el ejecutivo, mediante decreto ejecutivo el mismo que está sujeto a control político, constitucional e internacional, ya que en algunos casos podría restringir o suspender derechos constitucionales (contexto nacional) y derechos humanos (contexto internacional), los cuales son protegidos por tratados internacionales y por el Derecho Internacional Humanitario. En este contexto, la presente tesis iniciará revisando la evolución del estado de excepción en el constitucionalismo ecuatoriano, abordaremos de forma analítica y comparada (Estados miembros de la Comunidad Andina -CAN-) la naturaleza jurídica del estado de excepción, su regulación, funcionamiento, así como su relación con el Estado de Derecho (concebido éste como una estado legal y constitucional), fortaleciendo nuestro trabajo con el auxilio de la norma, la doctrina y la jurisprudencia.
Resumo:
Presenta las reseñas de los siguientes libros: Diego López Medina, El derecho de los jueces, Bogotá, Legis, 2009, 366 pp. por Pablo Alarcón Peña. -- Ramiro Ávila Santamaría, El neoconstitucionalismo transformador: el Estado de Derecho en la Constitución de 2008, Quito, Ediciones Abya-Yala /Universidad Andina Simón Bolívar, 307 pp. por Pablo Bonilla Urbina. -- Agustín Grijalva Jiménez, Constitucionalismo en Ecuador, t. 5, Quito, Centro de Estudios y Difusión del Derecho Constitucional (CEDEC), 2011, 290 pp. por María Elena Jara V.
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El presente trabajo establece los fundamentos sobre los cuales gira el precedente constitucional. Estudia sus características esenciales, cuestiona el tratamiento que esta institución jurídica ha recibido en la jurisprudencia desde 2008, año en que se aprobó la actual Constitución de la República; expone las contradicciones en que ha incurrido la Corte Constitucional en torno a este tema; señala, como muestra, la existencia de varios precedentes, así como el respeto y seguimiento de otros, pese a la limitación que representa el “etiquetamiento” que ha implantado la actual Corte Constitucional. La naturaleza vinculante del precedente se manifiesta en la obligatoriedad de tomar en cuenta decisiones pasadas al decidir casos presentes. En ello radica la igualdad en la aplicación de derecho como superación de la igualdad “ante la ley”. Y en este sentido se distingue qué es lo vinculante de una sentencia o sentencias, la razón o razones específicas que llevaron a tomar determinada decisión. Se critican las bases sobre las cuales la Corte Constitucional construyó una sui generis concepción del aspecto vinculante de la jurisprudencia cuando se trata de procesos de garantías constitucionales. Al cuestionar la interpretación del cuándo y el cómo es vinculante una sentencia se recurre a los criterios que la misma Corte utilizó en forma contradictoria. Enseguida se evidencia la variación o alejamiento de criterios que supone la nueva decisión con respecto a la decisión pasada. Además, se señala pese a que la característica vinculante de la jurisprudencia ha sido limitada por la Corte Constitucional a una sola sentencia que ha sido etiquetada como “vinculante” en materia de garantías constitucionales, existen otras que son, por naturaleza, vinculantes y que, en este trabajo reciben el nombre de “escenarios base”. También, se muestra una línea de precedentes constantes en las resoluciones del antiguo Tribunal Constitucional.