160 resultados para Indígenas de Colombia - Derechos Políticos y Civiles


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El modelo extractivista impuesto en América Latina, aunque ha ido variando de forma, mantiene de manera esencial su razón de ser: proveer de recursos naturales para satisfacer las demandas de las economías industrializadas tanto del norte, como de aquellas que están en pleno crecimiento, de manera particular la de China. En este contexto, asistimos a diversos escenarios comunes, en donde el modelo extractivista, pone en práctica diversas estrategias para asegurarse el acceso a esos recursos; las mismas que van desde desestabilizar gobiernos, hasta conseguir la asociación o patrocinio de otros, suscripción de tratados comerciales y la implementación de políticas que promueven la desarticulación de organizaciones, la estigmatización y/o judialización de las comunidades opuestas a dicho modelo.

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La evolución normativa respecto la tortura, generalmente nos ha permitido entenderla en el contexto de los delitos de lesa humanidad, por tanto, se entienden por lo general como delitos imprescriptibles siempre que se susciten como una práctica generalizada y sistemática en contra de una población civil, pero qué sucede cuándo se comenten actos de tortura que no se suscitan con estas características particulares?. Este problema es tratado en el presente artículo, haciendo un análisis de los elementos normativos que brindan la categoría de grave violación de derechos humanos a la tortura y determinando las razones por las cuales esta categoría dota del elemento de imprescriptibilidad a estos delitos desde un enfoque de derechos humanos en aplicación de la normativa ecuatoriana.

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Este artículo estudia el Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas como un intento de comprensión del fenómeno indígena en el contexto latinoamericano, imbuido de los caracteres de universalidad e individualidad de los derechos humanos, en el que se refleja la predisposición de los órganos del Sistema Interamericano para incentivar un diálogo intercultural, en el que, los derechos individuales convivan con los colectivos, procurando que en esta simultaneidad, los conflictos entre ambas filosofías se reduzcan. Este trabajo trata fundamentalmente cuatro temas: 1) la eventual obligatoriedad de este Proyecto, 2) la futura personalidad jurídica de los pueblos indígenas, 3) el tratamiento jurídico de la interacción entre derechos individuales y colectivos en el contexto indígena cuando el Proyecto sea aprobado como Declaración definitiva, y 4) el ejercicio grupal o individual del derecho de petición internacional de los pueblos indígenas. La referencia a la actual jurisprudencia de la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos brindará luces para anticiparnos, por así decirlo, a la inauguración de este próximo instrumento internacional.

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La realización de cuatro estudios de caso sobre los Pueblos Indígenas Nasa del norte del Cauca, Embera Katío, del Alto Sinú (Córdoba), Kankuamo, de la Sierra Nevada de Santa Marta (Cesar) y U'wa y Sikuani, del departamento de Arauca, con el apoyo de Pensamiento y Acción Social, PAS- SUIPPCOL, han servido al Consejo Nacional Indígena de Paz, CONIP, para presentar al país casos emblemáticos de la grave crisis humanitaria y de derechos humanos por la que atraviesan los Pueblos Indígenas en Colombia. El presente documento analiza los factores asociados a los cuatro estudios de caso, basados en el marco jurídico internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El período del estudio es de dos años y medio, de 2004 al primer semestre del 2006, aunque las cifras relativas al mismo no están necesariamente discriminadas por las cuatro regiones en todos los casos, pero toman las desarrolladas por el Sistema de Información en Derechos Humanos de la ONIC, SINDHO, y la base de datos del Centro de Cooperación al Indígena, CECOIN y otras fuentes oficiales y no gubernamentales.

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El presente artículo tiene como finalidad analizar si realmente los pueblos indígenas de la Costa Caribe de Nicaragua se han beneficiado del estatus de autonomía en cuanto a lograr un mayor respeto de sus derechos como indígenas. En algunos países en vías de desarrollo se ha tomado en consideración la posibilidad de lograr el desarrollo, crecimiento económico y eliminación de desigualdades a través de procesos de descentralización. En el caso de Nicaragua, este proceso se llevó a cabo para dar respuesta a las necesidades de los pueblos indígenas de la Costa Caribe. Después de muchos años de lucha, los pueblos indígenas de la Costa Caribe o Costa Atlántica lograron su autonomía del gobierno central del país en 1987. El proceso en sí tomó 3 años para dar fruto al Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua (Ley de Autonomía). Como pueblos con identidades propias, la autonomía fue la forma en que estos pueblos hicieran respetar sus diferencias como poblaciones indígenas. Hasta los años ochenta, ninguna de las Constituciones Políticas del Estado hacía referencia a las poblaciones indígenas del país, ésta población quedaba totalmente excluida. Con la Ley de Autonomía se reconocen las diferencias de los pueblos indígenas de las Costa Caribe y se les da el espacio para que éstos, partiendo de sus necesidades, distintas a las del resto del país, puedan tomar decisiones para satisfacer las necesidades específicas de sus culturas. Para poder analizar esta situación, primero, se desarrollará la historia de la población de la Costa Caribe, explicando la situación de los pueblos indígenas de esta región y su relación o falta de relación con el resto del país. Igualmente, se haré un breve resumen de la historia y la estructura de la autonomía regional, en el cual se indicará las diferentes etapas que se llevaron a cabo durante el proceso de autonomía. Por último, se exponen los desafíos actuales del pueblo indígena en cuanto a su autonomía y la situación de sus derechos después de haber logrado este estatus.

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En el marco de nuestra misión institucional, la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, ha venido denunciando la vulneración de los derechos humanos al interior de las cárceles colombianas, que especialmente vienen sufriendo las personas detenidas por motivos políticos. El seguimiento de la situación carcelaria del país que ha realizado nuestra Fundación, ha venido arrojando una serie de conclusiones preocupantes, que pone en evidencia una contrariedad entre las normas de rango nacional, internacional y recomendaciones de organismos supranacionales, para el tratamiento de las personas privadas de la libertad, y la práctica de las autoridades colombianas. El continuo incumplimiento de las normas que imponen a los establecimientos carcelarios el deber de concretar los derechos de los internos y brindarles bienestar dentro del marco de la dignidad humana, en cuanto establecen la carga de velar por su salud, proteger sus vidas, y el mandato legal de mantener la separación de los reclusos en consideración a su situación jurídica (sindicados- condenados), y el delito cometido, se han convertido en la normalidad al interior de las diferentes cárceles y penitenciarias del país.

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La presente investigación tiene como propósito determinar el rol del juez en el control constitucional de las políticas públicas referentes a derechos del buen vivir o derechos económicos, sociales y culturales. Para ello se ha enmarcado la primera fase de este trabajo en el análisis del Estado de Derecho y su evolución al Estado Constitucional de Derechos y Justicia, la exigibilidad de los derechos económicos sociales y culturales, el derecho a la igualdad y no discriminación y el principio de no regresividad. En la segunda parte se desarrolla el contenido del buen vivir o sumak kawsay, la comparación entre los derechos económicos sociales y culturales reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y los derechos del buen vivir de la Constitución ecuatoriana. Adicionalmente se analizan los mecanismos de planificación previstos en la Constitución para la consecución del Buen vivir y las garantías constitucionales útiles para la exigibilidad de dichos derechos. Finalmente se analiza, desde varias perspectivas, el rol del juez o jueza frente a políticas públicas de derechos del buen vivir o DESC que vulneren lo establecido en la Constitución. En este punto se examinan distintitas visiones: la visión tradicional, la visión activista y la visión intermedia que combina varios postulados de las dos anteriores.

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El trabajo “Restitución ¿realidad o ficción?, balance de los derechos de las víctimas del despojo y del abandono forzado de tierras en Colombia”, analiza el comportamiento del campo jurídico en donde tuvo lugar la aprobación de la ley 1448 de 2011, concentrándose en el componente de restitución de tierras de quienes han sido despojados y desplazados forzadamente, adicionalmente analiza el nivel de adecuación de las normas al contenido material de la constitución, y el peso específico de los distintos agentes en su aprobación, haciendo especial énfasis en el desempeño de las organizaciones de víctimas. Para el cumplimiento de este propósito en el primer capítulo se hace una descripción del campo jurídico de los derechos de las víctimas y en especial de restitución de tierras, antecedente necesario para comprender la configuración del campo durante la discusión y aprobación de la ley 1448 de 2011, evidenciando el capital jurídico existente con anterioridad a la discusión de la ley, así como las relaciones de fuerza y de poder presentes en el campo a través del análisis del capital, la illusio y en ocasiones el habitus de sus principales agentes. En el segundo capítulo se presentan los elementos estructurales de los discursos de los distintos agentes que actuaron en el campo jurídico durante la discusión de la ley 1448 de 2011, identificando sus enfoques, propuestas, así como las principales tensiones que se presentaron en el campo durante su discusión. Por último, se presenta una síntesis de los principales aspectos que fueron aprobados en la ley 1448 de 2011 en materia de restitución, analizando cuál fue el discurso que se impuso en el campo jurídico, quien acumuló capital jurídico, y la adecuación de las normas aprobadas a los estándares constitucionales en materia de reparación.

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Ante la creciente visibilidad, importancia y problematización del discurso de los derechos humanos, la persistencia de conflictos y violaciones masivas de los mismos alrededor del mundo, el impacto profundo que tiene el arte sobre los individuos y las sociedades así como el protagonismo del arte y los artistas en busca de transformaciones, surge la pregunta por el rol del arte en la defensa y promoción de los derechos humanos. Para abordar y responder a esta pregunta, se busca en la presente investigación determinar el papel del arte en el proyecto “Destierro y Reparación”, organizado por el Museo de Antioquia y la Corporación Región en la ciudad de Medellín en 2008. Para este fin, se establecen en primera instancia los antecedentes sociopolíticos del evento caso de estudio sobre la base de una caracterización general de la violencia resultante del conflicto colombiano, de la situación de desplazamiento y de la respuesta estatal en esta materia a nivel nacional y de la ciudad de Medellín. En segundo lugar, se hace una caracterización del proyecto, incluyendo sus antecedentes más específicos, participantes y sus motivaciones, organización general y balance. Tercero, se analizan las potencialidades del arte en relación con la defensa y promoción de los derechos, asumiendo el arte sobre todo como una herramienta y espacio de comunicación para tal efecto. Dichas potencialidades se abordan en tres planos: a) arte como vía para transmitir el mensaje de DD.HH.; b) arte como ejercicio de derechos en sí; y c) arte como potencia transformadora de la sociedad y del discurso de los derechos. Finalmente, se proveen recomendaciones respecto a la defensa y promoción de los DD.HH. a través del arte a partir de los hallazgos y se plantean algunas reflexiones adicionales.

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En este texto reviso algunos de los antecedentes históricos que llevaron a las reformas constitucionales de Colombia en 1991 y de Ecuador en 1998 y 2008, reconociendo el carácter multisocietal de ambos estados. Dado que uno de los ejes de las resistencias y reivindicaciones de los pueblos indígenas ha sido en el régimen de propiedad, en este trabajo identifico la noción de inalienabilidad como una de las zonas de contacto para el trabajo de traducción propuesto por Santos (2009), de modo a construir una integibilidad entre los conocimientos contenidos en los sistemas tradicionales de tenencia de tierras y el régimen liberal de la propiedad privada. Pese a que las asambleas constituyentes de los años noventas hayan sido el lugar más adecuado para empezar los diálogos interculturales en el campo de los conocimientos de lo que se dice “jurídico”, es necesario un tercero marco, un marco inter-universal encarnado que surja del diálogo y de la traducción entre culturas, y que permita imaginar un nuevo pacto social y en cuyo ámbito el derecho sea visto como un sistema amplio de comunicaciones, superando la idea de un pacto civil original, y desviando el enfoque único respecto a la noción de soberanía hacia las distintas demandas de libre determinación.

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La presente proyecto de investigación busca hacer un análisis de casos que han generado debate en dos países de la región y que pone en evidencia la postura asumida desde el Estado, frente a resoluciones determinadas por organismos internacionales de carácter regional en el campo de los derechos humanos. En ese sentido, se busca hacer un análisis comparativo entre la política multilateral de Colombia y Ecuador ante los planteamientos realizados por la CIDH en materia de derechos humanos. La investigación busca comprender la política exterior actual de los dos países y determinar las principales acciones tomadas durante los últimos meses, a fin de poder visualizar el camino a establecerse para el futuro. La investigación abordará como tema central el campo de los derechos humanos y la relación entre el Estado y organismos internacionales.

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El 11 de septiembre redefinió los desafíos para la comunidad internacional: terrorismo, armas de destrucción masiva y Estados fracasados. Los organismos internacionales y los países desarrollados han centrado su atención en la prevención del colapso total de los Estados fracasados a fin de frenar el brote de actores no estatales hostiles, ´a través de la asistencia internacional. En este marco se crea el Plan Colombia, para asistir al país con el segundo índice más alto de asesinatos en el mundo, en el cual políticos y hombres de negocios usan chalecos antibalas y tres grupos armados controlan buena parte del territorio. A pesar de que durante décadas la frontera norte ecuatoriana ha enfrentado las secuelas del conflicto colombiano y el abandono estatal, la aplicación del Plan Colombia ha exacerbado sus vulnerabilidades domésticas y regionales. ¿Recibe la frontera la atención que el gobierno propugna o prevalece como retórica de distintos organismos? ¿Ejercen o no los Estados Unidos mayor influencia en la frontera a partir del Plan Colombia? Las respuestas ofrecidas en esta investigación son contundentes. A nivel nacional, Estados Unidos no solo es el donante más importante por el monto de sus desembolsos, sino el donante por excelencia, pues éstos equivalen al 48% del total de la asistencia bilateral. El Plan reconfigura la asistencia en la región: se multiplican áreas de acción y proyectos, a la par que cambian donantes, ejecutores y beneficiarios. En la primera parte de este libro el lector encontrará una panorámica de las relaciones internacionales y la cooperación internacional hoy, con el Plan Colombia como eje de la investigación. En la segunda parte la autora analiza minuciosamente la cooperación internacional para el Ecuador. Mientras que en las conclusiones se precisan las implicaciones del Plan Colombia para la región andina y el Ecuador.

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¿Cómo aplica la Corte interamericana de Derechos Humanos criterios de diversidad en las reparaciones destinadas a pueblos indígenas? Esta interrogante orienta la presente investigación, teniendo como premisa que, en materia de reparaciones, no sería adecuado utilizar los mismos criterios para un pueblo indígena, que para una comunidad no indígena, pues en cada caso, de acuerdo al contexto, circunstancias y desarrollo sociohistórico, se demanda un reconocimiento diferente, se han vivido situaciones de dominación, subordinación, desigualdad y exclusión que condicionan su relación con la sociedad, y por lo tanto requieren de una satisfacción distinta cuando han sufrido violaciones de derechos humanos. A través de este estudio se procura analizar las tensiones que se producen entre las nociones de universalidad de los derechos humanos y relativismo cultural, en el ámbito de las reparaciones, y evaluar la importancia de considerar la cosmovisión y características propias de los pueblos indígenas fin de disponer reparaciones justas y adecuadas. Examinando el desarrollo mostrado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es posible comprender cuanto ha avanzado el máximo tribunal interamericano en el reconocimiento de la diversidad cultura, y sobre esta base realizar algunas apreciaciones sobre la evolución de la aplicación de criterios de diversidad cultural en lo casos relativos a pueblos indígenas.

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El problema investigado, se basa en la identificación de la forma en que han sido reconocidos los derechos humanos de los afrodescendientes, en las legislaciones de Colombia y de Ecuador. Para ello, considero pertinente realizar un análisis del desarrollo constitucional sobre el tema de los Afro en ambos países; en Ecuador estará enfocado a partir de la Constitución de 1998, y en Colombia a partir de la Constitución de 1991, hasta el momento actual. Esta tesis plantea un análisis crítico de la tensión que surge entre los derechos humanos planteados como derechos individuales, y los derechos colectivos de los afrodescendientes, que, tanto en Ecuador como en Colombia, fueron inicialmente asimilados conceptualmente como derechos indígenas. Es por ello, que considero de vital importancia en estos momentos, analizar la tensión entre la dimensión colectiva e individual de los derechos humanos para el pueblo afro, examinando cómo esta tensión se evidencia en las constituciones y legislaciones de ambos países. Esta tesis se limitó específicamente en las poblaciones fronterizas ubicadas en Esmeraldas (Ecuador) y Tumaco (Colombia). Dichas poblaciones, que comparten los mismos troncos familiares, serán clave para lograr la comprensión que tienen sobre sus derechos humanos. De este modo, el propósito de la investigación es repensar los derechos humanos colectivos, desde una colectividad afro, partiendo de su especificidad y realidad, y en diálogo con los propios sujetos y así generar impactos en las futuras Constituciones y legislaciones.

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La Educación Intercultural Bilingüe (EIB) es una alternativa para pueblos originarios, hoy ya es un paradigma pedagógico en Europa y en América. Actualmente, en la mayoría de países de América Latina están aplicando la EIB, en los estados que más está desarrollando la EIB son: México, Guatemala, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. En el Ecuador, se cuenta con la Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe (DINEIB) desde 1988, fue instituida en base a las experiencias educativas ejecutadas antes de su creación. La DINEIB está ejecutando la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) en todas las nacionalidades y pueblos indígenas, por medio de las direcciones provinciales y de nacionalidades. Esta Dirección, elaboró el Modelo de Educación Intercultural Bilingüe (MOSEIB) para aplicar en sus centros educativos comunitarios. En la provincia de Cotopaxi, antes de la creación de la DINEIB ya se desarrolló algunas experiencias educativas, la que hasta ahora existe es la del Sistema de Escuelas Indígenas de Cotopaxi (SEIC), mismo que atiende a comunidades indígenas de Zumbahua, Chugchilán, Panyatug y El Bajío (Pujilí y Maca grande). Con la presencia de la DINEIB, aparece la Dirección Provincial de Educación Bilingüe de Cotopaxi (DIPEIB-C). La Dirección antes indicada es la rectora de la EIB en Cotopaxi, siendo así, el SEIC es parte de la DIPEIB-C, sin embargo, existe poca coordinación Para este trabajo, se realizó una investigación a los actores sociales por medio de entrevistas y observaciones, la finalidad fue ver cuáles son las percepciones y su impacto en las comunidades indígenas sobre las experiencias educativas. Luego de haber sistematizado los datos, se nota que existen problemas en el proceso de la EIB: En lo pedagógico, los docentes muy poco están tratando el kichwa como lengua instrumental de educación, así como los contenidos de la cultura indígena, y, en lo social y económico, existe emigración de los indígenas a las ciudades, en la parte final, se pone a consideración elementos para mejorar la calidad de la EIB en Cotopaxi.