77 resultados para Derechos civiles -- Colombia


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La democracia representativa, expresada fundamentalmente en el voto para elegir unos representantes que, deben “interpretar” la voluntad del pueblo que los ha elegido. Esto es, lo que se conoce como modelo clásico liberal. Es también la manifestación más clara de la soberanía de los partidos políticos. Los que en Colombia no aprovecharon, el inmenso poder que este sistema les confería y por el contrario, abusaron del mismo y terminaron corrompiéndose hasta los niveles que hoy conocemos. Esos fueron los presupuestos teóricos de los Constituyentes, autores intelectuales de la actual carta que rige a los colombianos. El gran propósito era superar el estrecho marco de la democracia (electorera) representada y gestar un nuevo ethos político, que diera un nuevo significado al Estado colombiano. El nuevo modelo pretendía mayor igualdad en el ejercicio de la política para los nuevos sectores y movimientos independientes de las tradicionales colectividades “históricas” liberales y conservadoras. Era desde luego fundamental superar desde luego la marginalidad, la exclusión y la pobreza a la que habían sido sometidos la mayoría de los colombianos. Y para lograrlo se pacto un nuevo compromiso político.

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La aprobación de la Ley de Justicia y Paz, por parte del gobierno colombiano ha recibido fuertes críticas, tanto de la comunidad internacional, como dentro del país; llegándose a calificarse por algunos sectores de la opinión como una "Ley de Impunidad". Lo cual permite retomar una de las reflexiones más fecundas de los países del sur en los últimos años, el de las relaciones entre memoria y olvido en los procesos de transición hacia a la paz.

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La realización de cuatro estudios de caso sobre los Pueblos Indígenas Nasa del norte del Cauca, Embera Katío, del Alto Sinú (Córdoba), Kankuamo, de la Sierra Nevada de Santa Marta (Cesar) y U'wa y Sikuani, del departamento de Arauca, con el apoyo de Pensamiento y Acción Social, PAS- SUIPPCOL, han servido al Consejo Nacional Indígena de Paz, CONIP, para presentar al país casos emblemáticos de la grave crisis humanitaria y de derechos humanos por la que atraviesan los Pueblos Indígenas en Colombia. El presente documento analiza los factores asociados a los cuatro estudios de caso, basados en el marco jurídico internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. El período del estudio es de dos años y medio, de 2004 al primer semestre del 2006, aunque las cifras relativas al mismo no están necesariamente discriminadas por las cuatro regiones en todos los casos, pero toman las desarrolladas por el Sistema de Información en Derechos Humanos de la ONIC, SINDHO, y la base de datos del Centro de Cooperación al Indígena, CECOIN y otras fuentes oficiales y no gubernamentales.

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Este documento compara dos experiencias de comisiones creadas para enfrentar la reparación a víctimas de conflictos armados internos: la Comisión de la Verdad y Reconciliación del Perú, creada en junio del año 2001 por el presidente Valentín Paniagua y la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación de Colombia, creada en el año 2005 por el presidente Álvaro Uribe Vélez. El análisis comparado de estas experiencias tiene como propósito responder a un interrogante: ¿Cuáles son los estándares de reparación adoptados por dichas comisiones? O dicho de otra forma ¿cuáles son los referentes a partir de lo cual se materializa la reparación a las víctimas y cuales son los contenidos del concepto de reparación priorizados? El argumento que se desarrolla a lo largo de estas páginas, sostiene que los estándares de reparación están determinados en buena medida por dos aspectos del marco normativo interno: a) la legislación que regula la función de las Comisiones así como la desmovilización, desarme y reincorporación a la vida civil de los miembros de organizaciones armadas al margen de la ley; b) el marco jurídico interno sobre medidas de restablecimiento o políticas de reparación integral a víctimas del conflicto armado interno.

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El trabajo de investigación desarrollado, realiza un análisis de los aspectos regulatorios del espectro radioeléctrico en general, y de manera particular, el atribuido a los servicios de radiodifusión sonora y de televisión en el Ecuador. Se realiza una descripción de las funcionalidades de la gestión del espectro y se identifican los elementos constitutivos de carácter técnico y legal para la explotación del servicio de radiodifusión en el Ecuador, considerando el principio rector de la eficiencia en una nueva modalidad de gestión del espectro bajo consideraciones de mercado.

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El artículo ubica la dimensión del refugio en el Ecuador. Alrededor de 135.000 personas residentes en Ecuador tienen necesidad de protección internacional. La gran mayoría de ellas provienen de Colombia, donde el conflicto armado interno no encuentra solución. El Estado ha respondido a esta realidad promulgado una Constitución que proclama la ciudadanía universal, ha diseñado una política nacional en materia de refugio y en el 2009 implementó el Registro Ampliado (RA) ofreciendo a la población refugiada, llamada invisible, el acceso al proceso de reconocimiento de forma ágil y precisa. Su puesta en marcha marca un hito en términos de protección internacional en América Latina y a nivel mundial. A través de ella se ha logrado reconocer y documentar a decenas de miles de personas refugiadas colombianas en la frontera norte.

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El desplazamiento forzado es una problemática de suma gravedad que afecta a Colombia, siendo una de las más notorias consecuencias del conflicto armado, repercutiendo tanto a nivel político como económico, y que por consiguiente ha debido ser posicionado en la agenda pública. Durante el gobierno del Presidente Andrés Pastrana no se visibilizaba el problema, lo cual generó que se identificara a la población desplazada no como víctima del conflicto, sino como población pobre, lo que a su vez obligó a generar mayores rubros para atención a población vulnerable que no trataban el problema verdaderamente. El problema principal dentro de la política pública de atención al desplazamiento forzado es la clara identificación del problema, pues aun después de más de 10 años de haberse promulgado la ley 387 de 1997, que determina la población objeto de la política, y regula la atención que se pretende proveer, y los organismos del Estado encargados de proveerla, aun existe un debate que ha trascendido a las esferas de la jurisdicción constitucional al tratar de identificar la población que requiere dicha atención, y la naturaleza de la misma.

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En el marco de nuestra misión institucional, la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, ha venido denunciando la vulneración de los derechos humanos al interior de las cárceles colombianas, que especialmente vienen sufriendo las personas detenidas por motivos políticos. El seguimiento de la situación carcelaria del país que ha realizado nuestra Fundación, ha venido arrojando una serie de conclusiones preocupantes, que pone en evidencia una contrariedad entre las normas de rango nacional, internacional y recomendaciones de organismos supranacionales, para el tratamiento de las personas privadas de la libertad, y la práctica de las autoridades colombianas. El continuo incumplimiento de las normas que imponen a los establecimientos carcelarios el deber de concretar los derechos de los internos y brindarles bienestar dentro del marco de la dignidad humana, en cuanto establecen la carga de velar por su salud, proteger sus vidas, y el mandato legal de mantener la separación de los reclusos en consideración a su situación jurídica (sindicados- condenados), y el delito cometido, se han convertido en la normalidad al interior de las diferentes cárceles y penitenciarias del país.

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La historia de Colombia ha sido una sucesión de pequeñas y grandes manifestaciones de violencia. Desde las guerras de independencia, pasando por las guerras del siglo XIX, y por una innumerable cantidad de alzamientos, revoluciones y montoneras menores, hasta llegar al punto álgido de la violencia como institucionalidad paralela: la muerte de Gaitán, el Bogotazo y los años de la Violencia. Pensar que los orígenes de tales manifestaciones de «la política por otros medios» fuesen el resultado de las mismas causas, consecuencias de los mismos procesos o, al menos, gritos comunes ante privaciones similares, sería bastante simplista. Pues, mientras el país se mueve, y cambia su realidad, la violencia permanece perenne. Sobrevive la violencia en sus odios y en sus fantasmas, en los vencidos y en los vencedores. La guerra, y toda apelación a la violencia, quedaban como una ocupación contingente pero común.

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La violencia contra las mujeres en Colombia se presenta como un contínuum en sus vidas y no como hechos aislados que tienen por escenario los denominados espacios públicos y los espacios privados, la cual se exacerba en el marco de la violencia sociopolítica y el conflicto armado que vive Colombia desde hace más de seis décadas, la cual ha tenido como escenario sus cuerpos-territorios. Ciertamente los cuerpos de las mujeres en Colombia han sido leídos como premios para los guerreros de los distintos bandos, y se han utilizado como arma de guerra para agredir, debilitar al enemigo, y provocar terror dentro de las comunidades de tal manera que se generen desplazamientos masivos y así lograr el control de los distintos territorios. Si bien las últimas cifras dadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses indican que durante los años 2007 y 2008 se realizaron 41.475 informes periciales sexológicos, en los que el 84% de los casos las víctimas fueron mujeres, aún resulta imposible cuantificar el número de mujeres que han sido y son víctimas de alguna modalidad de violencia sexual en los casi sesenta años de conflicto armado, en especial por el altísimo subregistro que se presenta ante el miedo a las represalias, estigmatización y revictimización que deben enfrentar las mujeres al denunciar.

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En el presente trabajo investigativo se hace un análisis de las medidas cautelares como instrumento de protección autónoma de derechos humanos y/o constitucionales. Está dividido en tres capítulos, constando además con un acápite de conclusiones. En el primer capitulo hacemos un estudio de las características, finalidad, presupuestos de concesión y concepto de las medidas cautelares; todo esto desde el punto de vista de la concepción clásica y desde la perspectiva de la protección de derechos humanos, en esta última concluimos adquieren matices especiales que hace difícil encuadrar de manara absoluta a estos pedimentos en la estructura cautelar clásica; En el segundo capitulo se estudia las medidas cautelares y provisionales en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, como un antecedente necesario para una mejor comprensión de la regulación de estas medidas en nuestro país, las cuales tiene como punto de partida y/o modelo principal el sistema autónomo de medidas cautelares y provisionales de la Corte y Comisión Interamericana. Finalmente en el tercer capítulo analizamos la regulación ecuatoriana de las medidas cautelares autónomas, institución que se encuentra contemplada en el artículo 87 de la Constitución. Institución que así establecida y con ese fin específico es totalmente nueva en nuestro país. No decimos que antes de dicha norma no habían medidas cautelares en Ecuador, así en los procesos civiles, penales, e incluso constitucionales, siempre concurrieron medidas cautelares, pero no existió una regulación de medidas cautelares como institución autónoma de protección preventiva de derechos humanos y/o constitucionales.

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Este artículo analiza los avances de la Constitución Política del Ecuador en materia de derechos de las mujeres y el enfoque de género, así como los retos que este nuevo marco legal propone, tanto al Estada ecuatoriano como al movimiento social de las mujeres y a la sociedad en general, de manera que se pueda pasar del solo reconocimiento del Derecho en la letra de la ley, al ejercicio y goce pleno de los mismos. La reflexión sigue la propuesta del feminismo en la crítica al Derecho. Se profundiza el análisis de los derechos constitucionales civiles y políticos, económicos y sociales, pero sobre todo, se reconoce la importancia del reconocimiento de muchos de los derechos sexuales y reproductivos que ya han sido incorporados como parte del Derecho internacional de los Derechos Humanos de las mujeres, entendiendo que este logro no es una concesión generosa del Estado sino más bien es el resultado de todo un proceso de movilización y generación de propuestas legales, trabajadas desde el movimiento de mujeres del Ecuador, que tuvo como corolario la aprobación de 34 de las 36 propuestas presentadas a la última Asamblea Nacional.

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El artículo estudia el impacto que la aplicación del Plan Colombia tendrá sobre el Ecuador. Se lo define como el riesgo a la seguridad más importante que tiene el país en el presente y se llama la atención respecto a la necesidad de forjar una posición nacional común que involucre a todos los sectores del país. Esta posición debería colaborar para contener un derrame del conflicto militar al resto de la subregión, garantizar los derechos fundamentales y el bienestar de las poblaciones de frontera, controlar el impacto ecológico del Plan Colombia, y lograr una revisión del Acuerdo de Manta con EE. UU. de modo que se evite la utilización de territorio ecuatoriano para operaciones militares directas en la guerra que se libra en Colombia.

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La globalización como un proceso de carácter multidimensional, que abarca no sólo aspectos económicos y financieros, sino también sociales, culturales y tecnológicos, ha servido como plataforma para el surgimiento de nuevos actores sociales de índole transnacional. La creciente conformación y expansión de redes transnacionales, ha abierto una mirada hacia nuevas temáticas, conflictos y desarrollos que deben ser contemplados en el ámbito global. Por ello estas redes, entre otras cosas, han implementado nuevos mecanismos de control y garantía de los derechos humanos en el ámbito global, han desarrollado también estrategias de cooperación para que sus esfuerzos y activismo hagan eco dentro de las políticas domésticas de los Estados. Es esta investigación se ilustra bajo un ejemplo práctico, la participación y el activismo de una red transnacional feminista que con la cooperación de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, lograron crear y llevar a cabo de manera efectiva, una estrategia en aras de la despenalización del aborto, en Colombia, estado que había sido muy severo en esta materia. En América Latina, la inflexibilidad de las legislaciones en materia de aborto, ha radicado, en que éstas han tomado como base la doctrina católica, que durante mucho tiempo fue impartida y considerada como el discurso hegemónico o más relevante en la discusión de políticas públicas sobre sexualidad y reproducción. Entonces, teniendo en la mira a estos protagonistas que se encuentran en conflicto, bien por hacer prevalecer la autonomía individual, la salud pública la equidad social o de género en las legislaciones domésticas, o bien por salvaguardar la noción de familia tradicional que se está viendo amenazada por un relativismo moral que debe ser contrarrestado al interior de los Estados, esta investigación, analiza por un lado, si existe o no influencia de los grupos feministas transnacionales, quienes han visto la importancia de actuar globalmente para promover cambios nacionales como la liberalización del aborto en las legislaciones, dado el reconocimiento de nuevos derechos como los derechos sexuales y reproductivos avalados en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos , y por otro, estudia la decadencia de la doctrina católica, ya que como actor político la Iglesia Católica ha perdido fuerza a la hora de participar en los debates sobre sexualidad y aborto. Para el fin perseguido en este documento, se analizan los principales postulados de la Teoría Liberal de las Relaciones Internacionales y se contrasta con un ejemplo práctico: el proceso de despenalización parcial del aborto en Colombia durante el periodo comprendido entre 2005 – 2006.

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Teniendo en cuenta que la reparación es un derecho con características particulares, especialmente para la infancia y la adolescencia, la presente investigación revisa los alcances del enfoque diferencial de edad en esta política en Colombia. Para cumplir este objetivo se realizó un análisis de la legislación internacional, legislación nacional actual y como un caso tipo, el Decreto de Reparación Individual Administrativa (Decreto 1290 de 2008). De esta forma, se ubica respecto a la reparación desde una visión subjetivista de los derechos humanos, entendiéndola no solo como una obligación del Estado sino como un derecho en sí mismo, y por lo tanto en este marco, revalora el enfoque diferencial de edad como un reto de la política concibiéndolo como la intencionalidad de la sociedad y el Estado de consolidar legislaciones y prácticas sociales sensibles a las subjetividades, necesidades y demandas de los niños, las niñas y los adolescentes como respuesta al principio de igualdad para incluirles como ciudadanos y superar la hegemonía del discurso adultocéntrico. De este modo, se constituye como aporte para las instituciones que tienen el deber de incluir el derecho a la reparación integral de la infancia y la adolescencia en la formulación y ejecución de la política pública y contribuye para que los niños, niñas y adolescentes sean visibilizados de manera efectiva en los mecanismos y procedimientos diseñados para tal fin en Colombia.