72 resultados para DERECHOS DE LOS ANIMALES
Resumo:
El movimiento de derechos humanos internacional, reconoció tardíamente dos formas de violencia, posiblemente las más comunes en el mundo, como violaciones a los derechos humanos, estas son la violencia intrafamiliar y la violencia basada en el género. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena el año 1993 en el numeral 18, señala textualmente “Los derechos humanos de la mujer y de la niña, son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales (...)La violencia, y todas las formas de acoso y explotación sexuales, en particular las derivadas de prejuicios culturales y de la trata internacional de personas, son incompatibles con la dignidad y la valía de la persona humana y deben ser eliminadas (…) La Conferencia Mundial de Derechos Humanos, insta a los gobiernos, las instituciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales a que intensifiquen sus esfuerzos a favor de la protección y la promoción de los derechos humanos de la mujer y de la niña”. En este numeral se enfatizan tres aspectos: se reconoce sin ningún lugar a duda que los derechos de las mujeres y las niñas son universales; que la violencia, en todas sus formas es una violación a los derechos humanos y que los estados, las agencias de cooperación y las organizaciones de la sociedad civil deben preocuparse e intensificar sus esfuerzos por erradicar este gran problema social.
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Este artículo, escrito con dos voces y como conversación, tiene el objetivo de explorar el entretejido de territorio y derecho ancestral y su significado como el derecho humano más grande y primero. Su interés no es el documentar o analizar desde un marco normativo y positivista los avances, limitaciones y regresiones en esta zona de frontera, ni tampoco informar desde esta perspectiva sobre los derechos humanos. Más bien, es evidenciar la perdida del derecho y territorio ancestral que se esta viviendo en Esmeraldas hoy y las amenazas que están presentándose al respecto, particularmente frente a la agresión continúa de actores externos, la “nueva diáspora” de la des-territorialización y las limitaciones y desconocimientos del derecho jurídico.
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La Iniciativa IIRSA, que consiste en el impulso de la integración regional sudamericana a través de obras de infraestructura para el comercio, amenaza seriamente los derechos de las poblaciones y los sistemas ecológicos del continente. Tanto el ambiente como las personas están en riesgo por proyectos de gran envergadura con inadecuada planificación, que abarcan represas hidroeléctricas, carreteras, oleoductos, gasoductos, hidrovías, etc. En Ecuador, el eje multimodal Manta-Manaos es el proyecto de IIRSA que más ha motivado la alerta en la sociedad civil y las organizaciones indígenas, ya que buscaría convertir al río Napo en una hidrovía para el transporte de mercaderías en grandes cantidades, poniendo en peligro uno de los puntos de mayor diversidad biológica del planeta por su especial ubicación, así como los derechos de las personas pertenecientes a las comunidades indígenas y campesinas de la zona. En este marco, es de suma importancia el respeto y garantía de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y tribales, quienes han conservado su modo de vida tradicional a lo largo de los años. Dada la particular relación con sus territorios, son ellos quienes deben decidir, por medio de adecuados procesos de consulta previa y consentimiento libre e informado, sobre la posibilidad de ejecutar proyectos de “desarrollo” o “integración regional” en sus territorios ancestrales. Los objetivos específicos de este trabajo son dar a conocer la existencia de la Iniciativa IIRSA y su cartera de proyectos en el Ecuador, definir los estándares ambientales y de derechos humanos que debe cumplir un proyecto de infraestructura y analizar el proyecto Manta-Manaos desde un enfoque jurídico, tomando como eje su adecuación a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos. En este sentido, resultan fundamentales los avances jurídicos recogidos en la normativa internacional, principalmente en el Convenio No. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, así como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, que constituyen instrumentos jurídicos clave para la exigibilidad de estos derechos. Del mismo modo, el establecimiento de garantías ya no sólo jurisdiccionales, sino también políticas y normativas en la nueva Constitución, son avances que debemos aprender a utilizar para la protección de los derechos y el ambiente. En esta investigación, en primer lugar se hace una aproximación descriptiva a IIRSA, a continuación se describe la cartera de proyectos de la iniciativa en el Ecuador, tanto del Eje Andino como del Eje Amazónico, pasando directamente al análisis del proyecto del eje multimodal Manta-Manaos y los estándares internacionales ambientales y de derechos humanos aplicables en el diseño, ejecución y funcionamiento de proyectos de infraestructura. En esta sección se tratan los estándares internacionales en materia de participación social, consulta previa, consentimiento libre e informado en relación a derechos colectivos de los pueblos indígenas, acceso a la información pública, beneficios compartidos y la obligación de realizar estudios de impacto ambiental, así como del derecho al desarrollo como un derecho síntesis, que pretende un reforzamiento y profundización de la indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos. Finalmente, esbozamos algunas conclusiones y recomendaciones.
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La educación es un proceso global de la sociedad y como tal una herramienta básica de creación y regeneración de la cultura. Y es esta última, la cultura, el modo de pensar y de operar, lo que permite que las personas nos situemos activa y críticamente en el mundo, vivamos en él y lo construyamos a nuestra medida. La Educación en Derechos Humanos (EDH) forma parte del proceso social en su integralidad. Para los educadores cubanos es un tema que reviste suma importancia; existe total coincidencia en que la escuela está llamada a denunciar y a preparar a sus estudiantes para que luchen por un mundo mejor, donde cada uno de los derechos humanos sea respetado y acatado. La escuela no debe ser ajena a la problemática que vive la sociedad. No se puede perder de vista que los derechos humanos desde un punto de vista egocéntrico e individualista, tienen como pilar fundamental el respeto de los derechos de los otros y hace responsable a cada uno del deber de hacer fructificar ese mismo derecho que nos es dado a los demás. En Cuba se define el trabajo educativo como esencialmente ideológico, que relaciona la formación política, los valores morales aglutinantes como la dignidad humana y la intransigencia ante la dominación extranjera y la solidaridad humana. La política educativa cubana y las perspectivas de los actores involucrados en la formación docente coinciden en comprender la EDH desde una definición que integra un conjunto de significados principales en el contexto cubano actual, contentivos de la formación en valores morales y normas sociales, la educación sobre el orden jurídico nacional, la educación para la preservación de la salud, para la defensa nacional y el internacionalismo.
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Desde fines de los años noventa, en América Latina se comenzaron a implementar una serie de programas sociales de transferencia de ingresos condicionados. Dichos programas han tenido entre sus principales objetivos el apoyo a las familias para mejorar sus condiciones de vida y la inversión en “capital humano” a través de las responsabilidades asumidas por sus beneficiarios en la asistencia en salud y educación. Asimismo, se caracterizan por incorporar el lenguaje de “derechos humanos”, exigir condicionalidades y otros elementos modernizantes que los diferencia de sus antecesores. Estos programas de transferencia de ingresos, no debe oscurecer la perspectiva aquí adoptada: la consideración de que la pobreza se profundizó en América Latina por razones macroeconómicas vinculadas a opciones de política que exceden ampliamente la débil institucionalidad característica de los programas asistenciales. A partir de este enfoque el presente artículo se propone analizar tres experiencias en materia de programas sociales de transferencias de ingresos: el Programa Familias para la inclusión Social (en adelante: Programa Familias) –de Argentina-, Oportunidades (ex Progresa) –de México-, y el Programa Puente –de Chile- como ejemplos de programas de transferencias monetarias condicionadas a las madres de familias. Algunas de las preguntas que guiarán el análisis son las siguientes: ¿En qué medida estos programas garantizan el ejercicio de derechos por parte de su población destinataria? ¿Qué consecuencias tiene que sean mayoritariamente las mujeres las titulares de los “beneficios”? ¿Qué puntos de encuentros y diversidades se pueden establecer entre los casos? ¿Existen efectos “no queridos”, “no deseados”? Si es así ¿cuáles son y cómo se manifiestan?
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El presente trabajo de investigación trata sobre la influencia de la violencia escolar en los estudiantes de sexto año de Educación Básica de la Escuela Municipal Nº 1 La Lolita y de los estudiantes de séptimo año de la Unidad Educativa María Bernarda Bütler del cantón Gral. Elizalde-Bucay de la provincia del Guayas, en donde, en base a un trabajo de campo serio a través de grupos focales y estudios de casos, se da a conocer sobre las principales causas y consecuencias que produce la violencia escolar producto de la desorganización familiar, falta de afecto, necesidades insatisfechas, mala influencia de los medios de comunicación y del medio social en general. El estudio se divide en cuatro capítulos. El primer capítulo señala todo lo referente a la violencia escolar. El segundo capítulo hace una caracterización del problema de la violencia escolar desde una perspectiva social y familiar. En el tercer capítulo se habla sobre el Código de la Niñez y Adolescencia, con la finalidad de generar la construcción de una cultura del buen trato y la no violencia. El cuarto capítulo trata sobre la contextualización del escenario donde se llevó a cabo la investigación y se da a conocer todas las manifestaciones de violencia. Finalmente se presentan las conclusiones que no son otra cosa que una síntesis de los aspectos más importantes tratados a lo largo de esta investigación.
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La Constitución Política del Ecuador, al igual que instrumentos internacionales sobre derechos de los indígenas, ha reconocido la potestad de las autoridades indígenas para ejercer jurisdicción en sus conflictos y que puedan resolverlos de conformidad con sus propias normas. Lamentablemente estos principios constitucionales no han sido desarrollados por una ley y tampoco han merecido un trato serio, salvo contadas excepciones, por parte de la Función Judicial y el Ministerio Público. En este ensayo se reflexiona sobre las tensiones entre la jurisdicción indígena y los derechos humanos, entre la jurisdicción indígena y ordinaria, se establecen algunos parámetros para determinar la validez del sistema ancestral de solución de conflictos y las obligaciones que tienen los operadores de justicia frente al derecho consuetudinario indígena. Finalmente, se insiste en la necesidad de reconocer, con todas sus implicancias, el pluralismo jurídico.
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Este trabajo analiza los derechos humanos y los principios generales de la tributación consagrados en las constituciones andinas, haciendo especial referencia al principio de legalidad y de irretroactividad de la ley tributaria, se analiza además el derecho a la vida, la protección a discapacitados, menores y tercera edad. Se profundiza en el estudio del principio de no discriminación y se abordan en especial los derechos a la privacidad y el secreto profesional, a la propiedad y la tributación: capacidad contributiva, tributos confiscatorios, doble imposición. Finalmente se analiza el Estatuto del Contribuyente, los deberes y los derechos de los sujetos pasivos, y se emiten las conclusiones de la investigación.
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Este artículo analiza cómo el proceso de integración de la Unión Europea, por un lado, favorece a la libre circulación de mercaderías, capitales y de ciudadanos comunitarios, bajo la perspectiva de un sistema de integración profundo, y, por otro, paulatinamente ha dejado de lado a los denominados “otros no comunitarios”, a través de las denominadas “directivas de retorno” y la implementación de medidas tendientes hacia la criminalización de la migración, lo cual refleja una vulneración a los derechos fundamentales de la población inmigrante contrariando la tendencia moderna hacia una ciudadanía universal.
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En este informe se recopilan los trabajos de las organizaciones sociales dedicadas a la elaboración de informes sombra, temáticos y alternativos presentados a las instancias de protección de derechos humanos regional e internacional. Considerando que, a raíz de la expedición de la Constitución de 2008, el Ecuador ha ampliado notablemente el reconocimiento de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza; y que además reconoce el amplio catálogo de derechos de los instrumentos regionales e internacionales de protección de derechos humanos, la tarea de informar respecto de la situación de todos y cada uno de ellos sería un esfuerzo que demandaría mayores recursos y aspiramos a contribuir en este proceso. Presentación Por este motivo, en el informe se ha privilegiado la reflexión sobre la situación de la vigencia de los derechos de justicia, seguridad y ambiente; los mismos que siguen planteando, al igual que el año pasado, los mayores desafíos para su respeto, protección y cumplimiento. Igualmente, se reflexiona sobre los derechos a la comunicación y los de las personas en situación de movilidad humana. Con estos antecedentes, el Programa Andino de Derechos Humanos, presenta el Informe de derechos humanos correspondiente al año 2010, en el cual las y los autores aportan elementos para develar la real vigencia del estado constitucional de derechos y de justicia en el Ecuador. Finalmente, se recopilan las reseñas de informes alternativos, temáticos y sombra realizados por las organizaciones de la sociedad civil, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar a su difusión y apropiación. Además, pone a disposición de los interesados la versión ampliada de este informe en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb.edu.ec/padh.php› o ‹http:// www.repositorio.uasb.edu.ec›.
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En este informe se recopilan los trabajos de las organizaciones sociales dedicadas a la elaboración de informes sombra, temáticos y alternativos presentados a las instancias de protección de derechos humanos regional e internacional. Considerando que, a raíz de la expedición de la Constitución de 2008, el Ecuador ha ampliado notablemente el reconocimiento de los derechos humanos y de los derechos de la naturaleza; y que además reconoce el amplio catálogo de derechos de los instrumentos regionales e internacionales de protección de derechos humanos, la tarea de informar respecto de la situación de todos y cada uno de ellos sería un esfuerzo que demandaría mayores recursos y aspiramos a contribuir en este proceso. Presentación Por este motivo, en el informe se ha privilegiado la reflexión sobre la situación de la vigencia de los derechos de justicia, seguridad y ambiente; los mismos que siguen planteando, al igual que el año pasado, los mayores desafíos para su respeto, protección y cumplimiento. Igualmente, se reflexiona sobre los derechos a la comunicación y los de las personas en situación de movilidad humana. Con estos antecedentes, el Programa Andino de Derechos Humanos, presenta el Informe de derechos humanos correspondiente al año 2010, en el cual las y los autores aportan elementos para develar la real vigencia del estado constitucional de derechos y de justicia en el Ecuador. Finalmente, se recopilan las reseñas de informes alternativos, temáticos y sombra realizados por las organizaciones de la sociedad civil, como un reconocimiento a su trabajo y con la finalidad de apoyar a su difusión y apropiación. Además, pone a disposición de los interesados este informe en la dirección electrónica: ‹http://www.uasb.edu.ec/padh.php› o ‹http:// www.repositorio.uasb.edu.ec›.
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Debido al reciente reconocimiento en la Constitución ecuatoriana de 2008 de los afroecuatorianos como un grupo con derechos colectivos a sus territorios ancestrales, el Bernard and Audre Rapoport Center for Human Rights and Justice ha dirigido un estudio legal sobre la política relacionada con los derechos territoriales de las comunidades rurales afroecuatorianas. El estudio incluye el trabajo de una delegación de investigadores que visitaron Quito, Esmeraldas y el Valle del Chota en la primavera de 2009. Este reporte está basado en información colectada en reuniones llevadas a cabo en Ecuador, entre delegados del Centro Rapoport y los miembros de la comunidad afroecuatoriana, activistas, académicos y oficiales del Estado. El reporte examina la situación que enfrentan comunidades afroecuatorianas rurales y su lucha por los derechos territoriales.
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La globalización como un proceso de carácter multidimensional, que abarca no sólo aspectos económicos y financieros, sino también sociales, culturales y tecnológicos, ha servido como plataforma para el surgimiento de nuevos actores sociales de índole transnacional. La creciente conformación y expansión de redes transnacionales, ha abierto una mirada hacia nuevas temáticas, conflictos y desarrollos que deben ser contemplados en el ámbito global. Por ello estas redes, entre otras cosas, han implementado nuevos mecanismos de control y garantía de los derechos humanos en el ámbito global, han desarrollado también estrategias de cooperación para que sus esfuerzos y activismo hagan eco dentro de las políticas domésticas de los Estados. Es esta investigación se ilustra bajo un ejemplo práctico, la participación y el activismo de una red transnacional feminista que con la cooperación de Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, lograron crear y llevar a cabo de manera efectiva, una estrategia en aras de la despenalización del aborto, en Colombia, estado que había sido muy severo en esta materia. En América Latina, la inflexibilidad de las legislaciones en materia de aborto, ha radicado, en que éstas han tomado como base la doctrina católica, que durante mucho tiempo fue impartida y considerada como el discurso hegemónico o más relevante en la discusión de políticas públicas sobre sexualidad y reproducción. Entonces, teniendo en la mira a estos protagonistas que se encuentran en conflicto, bien por hacer prevalecer la autonomía individual, la salud pública la equidad social o de género en las legislaciones domésticas, o bien por salvaguardar la noción de familia tradicional que se está viendo amenazada por un relativismo moral que debe ser contrarrestado al interior de los Estados, esta investigación, analiza por un lado, si existe o no influencia de los grupos feministas transnacionales, quienes han visto la importancia de actuar globalmente para promover cambios nacionales como la liberalización del aborto en las legislaciones, dado el reconocimiento de nuevos derechos como los derechos sexuales y reproductivos avalados en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos , y por otro, estudia la decadencia de la doctrina católica, ya que como actor político la Iglesia Católica ha perdido fuerza a la hora de participar en los debates sobre sexualidad y aborto. Para el fin perseguido en este documento, se analizan los principales postulados de la Teoría Liberal de las Relaciones Internacionales y se contrasta con un ejemplo práctico: el proceso de despenalización parcial del aborto en Colombia durante el periodo comprendido entre 2005 – 2006.
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En medio de una dinámica de cambios y redefiniciones política, económicas y sociales de tipo global, un localismo representado por los conocimiento que poseen comunidades indígenas y locales ubicadas al interior de los Estados nacionales, representa el tipo de conflictos que deben ser resueltos por la sociedad política actual, esto es, un conflicto que para su resolución, depende no solo de las políticas que se adopten al interior de los Estados, sino que involucran las definiciones que se den tanto en el ámbito local como en el ámbito internacional. Los pueblos indígenas demandan el reconocimiento de derechos de los conocimientos que han acumulado y que generan como fruto de su sistema de vida comunitario y consideran que despojan las grandes corporaciones internacionales en su afán ilegítimo e ilegal de acceso y uso de la biodiversidad, de los recursos genéticos y de los conocimientos asociados a ellos. El sistema legal internacional, regional y nacional ha venido estableciendo normas y procedimientos para regular este conflicto, sin embargo, no resultan suficientes debido a la asimetría de poder entre unos y otros, a la falta de eficacia de algunos instrumentos legales y al escaso desarrollo de la legislación secundaria para regular realidades específicas. En este contexto, la ubicación de mecanismos y procedimientos específicos de protección de conocimientos colectivos así como la identificación de contenidos para el desarrollo de un sistema sui generis de protección de tales derechos contribuirá a encontrar salidas favorables a la integridad de la biodiversidad y a los derechos de los pueblos indígenas.
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Sus estrechos contactos con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) influyeron la redacción del Convenio 169 sobre los Pueblos indígenas y tribales, del 14 de Abril 1989. El resultado final fue la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas del 13 de septiembre 2007. Sabemos también todo lo que la Constitución Política del Ecuador de 2008 contiene como fruto del pensamiento promovido por Monseñor Proaño. Sin embargo, es importante hoy día alargar las perspectivas y desarrollar una dimensión global. Frente a la crisis multidimensional que vive la humanidad, proponer regulaciones como lo hacen el G20 o aún la Conferencia Internacional de las Naciones Unidas de junio 2009, no basta. Se trata de encontrar alternativas al modelo de desarrollo económico, social y cultural que llevó el mundo al callejón sin salida que conocemos. Y por eso el renacimiento del pensamiento indígena tiene su importancia.